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QUÉ SE CUESTIONA AL OPUS DEI Y PARA QUÉ.
A propósito de la Carta al Vaticano

FLAVIA, 30 de noviembre de 2005




Escribo a propósito de la Carta al Vaticano que algunos de ex miembros/ socios/fieles de la Pía Unión, Instituto Secular, Prelatura Personal de jurisdicción universal de la Santa Cruz y Opus Dei hemos suscripto.

Creo que un peligro en la búsqueda la verdad y claridad respecto del Opus Dei es quedar presos en el problema del procedimiento y la codificación legal.

Me refiero a que la discusión sobre la Obra no es una cuestión arqueológica semántica o de hermenéutica jurídica, sino, más esencialmente, el del escándalo de una institución que ha hecho y hace estragos en la vida, la subjetividad de los individuos, en nombre de Dios y del cristianismo, que tiene una actuación social generalmente negativa, instrumentalizando todo lo que toca, constituyéndose en grupo de presión sobre la base de los dos medios menos evangélicos que puedan concebirse: el dinero y el tráfico de influencias.

El tema de fondo resulta ser siempre que la Obra no es concebible sin la Iglesia que la ampara, y la responsabilidad de esta institución respecto del Opus Dei es, sin ambages; TODA.

Lo que le solicitamos a la Iglesia, (lo que le solicito, tomo la primera persona), no se basa en laberínticos recorridos jurídicos, ni en la sutilización en el uso del lenguaje o en la casuística farisaica: se trata de que la Iglesia mire a la institución Opus Dei y se pregunte, de cara al Evangelio de Jesucristo, si en ella se guardan o no los componentes básicos del cristianismo.

No es meramente un asunto relativo a la exégesis del Código de Derecho Canónico, o a la pertinencia del derecho para religiosos, etc., se trata de saber, si la Iglesia recibe y alberga en su seno a una institución que, sistemáticamente, vulnera la dignidad de las personas.

Digo "sistemáticamente", porque el problema aquí es similar al que hemos vivido en América Latina respecto de las violaciones a los Derechos Humanos durante las dictaduras: el asunto discutido era si dichas violaciones se inscribían en lo que se llamaba "excesos" de personas o grupos determinados, o fue un plan montado ex profeso, realizado de modo sistemático.

Lo que se juega aquí es poner sobre la mesa (y los testimonios de los ex fieles de la Prelatura lo muestran), que las acciones e ideas nefastas del Opus Dei son de índole sistemática, estructural. No se trata de la "mala práxis" de ningún director/a en particular, o la peculiaridad de una región, o una delegación, o un centro, o un consejo local, se trata de que la práxis habitual y sistemática, la prescripta por la institución, es negativa y perjudicial.

Se trata de que la gente sigue ingresando en lo concreto a la Prelatura a los 14 años y medio, en una edad inadecuada por donde se la mire, que las conciencias - y los cuerpos- siguen siendo manipuladas en la charla fraterna y en la dirección espiritual, que la confesión sacramental sigue siendo instrumentalizada, que la mentira, el ocultamiento y el disimulo siguen siendo una práctica institucional, que la libertad de los individuos sigue siendo coartada, y las personas adultas mantenidas en estado de infantilismo y dependencia en función de un largo proceso que culmina en ese tipo de "perfil institucional". De modo señalado marco la existencia actual de las "numerarias auxiliares" como un caso de intolerable atropello a la dignidad de las personas (de las mujeres).

El derecho a aplicarse aquí es equívoco porque la situación de la Obra es equívoca, si los fieles de la Prelatura fueran como los fieles de cualquier diócesis, o los miembros laicos de cualquier movimiento, entonces no habría lugar para cosas tales como la discusión acerca de los testamentos, la propiedad de los bienes, la entrega del salario, la relación con las familias, el estilo de vida cotidiana de los fieles, sus elecciones profesionales, etc., etc., etc.

Si ésto se discute es porque el Opus Dei, sea lo que sea, no es comparable a una diócesis cuyos fieles están unidos por un vínculo apostólico (que por otra parte es por definición temporario, como las tareas a las que se dedican, remito a lo escrito por mí acerca de la Prelatura como un baúl de "doble fondo"). Tampoco es comparable a un movimiento de laicos sin más, ni tampoco a un instituto religioso: ¿qué derecho se le aplica?.

De hecho, el CIC se organiza sobre la base de las diversas realidades eclesiales: ¿cuál es la realidad eclesial de la Obra?.

Yo creo que lo que permite entender al Opus Dei es su carácter de "excepción", es su condición de "territorio sin reglas", en las que cualquier absurdo (y abuso) es posible, en favor de un "bien mayor" cuya esquiva esencia ya fue "pre- vista" por Escrivá en una instancia que se ha condensado en el siguiente referente temporal: 2 de octubre de 1928. La hipótesis de la Obra como fruto de la directa revelación divina, es la más adecuada para esa "organización" de lo real y lo porvenir.

La excepción se patentiza en la complicada arquitectura y devenir jurídico de la Obra, pero también en las marcas que los ex miembros llevamos en nuestras vidas, la materialidad de las consecuencias y signos de la excepción. Cada uno habrá vivido su experiencia allí, mejor o peor, pero el núcleo de prácticas e ideas propias del Opus Dei resultan de la variedad de los testimonios, con abrumadora contundencia.

Si se ha podido esconder bajo la alfombra los devenires eclesiales de la Prelatura (y político culturales también, el Opus Di es solidario de una coyuntura de la historia reciente en general -en particular, la española -), si se puede dejar pasar lo hermético de su vida interna, o lo equívoco de su presencia pública, lo que no se puede callar fácilmente, son los testimonios y las experiencias de sus ex miembros, en toda su complejidad.

Y aquí la Carta al Vaticano toma su lugar. Interrumpir el estado de excepción en que la Obra sumió nuestras vidas, para hablar públicamente de ella, y preguntar ¿con qué derecho?, en el sentido más genérico de ese término: ¿con qué justicia?.

La Iglesia es la destinataria lógica de esta pregunta, porque de ella emana la "juridicidad" del Opus Dei, ella la cubre en lo real.

La Iglesia tiene, reitero, respecto de la Obra, TODA la responsabilidad en términos institucionales.

Walter Benjamin, un extraordinario pensador judío alemán, decía que "los vencedores de hoy, son los herederos de los que han vencido una vez". Si las victorias inicuas, (la "fuerza de los hechos"), abren el lugar para que ocurra la "excepción", la injusticia hecha sistema tiene como consecuencia la capacidad de disponer de la vida de los dominados -se trata de una injusticia esencial, que cosifica a las personas-.

La tarea de quienes han sufrido esta lógica, es, afirma este autor: "pasarse resueltamente al campo de los vencidos", "pasar a la historia el cepillo a contrapelo", ésto implica preguntar por el problema del "derecho" en la Obra, por la índole de la "justicia" con que organiza sus ideas y prácticas: esas mismas ideas y prácticas que se metieron en nuestras vidas, en nuestros cuerpos, sentimientos, mentes, etc. Hablamos de la "materia" del derecho.

La misma existencia de la WEB está realizando tal tarea: comenzar a mostrar el "otro lado" de esta "historia", la trama de su efectividad, que no es la mera contraposición fáctica al Opus Dei como "hecho", sino que es la lectura y mostración "entre líneas" de la sustancia y los contornos de esa "excepción" que se nombra a sí misma como "Obra de dios", para que la verdad, la siempre difícil pero liberadora verdad, acontezca.

 

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