Ante este documento nos preguntamos ¿por qué
la Iglesia permitió que el propio Opus Dei fuera juez,
parte y testigo en la Causa de la Beatificación de
Escrivá?
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DOCUMENTO
DE EXCLUSIÓN DE IMPORTANTES TESTIGOS EN EL PROCESO
DE BEATIFICACIÓN DE ESCRIVÁ
Declaración
In Dei Nomine. Amen.
En Madrid, a 12 de septiembre de 1984, se reúnen el
Juez, los Cojueces, los Cojueces adjuntos, los Promotores
de Justicia y los Actuarios, que constituyeron el Tribunal
que instruyó el Proceso Cognicional matritense sobre
la vida y virtudes del Siervo de Dios Jose-maría Escrivá
de Balaguer, sacerdote, Fundador del Opus Dei, que tuvo su
última sesión -la 6061- el pasado 26 de junio
de 1984.
Movidos por determinados hechos o acontecimientos ocurridos,
una vez clausurado el Proceso cognicional, consideran necesario,
con el fin de evitar eventuales y futuras dificultades, hacer
la siguiente,
DECLARACIÓN
1. El pasado 26 de enero, el Promotor de Justicia del Tribunal
que ha instruido el Proceso elevó una consulta a la
Sagrada Congregación para las Causas de los Santos,
dirigida al Emmo. y Rvmo. Sr. Cardenal Prefecto, sobre la
conveniencia o no de recibir la declaración de doña
María Angustias Moreno Cereijo -incluida en la "Notula
testium" presentada por el Vicepostulador y la aprobada
por la Sagrada Congregación-, por haberse manifestado
reiterada y públicamente hostil a la Causa.
Nuestra consulta tuvo la oportuna respuesta de la Sagrada
Congregación, en una carta de su Cardenal Prefecto
fechada el 10 de febrero pasado (Prot. N. 1339-28/984), en
la que se afirma ser "del todo desaconsejable que esa
persona comparezca como testigo en un Proceso Canónico".
2. El pasado 25 de junio, la víspera del día
señalado por sesión de clausura de este Proceso
Cognicional, doña María Angustias Moreno Cereijo
se entrevistó con el Promotor de Justicia -M.I. Sr.
D. Ricardo Quintana- manifestando que quería declarar
en el Proceso. El Promotor de Justicia le contesto que su
nombre había sido incluido por el Vicepostulador en
la lista de los testigos presentada al Tribunal; y le recordó
que, cuando el Vicepostulador le escribió expresamente
para informarle de este hecho y para ofrecerle la psibilidad
de encontrarse con algún miembro del Tribunal, con
el fin de conocer directamente los deberes de los testigos
en los Procesos de Beatificación, ella no respondió
a esa carta, que había recibido. La citada señorita
Moreno Cereijo
confirmó estos hechos al Promotor de Justicia, y éste
le explicó que ya no era posible recoger su declaración,
porque el Tribunal había terminado las diligencias
en Madrid. No pareció oportuno darle más explicaciones,
dejando así abierta la posibilidad -pues así
se le comunicó expresamente- de que se dirigiera a
la Sagrada Congregación.
Los Jueces de este Tribunal matritense fuimos informados
puntualmente por el Promotor de Justicia de su conversación
con esta persona, "ya positivamente excluida" por
consejo de esa Sagrada Congregación para ser oída
como testigo, y aprobamos unánimemente su línea
de conducta.
3. Ante la posibilidad de que la Srta. María Angustias
Moreno escriba a ese Dicasterio, queremos señalar ahora
que, después de que este Tribunal, apoyándose
en el dictamen de la Congregación (Prot. N. 1339-28/984),
excluyó a la Srta. Moreno como persona indigna de comparecer
como testigo, ella tuvo otra actuación pública
que nos confirmó en la justicia de nuestra decisión.
Nos referimos a su intervención en un programa de la
Televisión española sobre el Opus Dei, titulado
"La Clave" emitido el pasado 25 de mayo de 1984.
Este programa se inscribe en el contexto de serios y repetidos
ataques a la Iglesia desde Televisión española,
que han motivado protestas en diferentes medios de comunicación
social. Su violencia ha sido tan marcada que la Comisión
Episcopal de Medios de Comunicación Social consideró
necesario denunciarlos públicamente en un mensaje,
en el que, entre otras cosas, se decía que "en
espacios de la programación, situados en horas de máxima
audiencia, se han violado incontables veces los compromisos
constitucionales y concordatorios del respeto a los sentimientos
de los católicos y, en general, de los creyentes".
En una entrevista concedida al diario ABC (Madrid, 1.VI.84),
el Presidente de la Comisión Episcopal, Mons. Antonio
Montero, afirmó que los programas de televisión
titulados "España, historia inmediata: una Iglesia
arraigada" y "La Clave" -dedicado, este último,
al Opus Dei- son: "dos botones que muestran que no hablamos
gratuitamente en la declaración episcopal". Estas
intervenciones de la autoridad eclesiástica española
confirman, por tanto, que -dentro de esa línea de ataque
a la Iglesia- las calumnias de doña María Angustias
Moreno en contra del Opus Dei hieren gravemente la conciencia
de los católicos; y demuestran, además, que
no se trata sólo de posturas ideológicas personales,
sino de una campaña orquesta por grupos abiertamente
hostiles a la Iglesia, en la que ésta y otras personas
intervienen directamente o a través de otras.
4. Una vez más ha quedado patente la actitud pertinaz
con la que la Srta. María Angustias Moreno busca toda
clase de medios para desprestigiar al Opus Dei y a su Fundador.
Y, una vez más, por el modo escogido para lanzar sus
ataques, salta a la vista que no duda en tomar caminos gravemente
ofensivos para la fe y la moral, como ya sucedió en
ocasiones anteriores: recordamos lo que la Sagrada Congregación
nos comunicaba en su carta al Promotor de Justicia (Prot.
N. 1338-28/984) donde, refiriéndose al estudio que
había hecho de los argumentos aducidos por la Srta.
Moreno y por otro testigo contrario, afirmaba: "Ya entonces,
en 1981, se consideró la posición de estos dos
posibles testigos, y llamó la atención la forma
de actuar de ambas personas, tanto por el contenido de sus
afirmaciones como por los medios empleados para lanzarlas
a la pública opinión, hasta el punto de que
el Excmo. Secretario Mons. Casona rogó al Postulador
de la Causa que retuviera las revistas pornográficas
en las que tales personas hacían sus declaraciones,
sin dejarlas en la sede de este Dicasterio, por razón
de la degradación moral de tales revistas".
5. Pero no se trata aquí tan sólo de la postura
de la Srta. Moreno: en este sentido consideramos que el Tribunal
cumplió con su deber al remitir su juicio sobre esa
persona a la Sagrada Congregación. Deseamos dejar constancia
ahora, sobre la manera en la que sus maniobras están
desarrollándose. Después de que tuvimos conocimiento
de los deseos de declarar en este Proceso -tanto por parte
de doña María Angustias Moreno, como de otras
personas a las que ella se refería-, los hechos nos
han llevado a la conclusión indudable de que estamos
frente a una campaña organizada por un pequeño
grupo, coordinado por la Srta. Moreno y dirigido fundamentalmente
contra el Opus Dei, más que contra la persona del Siervo
de Dios. Efectivamente, en la conversación que tuvo
con el que fue Promotor de Justicia, el día anterior
de la sesión de clausura del Proceso, la Srta. Moreno
habló insistentemente de "otras personas",
que estaban "unidas a ella" en el mismo deseo de
testimoniar en el Proceso Cognicional del Siervo de Dios.
Aunque no dio ningún nombre al Promotor de Justicia,
nos sentimos movidos, en conciencia, a precisar esta información,
recogiendo los datos que hemos podido reunir durante la instrucción
del Proceso de Madrid.
6. Efectivamente, durante el Proceso, el Tribunal trató
de obtener información sobre personas que hubieran
tenido relación con el Siervo de Dios y que pudieran
o debieran ser llamadas como testigos. Pudimos así
averiguar que hay un grupo de personas, en el que todas se
muestran unidas a doña María Angustias Moreno
en esa misma fundamental actitud de aversión al Opus
Dei, que no dudan en descargar, cuando pueden, sobre el Siervo
de Dios, como Fundador de esta Institución. Tras una
madura reflexión común, a partir de "los
datos de hecho reunidos" y de la negativa experiencia
al recoger la declaración del Sr. Alberto Moncada,
el Tribunal consideró que todas esas personas debían
ser excluidas del Proceso, por las mismas razones por las
que se había excluido a doña María Angustias
Moreno, cabeza de ese grupo, de acuerdo con el parecer manifestado
por la Sagrada Congregación en su ya citada carta del
10 de febrero de 1984.
La mayoría de esta personas son las que firmaron una
carta colectiva contra
el Opus Dei que apareció en el Diario de Barcelona
del 30.1.1977 y que fue reproducida después
en otros órganos de opinión y en revistas de
carácter sensacionalista o de inspiración marxista.
7. Los firmantes de esa carta son personas que pertenecieron
al Opus Dei y que luego abandonaron su vocación: son
todas mujeres, excepto el Sr. Alberto Moncada, que fue oído
en el Proceso Congnicional del Siervo de Dios como testigo
inducido por el Vicepostulador, y el Sr. Enrique Sopena, un
periodista cuya opinión carece de interés para
el Proceso, ya que no trató nunca al Siervo de Dios.
Hemos podido saber que, a las 21 mujeres firmantes, únicamente
dos -doña Pilar Navarro Rubio y doña María
Jesús Hereza- tuvieron ocasión de tratar al
Siervo de Dios. La Srta. Hereza -que también apareció
en los injuriosos programas de televisión "Informe
semanal" del ll.XII.82 y "La Clave" del 25.V.84,
al que ya nos hemos referido-, diez días después
de cerrado el Proceso, escribió al Promotor de Justicia
una carta a la que él respondió el l2.VII.84.
Eran esas dos personas, además, las únicas que
habían expresado al Promotor de Justicia, en una conversación
a las pocas semanas de iniciarse el Proceso -en 1981-, su
deseo de intervenir. La Srta. Hereza entregó al Promotor
de Justicia un escrito, de fecha 1.IX.81, ofensivo contra
el Opus Dei, que el Promotor de Justicia puso en manos del
Sr. Cardenal Tarancón, entonces Arzobispo de Madrid.
8. Por estas razones, y a sugerencia del Promotor de Justicia,
el Tribunal consideró especialmente la oportunidad
de convocar a estas dos mujeres, antes de elegir los testigos
que debían ser llamados ex officio: tras un cuidadoso
examen de los datos fidedignos que recogimos, concluimos que
debían ser rechazadas como posibles testigos, por los
mismos motivos por los que se había excluido a doña
María Angustias Moreno.
En esa decisión de excluir a estas dos personas -María
Jesús Hereza y Pilar Navarro-, tuvimos muy presentes
las palabras del último párrafo de la carta
de la Sagrada Congregación, ya citada anteriormente:
"el recto sentido de la justicia confirma siempre la
certeza de que en nada puede servir a la verdad quien no duda
en ofender a la fe"; por otra parte, en su ya mencionada
carta, la Sagrada Congregación nos aseguraba que, "para
preparar los Interrogatorios, se tuvieron ya en cuenta los
libelos de esos dos Testigos (el Sr. Moncada y la Srta. Moreno),
con lo que se ha dado pie a todos los que han intervenido
en los testimonios, para arrojar la luz necesaria en el conocimiento
exhaustivo de la vida del Siervo de Dios, también sobre
los puntos en que esas personas atacan al Siervo de Dios".
En esos libros de doña María
Angustias Moreno y de don Alberto
Moncada -entregados por el Postulador de la Causa
a la Sagrada Congregación- se recogen con detalle las
mismas acusaciones que las Srtas. Navarro y Hereza repiten
contra el Opus Dei, y contra el Siervo de Dios.
9. Además, se adhirieron a esta carta colectiva don
José María González Ruiz, el Sr. Enrique
Miret Magdalena y el Sr.
Luis Carandell, personas que nunca pertenecieron al
Opus Dei, ni trataron al Siervo de Dios, y de las que es pública,
en cambio, su aversión al Opus Dei.
10. Aunque no figura entre los firmantes de la carta citada,
forma también parte de este grupo doña María
del Carmen Tapia, que perteneció al Opus Dei.
Hemos sabido que tuvo una decisiva participación en
los preparativos del programa "La Clave", que Televisión
española ha dedicado al Opus Dei. Durante el programa
fue citada en varias ocasiones, tanto por el Director de "La
Clave", como por doña María Angustias Moreno.
Reside habitualmente en California (USA), pero hace viajes
frecuentes a España y ha mantenido relación
con la Srta. Moreno. Su manifiesta hostilidad al Opus Dei
-y, de rechazo, a la Causa- queda también patente en
las dos extensas cartas, unas publicada en el diario El País
(Madrid, 17.XI.1981), y la otra, anterior, dirigida a la Srta.
Moreno para solidarizarse con el primer
libro publicado por ésta contra el Opus Dei,
y transcrita en su segundo
libro.
11. Otra persona a la que debemos referirnos es don Antonio
Pérez [Tenessa] Hernández, que perteneció
al Opus Dei. El Sr. Pérez [Tenessa] Hernández
se ordenó de presbítero en 1948 y abandonó
el ministerio en 1965, atentando el matrimonio civil en México,
con la expresa intención -manifestada por el mismo
interesado- de evitar cualquier camino que le hiciera volver
al Opus Dei. Su nombre salió algunas veces en las declaraciones,
especialmente en la del Sr.
Alberto Moncada, quien dijo que gran parte de su información
se la había facilitado el Sr. Pérez Hernández,
en la que inspiró muchas cosas de sus libros, aunque
nunca lo cita explícitamente, porque fue la condición
que le impuso. Estas informaciones calumniosas para el Opus
Dei y para el Siervo de Dios, las utilizó el Sr. Moncada
también para hacer la declaración, en la que
-como ya informamos a la Sagrada Congregación en las
cartas que escribieron los Jueces y los Promotores de Justicia
el 26 de junio de 1984- se limitó a vomitar su odio
hacia el Opus Dei. Ese sacerdote secularizado, don Antonio
Pérez, también se solidarizó con la acción
pública de la Srta. Moreno contra el Opus Dei mediante
una carta, que la misma Srta. Moreno publicó en su
libro "La
otra cara del Opus Dei" (1978). Con estos datos,
es obvio que el Tribunal no lo podía considerar fidedigno
para tomarlo siquiera en consideración con vista a
oírle como un hipotético testigo ex officío.
12. Si fuese necesario, podríamos abundar en la documentación
sobre estas cuatro personas, pero consideramos que la incluida
en este documento será suficiente para que conste la
enemistad, pública y grave, que han manifestado estas
personas contra el Opus Dei y, en consecuencia, también
hacia la Causa que hemos estado instruyendo, aparte del daño
que han inferido la Iglesia y a las almas colaborando, de
forma más o menos directa, en medios de comunicación
social sectarios y adversos a la Iglesia: siempre con la finalidad
de atacar al Opus Dei.
13. En el estudio que hizo el Tribunal para determinar los
testigos que debían ser aceptados como "ultroneos",
o llamados "ex officio" -con intención de
incluir, desde el inicio del Proceso, a los posiblemente adversos
(C.I.C. entonces vigente, c.2033, y Normas de la Sagrada Congregación
para las Causas de los Santos de 7.11.83, n. 21 a)-, se revisaron
también Otros nombres que conocimos a través
del examen de los testigos del Proceso, o por sugerencia del
Promotor de Justicia. Así, surgió la posibilidad
de citar a un arquitecto de Madrid, el Sr.
Miguel Fisac Serna, que perteneció al Opus
Dei desde 1936 a 1955. El Sr. Fisac había dirigido
al Cardenal Tarancón una carta (sin fecha), en la que
expresaba su deseo de ser oído en el Proceso, y un
escrito, con fecha 29.1.82, que el Sr. Cardenal entregó
al Promotor de Justicia para información, y que el
Promotor de Justicia devolvió al Sr. Cardenal, en espera
de presentarlos al Tribunal cuando terminaran de testimoniar
los testigos inducidos por la Postulación y hubiera
de decidirse sobre otros posibles testigos. Según nos
informa el que fue Promotor de Justicia, el Cardenal Tarancón
le dijo que el Sr. Fisac, a la vez que presentó su
carta, manifestó al Cardenal serias dudas de presentarse
a declarar, poniendo de manifiesto su conducta contradictoria,
propia dc su inestabilidad emocional y temperamental. El Promotor
de Justicia, preguntado a este respecto por el Sr. Cardenal,
respondió que el Sr. Fisac siempre conservaba su libertad
de hacer una declaración escrita, debidamente autenticada.
Tampoco lo llamamos, porque nos consta que se trata de una
persona psíquicamente desequilibrada: escrúpulos
patológicos con manifestaciones de carácter
obsesivo, situación de ansiedad permanente y manía
persecutoria -como el mismo interesado reconoce en alguna
entrevista a la prensa-, que no ofrece garantías de
dar un testimonio objetivo. Hemos comprobado que sus acusaciones
contra el Opus Dei y contra el Siervo de Dios, están
sustancialmente recogidas en los libros de la Srta. Moreno
y del Sr. Moncada, que ya conoce la Sagrada Congregación.
Esperamos que esta Declaración, en el caso de que
fuese necesaria para un ulterior estudio del Proceso, sea
considerada como complemento imprescindible de la información
que dimos en las cartas que firmamos los Jueces y los Promotores
de Justicia el pasado 26 de junio de 1984, al terminar la
sesión 606 -la última- del Proceso Cognicional
matritense.
Hecha en Madrid, en el día, mes y año ut supra.
P. Rafael Pérez, O.S.A., Juez
Julián Sancho, Cojuez
José Gálvez Díaz, Cojuez
Feliciano Gil, Cojuez adjunto
Manuel Garrido, O.S.B., Cojuez adjunto
Ricardo Quintana, Promotor de la Fe
Joaquín Aznar, Promotor de la Fe adjunto
Antonio San Miguel, Actuario
Rafael Quintana, Actuario adjunto
Vidi et probavi:
L + S / Matriti, 12 Septembris 1984
+ Angelus Suquía
A rch. Matrirensis-Complutensis.
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