Lavín
y los negocios del Opus Dei
Patricio Herman P. y Jorge Cisternas Z.
Agrupación Defendamos la Ciudad
Publicado en El Siglo -Chile-
24-abril-2003
Señor Joaquín Lavín I.
Alcalde de Santiago:
Mientras Ud. ejercía como alcalde de Las Condes se
publicó el Plan Regulador Comunal (1995) que dio origen
a la zona de conservación histórica
de Av. Presidente Errázuriz. Entre los años
1999 y 2000 la Prelatura del Opus Dei adquirió 2 propiedades
localizadas en esa zona, a sabiendas que no se podían
demoler.
El 26 de noviembre de 2001 nuestra agrupación publica
una carta en El Mercurio alertando a las autoridades en cuanto
a que la demolición era improcedente y nos dirigimos
por escrito a esas autoridades. No fuimos escuchados y esas
viviendas fueron reemplazadas por un edificio de 6.300 m2
construidos.
Recordemos que esa orden religiosa necesitaba disponer de
los m2 necesarios para albergar a 45 numerarios, profesionales
que no tenían cabida en las 2 viviendas demolidas.
Por lo anterior tuvimos que recurrir, conjuntamente con la
Junta de Vecinos C-6, San Pascual, a la Contraloría
General de la República, que vía dictamen Nº35.145
del 10 de septiembre de 2002 estableció que todos los
actos administrativos de la Municipalidad de Las Condes y
del ministerio de Vivienda y Urbanismo que dieron origen a
las demoliciones y permitieron edificar la construcción
en terminaciones hoy en día, adolecen de ilegalidad.
En rigor, lo que corresponde ahora es aplicar el artículo
157 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, es decir,
se debe demoler el nuevo edificio porque contraviene el mandato
del Plan Regulador respectivo, hecho que no deseamos porque
no soluciona el impasse.
Debemos tener presente que la directora de obras de Las Condes
tendrá que decidir si firma o no próximamente
la solicitud que le formule el titular del proyecto, para
que el edificio ilegal sea recibido oficialmente
y pueda ser habitado.
La situación de fondo tiene que ver con la ilegítima
plusvalía obtenida por el titular del proyecto y por
ello planteamos que éste debe compensar a la sociedad
para saldar las cuentas. Para tal efecto lo más elemental
es comparar la inversión inicial (precio pagado por
las 2 viviendas de conservación histórica) con
el valor comercial del nuevo edificio, deduciéndose
de este importe el gasto de su construcción. Haciendo
el ejercicio, en cifras aproximadas llegamos a la suma de
4 millones de dólares. Entendemos que puede haber otra
fórmula de cálculo.
En este sentido y en razón a que en Chile las
instituciones no funcionan le proponemos que Ud. ejerza
su influencia de supernumerario de la Obra y hombre público
bien evaluado, para que aquella compense a la ciudad de Santiago
en el monto que resulte después de aplicarse el cálculo
afinado y validado por tasadores profesionales.
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