OPUS DEI O CHAPUZA DEL DIABLO
Carlos Albás
CAPÍTULO IV. ¿QUÉ
ES EL OPUS DEI?
1. ESTRUCTURA CANÓNICA
La Iglesia católica, a la que pertenece el Opus Dei,
dio su aprobación hasta cuatro veces distintas a los
diferentes modelos a los que ha ido ateniéndose la
institución, como ya vimos en el apartado del capítulo
III "Las campanas". La primera de las aprobaciones
correspondió al obispo de Madrid-Alcalá, Leopoldo
Eijo y Garay, cuando en 1941 permite su constitución
en asociación de fieles para fines benéficos
o de piedad, conocida dentro de la regulación jurídica
eclesial como Pía Unión. En 1943, la Santa Sede
da el visto bueno a la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz,
que tiene por objeto incardinar a sacerdotes para que de esta
forma puedan recibir su ordenación dentro de la Obra.
En aquella fecha, la Sociedad estaba integrada únicamente
por mi tío José María y por los sacerdotes
que esperaban este momento para ordenarse ya en el seno de
la institución. Canónicamente, eran dos instituciones
separadas y que sólo tenían como nexo común
una misma presidencia en la persona de José María
Escrivá de Balaguer. En 1947, la Obra dará un
paso más allá al convertirse en Instituto Secular,
también tras la correspondiente anuencia del Vaticano.
Pero, además, se aprobaban el 1 de noviembre de 1950
las primeras constituciones del Opus Dei. Finalmente, la Iglesia,
en una de las actuaciones más polémicas y criticadas
de los últimos años, le concederá una
autonomía propia a través de la Prelatura Personal.
Aquello sucedía el 18 de noviembre de 1982.
Las disposiciones finales del Código de Derecho particular
de la Obra de Dios no derogan ni invalidan en su totalidad
los pasos previos y anteriores a la Prelatura Personal aprobados
por la Santa Sede. La vigencia de aquellos puntos que expresamente
no fueron derogados por el nuevo Código mantienen su
validez jurídica. Se requiere, por tanto, echar mano
de las distintas normas que regulan el Opus Dei para conocer
su reglamentación canónica.
El artículo primero del Código de Derecho particular
de la Obra de Dios ya constituida como Prelatura Personal
establece: "El Opus Dei es una Prelatura Personal que
abarca al mismo tiempo a clérigos y laicos, para realizar
una especial obra pastoral bajo la dirección de un
Prelado propio. Constituyen el Presbiterio de la Prelatura
aquellos clérigos que, entre sus fieles laicos, son
promovidos a las Órdenes y se vinculan a ellas; el
laicado de la Prelatura está formado por aquellos fieles
que, movidos por la vocación divina, están atados
por un vínculo jurídico de incorporación
a la Prelatura, de una manera especial. La Prelatura que,
de la Santa Cruz y de la Obra de Dios se llama, sin embargo,
bajo el nombre abreviado de Obra de Dios, es de ámbito
internacional, tiene su sede central en Roma y se rige por
las normas de Derecho general de las Prelaturas generales
y también de estos estatutos, junto a escritos o concesiones
especiales de la Santa Sede."
El segundo punto del articulado de la Prelatura especifica
los fines: "La Prelatura se propone, conforme a normas
de derecho particular, la santificación de sus fieles,
por medio del ejercicio de las virtudes cristianas, en su
propio estado, profesión y condición de vida,
según su específica espiritualidad, absolutamente
secular. También la Prelatura se dirige con todos sus
recursos a trabajar para que las personas de cualquier condición
y estado civil, y principalmente las que se llaman intelectuales,
se adhieran con un corazón íntegro a los preceptos
de Cristo Señor, y para que con ella, y también
por la fuerza de la propia santificación de cada trabajo
profesional, lleguen en la práctica, en medio del mundo,
para que todas las cosas se ordenen según la voluntad
del Creador; y para formar a hombres y mujeres para ejercer
el apostolado igualmente en la sociedad civil."
En el punto tercero se detallan los medios y obligaciones
de los fieles de la Obra, mientras que ya en el capítulo
II se entra de lleno en la clasificación interna de
sus miembros. Los numerarios, que han de ser célibes
y que son los que llevan la administración familiar
o doméstica de todos los centros de la Prelatura y
de las empresas de apostolado. Por tanto, en el momento de
su ingreso deben disponer de todo el tiempo del mundo para
la institución, sin olvidar el título académico
civil o profesional que pueda ser equivalente. Las numerarias
auxiliares también están obligadas desde su
entrada a guardar la entera disponibilidad, dedicando su vida
a los trabajos manuales y oficios domésticos, que aceptan
de forma voluntaria como si de un trabajo profesional se tratara
y, por supuesto, a desarrollar en los centros de la Obra.
La figura del agregado se presenta como la tercera vía,
reúnen las mismas condiciones que los numerarios pero
viven en familia. Es una especie de liberado. Según
este capítulo, también es posible pertenecer
al Opus Dei como supernumerario, un célibe o casado,
que participa igualmente en empresas apostólicas y
vive, observa el mismo espíritu e idénticas
costumbres que los numerarios y agregados.
En el capítulo III aparece reflejada la admisión
de los fieles y el proceso de incorporación a la Prelatura.
Una integración que pasa por tres grados diferentes.
La simple admisión, potestad del vicario general; la
incorporación temporal u oblación, que se produce
sólo un año después, y la incorporación
definitiva o de fidelidad, una vez transcurridos cinco años
de la oblación. La solicitud de ingreso debe tener
una constancia por escrito dirigida al Ordinario con competencia
en la Prelatura. La admisión únicamente se producirá
una vez cumplidos los 17 años al menos y después
de haberse ejercitado en el peculiar apostolado del Opus Dei,
habiendo demostrado que posee sobradamente las cualidades
personales como prueba de haber recibido la "llamada"
de la Obra.
Para garantizar el máximo de pureza se imponen una
serie de requisitos. Son las incompatibilidades, si antes
se ha sido socio de algún instituto religioso, de alguna
sociedad de vida en común -ya se trate de novicio,
postulante o alumno de una escuela apostólica- o quien
haya vivido en un instituto secular o simplemente haya solicitado
su admisión. Tampoco podrán pasar por la Prelatura
los alumnos de los seminarios, laicos, clérigos o sacerdotes
encardinados en alguna diócesis.
En general, la incorporación debe estar precedida,
lógicamente, por la instrucción en el espíritu
de la Obra, con una formación que le catapulte a lo
largo de su vida para mantener su labor de "trabajo extraordinario"
y, de paso, en el ejercicio de su profesión se procure
los medios económicos. En definitiva, son necesarios
para el Opus Dei no sólo aquellos que se garantizan
el sustento y, dado el caso, el de su familia, sino también
los capacitados "para contribuir, de una manera generosa
y conforme a las propias circunstancias personales, a sostener
las obras apostólicas". Como contraprestación,
en el artículo 24 aparecen señaladas las funciones
y medios materiales de que disponen los numerarios y agregados.
En el capítulo IV encontramos algunos de los puntos
que socialmente, por su práctica encubierta de presión
y persecución incluso, han levantado más polvareda,
la separación de los fieles y la dimisión de
la Prelatura. En su artículo 28.1 podemos leer: "Antes
de que alguien se incorpore temporalmente a la Prelatura,
puede en cualquier momento abandonarla libremente." Su
punto segundo indica: "Igualmente, una autoridad competente,
por causas justas y razonables, puede no admitir o aconsejar
separarle. Estas causas son, principalmente, la carencia de
espíritu propio del Opus Dei y la aptitud para el apostolado
peculiar los fieles de la Prelatura."
Más adelante, el artículo 29 especifica: "Mientras
dura la incorporación temporal o una vez hecha la definitiva,
para que alguien pueda abandonar voluntariamente la Prelatura
es necesaria la dispensa que solamente puede conceder el Prelado."
A la dimisión, que puede encontrarse en el artículo
31, debe procederse "si fuera necesaria, con la máxima
caridad: antes incluso debe ser persuadido aquel de quien
se trate, de que se aparte por su voluntad", y por tanto,
que no entren en juego elementos nocivos ni contaminantes.
Y en el artículo 34 observamos la "máxima
caridad" aplicada por la Obra con sus antiguos miembros
y la fuerza de que puede hacer uso: "Quien por cualquier
razón se despida de la Prelatura o sea dimitido por
ella, no puede exigir nada de ésta por los servicios
prestados a ella, o por aquello que, bien por trabajo o por
el ejercicio de la propia profesión, o por cualquier
otro título o medio, le haya dado en compensación."
Saltando al título III, "Sobre la vida, formación
y apostolado de los fieles de la Prelatura", su capítulo
1 trata "la vida espiritual". Si procedemos a una
selección de lo más sustancioso, podemos leer
en su artículo 79.1: "El espíritu y la
praxis ascética propia de la Prelatura tiene caracteres
específicos, plenamente determinados, para conseguir
los fines propios." Por tanto, el espíritu del
Opus Dei ofrece un doble aspecto, ascético y apostólico,
reforzando en cualquier caso el carácter secular al
que se alude una y otra vez, esa "armonía"
que quiere "inducir" la "sólida y simple
unidad de vida -ascética, apostólica, social
y profesional".
En el artículo 80.1 nos acercamos a su fundamento
y mensaje, los cuales ya revisamos en el capitulo anterior
del libro: "Un fundamento sólido, por el cual
se mantienen todas las características del Opus Dei,
y una raíz fecunda y vivificante, es el sentido humilde
y sincero de la filiación divina en Jesucristo, en
virtud de quien se confía agradablemente en la caridad
paterna, que Dios tiene con nosotros; y Cristo nuestro Señor,
Dios hombre, por su inefable bondad, es reconocido como hermano
primogénito por los fieles de la Prelatura, que intentan
imitar a Jesús por la Gracia del Espíritu Santo,
reviviendo sobre todo en su memoria el agradable ejemplo y
la fecundidad de esta vida en Nazaret."
En el articulado siguiente se establece "el Sacrosanto
Sacramento de la Misa, como la raíz y centro de la
vida espiritual de los fieles de la Prelatura", a la
vez que se pormenorizan las prácticas de piedad obligatorias:
1. Cada día por la mañana, después de
la ofrenda de sus obras hechas a Dios, se dedicarán
a la oración mental por el espacio de media hora; por
la tarde, además, dedicarán otra media hora
a la oración. Además, deben dedicarse a la lectura
del Nuevo Testamento y de otro libro espiritual durante algún
espacio de tiempo, y recitar las preces propias del Opus Dei.
2. Cada mes dedicarán un día al retiro espiritual.
3. Cada año se consagrarán a un retiro espiritual
más largo durante algunos días. 4. Siempre y
en cualquier parte deben reverenciar la presencia de Dios;
se acordarán de su filiación divina; repetirán
comuniones espirituales; además de acciones de gracias,
actos de expiación, oraciones, jaculatorias; deben
fomentar con más insistencia la mortificación,
el estudio, el trabajo, el orden, la alegría.
Este mismo capítulo se culmina con artículos
de exhortación a vivir la castidad, la obediencia y
la pobreza, remarcando el trabajo como medio de santificación.
El capítulo II, "Sobre la formación doctrinal
religiosa", trata de la formación religiosa de
los miembros de la Prelatura, con la obligación expresa
de recibirla dentro de los centros del Opus Dei y sólo
por sus sacerdotes.
En el capítulo III, "Sobre el apostolado",
se halla la reglamentación que acabará por dar
la forma adecuada al miembro para el buen cumplimiento de
su función. Artículo 110: "La Prelatura
entrega a sus fieles con cuidado una conveniente formación
apostólica y la necesaria asistencia pastoral para
conseguir una extraordinaria labor de evangelización
y catequesis, de tal manera que, en la vida de todos y cada
uno se establezca constantemente para su cumplimiento la función
y el derecho de los cristianos de ejercer el apostolado."
En el artículo 119 se aclara que la "Prelatura
trata de obtener de sus fieles una extraordinaria y constante
actividad apostólica personal". En los siguientes
se alerta sobre la similitud con la sociedad civil en cuanto
a estructuración, para no perder así el referente
claro de la Obra, su expansión por el engranaje que
la constituye: "En esta continua actividad de apostolado
personal, los fieles de la Prelatura emplean también,
según la pericia de cada uno, aquellos medios y empresas
que son comunes a la sociedad civil, esto es, círculos
de estudios, juntas, [recuentes reuniones, sesiones, conferencias,
cursos de estudios, y otras actividades similares, de modo
apropiado a los diversos ámbitos civiles en que ellos
desarrollan su actividad."
Modos y formas que van más allá de la propia
institución. Artículo 121.1: "Además
del apostolado personal, que la Prelatura fomenta en sus fieles
y al que en verdad corresponde el lugar principal, la Prelatura,
de alguna manera presta asistencia personal específica
a los trabajos y empresas de índole civil y profesional,
no confesional, que persiguen fines educativos, asistenciales,
etc." No conviene olvidarse aquí el gran interés
mostrado por los cuerpos profesionales y la penetración
en ellos.
Y más claramente podemos verlo cuando toca el terreno
financiero y económico, entroncando con la idea forjada
de la institución, no es la directa responsable, sino
cada uno de sus miembros. Artículo 122: "La Prelatura
no asume para sí los aspectos técnicos y económicos
de los proyectos sobre los que se habla en el número
121, y no responde de ellos, pues pertenecen a sus propietarios
y gestores, los que poseen los bienes y recursos de la propia
industria u otros medios civiles semejantes, obtenidos u obtenibles.
Ordinariamente la Prelatura no es propietaria de los instrumentos
materiales de estas empresas, cuyo cuidado espiritual adepta."
Inteligente y bonita manera de ejercer un control que paralelamente
asegura el mantenimiento de unas manos visiblemente impolutas.
En el título y se regula el régimen interno
de la Prelatura, del prelado, de los vicarios y consejos,
de la elección del prelado, de los cargos y del régimen
central, regional y local, sobre las juntas regionales y sobre
las relaciones con los obispos diocesanos. El título
V, el último, refiere la estabilidad y vigencia de
este Códice. Las disposiciones finales, como ya señalábamos
al comienzo, vienen a rubricar la no de-rogación de
las anteriores prerrogativas concedidas, declaradas o aprobadas
por la Santa Sede en favor del Opus Dei, en tanto no lo haga
expresamente el Códice. Esto, por supuesto, no obliga
a tener en cuenta la legislación anterior, sobre todo
la Constitución de 1950, que sirvió para conformar
al Opus Dei como Instituto Secular.
Las actuales normas que regulan el Opus Dei son el Código
de Derecho particular de la Prelatura y las Constituciones
anteriores sobre la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz y
de la Obra de Dios como Instituto Secular, en aquello que
específicamente no esté derogado.
En la parte tercera, capítulo II, trata de las obligaciones
comunes, y el artículo 1, de la obediencia. "147.
& 1. Todos los alumnos del Instituto están obligados
a servir humildemente a los Superiores en todas las cosas
que atañan a la finalidad de dicho Instituto. 148.
La incorporación al Instituto exige un voto privado
comunitario reconocido de obediencia. 152. & 1. En cuanto
a los Supernumerarios, la incorporación exige la pronunciación
del voto de obediencia tocante a todo aquello que pertenece
de cualquier modo que sea al Instituto, tocante a la formación
religiosa de los miembros y tocante a la actividad apostólica
que ellos personalmente cumplan, cualquiera que sea."
El artículo 2 trata de la castidad. "156. El
voto de castidad, que se pronuncia para la incorporación
de los Numerarios y Oblatos al Instituto, lleva consigo, aparte
de la profesión de celibato, la obligación bajo
nuevo título de carácter religioso de abstenerse
de cualquier acto, sea interno sea externo, contra el sexto
precepto del Decálogo. 158. La incorporación
de los Supernumerarios al Instituto exige la pronunciación
de un voto privado de castidad de acuerdo con el estado de
cada uno."
El artículo 3, de la pobreza. "161. &1. A
fin de que los miembros puedan ejercitar mejor la pobreza
evangélica, está aneja también a la incorporación
la pronunciación de un voto privado reconocido o comunitario
de pobreza. Por la fuerza de este voto, los miembros Numerarios
y Oblatos renuncian: 1. A la facultad de disponer lícitamente
de cualquier bien temporal, valorable en precio, sin licencia
legítima de sus Superiores; 2. A la facultad de adquirir
para sí bienes, cualesquiera que sean, de los que adquieren
por su propia industria o trabajo o que, según la organización
del Instituto, se les entrega o vienen a sus manos; 3. Para
cumplir aquellos actos de que se habla en el &1, proporciona
los medios en los asuntos graves el Presidente o si el asunto
urge, así como en los asuntos ordinarios, el Superior
regional o incluso local. 162. &1. Los miembros Numerarios
y Oblatos conservan la propiedad de sus propios bienes patrimoniales
y la capacidad de adquirir otros bienes del mismo tipo. &2.
A todos los miembros se les exige ceder la administración
de sus bienes propios a quien quieran y disponer de su uso
y usufructo. Sin embargo, en virtud de licencia de los superiores
y bajo la vigilancia de éstos, pueden administrarlos,
usar de ellos y gozar de su usufructo, especialmente cuando
no lleven su vida de familia en el Instituto. &3. Una
vez roto el vínculo con el Instituto, la cesión
de la administración o bien la disposición del
uso y usufructo, en caso de que se hubiere determinado, dejan
de tener fuerza. 163. &1. Todo lo que los socios Numerarios
y Oblatos por su propia industria adquieren después
de realizada la incorporación, al arbitrio del Presidente,
se dedica a la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz o al Opus
Dei o a las Sociedades. &2. El Instituto, por su parte,
proporciona a los militantes individualmente todos aquellos
elementos que a juicio de los superiores correspondan a su
alimentación, vestido y estudios; y todo aquello que
haga falta para ejercer el propio servicio profesional, según
lo exijan las condiciones en que se desenvuelve. Esto no implica
una uniformidad de las vestimentas, de las cuales el Instituto
no tiene ninguna que sea común. &3. En cuanto a
los Oblatos, el Instituto proporciona además todo aquello
que a juicio de los Superiores, sopesadas las circunstancias
de cada uno de sus miembros, se estime necesario para que
cada uno de los Oblatos asuman aquellos seguros o fianzas
de que se habla en el número 166. &l. &4. En
fin, el Instituto prové a los padres de los miembros
que puedan padecer necesidad con la caridad y generosidad
que corresponde, sin que de esto pueda provenir nunca ninguna
especie de obligación jurídica. 164. El voto
de la pobreza en los Supernumerarios abarca: 1. En cuanto
al uso de los bienes propios y al tenor personal de su vida,
en su propia condición, según la definición
práctica de los Superiores en los casos dudosos, de
acuerdo con la norma número 165, comportarse de tal
forma que todos los actos estén informados de un espíritu
de pobreza y se adapten a él adecuadamente; 2. En cuanto
a aquellos bienes que pudieren haberles sido confiados por
el Instituto o de los que deban de usar en el ejercicio del
apostolado, una plena sujeción y dependencia respecto
a las disposiciones del Superior. 165. Los socios Supernumerarios
conservan aquella condición económica que pueda
corresponder a la vida social de los mismos; sin embargo,
personalmente y con tal de que los derechos de la propia familia
no se vean por ello afectados hasta un cierto límite,
se esforzarán en cultivar la virtud de la pobreza remitiendo
el asunto en caso de duda al juicio de los Superiores del
Instituto. 166. &l. Los Supernumerarios llevan una vida
acorde con la propia condición de cada uno, siendo
del todo independiente del Instituto su libertad económica
personal; cada uno de ellos está atendido a regir y
ordenar su propia vida económica con el patrimonio
familiar, con el trabajo personal; también con aquellos
préstamos económicos, fianzas y seguros que
las leyes civiles prevén para los casos de defectos
o imposibilidad de trabajo, de enfermedad, de vejez, etc.
&2. Todos contribuyen a sostener los gastos del Instituto
de grado y espontáneamente con liberalidad de ánimo,
entregando limosnas cada mes, según la capacidad económica
de cada cual. 167. Si alguno (cosa que Dios no quiera) se
despide del Instituto o dimite de él no puede reclamar
de él nada por los servicios que le ha prestado ni
por las donaciones voluntarias que haya podido hacer a la
Institución en calidad de miembro ni tampoco por los
productos de su industria o ejercicio profesional que hayan
sobre ella revertido."
Estas normas son las que han regido en el Opus Dei desde
la aprobación por la Santa Sede como Instituto Secular,
hasta 1982, en que es aprobada como Prelatura Personal.
"El Derecho Canónico es el Derecho de la Iglesia,
la sociedad religiosa fundada por Cristo y a la que los bautizados
nos unimos por los vínculos de comunión en una
misma fe, los mismos sacramentos y la obediencia a las autoridades
por El constituidas. Esta sociedad, aunque religiosa, vive
conforme a una norma jurídica, y ello por voluntad
de su divino Fundador; El la organizó instituyendo
para su régimen autoridades legítimas, señalando
a los depositarios de la autoridad y a los fieles todos los
fines precisos que son obligatorios alcanzar, actividades
ordenadas a ello, más otros medios, naturales y sobrenaturales,
adecuados, suficientes y aun sobreabundantes.
"Las autoridades tienen por misión dirigir estas
actividades y administrar estos medios, cuyo fin es la salvación
de cada uno y socialmente rendir a Dios el culto público
al que tiene derecho.
"Los poderes de régimen vienen de Dios."
Estas afirmaciones están recogidas en el prólogo
a la sexta edición del Código de Derecho Canónico
de 1917 del obispo de Tuy fray José López Ortiz,
quien termina el mismo con estas palabras: "La obediencia
de la ley de la Iglesia no es sumisión forzada, es
acatamiento amoroso de la voluntad divina que mediante ella
conocemos auténticamente, obsequio racional de fe.
El Señor nos ha hecho esta misericordia de enseñarnos
siempre con seguridad sus designios providenciales sobre nosotros.
MUCHA PAZ TIENEN LOS QUE AMAN TU LEY; NO HAY PARA ELLOS TROPIEZO.
"En esta devoción que va prendiendo tan viva
hacia la Iglesia, cuerpo místico de Cristo; en este
acatamiento a la Jerarquía que tan gallardamente proclaman
las porciones más selectas de nuestros fieles, tienen
también que guardarse un rinconcito de afecto a la
ley de la Iglesia, a sus cánones.
"[...] No es el Código un instrumento para tergiversaciones
de leguleyos; pide acatamiento de corazón, rendimiento
de inteligencia y voluntad. Está Cristo detrás
de él, dentro de él.
"Que de esta devoción a la Iglesia, la esposa
de Cristo, y a sus santas leyes, podamos sentir como el Salmista
de la ley de Dios, que ésta no deja de serlo. HE ESCONDIDO
EN MI CORAZÓN TUS PALABRAS, PARA NO PECAR CONTRA TI.
SI ERRARE COMO OVEJA PERDIDA, BUSCA A TU SIERVO, PUES NO ME
HE OLVIDADO DE TUS MANDAMIENTOS."
Mi tío José María estudió este
mismo Código de Derecho Canónico, no sólo
en el seminario, también en su carrera de derecho.
Pero desde el principio parece desconocerlo o más bien
no tenerlo en cuenta a lo largo de la fundación de
su obra.
La parte tercera de este Código habla de los seglares
y en el título XVIII de la asociación de fieles
en general. El canon 684 dice: "Son dignos de alabanza
los fieles que se inscriben en las asociaciones erigidas o
por lo menos recomendadas por la Iglesia; pero huirán
de las asociaciones secretas, condenadas, sediciosas, sospechosas
o que procuren substraerse a la legítima vigilancia
de la Iglesia." Y el canon 686. &1: "No se reconoce
en la Iglesia ninguna asociación que no haya sido erigida
o al menos aprobada por una autoridad eclesiástica
legítima. &2. Erigir o aprobar las asociaciones
pertenece, fuera del Romano Pontífice, al Ordinario
del lugar... &4. Ni el Vicario General, con sólo
mandato general, ni el Vicario Capitular, pueden erigir asociaciones
o dar su consentimiento para erigirlas o agregarlas."
Mi tío José María mantendrá su
Fundación desde el 2 de octubre de 1928 hasta el 19
de marzo de 1941 hasta que se erige como Pía Unión
por el obispo de Madrid-Alcalá don Leopoldo Eijo y
Garay. Pero repasemos el Capítulo II del Código
Canónico en aquellas fechas vigente: "De las cofradías
y pías uniones. 707. &. Las asociaciones de fieles
que han sido erigidas para ejercer alguna obra de piedad o
caridad, se denominan pías uniones; las cuales, si
están constituidas a modo de cuerpo orgánico,
se llaman hermandades. &2. Y las hermandades que han sido
erigidas para el incremento del culto público, reciben
el nombre particular de cofradías."
Nada más lejos del espíritu del Opus Dei y
de su Fundador que los fines esbozados como característicos
de las pías uniones. Pero a pesar de ello, así
se mantendrá hasta la aprobación como Instituto
Secular en 1947.
Como ya hemos expuesto, la Sociedad Sacerdotal de la Santa
Cruz fue promovida por mi tío José María
con el solo objeto de poder ordenar sacerdotes a miembros
de la Pía Unión y que no era otra cosa que una
institución llamada Opus Dei. Como Pía Unión
carecía de la licencia para incardinar sacerdotes,
ya que la potestad sólo reside en las diócesis
o las órdenes religiosas.
Nunca le debió de preocupar al Fundador del Opus Dei
estos nimios detalles. La Obra era de Dios y se podía
saltar a la torera la legislación de la esposa de Cristo,
Nuestra Santa Madre Iglesia Católica. El gran paso
adelante de mi tío fue la aprobación de los
institutos seculares. Esta figura canónica en cajaba
de lleno con el espíritu, las normas dictadas para
sus miembros y los votos de pobreza, castidad y obediencia.
Pero poco duraría la alegría de exclusividad.
Muy pronto la Santa Sede aprueba nuevos institutos seculares.
No pudo hacerle ninguna gracia. El Opus Dei debe ser distinto
a todo lo legislado por la Iglesia, único. E insistirá,
y dejará a sus hijos la herencia de perpetuar la llamada,
dejando bien al aire los objetivos de fondo de la sociedad.
El Opus Dei, después de la muerte de mi tío
sólo se saciará como Prelatura personal. Pero
es de temer que ésta no sea su última metamorfosis,
al menos a tenor de los problemas que se vienen sucediendo
con los obispos de las diócesis al hacer gala de su
autonomía.
S. S. Juan Pablo II, al promulgar el renovado Código
de Derecho Canónico, nos dice: "La Iglesia Católica,
con el paso del tiempo, ha sabido reformar y renovar las leyes
de la disciplina canónica, a fin de que, guardando
siempre fidelidad a su Divino Fundador, se adecuaran convenientemente
a la misión salvífica que le ha sido confiada.
Movido por ese propósito, y satisfaciendo los deseos
de todo el orbe católico, en el día de hoy,
25 de enero de 1983, dispongo que se promulgue el Código
de Derecho Canónico, después de su revisión."
Y a continuación aclara: "El Código, principal
documento legislativo de la Iglesia, fundado en la herencia
jurídica y legislativa de la Revelación y de
la Tradición, debe considerarse como instrumento imprescindible
para la observancia del orden debido, tanto en la vida individual
y social como en la actividad misma de la Iglesia. [...] Exhorto,
por tanto, a todos mis queridos hijos a que cumplan con ánimo
sincero y buena voluntad los preceptos aquí expuestos,
y confío en que cobre nuevas fuerzas la esmerada disciplina
de la Iglesia."
Dios quiera que esta exhortación de S. S. el Papa
Juan Pablo II tenga mejor acogida entre los hijos de mi tío
José María que la que en él tuvo la de
sus predecesores, y que se relata en el "Prefacio"
de este Código de Derecho Canónico: "Desde
los primeros tiempos de la Iglesia fue usual reunir los sagrados
cánones para hacer más fácil su conocimiento,
utilización y observancia, sobre todo a los ministros
sagrados, ya que "no es lícito que sacerdote alguno
ignore sus cánones", como ya advertía el
Papa Celestino en la epístola a los Obispos de Apulia
y Calabria (21 de julio de 429; cfr. Jaffé núm.
371 y Mansi IV col. 469); con estas palabras coincide el Concilio
IV de Toledo (del año 633), que, después del
restablecimiento en el reino de los Visigodos de la disciplina
de la Iglesia, liberada del Arrianismo, había prescrito:
"que los sacerdotes conozcan las sagradas escrituras
y los cánones", porque "debe evitarse la
ignorancia, madre de todos los errores, primordialmente en
los sacerdotes de Dios"."
El Fundador del Opus Dei, sacerdote, prelado doméstico
de Su Santidad, doctor en derecho, doctor en teología
por la Universidad Laterense, doctor honoris causa por la
Universidad de Zaragoza, gran canciller de la Universidad
de Navarra y de la Universidad de Piura, consultor de la Comisión
Pontificia para la interpretación del Código
de Derecho Canónico, bien tenía que saber las
normas que regulan a todos los católicos.
Me hubiera gustado saber por qué rehuyó el
someterse a la legislación eclesiástica, dada
su conocida y no menos ponderada humildad. Era de prever que
se manejaban motivos más que suficientes para avalar
una postura por todos conocida. Pero al fin y al cabo un secreto
que se llevó de este mundo, o bien lo dejó escrito
y serán sus hijos quienes en el momento oportuno vengan
a justificárnoslo. El tiempo lo dirá.
Volvamos al vigente Código de Derecho Canónico,
promulgado el 25 de febrero de 1983. Su título IV trata
de las Prelaturas personales, y en el canon 294 se especifica:
"Con el fin de promover una conveniente distribución
de los presbíteros o de llevar a cabo peculiares obras
pastorales o misionales en favor de varias regiones o diversos
grupos sociales, la Sede Apostólica, oídas las
Conferencias Episcopales interesadas, pueden erigir Prelaturas
personales que consten de presbíteros y diáconos
del clero secular. 295. &. La prelatura personal se rige
por los estatutos dados por la Sede Apostólica y su
gobierno se confía a un Prelado como Ordinario propio...
296. Mediante acuerdos establecidos con la prelatura, los
laicos pueden dedicarse a las obras apostólicas de
la prelatura personal; pero han de determinarse adecuadamente
en los estatutos el modo de esta cooperación orgánica
y los principales deberes y derechos anejos a ella. 297. Los
estatutos determinarán las relaciones de la prelatura
personal con los Ordinarios locales de aquellas iglesias particulares
en las cuales las prelaturas ejerce o desea ejercer sus obras
pastorales o misionales, previo el consentimiento del Obispo
diocesano."
Con fecha 28 de noviembre de 1982 se obtiene una copia que
concuerda con el original archivado en la Sagrada Congregación
para los Obispos del Código de Derecho Particular de
la Obra de Dios, y que son los estatutos vigentes que regulan
el Opus Dei. El título IV aborda el régimen
de la prelatura. Y su capítulo V del Código
de Derecho particular de la Obra de Dios trata "Sobre
las relaciones con los obispos diocesanos". El contenido
del artículo 172. &1 es el siguiente:
"Todos los fieles cristianos de la Prelatura se obligan
humildemente a obedecer al Romano Pontífice en todas
las cuestiones: esta obligación de obedecer afecta
a todos los fieles con un vínculo fuerte y dulce.
"&2. También se someten a los Ordinarios
del lugar, según la norma de derecho universal, por
la misma razón que los demás católicos
en la propia diócesis, conforme a lo escrito a este
Códice."
Sigue con diversos artículos regulando estas relaciones,
que como es lógico obligan sólo a los miembros
del Opus Dei, pero nunca a los obispos de las diócesis.
Cada vez se suceden con más frecuencia los enfrentamientos
que surgen entre las dos autoridades eclesiásticas.
Por una parte el Obispo territorial, donde realizan las labores
apostólicas los miembros del Opus Dei, y por la otra
las indicaciones de su Prelado.
En el libro de Michael Walsh, historiador católico,
El mundo secreto
del Opus Dei, encontramos: "El cardenal Hume, arzobispo
de Westminster, después de que el Times de Londres
publicara en enero de 1981 un artículo a toda página
muy crítico con el Opus, basado sobre todo en las experiencias
del doctor John Roche. "Por lo que atañe a lo
que está establecido en la diócesis de Westminster
-declaraba el cardenal- tengo la responsabilidad, como obispo,
de asegurar el bienestar de toda la Iglesia local, así
como los mejores intereses del mismo Opus Dei." Y proseguía:
""He hecho saber a los responsables del Opus Dei
en este país lo que considero que son las debidas recomendaciones
para la futura actividad de sus miembros dentro de la diócesis
de Westminster. Ahora quiero hacer pública estas cuatro
recomendaciones. Cada una de ellas emerge de un principio
fundamental: que los procedimientos y actividades de un movimiento
internacional, presente en una diócesis particular,
pueden muy bien tener que ser modificadas con prudencia a
la luz de las diferencias culturales y costumbres locales
legitimas y normas de la sociedad en la que dicha corporación
internacional pretende trabajar.
""Estas consideraciones no deben ser tomadas como
una crítica a la integridad de los miembros del Opus
Dei, ni de su celo al promover su apostolado. Las estoy haciendo
públicas para salir al paso de inquietudes comprensibles
y para fomentar la práctica ortodoxa dentro de la diócesis."
"Estas recomendaciones son las que siguen:
"1. Ninguna persona de menos de dieciocho años
debería ser autorizada a tomar ningún voto ni
obligación a largo plazo con el Opus Dei.
"2. Es esencial que los jóvenes que quieran unirse
al Opus Dei traten primero el asunto con sus padres o tutores
legales. Si excepcionalmente hay buenas razones para no dirigirse
a sus familias, estas razones deberían, en cada caso,
ser discutidas con el obispo local o con su delegado.
"3. Aunque se admite que los que se unen al Opus Dei
aceptan los deberes y responsabilidades propios de los miembros,
se debe poner cuidado en respetar la libertad del individuo
para unirse o para dejar la organización sin que sea
ejercida una presión indebida; segunda, la libertad
del individuo en cualquier etapa para escoger a su director
espiritual, tanto si el director es miembro del Opus Dei como
si no.
"4. Las iniciativas y actividades del Opus Dei dentro
de la diócesis de Westminster deberán llevar
una clara indicación de su patrocinio y dirección.""
Michael Walsh continúa relatando: "Estas Pautas
para el Opus Dei dentro de la diócesis de Westminster,
como se titulaban, llevaban fecha del 2 de diciembre de 1981.
Aunque en el párrafo final el cardenal afirmaba "confiar
en que estas cuatro pausas no obstaculizarán en modo
alguno la obra apostólica a la que el Opus Dei se ha
comprometido, sino que le ayudarán a adaptarse a la
espiritualidad tradicional y a los impulsos de nuestro pueblo",
los lectores a estas alturas del libro serán conscientes
de lo contrarias que son las actitudes y las prácticas
del Opus. Por lo tanto, es cuestionable hasta qué punto
son observadas."
E indica el historiador: "Un joven que ingresó
en el Opus Dei a los diecisiete años afirmó
después que, cuando planteó la cuestión
de la declaración del cardenal, se le dijo que eran
simplemente pautas, no reglas, y que por tanto el Opus no
estaba obligado a seguirlas. Por otra parte dos mujeres numerarias
auxiliares reiteraron que, aunque puede no ser una buena idea
el decírselo a los padres, a nadie se le admitía
hasta no tener más de dieciocho años. Eso podría
ser técnicamente cierto, si bien el reclutamiento comienza
antes de dicha edad. La cuarta recomendación exige
"indicación clara" de las actividades del
Opus dentro de la diócesis de Westminster. En su largo
informe anual, que finaliza el 30 de septiembre de 1986, la
Netherhall Educational Association no menciona en ningún
momento que esta sociedad limitada controla no solamente el
Netherhall, sino también Ashwell House en el oeste
de Londres y Grandpont en Oxford, como residencias internacionales
para estudiantes; Lakefield Housecraft and Educacional Centre,
Elmore (en Orme Court), Westpart en el suroeste y Kelston
(un club y centro de estudios para escolares masculinos) en
el sur de Londres; el Wickenden Manor Conference Centre en
Sussex y Dunreat en Glasgow tienen una directiva formada exclusivamente
por miembros del Opus, que dan como dirección suya
casas del Opus Dei en Londres o en Manchester, y ninguno de
los cuales recibe remuneración por sus servicios. El
informe manifiesta que: "Los propósitos principales
de la asociación son la mejora de la educación
y la formación de carácter según los
principios e ideales cristianos." En ninguno de ellos
se menciona que el Opus esté de algún modo implicado,
un descuido notable, pensará alguien, a la luz de los
deseos del cardenal sobre la cuestión."
Esta forma de proceder es común a todas las partes
donde realizan sus actividades apostólicas. En España,
posiblemente y por el poder que tienen en el control sobre
los medios de comunicación, se ha publicado mucho menos
de lo que en proporción está sucediendo.
El haber elegido Inglaterra como botón de muestra
del comportamiento y enfrentamiento existente entre las distintas
autoridades eclesiásticas ha sido debido a:
1. Inglaterra es un país con minoría católica.
2. El nivel cultural de los ingleses es de los más
altos del mundo.
3. La ecuanimidad de lo relatado y de los personajes que intervienen
en el relato.
Si enfrentamientos como éste se suceden en Inglaterra,
yo me pregunto: ¿qué es lo que ocurrirá
en un futuro próximo?
Es de suponer que estos conflictos, cada día mayores,
obliguen a la Santa Sede a modificar nuevamente la regulación
jurídica del Opus Dei.
Hoy, son muchos los miembros del Opus Dei que desconocen
que todavía están vigentes en aquello que no
esté expresamente derogado, los estatutos anteriores.
Después de una lectura rápida de todas las
normas que regulan la Obra de Dios, es chocante escuchar a
mi tío José María que el Opus Dei es
una asociación de fieles, y que son cristianos corrientes,
etc. No creo que los cristianos corrientes tengamos votos
ni que tengamos la obligación de contribuir al sostenimiento
de las sociedades apostólicas. Como siempre, las medias
verdades siguen jalonando el "Camino" desde la fundación
del Opus Dei.
Si estas obligaciones no repercutiesen en situaciones conflictivas
sólo pediríamos que se diesen a conocer a las
personas antes de ingresar en la Obra. Pero lo que es peor
es que en el caso de los supernumerarios, si sólo uno
forma parte de la Obra el conflicto es total.
No es mi intención, ni sería conveniente, realizar
un exhaustivo estudio de las normas que durante la pequeña
historia vivida por la Obra han sido aprobadas por la Santa
Sede a requerimiento del Opus Dei. Además, creo que
muy probablemente acabarán solicitando un nuevo marco
legal dentro de la Iglesia, a tenor de los enfrentamientos
que, cada vez más, están saltando con los ordinarios
territoriales.
Personalmente, han tenido que sucederse toda una serie de
circunstancias para que me preguntara y entrara a analizar
en profundidad "< Qué es el Opus Dei?".
Como considero que este rápido repaso a la actual legislación
no es suficiente para dar con la explicación exacta,
he estimado apropiado pasar a engarzarlas con los testimonios
y respuestas que han ido ofreciendo mi tío José
María y los miembros de la Obra durante estos años.
Los datos que conocemos sobre la Fundación del Opus
Dei son escasos. Los hemos analizado en el tercer capitulo,
pero desde entonces han pasado varias décadas y es
necesario saber más.
2. UNA FAMILIA ESPIRITUAL: "EL PADRE"
Según los relatos que se nos ofrecen desde el mismo
Opus Dei, mi tío José María "vio"
su Obra en octubre de 1928, y la vio en su totalidad, como
Dios la quería e iba a ser al cabo de los siglos. Para
los miembros de la Institución, la verdadera historia
-hasta entonces protohistoria del Opus Dei- arranca dos años
después. O al menos es eso lo que nos dice Peter Berglar:
"A la edad de casi dos años, la criatura recibió
su nombre; entonces es cuando realmente entra en la "historia".
El vástago surgido el 2 de octubre de 1928 despuntaba
ya, muy pequeñito todavía, pero visible se podía
señalar con el dedo y decir "Es el Opus Dei".
Los medios para impulsarlo fueron desde el principio la exposición
de palabra y por escrito. Muchas se han publicado y otras
esperan el momento para su publicación. Además,
tenemos sus cartas llenas de cariño paterno que, por
una vez, me atrevería a llamar "cartas doctrinales".
"La primera de esas cartas lleva la fecha del 24 de
marzo de 1930, fiesta del Arcángel San Gabriel, y la
última el 14 de febrero de 1974, "cumpleaños"
de la Sección de Mujeres. La primera se dirigía
a personas que no existían; la última estaba
escrita para más de sesenta mil miembros.
"La primera carta está dirigida a personas que
sólo Dios conocía, se llama "Singule Dies".
"Nuestra entrega -así comienza la carta- al servicio
de las almas es una manifestación de esa misericordia
del Señor no sólo hacia nosotros, sino hacia
la humanidad toda. Porque nos ha llamado a santificarnos en
la vida corriente, diaria, y a que enseñemos a los
demás, prudentemente, sin coacción, espontáneamente
-según la voluntad de Dios-. Nos interesan todos, porque
todos tienen un alma que salvar, porque a todos podemos llevar
en nombre de Dios, una invitación para que busquen
en el mundo la perfección cristiana repitiéndoles:
'Sed perfectos, como lo es nuestro Padre celestial.' ""
"El mensaje del Opus Dei ya estaba lanzado, pero en
esos momentos había que empezar a difundirlo. A fines
de 1932, el Padre empezó a reunirse con sus jóvenes
amigos en la vivienda de la familia Escrivá, ya que
cuando Josemaría se traslada a Madrid, su madre, su
hermana Carmen, y su hermano Santiago no habían tardado
en seguirlo..." Así nos lo cuenta Vázquez
de Prada. Y continúa: "El Fundador vivió
con su familia en un piso acogedor en la calle de Martínez
Campos, 4. Puede decirse que esta vivienda fue el primer centro
de la Obra, pues en ella ya estaba la célula primitiva
del futuro espíritu de familia del Opus Dei. Puede
decirse que la familia del Fundador cimentó la estructura
de la Obra.
"El Opus Dei es una familia, una familia espiritual,
pero familia al fin y al cabo, una familia en el sentido real
de la palabra, puesto que los llamados son hombres de carne
y hueso unidos por el Espíritu Santo, que mantienen
entre sí una lealtad y fidelidad naturales, como entre
personas de una familia humana, llenas de cariño y
confianza."
¿Cuál es el origen de esa familia espiritual?
¿Es que los cristianos no somos hermanos en Cristo?
¿No es la Iglesia católica nuestra Madre? Veamos
la explicación de esta nueva familia que nos retrata
Vázquez de Prada: "El origen de esta familia es
el matrimonio espiritual del Fundador con Jesucristo. El Opus
Dei fue un regalo de Dios fruto de esa unión. Es la
gracia la que hace que, sin mérito alguno por su parte,
los miembros del Opus Dei nazcan a su vocación: es
un don gratuito de Dios. Pero su paternidad espiritual pertenece
a aquel sacerdote que Dios había llamado a ser Padre.
" ''No puedo dejar de levantar el alma agradecida al
Señor -escribía monseñor Escrivá
de Balaguer en 1945- por haberme dado esa paternidad espiritual,
que con su gracia, he asumido con plena conciencia de estar
sobre la tierra sólo para realizarla.""
Pero ¿no es la iglesia católica la Esposa de
Cristo? ¿Se habrá separado Cristo de su Iglesia
para casarse con monseñor Escrivá de Balaguer?
No, yo creo firmemente que no.
Más adelante lo expresaba con las siguientes palabras:
"Hijos míos, yo os he engendrado como las madres,
con dolor como las madres." Exclamación que denota
una clara resonancia mesiánica, dicho sea de paso.
Pero continúa Vázquez de Prada: "El que
el Fundador sea Padre hace que los miembros de la Obra sean
hermanos entre sí, que la Obra sea una gran familia.
Pero una familia es algo más; comprende también
un hogar, tanto en el sentido material como en el sentido
espiritual, afectivo del término.
"La palabra "HOGAR" indica, también,
calor de familia, responsabilidad personal, cuidado de los
demás si resulta que hay un miembro de la familia que
se convierte en "la oveja negra" como dice la expresión
popular, todos sufren por él e intentan ayudarle. Por
eso decía el Fundador "el proselitismo máximo
es hacer que no se pierda ningún hermano tuyo".
Y finalmente, la salud de una familia se muestra en la calidad
y cantidad.
"En aquel hogar de la calle de Martínez Campos,
el ama de casa era doña Dolores Albás, a quien
ayudaba su hija Carmen, bajo la paternidad espiritual de don
Josemaría. Ese ambiente al principio se basó
en la familia de sangre del Fundador, se convirtió
después en un principio general para todos los centros
del Opus Dei. La Sección de Mujeres de la Obra hace
posible que el espíritu de la familia se viva realmente,
pues se ocupan de la administración."
Aunque pasarían muchos años hasta que la Obra
pudo formar su primer hogar. La primera tuvo sus años
contados, la familia se vio forzada a desperdigarse por la
guerra civil y sólo a fines de 1939 empezarían
a levantar su "HOGAR". Con la inauguración
de la residencia en la calle de Genner en Madrid retornaría
esta familia a su antiguo seno espiritual tras la diáspora.
Aunque verdaderamente, el primer hogar, si queremos hablar
con propiedad, lo tendremos en el año 1941 en la calle
de Diego de León, actual sede del Opus Dei en España.
Pero veamos qué nos dice mi tío José
María cuando le preguntan "¿Qué
es el Opus Dei?". En el libro "Conversaciones con
monseñor Escrivá" responde: "El Opus
Dei es una organización internacional de laicos, a
la que pertenecen también sacerdotes seculares (una
exigua minoría con el total de socios). Son personas
que viven en el mundo, en el que ejercen su profesión
u oficio. Al acudir al Opus Dei no lo hacen para abandonar
su trabajo, sino al contrario buscando una ayuda espiritual
con el fin de santificar su trabajo ordinario, convirtiéndolo
en medio de santificarse."
En otro libro, "Josemaría Escrivá de Balaguer.
Amar el mundo", encontramos una selección de textos,
escritos y homilías de mi tío José María.
El capítulo se inicia significativamente con la pregunta
"¿Qué es el Opus Dei?". Después
de leer una y otra vez cada uno de los párrafos no
encuentro la respuesta, pero sólo porque no hay respuesta.
Nos dice qué es lo que se propone. Nos dice que el
Opus Dei es tan viejo como el Evangelio nuevo y, como el Evangelio,
nos dice que Dios creó al hombre para trabajar. Nos
dice que es un camino de santificación. Nos dice que
el único objetivo del Opus Dei es su contribución
a forjar en medio del mundo hombres y mujeres de todas las
razas y condiciones sociales, que procuren amar y servir a
Dios y a los demás hombres con su trabajo ordinario.
Nos dice que todos los caminos honestos de la tierra, todos
los estados, todas las profesiones pueden ser caminos de santidad.
Nos dice que el Opus Dei es buscar la santidad en medio del
mundo, en la calle.
"Quien recibe de Dios la vocación específica
al Opus Dei sabe y vive que debe alcanzar la santidad en su
propio estado, en el ejercicio de su trabajo, manual o intelectual.
He dicho sabe y vive. Porque no se trata de aceptar un simple
postulado teórico, sino de realizarlo día a
día en la vida ordinaria.
"Querer alcanzar la santidad -a pesar de los errores
y de las miserias personales, que durarán mientras
vivamos- significa esforzarse, con la gracia de Dios, en vivir
la caridad, plenitud de la ley y vínculo de la perfección."
Podría atreverme a transcribir toda la predicación
de mi tío José María, o releerla yo solito
cuantas veces se quieran y seguir sin explicarme qué
es el Opus Dei desde el punto de vista religioso. Ahora bien,
tomando como referencia una nueva perspectiva tendría
más suerte: "El Opus Dei es una Organización
internacional de laicos..." Un asterisco sirve de llamada
en el texto, y puedo leer en letra más pequeña,
como aclaración, en la parte baja de la página:
"En su definitiva configuración jurídica,
el Opus Dei es una Prelatura personal de ámbito internacional,
con sede central en Roma. Su finalidad no ha variado, y puede
sintetizarse diciendo que busca difundir en todos los ambientes
sociales una profunda toma de conciencia de la llamada universal
a la santidad y al apostolado en el ejercicio del trabajo
profesional." Más claro, el agua.
3. UNA FAMILIA ESPIRITUAL: LOS HIJOS
Inicialmente, los primeros miembros del Opus Dei viven en
el hogar de sus familias humanas. Como hemos visto, sólo
a partir del año 1941 los hijos vivirán en SU
"HOGAR" con monseñor Escrivá, el Padre.
Pero antes tuvieron que venir al mundo. Conozcámoslos.
Un ingeniero de caminos, Isidro Zorzano, será la primera
persona que pedirá su admisión en la Obra en
1930. Posteriormente se irán incorporando el ingeniero
industrial Luis Gordón, el estudiante de medicina Juan
Giménez Vargas, el estudiante de física y química
José María González Barrero, el estudiante
de arquitectura Ricardo Fernández Vallespín,
el estudiante de ciencias exactas y arquitectura Pedro Casciaro,
el ingeniero de minas José María Hernández
de Garnica, el también estudiante de ciencias exactas
y arquitectura Francisco Botella, el estudiante de arquitectura
Miguel Fisac, el ingeniero de caminos Manuel Sáenz
de los Terreros y el ingeniero de caminos Álvaro del
Portillo. Casi todos viven con sus familias y sólo
unos cuantos comparten la residencia, aunque todos frecuentaban
la casa de la madre del Fundador, donde se reunían
y merendaban en muchas ocasiones.
Como anécdota, según parece y se relata en
las biografías oficiales del Opus Dei, una tarde mi
tío Santiago volvió del colegio y al ir a buscar
la merienda apenas encontró algo. Se quejó a
su madre y le dijo: "Los chicos de José María
se lo comen todo." Pocos años más tarde
recibiría el ciento por uno y el Marquesado de Peralta.
"En 1933 habían instalado una academia en la
calle de Luchana, Academia DYA, que significaba Derecho y
Arquitectura. Posteriormente también la denominan "Dios
y Audacia". La primera residencia se abre en la calle
Ferraz 50, y su primer director será Ricardo Fernández
Vallespín. En el segundo curso irán a vivir
Pedro Casciaro y Francisco Botella, puesto que sus familias
viven fuera de Madrid. En julio de 1936 se trasladan al 16
de la misma calle y será Isidoro Zorzano el director,
quien no tuvo tiempo de estrenarse puesto que tuvieron que
marcharse. Se había iniciado la guerra civil."
Durante los años de la guerra cada uno irá
por su lado, menos los siete que acompañaron a mi tío
en la huida de la zona roja, pasando los Pirineos y después
regresando a la zona nacional. Concretamente a Burgos, donde
estaba el cuartel general de Franco. Durante este período
sólo se contabilizarán dos nuevos adeptos, José
María Albareda y Vicente Rodríguez Casado.
Una vez acabada la guerra mi tío José María
regresa a Madrid para reemprender su labor, estrenando la
residencia en la calle de Genner. Entonces se unirá
a ellos Amadeo Fuenmayor, que obtendrá la cátedra
de derecho civil, José Manuel Casas Torres, que se
hará con una de geografía, el abogado y alcalde
de Oliva Justo Martín Gilavert.
Entre 1940 y 1941, ya en la sede de Diego de León,
ingresará un importante número, entre quienes
se cuentan Antonio Ivars Moreno, Ismael Sánchez Bella,
su hermano Florencio, Ángel López-Amo, Manuel
Botas, Salvador Moret, Vicente Garin, José Montañés,
Juan Castelló, José López Navarro, José
Orlandis, Federico Suárez, Jesús Arellano, Javier
Ayala, José Javier López Jacoisti, Juan Antonio
Galarraga, Ignacio Echevarría, Jesús Urteaga,
Rafael Termes, Alfonso Balcells...
Todos ellos, como sólo cabía esperar, universitarios,
que irán ocupando paulatinamente los puestos de responsabilidad
en el Consejo Superior de InvestigacioneS Científicas,
en la propia Universidad, en las finanzas, la industria y,
por último, en la política.
En la década de los cuarenta, mi tío José
María explotará el primer filón de miembros
y encauzará la expansión del Opus Dei por toda
España, aunque centrándose muy particularmente
en las capitales de provincia donde es posible acceder a los
estudios universitarios. Conviene refrescar la memoria y recordar
al lector que por entonces el proselitismo se dirige exclusivamente
a los hombres.
La Sección de Mujeres echará a andar a partir
de la inauguración de la residencia de Diego de León
y encontrará la primera vocación en Lola Fisac,
hermana de Miguel Fisac, miembro del grupo original de numerarios
y que acabará por abandonar la Obra. Lola, junto con
la madre de mi tío José María y su hermana
Carmen, se ocuparán del papel que les tocaba ejercer,
la administración de la residencia. Posteriormente
ingresará Enrica, hermana de Paco Botella, después
Nisa González Guzmán, y en 1942 Encarna Ortega,
también hermana de otro numerario que dejaría
la Obra. En ese mismo año se pone en marcha el primer
centro destinado a las mujeres, en la calle de Jorge Manrique.
Encarna Ortega y Nisa González asumirán su primer
rodaje y la dirección. Durante muchos años se
mantendrá dentro del Opus Dei la función encomendada
a la Sección de Mujeres desde el momento de arranque,
la administración. Colegios mayores, casas y residencias
donde conviven los numerarios tendrán a mujeres al
cargo de esa labor. Como colaboración directa en su
mantenimiento, contarán con el apoyo de las sirvientas,
que como ya vimos se llamaron en un primer momento oblatas
y en la actualidad numerarias auxiliares.
Ana Sastre, en su libro "Tiempo de caminar", nos
apunta: "El futuro trabajo de administrar centros que
vayan poniéndose capta una gran parte de la atención
del Fundador. Desde que se abre el centro de la Sección
de Mujeres en la calle de Jorge Manrique, insiste que pidan
a Dios vocaciones entre las empleadas del hogar. Y les dice:
"No hay labores grandes ni pequeñas: todas son
grandes, si se hacen por amor. Por eso nos da lo mismo ser
mano que pie, que lengua, que corazón, porque todos
estamos en todas las partes de ese cuerpo, porque somos una
sola cosa por la caridad de Cristo que nos une. Yo quisiera
haceros sentir como miembros de un solo cuerpo. Todos, una
sola cosa, y que esto se manifieste en unidad de miras, en
unidad de apostolado, en unidad de sacrificio, en unidad de
corazones, en la caridad con que nos tratamos, en la sonrisa
ante la Cruz y en la Cruz."
Es milagroso ver cómo los fines de la obra de Dios
van coincidiendo con las necesidades materiales de su desarrollo.
El Opus Dei inicia su labor con los universitarios y cree
que la mejor forma es mediante las residencias. Estas necesitan
que estén bien administradas y, como es lógico,
quién mejor que sus propias hijas, pero éstas
necesitan ayuda del servicio doméstico y, claro está,
pidamos vocaciones y establezcamos una clasificación
dentro de la Obra y a esperar vocaciones.
Así nos lo sigue relatando Ana Sastre: "Y la
primera respuesta a la proposición del Fundador va
a llegar, precisamente, en la administración de la
residencia de la Moncloa. El Padre ha visitado a una religiosa
del Servicio Doméstico que le conoce y aprecia; la
Madre Carmen Barrasa oye hablar a monseñor Escrivá
de Balaguer del grupo de mujeres jóvenes que han de
atender a los cien estudiantes que viven en la Moncloa, del
trabajo intenso y de la necesidad de ayuda.
"Esta monja conoce a una empleada de condiciones destacadas
y que siempre ha permanecido en puestos de gran responsabilidad.
Es probable que no quiera ir a la residencia, pero intentará
convencerla. Se llama Dora del Hoyo. Ante la insistencia de
la Madre Carmen, Dora, que efectivamente no desea ese empleo,
acepta ayudar por algún tiempo.
"Encarnita Ortega, quien la recibe en la Moncloa, con
el tiempo se dará cuenta de los conocimientos que Dora
tiene y que además es seria y educada.
"Cuando el Padre viene a verlas, anima su audacia para
que acerquen al Opus Dei personas así, que destacan
en su profesión, vocaciones que entreguen sus posibilidades
al servicio de Dios. Y todas piensan que la primera vocación
tiene que ser Dora.
"En la historia del Opus Dei será una fecha importante.
Después irán llegando como rosarios las vocaciones
que se entregarán en cuerpo y alma a la santificación
del trabajo "profesional", con esas cosas pequeñas
que hechas con Amor son tan importantes como las otras."
Pero sigamos con el relato de Ana Sastre: "Casi al mismo
tiempo llega Concha Andrés, se trata de una empleada
de hogar que viene a contratarse, tiene 22 años y ha
servido en diversas casas. En 1945 cuando se abre la residencia
en Bilbao, Abando, Dora del Hoyo y Concha Andrés formarán
parte del equipo que se traslada a la nueva ciudad. El 16
de marzo de 1946 pedirán la admisión en el Opus
Dei."
Numerarias y oblatas entregan la totalidad de su retribución
por el trabajo que realizan, y solicitan de las directoras
las cantidades que son necesarias para sus gastos mínimos.
Como hemos visto en las constituciones, no pueden administrar
ningún bien. Si no están dadas de alta en la
Seguridad Social -entonces no se contemplaba para el servicio
doméstico- y se deciden por abandonar el Opus Dei,
se encuentran sin ninguna cobertura, porque como ya hemos
advertido antes nada puede reclamarse a la Obra.
En los años 1944, 1945 y 1946 pedirán su incorporación
como numerarias Guadalupe Ortiz de Landázuri, Marichu
Arellano, Maria Teresa López Areal, María Jiménez,
Victoria López-Amo, Sabina Alandes, Raquel Botella,
Digna Margarit... todas ellas de familias conocidas y muchas
de la mano de sus hermanos numerarios. Su agrupamiento es
la referencia obligada para conocer el bastión que
impulsará y desarrollará la Seccion.
"Durante estos años, las necesidades en el Opus
Dei van en aumento, en principio hay necesidad de cubrir los
puestos necesarios en las administraciones de las residencias
y de las casas, pero también surge una nueva necesidad.
Hay que atender espiritualmente a todos los miembros de la
Obra. El Padre no puede llegar a todos los lugares y con la
apertura de centros en Madrid y sobre todo en otras capitales,
es imposible. Los sacerdotes diocesanos que podían
haberse encargado de ello no tienen o no conocen el espíritu
del Opus Dei. En un principio unos pocos sacerdotes le ayudan,
pero se da cuenta de que los sacerdotes han de proceder de
miembros del Opus Dei."
Las primeras vocaciones sacerdotales irán surgiendo
de los propios numerarios. Y tres de ellos, Álvaro
del Portillo, Luis Muzquiz y José María Hernández
Garnica, serán los primeros que lleven el sello de
Orden de la Santa Cruz. Con la autorización del obispo
de Madrid-Alcalá inician los estudios que se requieren
para la ordenación. Y mi tío José María
logrará para ellos un profesorado de "excepción".
Así nos lo relatan sus biógrafos Vázquez
de Prada y Ana Sastre: "El padre Muñiz y el padre
Severino Álvarez, dominicos pertenecientes al Angelicus
de Roma, les impartirán las asignaturas de Teología
Dogmática y Derecho Canónico, Don José
María Bueno Monreal, más tarde Cardenal de Sevilla,
les dará Teología Moral, Fray José López
Ortiz, posteriormente Obispo de Vigo y Vicario General Castrense,
les dará Historia de la Iglesia, el Padre Celada, también
dominico y erudito del Instituto Bíblico de Jerusalén,
les enseñará Sagrada Escritura. Fray Justo Pérez
Urbel se hará cargo de la Sagrada Liturgia. Y posteriormente
Don Máximo Yarrumendi, que más tarde será
nombrado Obispo de Ciudad Rodrigo.
"El Fundador está preocupado en encontrar la
forma canónica para poder ordenar a estos primeros
hijos suyos que van a ser sacerdotes. No es fácil encontrar
la solución. El Código Canónico exige
que para recibir la ordenación sacerdotal es necesario
que los aspirantes estén encardinados o en una diócesis
o que pertenezcan a una institución religiosa. El Opus
Dei en aquellos momentos sólo está aprobado
por el Obispo de la diócesis como Pía Unión
y con este título no es suficiente. Después
de muchas gestiones en la Santa Sede consigue la solución
al aprobarle la "Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz"
formada por él y los aspirantes al sacerdocio."
En septiembre de 1942, José Orlandis y Salvador Canals
se habían trasladado a Roma con motivo de la adjudicación
de unas becas. Es el momento elegido por mi tío José
María para el primer abordaje del Vaticano. Desde entonces,
utilizará la fuerza en su propio beneficio, la fuerza
que ejercerá sobre la autoridad eclesial. Sabe perfectamente
el poder que puede suscitar una simple carta de recomendación.
De hecho, su traslado del seminario de Logroño al de
Zaragoza lo obtiene gracias a la recomendación de su
tío Carlos Albás, el canónigo arcediano
del Pilar. Y no será la única ocasión
en que no dudará en hacerlo. Su llegada a Madrid va
acompañada de una carta del arzobispo de Zaragoza para
el obispo de Madrid-Alcalá, que le servirá no
sólo para ser autorizado a ejercer su ministerio, sino
para trabar muy buenas relaciones con dicho prelado, quien
a lo largo de los años será el máximo
defensor y la persona que facilitará y dará
finalmente la aprobación canónica en 1941. Durante
toda su vida, la amistad con las autoridades eclesiásticas
le abrirán el "Camino", y gracias a ello
irá consiguiendo las sucesivas aprobaciones vaticanas,
que en cualquier otra circunstancia hubiesen sido imposibles.
Incluso si nos atenemos a las propias biografías oficiales
del Opus Dei, nos iremos haciendo a la idea de la trascendencia
que otorgó a esas relaciones con la jerarquía.
Por ejemplo, Vázquez de Prada incorpora en la narración
del regreso a la España nacional de mi tío José
María y de los siete que le acompañaban tras
la huida por los Pirineos: "A las tres de la tarde ganaron
San Juan de Luz. Parte del grupo se dispersó. Unos
para ver a sus familiares; otros para incorporarse a filas.
El Padre estaba consumido y esquelético, pues llegó
a perder casi cuarenta kilos de su antiguo peso. Tuvo que
descansar. Días más tarde aceptó la invitación
del obispo de Pamplona, don Marcelino Olaechea, que le tenía
tal cariño y consideración que celebraba siempre
con un modesto cáliz, que le había regalado
en 1935, en su consagración episcopal."
Instalado ya en Burgos lanza una desenfrenada actividad para
trabajarse a todos y cada uno de los obispos de la zona nacional.
Esta es la versión de Vázquez de Prada: "Hablaba
con los obispos acerca del Opus Dei, obtenía direcciones,
se comprometía a dar cursos de retiro espiritual. En
uno de esos primeros viajes se entrevistó con don Carmelo
Ballester, obispo que fue de León, y quien durante
años se confesaba con don Josemaría."
En plena guerra civil, mi tío José María
adoptará una postura inteligente y con el paso del
tiempo le asegurará la rentabilidad de los contactos
que establecerá a partir de entonces. Tal y como recoge
Vázquez de Prada, "desde que en Burgos había
decidido no percibir estipendios, aceptaba tan sólo
alojamiento y comida. Aun los gastos mismos del viaje corrían
por su cuenta.
""Yo iba de una parte a otra dando cursos de retiro,
algún año más de mil hermanos vuestros.
En algunas diócesis, hasta siete u ocho tandas seguidas
-decía en Valencia a un grupo de sacerdotes en noviembre
de 1972. [...] No cobraba. Me pagaban el viaje y los obispos
me daban de comer.""
Evidentemente, aquellos viajes que "corrían por
su cuenta" no buscaban a las clases desesperadas por
el conflicto, sino que participaban de un recorrido que iba
de autoridad en autoridad eclesial. Es de suponer que mi tío
logró la amistad de la mayoría de los obispos
españoles y recabaría los suficientes apoyos
para lanzar su particular "ataque" recogiendo posteriormente
las cartas "comendaticias" que le abrirían
las puertas de la Santa Sede.
Con José Orlandis y Salvador Canals en Roma, y a través
del sacerdote Manuel Fernández Conde, que desarrolla
su labor en la Secretaria de Estado del Vaticano, se irán
estrechando lazos con la jerarquía más poderosa
de la Iglesia. Ésta es la versión que Ana Sastre
nos ofrece: "Aprovechando las pausas de sus tareas podrán
saludar y conversar con el Obispo de Vitoria, Monseñor
Lauzurica, tomando ocasión de uno de sus viajes a Roma;
con el Abad de Montserrat, Aurelio María Escarré;
el P. Arcadio Larraona, futuro Cardenal; el P. Montoto, Vicario
General de los Dominicos; el P. Manuel Suárez, Rector
de Angelicum; el P. Maximiliano Canal, profesor de Teología
del Laterano... y muchos personajes de la Curia Romana, que
conocerán y querrán a la Obra a través
de estos profesores que multiplican su actividad a costa de
horas sin descanso. Así el Cardenal Tedeschini, Monseñor
Ruffini -futuro Cardenal- y Monseñor Montini, que habrá
de ocupar un día la Silla Pontificia con el nombre
de Pablo VI.
"A mediados de 1943, Su Santidad el Papa Pío
XII recibe en audiencia a José Orlandis y Salvador
Canals."
Las prácticas inspiradas y animadas por el Fundador
tendrán una continuación lógica y de
la misma intensidad en sus hijos, que las adoptarán
como propias. La misma Ana Sastre lo recoge perfectamente
cuando narra la llegada de Alvaro del Portillo a Roma: "Viene
a presentar a la Santa Sede la documentación necesaria
para la concesión del "nihil obstat" en orden
a la erección de la Obra." Pero Vázquez
de Prada se muestra confundido. Nada tiene que ver con la
Obra su estancia en Roma, acude para conseguir la aprobación
por la Santa Sede de la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz
que se requiere para poder darle el papel de la legalidad
presbiteriana a los tres primeros sacerdotes, que se mantienen
a la espera. El Opus Dei se mantenía hasta entonces
como Pía Unión y no tenía otra aprobación,
por tanto, que la del obispo de Madrid. Pero retomemos su
relato:
"Llega a Roma a finales de mayo. Durante los días
que pasa en la Ciudad Eterna -hasta el 21 de junio- su gestión
es incansable. Tiene una audiencia con el Cardenal Luigi Magglione,
Secretario de Estado, con los Monseñores Montini y
Ruffini. Visita a Monseñor Alfredo Octaviani, Asesor
del Santo Oficio. Se multiplica para hablar con las autoridades
eclesiásticas con las que José y Salvador han
tenido contactos repetidos. Y todavía acude a varias
audiencias con los Cardenales Tedeschini, La Puma, Vidal y
Barraquer, Marchetti-Sevaggiani, Pizzardo..."
El 4 de junio es recibido en audiencia por el Papa Pío
XII y el 11 de octubre obtiene el "nihil obstat"
para la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz. Se han despejado
los obstáculos que impedían la ordenación
sacerdotal de los miembros y el 25 de junio de 1944 recibirán
del obispo de Madrid la imposición de las manos.
La vía libre para la constitución del Opus
Dei como Instituto Secular vendrá precedida por un
esquema de actuación muy parecido. En 1946 volverá
a aparecer en escena Alvaro del Portillo ante el Estado Vaticano
para obtener el "Decretum Laudis" para la Obra.
El método también será similar y lo encontraremos,
sin necesidad de escudriñar entre la literatura anti-Opus
Dei, en la biografía de Ana Sastre:
"Traen cartas comendaticias de sesenta obispos españoles
que acompañan la solicitud del "Decretum Laudis"
de la Santa Sede para el Opus Dei.
"Durante la Segunda Guerra Mundial, Pío XII no
realizó ningún nombramiento cardenalicio. El
Colegio -que entonces contaba con sesenta miembros- se ha
ido despoblando en el transcurso de los años, y en
1945 tiene treinta y dos vacantes. Su Santidad cubrirá
todos los puestos. Esta creación de Cardenales romperá
la tradición, vigente hace veinte siglos, de que los
italianos tengan mayoría absoluta. Pío XII nombrará
veintiocho Cardenales extranjeros y sólo cuatro italianos.
La universalidad de la Iglesia se manifiesta así de
modo más patente.
"Don Alvaro del Portillo se propone llegar a Roma antes
de que los recién nombrados Cardenales abandonen Italia.
Hay entre ellos quienes conocen el espíritu del Opus
Dei. Y quiere recoger algunas cartas comendaticias para unirlas
a la documentación que solicita el "Decretum Laudis".
"[...] don Alvaro conseguirá cartas comendaticias
de varios Cardenales: Ruffini, Arzobispo de Palermo; Caggiano,
Obispo de Rosario (Argentina); Gouveia, Arzobispo de Lourenço
Marques (Mozambique); Frings, Arzobispo de Colonia..."
Con un canto en los dientes se tuvo que dar el Padre por
la rapidez demostrada por sus hijos más ilustres en
aprender a la perfección la lección recibida.
Y podremos ver más adelante cómo este acercamiento
a las autoridades religiosas irá adquiriendo cada día
más relevancia. Indiscutiblemente, el mensaje reiterado
es el laicismo, a quien se lo escucharemos repetir infinidad
de veces a mi tío, pero hacía falta la aprobación
del clero, y cuanto más poderosa la bendición
tendrá la aleación del acero. Sin embargo, a
pesar de los intentos, los resultados no acaban de fructificar
convenientemente ante la Santa Sede y Alvaro del Portillo
se ve obligado a recurrir al Padre. Tiene que tomar el camino
de Roma.
En junio de 1946 sale disparado para Roma y el 16 del mes
siguiente tiene la entrevista tan deseada con Su Santidad.
Como no podía ser de otra forma, le habla del Opus
Dei y del "gran amor que le ha inculcado a sus hijos
por el Romano Pontífice". En diciembre mantiene
una segunda recepción, y no sólo desbroza de
espinos el panorama negativo para el Instituto, sino que desde
entonces no abandonará Roma.
El 2 de febrero de 1947 se hace con la "Provida Mater
Ecclesia" gracias a la promulgación de esta Constitución
Apostólica y el 24 el Opus Dei tiene ya entre manos
el "Decretum Laudis" por el que queda aprobado el
primer Instituto Secular de la historia de la Iglesia. Las
constituciones que han regulado el Instituto -llamado Sociedad
Sacerdotal de la Santa Cruz y de la Obra de Dios, más
conocida popularmente como Opus Dei o la Obra- han sido desconocidas
hasta hace pocos años por sus propios miembros.
Dotada de una nueva forma tras su metamorfosis, los hijos
de la Institución podrán responder con orgullo
a la pregunta de ¿qué es el Opus Dei?: un Instituto
Secular, cuyos miembros se consagran en medio del mundo a
la perfección cristiana. Pero al cuestionarles con
qué es ese Instituto Secular, no acertarán a
contestar. Y si el interrogatorio proseguía con ¿hacéis
votos?, ¿podéis casaros?, ¿todos vais
a ser curas?, ¿tenéis que vivir fuera de vuestras
familias?, si hacéis el voto de pobreza, ¿cómo
tenéis este cochazo? O tras la consiguiente incorporación
de los casados al seno de la Familia, cuando la impertinencia
persiste con su matraca de interrogante: ¿cómo
podéis casaros si hacéis voto de castidad?,
explícame cómo se vive la castidad en un matrimonio
en el que uno pertenece a la Obra y el otro miembro de la
pareja no, o incluso: ¿cómo le sienta la castidad
a tu mujer? No se hallaban respuestas convincentes que sirvieran
para ajustarse a una buena interpretación.
Pero la satisfacción de la Obra no podía durar
mucho. La ambición del privilegio único siempre
está por encima al tratarse de ella. De primeras, la
Iglesia había resuelto el problema jurídico
que planteaba el mensaje de mi tío José María.
Pero vinieron otros institutos a Ocupar la parcela exclusiva
que se arrogaba para si mismo el Opus Dei. Además,
hay que aclarar convenientemente que, a pesar de todo, en
último término estos institutos seculares dependían
de la Congregación de Religiosos. Ni una ni la otra
circunstancia gustaron al Fundador. Y poco después
de la aprobación se habla extendido en los círculos
de la declaración: "El Opus Dei es una asociación
de fieles. " Debían dejar de ser un Instituto
Secular, ¿como Dios manda?
Esta gran familia que es el Opus Dei ha sabido con el transcurso
del tiempo ser obediente al Fundador, al Padre, y han seguido
todos sus consejos e indicaciones con verdadera fidelidad.
Los hijos del Padre han sido verdaderos hijos ejemplares,
han seguido sus máximas de Camino en toda su extensión.
Se han convertido en niños pequeños. Recordemos
algunas de esas máximas de Camino: "860. Delante
de Dios, que es Eterno, tú eres un niño más
chico que, delante de ti, un pequeño de dos años.
Y, además de niño, eres hijo de Dios. No lo
olvides. 862. Niño bobo: el día que ocultes
algo de tu alma al Director, has dejado de ser niño,
porque habrás perdido la sencillez. 863. Niño,
cuando lo seas de verdad, serás omnipotente. 864. Siendo
niños no tendréis penas: los niños olvidan
en seguida los disgustos para volver a sus juegos ordinarios.
Por eso, con el abandono, no habréis de preocuparos,
ya que descansaréis en el Padre."
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