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CORRESPONDENCIA
Miércoles, 15 de Junio de 2016
La sentencia del TSJ del Pais Vasco.- Sirdan
Ni que decir tiene que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del país Vasco es un avance para desenmarañar los subterfugios legales a los que acude la cosa, para burlar las leyes de todo tipo, fiscales, laborales, de seguridad social etc. En fin habría mucho que hablar de la virtud de la justicia. Llegado a este punto espero que la Inspección de Trabajo tome cartas en el asunto, ya que el Tribunal o el Juzgado creo que no remite oficio con testimonio de la sentencia, cosa que podría hacer. También lo podría hacer la propia demandante.
Hecha una segunda lectura de la sentencia, sin embargo echo en falta un paso más allá. Termina condenándose a dos empresas mercantiles, que en realidad no son el empresario “efectivo”. Son los titulares de la residencia. Pero en la propia sentencia consta que la que impartía las órdenes era una persona, pongámosle cargo, “la administradora”, quien realizaba su actividad a titulo de voluntariado por una afinidad ideológica o religiosa. Seamos claros, dicha actividad no lo hacía por ningún ideario religioso o ideológico con "Promociones Culturales Arbola" Lo hacía por cuenta y orden del Opus Dei, en la propia sentencia en su hecho cuarto consta “La empresa "Promociones Culturales Arbola" está vinculada a la organización religiosa Opus Dei, y además de estos pisos cuenta con otras propiedades en la localidad de Donostia, entre ellas varios pisos similares a los descritos en el BARRIO000, y es la sede central de esta organización situada en Iruña (Nafarroa), la que decide que personas deben habitar en los pisos que tiene en cada localidad, y el tiempo que cada una de estas personas debe permanecer en cada piso.”
Pues bien la Prelatura Personal tiene personalidad jurídica propia, y ello es evidente, ¿lo sabe la demandante, lo saben los demandados y lo sabe el Juzgado y Tribunal?. Es tan patente que por ejemplo el diario La lay da así la noticia: Diario La Ley, Nº 8779, Sección Jurisprudencia, 9 de Junio de 2016, Editorial LA LEY LA LEY 159335/2015 La relación laboral entre una limpiadora y una residencia del Opus Dei no se rige por el régimen especial de las empleadas de hogar. . ¿Por qué no fue demandada? ¿Por qué arriesgar lo que hubiera sido claro una relación laboral, por no nombrar lo innombrable? ¿Por qué el juzgado no vio un litisconsorcio pasivo necesario? ¿Ahora resulta que el Director o directora de mi residencia, es voluntario de “Asociación Cultural La Lambada SA”? No es que sea numerario del Opus Dei, la afinidad ideológica se tiene con la “Asociación Cultural la Lambada S.L.”, que curiosamente reconoce la propia sentencia que ahora los residentes son de la Asociación Cultural la Lambada y no del “Centro Cívico el Montañés, S.L., por que se decide en cierta órgano no identificado (nosotros si lo identificamos, llamase delegación, comisión, asesoría etc.). Lo cierto y verdad, y como se dice en derecho laboral y en la propia sentencia, las cosas son lo que son, no la apariencia que las partes le quieran dar. Por ello, si apuramos la doctrina del levantamiento del velo (termino que no es sexy, es un término jurídico), la que debería haber estado como demandada es la Prelatura Personal de la Santa Cruz, Opus Dei, y no otro. ¿Por qué ese frenazo?. Una vez puestos ¿Por qué no se llegó al final?
Creo que la cosa ha salvado los muebles, y será difícil que se den otras oportunidades. Muy mal tiene que estar la asesoría jurídica de la cosa cuando ha consentido que este pleito llegue hasta el final, y no solo sea condenado en un Juzgado, sino que presente recurso, cuyo resultado es público a través de las bases de datos.
Cualquier neófito en derecho sabe que las grandes empresas, cuando tienen temas oscuros, sopesan mucho el recurrir, pues prefirieren muchas veces seguir en la nebulosa, reconducir las situaciones, antes que tener precedentes doctrinales constatables donde les den un revolcón. En definitiva no era tanto el dinero que se jugaba, ¿por qué insistir en el pleito?, ¿será por dinero? Mal está la cosa, aunque de verdad no creo que sea el dinero, será la mediocridad táctica y de inteligencia que les va embargando.
En definitiva, han salido demasiado bien parados, el nombre de Opus sigue sin estar en la condena laboral por fraude laboral, solo se condena a una pantalla a "Promociones Culturales Arbola" ¿Habrá nuevas oportunidades?
Sirdan.
La entrevista de Escrivá con el embajador Garrigues en 1969 (1).- Simplicio
El pasado 8 de abril se publicó en Opuslibros el memorándum del embajador de España ante la Santa Sede, Antonio Garrigues, dirigido al ministro español de Asuntos exteriores, Fernando de Castiella, reseñando una entrevista que había tenido el embajador con Escrivá a principios del año 1969.
El embajador, tal como dice expresamente, se limita a relatar el esquema de pensamiento de Escrivá; y éste resulta sorprendente. Pues lo primero que llama la atención es la desenvoltura del personaje, que alardea de tener "mucha amistad" con Franco y "una gran amistad" con el papa Pablo VI...
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Felicidades por tu valentía.- Carmen Charo
Quiero felicitar a “María” por tener la valentía de denunciar su despido y situación laboral en un centro del Opus Dei. Según dice Agustina es o era una numeraria auxiliar y no mera trabajadora. Me sobrecoge tu valentía. Has sido la primera con el coraje necesario, y encima te ha salido bien, y no sabes qué cosas tan importantes has puesto en evidencia!!. Reconozco que me ha costado comprender la sentencia, no es un lenguaje fácil ni ameno, pero tras varias lecturas creo que entiendo unas cuantas cosas en las que los jueces te han dado la razón, y me figuro que eso sienta jurisprudencia. En tu situación están cientos de auxiliares y tu caso podría dar ánimo a tantas que siguen trabajando con miedo a levantar la voz. Si me equivoco que alguien me corrija, pero entiendo que los jueces reconocen lo siguiente...
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Todo por parecerse al numerario preceptor, entrenador, o profesor del centro.- c
Leo el escrito de Pepito y quiero aclarar mi escrito previo porque es posible que: o no he explicado bien o se me haya interpretado mal. En ningún momento he dicho que se haya fomentado el tabaco, sólo digo que no se persiguió el consumo entre gente tan joven. Que un niño de 15 años lleve una cajetilla en el bolsillo en una convivencia, en un retiro o en el Club no es correcto. Aunque también es cierto que en los años 70, 80 y 90 no fuera tan mal visto como ahora. Esta idea se recalca en otros escritos y estoy plenamente de acuerdo. No se persiguió el tabaco como tampoco se persiguieron otras cosas que vistas desde la distancia de más de 50 años sí forman parte de algo muy criticable. También debo reconocer que las mismas personas que en el centro no decían nada por fumar y que además eran profesores tuyos en el respectivo colegio te castigaban de verdad si lo hacías en éste. En mi colegio por fumar te expulsaban de inmediato.
Es el tabaco, el postureo, el lenguaje (con tacos incluidos), la vestimenta de marca... Todo por parecerse al numerario preceptor, entrenador, profesor o al hermano mayor que te encuentras en el centro. La admiración y respeto que se tenía a los mismos convertía a estos jóvenes en "pitufos" que sólo querían imitar al numerario mayor por la admiración y el respeto que se le profesaba. Esta es mi apreciación, el tabaco era una forma de "ser mayor". Una más, quizás incluso la menos importante y accesoria, pero una más para ser más aceptado, "más de dentro", "más genuino".
Si desde el centro se toleraba o se fomentaba el tabaco ya es valoración personal de cada uno. Yo en mi escrito anterior no he dicho nada al respecto, pero he dejado caer el coleguismo de algunos ante esta conducta (cuando no gorreo, que también lo había). Dice Pepito que él ya fumaba de antes (¿los 12 o los 13 años? Buff!)
Quizás lo criticable no sea el consentimiento al consumo del tabaco, sino el no perseguir el pitufismo antes descrito. Creo que a mi lo que me preocupa, sea que mis hijos e hijas se quieran parecer más al numerario del centro que a sus padres, aunque tengan que fumar por conseguirlo.
Y perdonad si no me explico bien otra vez, soy de "ciencias".
cooperata
La defensa renuncia pedir el informe de la investigación al Vaticano.- Aloevera
SUPUESTOS ABUSOS A UN ALUMNO
La fase de instrucción del ‘caso Gaztelueta’ no será prolongada
La defensa renuncia a pedir el informe de la investigación al Vaticano, por lo que en breve finalizarán las diligencias
Miércoles, 15 de junio de 2016
LEIOA - La fase de instrucción del caso Gaztelueta finalmente no será prolongada otros 18 meses más después de que la defensa haya renunciado a solicitar al Vaticano el informe de la investigación que llevó a cabo la Congregación para la Doctrina de la Fe. De esta manera, las diligencias previas concluirán en un breve periodo, toda vez que se resuelvan los últimos recursos presentados por la propia defensa y la Fiscalía contra el auto del magistrado encargado de estudiar la denuncia de presuntos abusos sexuales a un menor por parte de un profesor.
El juez instructor decretó, con un auto del pasado 3 de junio, la “instrucción compleja” del caso, ya que consideró que había investigaciones pendientes al no contar con el expediente del juicio canónico que había demandado el abogado defensor. Por ello, estableció una prórroga de esta fase previa a la vista oral. Sin embargo, ahora, la parte que representa al docente, “a la vista de las numerosas pruebas durante la instrucción de la causa y con el fin de no dilatar más la misma”, renuncia a la prueba documental en cuestión. Además, la defensa añade otro argumento para explicar su cambio de planes: “No es presumible que el contenido de la investigación vaya a añadir nada más a las numerosas pruebas practicadas por el juzgado de instrucción y, según hemos tenido conocimiento recientemente, la Congregación para la Doctrina de la Fe no es competente para instruir procesos penales canónicos contra laicos, como es el caso de mi mandante -el profesor es un laico numerario del Opus Dei-”.
Así las cosas, las conclusiones por escrito de ese procedimiento realizado a instancias del Papa continuarán siendo un misterio. Si la propia familia de la presunta víctima no tuvo acceso a ese informe -de ahí que lo califique como “fantasma”, además de hablar de una investigación “llena de irregularidades”- el juez instructor tampoco lo tendrá en sus manos tras el giro en la postura de la defensa. Lo único que trascendió es una breve carta que la Congregación mandó al director de Gaztelueta, Imanol Goyarrola, en la que exponía que se cerraba el proceso. - M. Hernández
Publicado en DEIA
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