Bienvenido a Opuslibros
Inicio - Buscar - Envíos - Temas - Enlaces - Tu cuenta - Libros silenciados - Documentos Internos

     Opuslibros
¡Gracias a Dios, nos fuimos
Ir a la web 'clásica'

· FAQ
· Quienes somos
· La trampa de la vocación
· Contacta con nosotros si...
· Si quieres ayudar económicamente...
· Política de cookies

     Ayuda a Opuslibros

Si quieres colaborar económicamente para el mantenimiento de Opuslibros, puedes hacerlo

desde aquí


     Cookies
Utilizamos cookies propias y de terceros para obtener datos estadísticos de la navegación de nuestros usuarios y mejorar nuestros servicios. Si continúa navegando, consideramos que acepta su uso. Puede obtener más información aquí

     Principal
· Home
· Archivo por fecha
· Buscar
· Enlaces Web
· Envíos (para publicar)
· Login/Logout
· Ver por Temas

     Login
Nickname

Password

Registrate aquí. De forma anónima puedes leerlo todo. Para enviar escritos o correos para publicar, debes registrarte con un apodo, con tus iniciales o con tu nombre.

     Webs amigas

Opus-Info

NOPUS DEI (USA)

ODAN (USA)

Blog de Ana Azanza

Blog de Maripaz

OpusLibre-Français

OpusFrei-Deutsch


 Correos: La Misión de Francia como precedente de las prelaturas personales.- Josef Knecht

110. Aspectos jurídicos
Josef Knecht :

Estoy de acuerdo con lo que Haenobarbo expuso en su artículo Las prelaturas no nacieron por inspiración divina (02.05.2012) acerca de cómo se fraguó la figura jurídica de “prelatura personal” en el Concilio Vaticano II (1962-1965). Habría que investigar las actas del Concilio –esto sería un arduo trabajo– y leer en ellas los debates de los padres conciliares y las distintas fases redaccionales del decreto Presbyterorum ordinis (1965) para precisar qué es lo que cada uno de ellos aportó en la creación de esa nueva figura jurídica.

 

A lo que expuso Haenobarbo conviene añadir un punto del que ya se ha hablado en Opuslibros en alguna ocasión. Los padres conciliares no pensaron nunca en que el Opus Dei se transformaría al cabo de los años de instituto secular en prelatura personal; ellos más bien tenían en su mente la acción pastoral de los sacerdotes obreros de la “Mission de France” o Prelatura de Pontigny cuando propusieron la creación de la figura jurídica de prelaturas personales, y lo que con ellas se pretendía lograr era una mejor distribución del clero secular que cubriera peculiares y difíciles necesidades pastorales. Como he escrito más arriba, en Opuslibros ya se ha hablado de esto anteriormente; véase, por ejemplo, Gervasio (febrero 2009), El Opus Dei como prelatura personal; Idiota (24.07.2006), La discusión sobre la figura jurídica de prelatura personal (I); especialmente interesante es el estudio de Ronald Klein, La prelatura personal en el entramado constitucional de la Iglesia (Echter, Würzburg 1995).

 

Josef Knecht




Publicado el Friday, 04 May 2012



 
     Enlaces Relacionados
· Más Acerca de 110. Aspectos jurídicos


Noticia más leída sobre 110. Aspectos jurídicos:
Estatutos del Opus Dei - 1982


     Opciones

 Versión imprimible  Versión imprimible

 Respuestas y referencias a este artículo






Web site powered by PHP-Nuke

All logos and trademarks in this site are property of their respective owner. The comments are property of their posters, all the rest by me

Web site engine code is Copyright © 2003 by PHP-Nuke. All Rights Reserved. PHP-Nuke is Free Software released under the GNU/GPL license.
Página Generada en: 0.247 Segundos