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CORRESPONDENCIA

 

Viernes, 12 de Enero de 2007



El Opus Dei sancionado a pagar 60.101,21 euros.- Agustina L. de los Mozos

El Opus Dei sancionado a pagar 60.101,21 euros

 

www.samuelparra.com, martes, 9 enero 2007

La Prelatura del Opus Dei Región de España ha sido sancionada por la Agencia Española de Protección de Datos por una infracción grave, a la suma de 60.101,21 euros.

Los ciudadanos estamos acostumbrados a recibir publicidad en nuestro domicilio de entidades financieras o similares sin haber contratado ningún servicio con ellas. Sin embargo, al parecer, la necesidad de captar “clientes” llega hasta los organismos más insospechados, y en este caso, le ha tocado al Opus Dei.

La infracción grave deriva de un tratamiento de datos personales sin consentimiento (es decir, infracción del artículo 6 de la Ley Orgánica de Protección de Datos).

La resolución nace de una denuncia por parte de un particular por recibir en su domicilio varias publicaciones del Opus Dei España. La denunciante, asegura que no ha facilitado sus datos personales ni por supuesto ha consentido para que se le remita publicidad.

Los inspectores de la AEPD constatan que efectivamente, los datos de la denunciante, aparecen en un fichero de datos personales titularidad del Opus Dei. La Prelatura manifestó que se recaban los datos de los suscriptores a través de un formulario de inscripción, que se encuentra a disposición de los interesados en parroquias y centros del Opus Dei, así como por medio de escritos de suscripción que se remiten por los propios interesados.

Curiosamente, la denunciante una vez iniciado el procedimiento sancionador, volvió a recibir otra publicación, hecho este fatal para el Opus Dei.

Junto a las comunicaciones que le remitían a la denunciante, aparecía la cláusula: “si le parece bien, se la seguiríamos enviando a no ser que usted no desee recibirla. En este caso,  agradeceremos que nos lo indique para que se proceda a darle de baja en el fichero de Suscriptores“.

El problema viene, como casi siempre, en que el Opus Dei no tiene ese formulario que supuestamente debió utilizar la denunciante; esta falta de prueba del consentimiento será determinante, como veremos, para la resolución del caso.

Entre las alegaciones del Opus Dei, encontramos las siguientes:

1-La denunciante facilitó su consentimiento expreso para el tratamiento de sus datos personales cuando cumplimentó el citado formulario de inscripción, y su consentimiento tácito para el mantenimiento de dicho tratamiento al no haber sido devuelta ninguna de la publicaciones que se le han remitido.

2-La denunciante no ha ejercido el derecho de cancelación, no se ha opuesto al tratamiento y no ha devuelto ninguna de las publicaciones. La devolución de las publicaciones puede realizarse marcando la opción “rehusado” en el casillero que figura en el dorso de los sobres en los que se remiten éstas.

En resumen, manifiesta Opus Dei en su defensa, en primer lugar, que cuenta con el consentimiento expreso de la denunciante para el tratamiento de sus datos de carácter personal, al haber facilitado sus datos a través del formulario de inscripción (que no aparece), y, en segundo lugar, que existe consentimiento tácito al no haber sido devuelta ninguna de las publicaciones que se le han enviado ni haberse opuesto la denunciante al tratamiento.

En lo referente a la primera de las cuestiones planteadas, relativa a la obtención del consentimiento expreso de la denunciante por parte de Opus Dei, cabe señalar que es criterio mantenido por la Audiencia Nacional que el que trata los datos debe acreditar que el tratamiento se realiza de acuerdo con los dictados de la LOPD. Entre otras cabe destacar la Sentencia de la Audiencia Nacional, de fecha 11/05/2001, en la que sostiene que “el argumento de la prestación del consentimiento debe, por lo tanto rechazarse, al no constar acreditado el mismo. Repárese, por lo demás, que quien gestiona la base de datos, debe estar en condiciones de acreditar el consentimiento del afectado, siendo carga de la prueba del mismo su justificación, y la entidad recurrente en ningún momento ha realizado esfuerzo probatorio tendente a la acreditación del consentimiento de las personas en las que se basa la sanción”.

En lo referente a la segunda cuestión, relativa a la existencia de consentimiento tácito, debe señalarse que el artículo 3.h) de la LOPD define el consentimiento del interesado como “toda manifestación de voluntad, libre, inequívoca, específica e informada, mediante la que el interesado consienta el tratamiento de datos personales que le conciernen.” 

La Agencia afirma que cabría entender que existe un consentimiento tácito prestado por la denunciante de forma inequívoca, pues desde el año 1989 ha estado recibiendo las publicaciones de Opus Dei en el domicilio sin que se haya opuesto al tratamiento de sus datos personales. Sin embargo, aún admitiendo, en este caso, a la vista de las circunstancias concurrentes, la existencia de consentimiento, Opus Dei continuó tratando sus datos personales después da haber tenido conocimiento, en la visita de inspección realizada, con fecha 12/07/2005, de su oposición al tratamiento, remitiéndole la publicación correspondiente al mes de marzo de 2006, por lo que se ha producido una infracción del artículo 6 de la LOPD.

Por tanto, finalmente, se le imputa una infracción de ese artículo 6 con la consecuente multa.

RESOLUCIÓN COMPLETA, en PDF (90 KB)

Para mí, que tuve en su día una demanda del Opus Dei región de España, cuando esta web comenzaba a andar, por haber comprado el dominio "opusdeilibros.com" (no sabía yo que Opus Dei fuera una marca comercial registrada), es una ¿alegría? (sí, alegría) esta noticia.  ¡Por fin!, por los tribunales de Justicia, al opusdei se le empieza a parar los pies y no es baladí que sea en cuestiones económicas, que es donde más les duele. Habrá más de uno y de una que reciba su propaganda sin haber dado consentimiento... ¿a qué esperan?????

Agradezco a Raúl la información de la noticia que, al mismo tiempo que me la enviaba, me ofrecía firmar yo esta noticia en lugar de él. Y la firmo muy contenta.

 

Agustina López de los Mozos Muñoz





Bastián escribe a su Eminencia.- Bastián

Yo también le he enviado a su eminencia el informe en el idioma indicado, junto con una nota escrita en italiano pedestre pidiéndole que mantenga en secreto mi nombre por razones familiares.
 
Si recibe varios ejemplares, no tendrá necesidad de hacer 22 fotocopias por cada uno para darlo  a sus colegas.
 
Os animo a este apostolado de la opinión vaticana.
Bastián




Sobre el articulo de G. Rocca. La cuestión del secreto.- Marypt

  

En el ultimo articulo de G. Rocca publicado en la web consta un tema muy importante y para mí desconocido: el del permiso la Santa Sede para que los miembros no manifestasen su pertenencia al  opus dei; permiso que seria revocado de modo expreso en el año 1986. ¡Mi asombro es total! No tendría idea de un principio de “secreto oficial” y menos aún de las instrucciones del Vaticano para que “Todos los miembros del Opus Dei -tanto los sacerdotes incardinados en la prelatura como los laicos a ella canónicamente vinculados con un contrato como numerarios, agregados y supernumerários (…) están obligados a evitar el secreto y la clandestinidad...; preguntados legítimamente acerca de su pertenencia, tienen por tanto el deber de manifestarla”.

 

Aqui está el escrito de Rocca. ¡Pido ayuda para entenderlo mejor!

 

Marypt

 

"La cuestión del secreto. - El hecho que Fuenmayor/Gómez-Iglesias/ Illanes no hayan publicado los documentos relativos al secreto (de los años 1947-1949) y se hayan limitado a una nota (19) sin siquiera hablar de ello y sin decir que fue una solicitud explícita del Opus Dei, realmente me parece un gran error. Más que insistir sobre este aspecto, en cambio, me parece preferible subrayar un elemento de este hecho, todavía no madurado en el momento en que escribí mi libro y que lo ha sido a causa de interpelaciones y preguntas hechas al Parlamento italiano sobre la presencia del Opus Dei en Italia (20). El punto que aquí deseo subrayar es que, de la respuesta del entonces Ministro de Asuntos Interiores, el honorable Scalfaro, que utiliza un "Oficio" enviado por la S. Sede a través del Consejo para los asuntos públicos de la Iglesia, resulta evidente lo siguiente: la S. Sede amonesta a todos los miembros del  Opus Dei y afirma que están obligados a evitar el secreto y que, si se les pregunta legítimamente, tienen el deber de manifestar su pertenencia al Opus Dei (21). 

Esta declaración de la S. Sede expresaba un decidido cambio de rumbo, sobre todo si se considera que los estatutos del Opus Dei (de 1982) todavía concedían hacer públicos únicamente los nombres de los sacerdotes incardinados en la prelatura y los nombres de los directores de los "centros" sólo bajo una petición explícita de los obispos. Ahora bien de todas estas cuestiones (es decir del secreto concedido en los años 1947-1949 y de la sucesiva evolución hasta a la intervención de la S. Sede en 1986) no se habla para nada en el volumen en cuestión, y no veo por lo tanto cómo los lectores pueden hacerse una idea completa del problema y ni siquiera del mismo Opus Dei. 

 

 

Nota (21) "Todos los miembros del Opus Dei -tanto los sacerdotes incardinados en la prelatura como los laicos a ella canónicamente vinculados con un contrato como numerarios, agregados y supernumerarios, como los sacerdotes no incardinados en la prelatura pero asociados a la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz (entidad intrínsecamente unida a la Prelatura)- están obligados a evitar el secreto y la clandestinidad...; preguntados legítimamente acerca de su pertenencia, tienen por tanto el deber de manifestarla" (Atti Parlamentari, IX legislatura, Discussioni, Sesión del 24 de noviembre de 1986, p. 49456)"





Invitacion a primera reunion del 2007 en Guatemala.- Cimarrón

Haciendo eco de las sugerencias hechas y para no perder el impulso de la reunión que tuvimos en el mes de diciembre, el próximo viernes 19 de enero, a partir de las 7:30 nos volveremos a reunir los ex de Guatemala en el mismo lugar, aunque ya se nos quedó un poco estrecho. En principio las reuniones serán mensuales, dado lo bien que la pasamos.

Cualquier pregunta me la pueden dirigir a: cimarron44[arroba]hotmail.com

Cimarron





Comentario al envio de Isabel Nath sobre la libertad de las conciencias.- Austra

Un saludo para Isabel Nath y para todos:

La verdad es que el escrito de Jacinto Choza acerca de la inocencia o culpabilidad de lo directores ha dado para mucho. Es que el tema es muy importante. En mi caso particular yo estuve en un consejo local cuatro años y puedo dar mi testimonio sobre que le pasa a uno en esas circunstancias. Ademas de lo que ya expuse en un correo anterior se me ocurre lo siguiente al respecto de este texto de Isabel Nath...


(Leer artículo completo...)




Solicitud de consejo.- Onle

Que tal, les escribo porque he encontrado su página y me ha parecido interesante lo que en ella plantean. Yo conocí el opus dei hace 17 años cuando ingresé al bachillerato, al principio no entendía nada pero con el tiempo se fue aclarando todo el panorama. Debo decir en honor a la verdad que yo he sido apoyado y respetado en mi filosofía de no pertenecer al opus dei bajo ninguna categoría, después de conocer la filosofía de la obra y el trabajo que hacían en los colegios decidí trabajar con ellos, actualmente tengo 11 años trabajando en colegios de la obra y hasta ahora me he sentido bien, he recibido formación y económicamente vivo desahogado. Tampoco puedo negar que he conocido miembros del opus con una mentalidad como la que varios de ustedes describen y en algunas ocasiones si me han llevado a cuestionar la validez de la vocación para los miembros que ingresan a la obra.

Les escribo porque quiero pedirles un consejo, resulta que mi matrimonio está pasando por una severa crisis y aunque primero Dios espero todo se resuelva, he llegado a tener que considerar la opción de la separación o el divorcio tristemente. Aunado al dolor por la relación que se puede perder, tengo también una gran preocupación sobre que pasaría con mi vida laboral, no se que hacer al respecto, si hablarlo con algún sacerdote de la obra, con algún miembro que sea de mi confianza o de plano esperar a que algo – para bien o para mal- se defina y entonces ejercer la honestidad; ojalá me pudieran ayudar con un consejo.

Gracias

Onle




 

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