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Opus Dei: ¿un CAMINO a ninguna parte?

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CORRESPONDENCIA

 

Lunes, 07 de Marzo de 2016



Indecis@ que me lees: si no estás segur@, no renueves…- Mediterráneo

El pasado viernes 4 marzo eran asesinadas en Yemen cuatro Misioneras de la Caridad. Muchas congregaciones religiosas se han hecho eco de la noticia y han mostrado su solidaridad con la orden la Madre Teresa. Desconozco si la peña que nos ocupa se cuenta entre ellas, aunque harto me sorprendería, la verdad.

 

Quiero comentar aquí una reflexión que habla por sí sola:

 

Nada de proselitismo. Eso es algo que no se ajusta al modo de proceder ni a la tradición de la Misioneras de la Caridad ni a las enseñanzas de Madre Teresa. Las Misioneras no predican. Su predicación son sus obras de misericordia. Llegado el momento, en sus centros las personas reciben los ritos funerarios propios de su tradición religiosa. La Madre misma enseñaba que su objetivo era ayudar a cada uno a su encuentro con Dios según su propia tradición. Que el hindú fuera un mejor hindú, y así el musulmán y el cristiano. Recuérdese, por ejemplo, que para el 25 aniversario de las Misioneras se reunieron representantes de “18 caminos espirituales” en Calcuta para dar gracias a “Dios” por el don que las Misioneras eran para todos ellos.José María Segura, sj.

Nada de proselitismo”, dice. Ni se menciona la posibilidad de captar menores, quizá porque a la Madre Teresa no le cabía en la cabeza que tal cosa pudiera llegar a suceder. “Nada de proselitismo”, decía la fundadora de una de las órdenes más duras de la Iglesia, una de las órdenes que más trabas impone a la hora de ingresar y una de las órdenes que cuenta con más vocaciones a día de hoy.

 

¿Qué decir ante las presiones para pedir la admisión a los catorce años y medio? ¿Qué decir ante la sugerencia de Echevarría de llevarse a los niños a estudiar fuera para poder alejarles de la influencia familiar? ¿Qué decir de la ocultación a los padres de lo que se está haciendo con esos menores en los clubes y en las tutorías de los colegios? ¿Qué decir de UNIV’s, convivencias de estudio, convivencias de esquí y convivencias de cien mil cosas, orientadas únicamente a que alguien pida la admisión “velis, nolis”? ¿Qué decir de la presión horrible a la que se somete a alguien que dice que no quiere o no puede seguir?

 

Se acerca el 19 de marzo. Ya ha empezado la campaña para que aspirantes y supernumerari@s renueven su compromiso un año más, sin importar – porque en verdad nunca ha importado – cómo se sienta la persona o si desea o no desea renovar, solo importa que renueven.

 

Indecis@ que me lees: si no estás segur@, no renueves. Si no estás content@, no renueves. Si solo lo haces para que te dejen en paz, no renueves. Si estás hart@ y echas de menos vivir una vida normal, no renueves. Si sientes que tu vida es una fotografía desenfocada, donde la teoría va por un lado y la realidad por otra, no renueves.

 

Indecis@ que me lees: no le fallas a Dios. No estás retirando la mano del arado. No estás siendo infiel. No vas a condenarte. No es ese el único camino (aviados iríamos si ese fuera el único camino de Dios, por favor). No es cierto que Dios te llamara desde toda la eternidad, para toda la eternidad, sin otra solución, ni otro camino, ni otra salida, eso es un reduccionismo absurdo al que escrivá era muy aficionado, pero no es así.

 

Y si ya no tienes que renovar pero estás triste, hart@, si no encuentras ningún sentido a tu vida, si la amargura y la tristeza que se respiran en el centro te ahogan hasta no dejarte respirar, si no puedes más de tanta patraña sobre la vida de familia, si te sientes más sol@ de lo que jamás imaginaste, si cuando escuchas las charlas del círculo sobre fraternidad te entran ganas de gritar porque todo es mentira… hablemos. Por lo menos, hablemos. Podrás decir lo que quieras sin que te caiga una corrección fraterna o un comentario cretino acerca de rezar más, podrás desahogarte, podrás verbalizar lo que llevas dentro, podrás echarlo fuera y verlo desde otra perspectiva.

 

Hablemos.

 

Mediterráneo

mmctranslations@gmail.com

Skype: mariassumptabcn





En el Opus Dei las personas son objetos de usar y tirar.- Orange

Deseo enviar un mensaje a todas las personas que un día fueron captadas por el Opus Dei y permanecen en él, así como a las que actualmente estén en riesgo de serlo. No hablo de oídas. Me baso para ello en mi experiencia de conocer el Opus Dei desde hace 46 años; una etapa larga desde dentro y otra etapa, no menos larga, desde fuera.

Cuando el Opus Dei, como consecuencia de su obsesión proselitista, busca a una persona , no mira por su bien o su felicidad sino que solo pretende engranarla en su propio sistema de vida. Si no lo consigue, pierde el interés, la deja y no se ocupa más de ella. Si lo consigue, constriñe constantemente su personalidad para amoldarla y mantenerla, como sea, al servicio de la organización. Si la persona se sale, es abandonada sin miramientos.

Una vez salidos de esa estructura sectaria, nosotros seguimos siendo los mismos de siempre, pero el interés de ellos por nosotros cesa totalmente. Nunca nos quisieron como personas. Solo les interesamos mientras bailamos a su son. Una vez que estamos fuera, ya no les preocupa la salvación de nuestra alma, ni nuestro bienestar físico o económico; ni nuestra familia, afectos, problemas, alegrías o frustraciones. Ni una llamada. Ni una atención. Ni una preocupación. Ni la más mínima muestra de cariño con los que fueron durante muchos años -en palabras que ellos mismos emplean- "sus hermanos, unidos por lazos más fuertes que los de la sangre". Solo saben aplicar el silencio y el olvido, cuando no el maltrato, el desprecio o la calumnia.

Ellos, atentos solo a trabajar en favor de su círculo hermético, nos abandonan con un helador cinismo, sin ninguna consideración por la persona y sin la más elemental actitud cristiana. En el Opus Dei no se quiere verdaderamente a nadie. Lo que verdaderamente se ama es el mantenimiento a ultranza de su propia estructura. Si alguien que esté dentro no me cree , no tiene más que hacer la prueba. No es recomendable estar donde las personas no son respetadas como tales sino que son meros objetos de usar y tirar.

Por fortuna, Dios sí que sigue interesándose y cuidando de nuestras personas y nuestras vidas. Y lo hará hasta el momento de nuestra muerte. Pedidle a Dios que os abra los ojos del entendimiento.

Orange





Comentarios de buena fe.- JaraySedal

(Introito: no prejuzgo en este escrito la existencia o no de abusos sexuales en el caso del profesor del colegio Gaztelueta, que los jueces del Estado sentenciarán y sobre lo que no tengo ninguna opinión formada y sería temerario formularla de tenerla)

Ante los nuevos datos sobre el caso Gaztelueta, sorprende la “buena fe” que presumen en la actuación de la Iglesia en este caso algunos colaboradores de Opuslibros. Entiendo por “buena fe” la creencia en la rectitud, en la honradez, de la actuación de la Iglesia, o, por lo menos, en el hacer de la Congregación para la Doctrina de la Fe.

Buena fe del Papa Francisco al mandar el caso a la Congregación de la Doctrina de la Fe, a pesar de no tener competencia alguna por tratarse de un laico, pues fue fruto de los “apresuramientos irreflexivos que a veces tiene“ (el Papa) o de que le “ha traicionado el subconsciente”. Una falta menor de diligencia, pues.

Por su parte, la Congregación de la Doctrina de la Fe no quiso desairar al Papa: “ha hecho un rulo, quizá para no dejar en mal predicamento a un Papa que no sabe que la Congregación no tiene jurisdicción sobre determinados delitos sexuales cometidos por laicos“ (Haenobarbo, 4 de marzo). Su actuación se debe a su buena intención.

En esta línea Gervasio (19 de octubre de 2015) diferenciaba en el pronunciamiento de la Congregación para la Doctrina de la Fe entre “hechos probados” y “delitos canónicos” probados. “Puede muy bien darse que haya “hechos probados”, pero que no hayan sido considerados constitutivos de “delitos canónicos”.

Y quien va más lejos, Josef Knecht, afirmaba simplemente que la Congregación de la Doctrina de la Fe sí tenía competencia en el caso por el vínculo asociativo entre los numerarios y la Prelatura (“Aspectos jurídicos del caso Gaztelueta”, 9 de octubre de 2015).

Es cierto también que esta investigación canónica fue requerida por algún medio de comunicación en religión y valores, que ahora vuelve a pedir otra investigación canónica, a resultas curiosamente de los informes periciales aportados en los tribunales estatales, no en vía canónica alguna. Medio que dedica mucha información al tema.

Pues bien, basta con contextualizar la actuación de la Congregación de la Doctrina de la Fe en el largo historial probado de encubrimientos de las autoridades eclesiásticas sobre la materia (y las Instrucciones sobre la materia: "Crimen sollicitationis"), para juzgar con menos benevolencia su actuación. La Iglesia o no ha querido o no ha entendido nunca la competencia de las autoridades civiles sobre el tema, la prevalencia del Derecho del Estado. O pensaba que existían valores superiores que preservar.

En primer lugar, la citada Congregación sí se pronunció sobre el fondo del asunto. El fax publicado con la firma de su Secretario, Arzobispo Ladaria, da cuenta de un encargo papal, una investigación preliminar conforme a Derecho Canónico, un minucioso análisis de documentos públicos y privados. El Dicasterio dice, ha velado para que se acreditara en todo momento la verosimilitud de la "notitia criminis" y la eventual imputabilidad del profesor, con respeto a los derechos de todas las partes. Tras esta investigación de seis meses llega a la conclusión de que “los delitos investigados no han sido probados y que en su consecuencia se debe restablecer el buen nombre y la fama del acusado”, cerrando canónicamente el caso (luego, hubo una causa canónica).

En contra de lo publicado, la Congregación acepta su jurisdicción, pese a no tenerla, investiga el tema, y se pronuncia sobre el fondo dando por no probados los delitos investigados. Aquí no hay ninguna diferenciación entre “hechos probados” y “hechos probados desde la perspectiva canónica”. Máxime cuando, acto seguido, pide que se restablezca el buen nombre del profesor. Y así fue interpretada la comunicación de la Congregación por todos los medios y por los padres.

Contextualizado el asunto en la larga tradición de encubrimiento de abusos de clérigos y sacerdotes –ahora extendido a laicos vinculados a organizaciones religiosa -, de ocultamiento de los mismos a las autoridades civiles (son pecados, pero fundamentalmente son delitos, que existe obligación legal de denunciar por quien tenga conocimiento de ellos), caben otras interpretaciones de la actuación de la Congregación de la asunción de un caso que no les correspondía, y tenían que saberlo.

Por desgracia en este tema, como en tantos otros, por un lado van las declaraciones, los buenos propósitos, los “mea culpa” y, por otro, los hechos. Los hechos son tozudos y pueden desmentir los buenos propósitos.

Sin prejuzgar en lo más mínimo el resultado final del procedimiento penal en curso, una actuación de “buena fe” de la Congregación para la Doctrina de la Fe les hubiera llevado a abstenerse del conocimiento del asunto - por falta de jurisdicción y a requerir a la Prelatura para que prestara toda su colaboración con las autoridades civiles. Es difícil pensar que actuaran de “buena fe”, pues no pueden desconocer que no tenían competencia. Eso es lo primero que examina de oficio cualquier tribunal que se precie. Y el propio colegio, antes de conocer la resolución final, advirtió de esa falta de jurisdicción.

Y no puede sustentarse que existía jurisdicción por el vínculo asociativo de los numerarios laicos del Opus Dei con la Prelatura, ante los taxativos términos del canon 1395.2 del CIC que solamente refiere a clérigos y rige el principio de legalidad penal: no hay pena ni crimen sin ley que las establezca previamente. La Congregación no podía albergar duda alguna sobre su falta de jurisdicción.

En conclusión, tengo algunas dudas sobre la “buena fe” de la Congregación para la Doctrina de la Fe al asumir un caso para el que no tenía jurisdicción. No afirmo que actuaran de "mala fe". En cualquier caso, la fuerza de la inercia les conducía necesariamente en la dirección de siempre.

(Me ha movido a esta pequeña aportación, la buena reacción eclesial al Oscar a la película "Spotlight").

JaraySedal





¿Paso en falso o paso certero del Papa sobre el caso Gaztelueta?.- Josef Knecht

Quisiera entrar en diálogo con Gervasio (29.02.2016) y con Haenobarbo, en cuya nota del viernes 4.03.2016 dio a entender que el Papa Francisco desacertó dando un paso en falso en la solución del “caso Gaztelueta”. Según Haenobarbo, en continuidad con el pensamiento de Gervasio, el Papa se equivocó por considerar a los laicos del Opus miembros plenos de la prelatura personal equiparándolos así a clérigos o a religiosos, cuando en realidad –y en esto Haenobarbo tiene toda la razón– no son ni pueden ser miembros de la prelatura personal porque las prelaturas personales (cánones 294-297 del Código de Derecho Canónico) son figuras jurídicas a las que sólo pertenecen sacerdotes y no laicos.

Ahora bien, aunque sea cierto que las prelaturas personales son instituciones cien por cien clericales, también es verdad que el canon 296 prevé la posibilidad de que los laicos cooperen en las obras apostólicas promovidas por los sacerdotes de una prelatura personal; en concreto, ese canon habla de una “cooperación orgánica” de los laicos en esas labores apostólicas, a la que Gervasio dedicó el estudio “Cooperación orgánica” el 8.08.2012. Cito el canon 296: «Mediante acuerdos establecidos con la prelatura, los laicos pueden dedicarse a las obras apostólicas de la prelatura personal; pero han de determinarse adecuadamente en los estatutos el modo de esta cooperación orgánica y los principales deberes y derechos anejos a ella». Es cierto, insisto, que esa “cooperación orgánica” no implica la incorporación del laico a la prelatura personal, porque ésta es sólo una institución de clérigos en ella incardinados, pero sí implica la asunción de los «derechos y deberes» propios de la cooperación, especificados en los estatutos de la prelatura personal.

Pues bien, teniendo en cuenta que el Colegio Gaztelueta es una obra corporativa de la Obra de Escrivá, es decir, es una labor apostólica promovida por los clérigos de esa prelatura personal, y teniendo en cuenta que el profesor de Gaztelueta acusado de presunta pederastia, en cuanto numerario del Opus, es uno de los laicos “cooperantes orgánicos” mencionados en el canon 296, el Papa Francisco no se equivocó, en mi opinión, solicitando a la Congregación de la Doctrina de la Fe que juzgara ese caso. Me explicaré.

Un laico que coopere orgánicamente con los sacerdotes de una prelatura personal trabajando en una obra apostólica promovida por esa prelatura no es un laico cualquiera o un “laico del montón”, como lo fue, por ejemplo, mi querido abuelo que regentaba una zapatería, la cual era su negocio y, por supuesto, no era obra apostólica de ninguna prelatura personal. A tenor del canon 296, un laico cooperante en una prelatura personal contrae con esa prelatura (y, por tanto, con la Iglesia) una serie de «derechos y deberes» que los “laicos del montón”, como fue mi abuelo zapatero, no contraen nunca en su vida. Por ello, si un laico cooperante en una prelatura personal comete un delito grave en el ejercicio de su cooperación orgánica (no hablo de un delito por él cometido en su vida privada ni en sus negocios particulares desligados de la prelatura), sí puede y debe ser objeto de juicio por parte de la autoridad eclesiástica, como ya expuse en una nota del 9.10.2015, porque ha incumplido gravemente sus «deberes» (canon 296) contraídos con la prelatura personal y, por tanto, con la Iglesia; de donde se deriva que la autoridad eclesiástica tenga derecho a exigirle una reparación justa de su delito.

Por eso, opino que el Papa Francisco no desacertó en su decisión de solicitar a la Congregación para la Doctrina de la Fe el estudio del “caso Gaztelueta”, esto es, el estudio y el juicio de la actuación supuestamente delictiva de un laico cooperante con los sacerdotes de una prelatura personal. No fue un error causado por el subconsciente de Francisco a partir de las numerosas complicaciones jurídicas del Opus, como supone Haenobarbo, sino un razonamiento elemental a partir del canon 296: si un laico contrae determinados derechos y deberes con la Iglesia Católica a raíz de su cooperación orgánica en una prelatura personal, se somete a la jurisdicción de la Iglesia en lo referente a esos derechos y deberes, aunque no sea miembro pleno de ninguna institución eclesial y aunque no sea equiparable a un clérigo.

En conclusión, a pesar de que ese numerario y profesor de Gaztelueta no sea miembro pleno de la prelatura personal del Opus, sí es un cooperante orgánico de ella en una de sus obras apostólicas como es el Colegio Gaztelueta y, por tanto, en caso de haber cometido un delito grave en el ejercicio de la “cooperación orgánica” contemplada en el canon 296 del Código, puede y debe ser juzgado por la jurisdicción eclesiástica.

Me gustaría que los amigos Gervasio y Haenobarbo me explicaran en qué se equivocó el Papa Francisco y en qué me equivoco yo.

Josef Knecht





Interesante obra teatral.- Ana Azanza

Hola Orejas,

Si no habéis visto esta obra de teatro que está en youtube os la recomiendo vivamente. Hay que esperar casi media hora hasta que se haga explícito el tema que nos interesa, los primeros compases siguen al pie de la letra la obra de Cervantes. No hay que perdérselos para entender mejor el conjunto de la trama, aunque pueda resultar aburrido.

Yo me he reído a mandíbula batiente.

Me pregunto si los muchachos que la representan vieron alguna de las famosas tertulias de nuestro santo fundador de las que nos alimentábamos con ocasión y sin ella, o si lo hacen sin más, dirigidos por la persona que haya puesto en escena esta pieza. Sería curioso saber cuántos de los espectadores de la misma conocen el "opus Dei" y sus apostolados. Me parece que si no se ha rozado pierde gran parte de su gracia, aunque queda el asunto de la crítica a la "obra" de arte contemporáneo, que no se sabe de ella donde está la base y donde la parte superior. Además parece ser que está realizada en uno de los lugares santos de las hagiografías, Logroño, lo que no deja de tener su chispa.

Espero que os guste https://www.youtube.com/watch?v=rNYJ1J7fFm8

Abrazos

Ana Azanza





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