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Lavín y los negocios del Opus Dei

Patricio Herman P. y Jorge Cisternas Z.
Agrupación Defendamos la Ciudad
Publicado en El Siglo -Chile-
24-abril-2003

Señor Joaquín Lavín I.

Alcalde de Santiago:
Mientras Ud. ejercía como alcalde de Las Condes se publicó el Plan Regulador Comunal (1995) que dio origen a la “zona de conservación histórica” de Av. Presidente Errázuriz. Entre los años 1999 y 2000 la Prelatura del Opus Dei adquirió 2 propiedades localizadas en esa zona, a sabiendas que no se podían demoler.

El 26 de noviembre de 2001 nuestra agrupación publica una carta en El Mercurio alertando a las autoridades en cuanto a que la demolición era improcedente y nos dirigimos por escrito a esas autoridades. No fuimos escuchados y esas viviendas fueron reemplazadas por un edificio de 6.300 m2 construidos.

Recordemos que esa orden religiosa necesitaba disponer de los m2 necesarios para albergar a 45 numerarios, profesionales que no tenían cabida en las 2 viviendas demolidas.

Por lo anterior tuvimos que recurrir, conjuntamente con la Junta de Vecinos C-6, San Pascual, a la Contraloría General de la República, que vía dictamen Nº35.145 del 10 de septiembre de 2002 estableció que todos los actos administrativos de la Municipalidad de Las Condes y del ministerio de Vivienda y Urbanismo que dieron origen a las demoliciones y permitieron edificar la construcción en terminaciones hoy en día, adolecen de ilegalidad.

En rigor, lo que corresponde ahora es aplicar el artículo 157 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, es decir, se debe demoler el nuevo edificio porque contraviene el mandato del Plan Regulador respectivo, hecho que no deseamos porque no soluciona el impasse.

Debemos tener presente que la directora de obras de Las Condes tendrá que decidir si firma o no próximamente la solicitud que le formule el titular del proyecto, para que el edificio ilegal sea “recibido oficialmente” y pueda ser habitado.

La situación de fondo tiene que ver con la ilegítima plusvalía obtenida por el titular del proyecto y por ello planteamos que éste debe compensar a la sociedad para saldar las cuentas. Para tal efecto lo más elemental es comparar la inversión inicial (precio pagado por las 2 viviendas de conservación histórica) con el valor comercial del nuevo edificio, deduciéndose de este importe el gasto de su construcción. Haciendo el ejercicio, en cifras aproximadas llegamos a la suma de 4 millones de dólares. Entendemos que puede haber otra fórmula de cálculo.

En este sentido y en razón a que en Chile “las instituciones no funcionan” le proponemos que Ud. ejerza su influencia de supernumerario de la Obra y hombre público bien evaluado, para que aquella compense a la ciudad de Santiago en el monto que resulte después de aplicarse el cálculo afinado y validado por tasadores profesionales.

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