El numerario
como nuevo estado de perfección
24 de marzo de 2014 – E.B.E.
Contenido
Oblación,
fidelidad y consejos evangélicos
El
aspecto fraudulento de la vocación
Tengo la impresión de que a Escrivá nunca le
interesaron los laicos, como tales, sino el numerario, esa
creatura que cristalizó en el nuevo estado de perfección, aprobado hacia 1947
en el Decretum Laudis.
Si bien al principio Escrivá había pensado solamente
en personas universitarias célibes, con el paso del tiempo fue incorporando a
otros tipos de miembros dentro de esa misma vocación: agregados y
supernumerarios (adaptando esa misma vocación de numerario a diferentes
circunstancias, dando como resultado una misma vocación con distintos nombres y
modos de vivirla, al menos en teoría, sin entrar en mayores discusiones).
Al hablar de laicos en el Opus Dei, Escrivá no se
refería a simples cristianos corrientes sino a esa nueva categoría de
cristiano, “el numerario”, definida como un “nuevo estado de perfección”. Los
cristianos corrientes, como tales, existían desde tiempos remotos y muchos
formaban parte de diversas asociaciones, como la Acción Católica, donde no
tenían necesidad profesar ningún “estado de perfección”.
El objetivo de Escrivá apuntaba a una cosa muy
concreta: hacer que esos cristianos corrientes profesaran un “nuevo estado de
perfección”, una nueva forma de profesar los consejos evangélicos, que es la
esencia de la vida de los religiosos.
La imagen que ello me produce es la de unos laicos
convertidos en superlaicos: laicos con la
apariencia de siempre, pero interiormente viviendo una vida religiosa mucho más
intensa que la de cualquier cristiano corriente.
Para más precisión, veamos qué decía Escrivá en esa
conocida conferencia
de 1948:
«Surge
ahora en la Casa del Padre, “en donde hay muchas mansiones” (Ioan. 14, 2), una nueva forma de vida de perfección,
en la que sus miembros no son religiosos, y que no se apartan, por
tanto, del mundo, llegando a cumplir en el siglo los consejos evangélicos»
(Cfr. Escrivá, J.M., “La Constitución Apostólica “Provida Mater Ecclesia” y el Opus Dei”,
conferencia dada en Madrid, el 17 de diciembre de 1948.)
«A la
luz de esta doctrina sancionada por los documentos pontificios, podemos ya comprender
las peculiaridades que -en el orden ascético y jurídico- ofrece el Opus
Dei, primer Instituto secular de Derecho pontificio aprobado según las
normas de la Constitución Próvida Mater, y que ha sido puesto como modelo de
este nuevo tipo de vida de perfección por el Santo Padre Pío XII en el Decretum Laudis, concedido al Opus
Dei el 24 de febrero de 1947» (ibídem).
Ese nuevo modo de vida tiene una
característica muy concreta: la vida de perfección se manifiesta en el
fuero interno, mientras que en el fuero
externo, las personas que así la viven, siguen siendo laicos como los demás (lo
cual me recuerda al artículo de Haenobarbo, «Religiosos
disfrazados»). Evitan que esa vida religiosa interior se
manifieste públicamente, como ocurre con los religiosos tradicionales, quienes
públicamente profesan los consejos evangélicos y lo manifiestan en su porte
externo.
Veamos un texto de A. Del Portillo, hablando del
estado de perfección, propuesto por Escrivá, como un asunto de “fuero interno”,
de tal manera, que dicha vocación era para vivir en forma reservada y, por lo
tanto, aisladamente, sin llamar la atención ni proclamarla a los cuatro
vientos:
«En un papel antiguo del Padre he leído que si estado es stabilis
vivendi modus, buscar la perfección cristiana siguiendo unas normas
determinadas, y de modo estable, es estado de perfección: pero quería
que esa situación permaneciera en el fuero interno», (Álvaro del Portillo,
comentando a: Escrivá, J.M., “Instrucción”, 1934, nro. 14, nota 15).
Mejor definido, imposible. ¿Acaso
no es la vocación al Opus Dei un buscar la perfección siguiendo unas normas
determinadas y de modo estable? La gran diferencia es que toda aquella
búsqueda de perfección debía permanecer en el fuero interno.
Algo semejante sucedía con la cuestión
de los votos (aunque fueran históricamente transitorios, en ese caso):
«Esos
votos privadísimos, jamás recibidos por los Directores
de la Obra, nada quitaban a nuestra secularidad, y dieron a mis
hijos en aquellos momentos, en los que yo no quería ni emplear la palabra
vocación, un arma psicológica, como os decía antes, interna, para
desechar los malos consejos que recibían» (Carta, 29-XII-1947/14-II-1966, nn. 84 y 180, citada en el Itinerario Jurídico; ver además Haenobarbo, “Votos o compromisos en el pensamiento del
fundador”).
Más tarde, Escrivá llegó a negar
explícitamente el vínculo entre vocación al Opus Dei y consejos
evangélicos:
«Me
interesa insistir en que la vocación al Opus Dei no es otro modo de profesar
los consejos evangélicos» (Carta de 1951, citada en el Itinerario
Jurídico).
Sin embargo, la vocación fue
aprobada como un nuevo estado de perfección hacia 1947, y por los elogios
del propio Escrivá en 1948, no parece haber sido algo transitorio para el
propio fundador.
El cambio vino después, el gran giro
copernicano, por el cual públicamente Escrivá no reconocería más al
nuevo estado de perfección como centro de la vocación.
Sin embargo, la vocación sigue
siendo la misma del principio, se vive de la misma manera, y se
“profesa” de la misma manera: los miembros del Opus Dei, en cualquiera de
sus variantes, mediante las fórmulas de incorporación temporal o
definitiva, ingresan a un “estado de
perfección” igual que antes. De hecho, para salir, necesitan
dispensa, algo que no se necesitaría si fueran
fieles corrientes.
No deja de ser llamativa la
contradicción, manifiesta en un comentario posterior, del mismo A. del Portillo
hacia 1967, al glosar la Instrucción de 1934, en oposición a lo que el mismo
Escrivá afirmó en 1948, alabando el nuevo estado de perfección, del cual el
Opus Dei era modelo:
«Por
aquellos primeros años, no faltaron personas que decían, admiradas, al Padre:
pero ¿quiere Vd. crear un estado canónico nuevo? La respuesta del Padre era
siempre que no, porque lo que quería era que cada uno se santificara en
medio del mundo y en su propio estado» (Álvaro del Portillo, comentando a: Escrivá, J.M.,
“Instrucción”, 1934, nro. 14, nota 15).
Es muy fácil encontrar textos posteriores a 1947 y
1950 que rechacen los consejos evangélicos y el nuevo estado de perfección,
pero es casi imposible hallar las mismas afirmaciones en textos anteriores
a 1950 y 1947. Aquí está el punto débil de la demostración del Opus Dei
para explicar que nunca quisieron los consejos ni el nuevo estado de
perfección.
Incluso, alguna carta de 1947 resulta inverosímil en
su datación, porque se contradice con las alabanzas del propio Escrivá, en su
conferencia de 1948, en relación con el nuevo estado de perfección:
«Nunca hemos pensado en pertenecer al estado de
perfección. Todo lo contrario: siempre hemos predicado y tratado de
practicar que cada uno ha de buscar la perfección cristiana, en medio del mundo
y en el estado que le es propio» (“Carta”, 29‐XII‐1947, citada en
el Itinerario Jurídico).
El Itinerario Jurídico, a su vez, no cita la
conferencia de 1948 en sus puntos más interesantes y conflictivos. En
concreto, no cita la parte donde Escrivá dice que su Opus Dei:
«ha
sido puesto como modelo de este nuevo tipo de vida de perfección por el
Santo Padre Pío XII en el Decretum Laudis, concedido al Opus Dei el 24 de febrero de 1947»
Ni tampoco cuando Escrivá afirma:
«[el
nuevo estado]es el término en la evolución de las formas de vida de
perfección en la Iglesia.»
En cambio, los autores de ese libro
citan una carta de Escrivá, supuestamente anterior a esa conferencia,
donde el fundador aceptaría condicionalmente dicha aprobación:
«El estatuto jurídico que se ha obtenido con la
Provida Mater Ecclesia, documento que es el resultado
de una situación de emergencia, en la que se daban factores muy diversos y
situaciones opuestas, ha hecho que se llegara a una fórmula de compromiso»
(“Carta”, 29‐XII‐1947, citada en el Itinerario Jurídico).
Pues esa afirmación de Escrivá no parece ser de 1947
sino posterior a 1950, pues de otra forma, ¿cómo, el mismo Escrivá, diría lo
contrario en 1948?
De ser una “fórmula de compromiso” (1947), Escrivá
pasa a decir que el Opus Dei es “modelo de ese nuevo tipo de vida de
perfección” (1948), para más tarde, en 1958, volver a la posición de 1947 y
rechazar los consejos evangélicos diciendo que “no deseamos para nosotros el
estado de perfección” (Carta “Non Ignoratis”, 1958).
Aquí hay algo que no encaja para nada.
O bien Escrivá estaba simulando una
aceptación inexistente, o bien esa carta de 1947 es posterior a 1950, por lo
menos.
Pero en caso de que Escrivá simulara,
otro tanto habrían hecho A. del Portillo, Canals y otros al participar con el
mismo entusiasmo del Congreso Nacional de Perfección y Apostolado de
1956, cosa que nos hace pensar que hasta 1956 la
satisfacción de 1948 seguía intacta, y recién en 1958 surge oficialmente el
rechazo de la figura del Instituto Secular con la carta Non Ignoratis
(recomendable es leer a Estruch y su capítulo X).
Entonces la carta de 1951, más arriba citada, tampoco podría ser de 1951 sino
posterior a 1956, al menos. ¿Han manipulado, en el Opus Dei, las fechas de las
cartas?
Por su parte, J. Herranz afirma que:
«el
Fundador del Opus Dei, Mons. Escrivá de Balaguer, al ver cómo iba cambiando el
concepto primitivo de Instituto Secular, presentó, desde 1948, respetuosas
protestas ante las Sagradas Congregaciones Romanas, para defender en toda
su integridad esa figura jurídica» (J. HERRANZ, “La evolución de los institutos seculares”, en
Jus canonicum 4 (1964)
303-33).
Lo extraño es que esa carta,
supuestamente de la misma época de la conferencia de 1948, no es citada en “El
Itinerario Jurídico” (al menos, yo no pude dar con ella de ninguna manera a lo
largo del libro) y tampoco ha sido citado su texto en ese artículo de Herranz,
como bien lamenta Rocca. ¿Se pudo haber equivocado de fecha Herranz?
Hasta ahora el Opus Dei, a pesar de los
esfuerzos puestos en la elaboración del libro sobre su itinerario jurídico, no
ha podido demostrar que nunca quiso el nuevo estado de perfección.
Según ese nuevo estado de perfección, alabado por
Escrivá hacia 1948, “el numerario” (en la medida en que la vocación es única,
incluyo aquí a todos, numerarios, agregados y supernumerarios, pues todos se
comprometen mediante el vínculo de la oblación o la fidelidad, cada cual según
un modo específico) era un religioso que ocultaba su condición, la cual
debía vivir únicamente en su conciencia. Esto era lo novedoso de Escrivá
(cfr. Gervasio, “Llamada
a la santidad y llamada a comportarse cual fraile”).
Pero desde el momento en que Escrivá renegó del
nuevo estado de perfección, lo nuevo se transformó en lo raro (lo
negó pero lo siguió practicando ocultamente, de ahí lo
raro).
Y no es precisamente, como decía Escrivá, “lo raro de
no ser raros” (o sea, ser como los demás), sino lo raro de ser muy
raros (religiosos disfrazados), y en algún punto, avergonzados,
porque se vivía ocultando lo que sucedía en el interior (del alma y de la
institución) de una manera realmente extraña, como si algo no estuviera bien.
¿Por qué había que vivir la vocación con la
conciencia de estar escondiendo algo? Bueno, porque en realidad uno sí
estaba escondiendo algo, simplemente no sabía qué era y por qué lo
escondía.
***
Escrivá creía estar inaugurando una
nueva época, o al menos así lo daba a entender:
«Las
consecuencias de esta nueva vida de perfección [de la cual el Opus
Dei se presentaba como modelo] todavía no pueden preverse. Es el término
en la evolución de las formas de vida de perfección en la Iglesia» (Cfr.
Escrivá, J.M., “La Constitución Apostólica “Provida Mater Ecclesia”
y el Opus Dei”, conferencia dada en Madrid, el 17 de diciembre de 1948.)
Escrivá tenía razón al afirmar que su
organización suponía el último eslabón en la evolución de las formas de vida de
perfección, porque después de los Institutos Seculares, vinieron los llamados
“Movimientos”, cuyos miembros si son realmente laicos, sin “estados de
perfección” ocultos o escondidos.
Sin embargo, más tarde diría lo contrario, negando
toda relación de la vocación con los estados de perfección y calificando al
Opus Dei como una nueva manifestación del Espíritu Santo, “de otra evolución”
(superior y superadora), como lo dio a saber en una carta de 1961 (Cfr. Lucas,
“Introducción
a las cartas…”):
«La Obra, hijos míos, no es un eslabón al final de
esta cadena. No ha venido a ser un nuevo estadio de la vida religiosa o
de perfección. Es un eslabón de otra evolución: la que el Espíritu
Santo vivificador ha ido infundiendo en el laicado» (Carta, 25-1-1961, n.
9).
En ese momento, e incluso desde 1958, Escrivá quiso
despegarse de los Institutos Seculares y, por lo tanto, de toda
relación evidente o explícita con lo que fuera estados de perfección. ¿Quiso
acaso saltar de un tren en marcha (estados de perfección) a otro tren (teología
del laicado) que recién arrancaba? (Cfr. Josef Knecht,
“Teología del
laicado y naturaleza jurídica de las prelaturas personales”).
A pesar de ello y de sus declaraciones, los católicos
que cooperan con el Opus Dei (usualmente llamados “miembros”) siguieron
viviendo en su fuero interno según los parámetros de la vida de perfección,
incluso después de aprobarse la prelatura, hasta el día de hoy, no por inercia
sino por directivas expresas de su fundador.
Mas evidente es aun hoy,
cuando a la prelatura no pueden pertenecer fieles laicos. Los así
llamados “miembros” se siguen adhiriendo al Opus Dei mediante unas formulas
que inequívocamente son votos que conllevan la profesión de los consejos
evangélicos, que cada uno vivirá de acuerdo a la “clase” a la que
pertenezcan.
Con la prelatura de 1982 quisieron hacer lo mismo que
con el instituto secular: que los laicos, pertenecientes al viejo instituto de
1950, siguieran siendo especiales: fueran laicos, pero sobre todo
religiosos en su fuero interno.
Antes de continuar, vale aclarar para ser precisos
que, si bien aquí hablo de numerario como sinónimo de vocación al Opus Dei
(donde incluyo a todas las categorías de miembros), en realidad el mismo
régimen jurídico del Instituto Secular de 1950 considera miembros plenos
solamente a los célibes, mientras que los casados (supernumerarios) quedan en
una segunda categoría (Cfr. Rocca, Cap. III).
Podríamos decir que, a partir de 1958, el nuevo
estado de perfección pasó a la clandestinidad, y a partir de 1982
algo semejante sucedió con el instituto secular del Opus Dei que, hasta el
día de hoy, sobrevive clandestino dentro de la estructura de la prelatura.
Esto es muy importante para entender muchas cosas del
peculiar funcionamiento institucional (“secretismo”) y de la disfuncionalidad
de la vocación (muy pocos se adaptan a ella y la mayoría la abandona). Esa
clandestinidad podría explicar, también, el sentido de la
simulación tratado en otro artículo.
No sabemos exactamente en qué momento Escrivá tomó
esa decisión, o cuál fue el motivo puntual, la gota que hizo rebalsar el
vaso. Lo claro es que hubo un cambio de ciento ochenta grados (al menos en
un sentido simulado).
Es un hecho comprobado que, a partir de un momento,
alrededor de 1958, Escrivá comenzó a eliminar todo rastro del “nuevo
estado de perfección” (algo así como “reescribir la historia”) y a reemplazarlo
por una predicación en contra de todo lo que significara consejos
evangélicos o tuviera relación con los estados de perfección. Como bien
dice Gervasio,
«se hicieron desaparecer, se ocultaron o se
corrigieron los documentos del Opus Dei en los que aparecían las expresiones
“consejos evangélicos” y “perfección cristiana” (…) a diferencia de lo que
acontece en los estatutos de 1982 que suprimen avergonzados semejante expresión
y sólo se refieren a la “perfección” en contextos tales como el de la
“perfección en el trabajo”, la “perfección” en las tareas cotidianas y cosas de
este género».
Pero, al mismo tiempo, Escrivá no movió un dedo
para modificar nada del modo de vida de los socios del Instituto
Secular, cosa que bien podría haber hecho, preparando así el terreno
para cuando se aprobara la prelatura personal. Pues tampoco: el cambio
de figura jurídica no supuso ningún cambio, salvo de disfraz.
Recuerdo que hacia 1982 los directores nos decían,
como para tranquilizarnos, que «no habría ningún cambio», que todo seguiría
siendo igual y que la vocación seguiría siendo la misma. Qué confusión, pues lo
que nos debería poner nerviosos, en realidad, nos daba calma. La prelatura era
una cuestión de “batallas jurídicas” y nada más, que nos tenía que alegrar pero tampoco importar mucho más.
La prelatura debía haber sido un
gran cambio y en realidad no pasó de ser “poco y nada” (Cfr. Idiota, “El
Opus Dei no se atreve a ser Prelatura (Parte I)”).
Pues bien, la raíz de la clandestinidad es
esta: desde el discurso Escrivá renunció al Instituto secular y se declaró
enemigo de todo lo que tuviera relación con las prácticas conventuales (un
liberador en “la guerra por la secularidad”), pero por
otro lado, mantuvo intacto el nuevo estado de perfección, por la vía de los
hechos.
El cambio de ciento ochenta grados, en realidad, fue simulado.
No existió ningún cambio, salvo el hecho de pasar a la clandestinidad la
esencia misma de la vocación al Opus Dei.
El anuncio del cambio fue, en realidad, una suerte de
“maniobra de distracción”, para por otro lado, seguir haciendo exactamente lo
mismo.
En algún aspecto fue lógica su decisión de no cambiar
nada, pues ¿cómo iba a renunciar o modificar la esencia de la vocación al
Opus Dei creada por él, esto es, el estado de perfección vivido exclusivamente
en el fuero interno? Sería lo mismo que un cambio de carisma.
Sin duda, hay un grave problema de honestidad
institucional en todo ello. El asunto es por qué Escrivá decidió tomar esa
decisión. ¿Por qué no tomó otro camino?
No sabemos por qué tomó esa decisión, pero sí sabemos
lo más importante: que decidió cambiar el rumbo explícitamente y pasar a la
clandestinidad todo lo relacionado con los estados de perfección.
También es cierto que, al pasar a la clandestinidad,
Escrivá logró una suerte de “soberanía espiritual” (por la vía de los
hechos) sobre todas esas personas que vivirían el estado de perfección
–rechazado públicamente, pero aceptado clandestinamente- se pondrían bajo la
dirección de Escrivá como su superior espiritual, sin que la Iglesia
supervisara lo que sucedía entre la institución y los miembros de esa
institución, pues todo ello era clandestino.
Y más aún después de 1982, pues el Opus Dei obtuvo una
aprobación jurídica que no se corresponde con lo que el Opus Dei es en la
práctica, pero esa aprobación, en los hechos y no por razones jurídicas, le
sirve para circular públicamente, dejando el ordenamiento interno en manos
exclusivamente del Prelado, sin que ni la Congregación de Religioso ni la
de Obispos pueda intervenir para nada (para ampliar sobre el tema recomiendo:
Gervasio, “La
intencionisima”).
¿No fue acaso ésa la idea de la Prelatura cum
proprio populo? ¿No es acaso lo que sucede actualmente, por la vía de
los hechos, sin que exista siquiera la figura jurídica de la prelatura cum
proprio populo? La prelatura personal no tiene pueblo propio, pero
clandestinamente el Opus Dei sí lo tiene.
Lo que estructura y sostiene al Opus Dei no es la
figura de la prelatura personal sino el gobierno de las conciencias
(Cfr. Exhausto. “El
nuevo Catecismo del Opus Dei”), es decir, el vínculo oculto entre los
laicos que cooperan con la prelatura y las autoridades de la prelatura.
Si la Santa Sede lleva a adelante la incorporación de
la libertad de dirección espiritual dentro del Opus Dei, será el fin de la
clandestinidad y de la institución como la hemos conocido desde siempre, o al
menos desde 1958.
No estoy señalando una teoría: intento atenerme a
hechos fácilmente comprobables, a tal punto, que ese mismo estado de
perfección de 1947 es el mismo que se vive hoy dentro del Opus Dei, en 2014.
***
El cambio sucedió aproximadamente entre 1956 (Congreso
de Perfección) y 1958 (Non Ignoratis). Escrivá quería
laicos que fueran religiosos sin ser llamados religiosos (cfr. Camino,
nro. 848), y para ello, escondidos dentro del “uniforme de laicos”. Pensó que
con los Institutos Seculares podría muy bien cumplir esa misión, y de ahí su
conferencia de 1948. Recordemos la definición de 1941, donde se plantea la
figura de esos “laicos-religiosos”:
«Los socios del Opus Dei no son religiosos, pero
tienen un modo de vivir -entregados a Jesús Cristo- que, en lo esencial, no
es distinto de la vida religiosa» (Reglamento de la
Pía Unión Opus Dei, Ap. V, nro. 1, 1941).
Todo venía bien, hasta que en un momento las cosas
cambiaron demasiado, al menos para Escrivá. En ese momento, el fundador
tomó la decisión de girar el rumbo, cuyo testimonio quedó plasmado en la carta
de 1958.
Al parecer, los institutos seculares fueron
incorporando legislaciones o normativas que limitaban a los laicos (como la
prohibición de ejercer el comercio, cfr. Rocca,
cap. VII), por lo cual el Opus Dei se veía obligado a solicitar
excepciones. Sin embargo, el propio Rocca se pregunta:
«¿qué profesiones estaban prohibidas a los miembros
del Opus Dei? No se conocen limitaciones de ningún tipo, al menos
oficialmente.»
También, se iban incorporando grupos que simpatizaban
con la vida religiosa más que con la secular y por lo tanto ponían en evidencia
que todo aquello no era más que religiosos disfrazados (desde luego, todo esto
habría que matizarlo con datos históricos más precisos). Y el Opus Dei no
quería ser asociado para nada con esos grupos:
«el Opus Dei, por lo tanto, se distingue netamente,
porque, entre otras características —como la fundamental de la secularidad—, ni
es asociación secreta, ni sus miembros viven ad instar religiosorum,
a semejanza de los religiosos» (J. HERRANZ, “La evolución de los institutos seculares”, en
Jus canonicum 4 (1964)
303-33.).
¿Habrá leído Herranz los Reglamentos de 1941, donde
claramente Escrivá dice sus miembros que, en lo esencial, no se distinguen de
los religiosos?
Escrivá había aceptado el nuevo estado de perfección,
pero a la luz de las palabras de Del Portillo, también quería que el nuevo
estado de perfección se viviera en el fuero interno, “sin levantar la
perdiz”. Con respaldo jurídico, pero sin manifestaciones públicas: religiosos
disfrazados.
La esencia del Opus Dei era “pasar ocultos”, viviendo los consejos evangélicos en el fuero
interno, y los nuevos institutos que se iban incorporando parecían arruinar
todo aquello por lo cual Escrivá había luchado.
Esto hace pensar que por ello Escrivá reaccionó con el
rechazo frontal, con un “no os reconozco” y le cerró la puerta a toda aquella
iniciativa de los institutos seculares. No sólo eso, sino también,
aparentemente, llegó a “reelaborar” la propia historia del Opus Dei, dando a
entender que nunca habían aceptado con gran entusiasmo la figura del instituto
secular. Empezó a desdecirse y a reinventar la historia (debía despegarse
de los institutos seculares y lo hacía reelaborando la historia).
«Nunca quisimos -con conocimiento de la Santa Sede-
formar parte de las federaciones de religiosos, o asistir a los congresos o
asambleas de los que se dice que están en estado de perfección» (Escrivá, J.M.,
carta “Non Ignoratis”, 2‐X‐1958, nro.
12).
A pesar de ello, anteriormente en 1956 varios socios del
Opus Dei (de ambas secciones) habían asistido al
Congreso Nacional de Perfección en Madrid, hablando acerca de las bondades de
los institutos seculares.
«Lo que constituye estado de perfección es el hecho de
asumir libremente una obligación permanente y estable en orden a la
adquisición de la perfección, sirviéndose para ello, como medio obligatorio,
de los consejos evangélicos» (Salvador
Canals “Institutos Seculares y Estado de Perfección”, Rialp, 1961, cap. IV).
Esto no ha cambiado para nada luego de 1982 con la
prelatura, salvo una sola cosa: los consejos evangélicos se practican igual pero sin profesarlos explícitamente, o
de manera consciente, lo cual, lejos de alivianar los hechos, los agrava,
porque los laicos de la prelatura no saben que están viviendo esos consejos y
que los viven sin haber hecho profesión consciente de ellos.
Implícitamente los consejos evangélicos están
incorporados en las fórmulas de la Oblación y la Fidelidad, por medio de
las cuales el miembro numerario y el agregado se comprometen a vivir el
celibato (castidad), entregar su vida entera (pobreza) y someterse a la
autoridad de su superior (obediencia). Lo mismo sucede con los miembros
supernumerarios, que se comprometen a vivir los consejos evangélicos dentro de
sus circunstancias (la castidad en el matrimonio, la pobreza y la obediencia
según lo determine la autoridad del prelado, quien en realidad no tiene
competencia para ello dentro de una prelatura, pero sí dentro de un instituto
secular).
El otro problema aquí (además de ser profesados de
manera oculta), es a quién se ligan los que profesan los consejos
evangélicos. ¿A la prelatura? Eso es jurídicamente imposible (no es una
asociación de fieles y por tanto no tiene miembros propiamente). Es una
profesión de consejos “en el aire”, que no vincula jurídicamente con nada, aparentemente.
Nuevamente valdría decir que el vínculo jurídico es
menos importante, desde esta situación, que el vínculo de conciencia, que se
crea en el fuero interno, con la institución.
Escrivá decidió pasar la vocación al Opus Dei a la
clandestinidad. ¿Pero dio aviso de ello a las futuras vocaciones y a las
presentes?
No tenemos noticias de cómo fue “la transición”, entre
los cruciales años de 1956 y 1958. Es probable que el cambio de paradigma
o de consignas (nuevo estado de perfección versus perfección
en el propio estado) no haya provocado ninguna revolución interna, pero
habría que ver si existen testimonios de miembros que se hayan marchado frente
al gran cambio.
La obediencia implícita en la práctica de los consejos,
incluidos en el nuevo estado de perfección, debe haber influido, sin dudas, en
la aceptación del cambio sin grandes inconvenientes: si el fundador ahora decía
que el Opus Dei no era más un instituto secular, es inimaginable que alguien se
lo discutiera (salvo entre las altas esferas del instituto). Basta ver lo que
sucedió con la prelatura en 1982: si bien hubo un cambio jurídico muy grande,
en los hechos no se percibió su real dimensión, porque la obediencia se
anteponía a cualquier juicio o consideración individual.
***
Así como en 1982 no se dio aviso de las
consecuencias jurídicas del cambio institucional (más bien se dejó a un
lado la cuestión de “los cooperadores orgánicos”), da la impresión de que en
1958 tampoco se explicó el nuevo giro que tomaría la vocación, pasando a
ser, por la vía de los hechos, una cuestión de conciencia, entre los socios
y sus superiores, sin un marco regulatorio aprobado (el del instituto
secular fue dejado a un lado). Cuando Escrivá dice “ya no somos un instituto
secular” se está apartando, de facto, del marco regulatorio aprobado.
Antes de 1958, el Opus Dei tenía su marco jurídico
claro y los estados de perfección estaban a la vista de todo el mundo, con la
diferencia de que el Opus Dei pretendía que ese tipo de vida permaneciera en el
fuero interno.
¿Cómo podría ser ellos posible, sin ninguna
manifestación externa?
Es decir, si la práctica de los consejos se mantenía sólo
a nivel del fuero interno, no tendría ninguna manifestación externa
como las que viven los actuales cooperadores orgánicos del Opus Dei (léase
“miembros”), ya sea por las prácticas colectivas (llamados “medios de
formación”, como el Círculo o Capítulo conventual) como así también por los
horarios y reuniones comunitarias (tiempo de la tarde, tiempo de la noche,
“vida en familia” o en comunidad) o prácticas ascéticas exteriores (como parte
de la pobreza, la entrega del sueldo, etc.).
¿Qué entendía Escrivá cuando decía que el estado de
perfección debía permanecer en el fuero interno?
Llevado a su extremo, resulta algo absurdo o imposible
de cumplir, porque, a menos que vivieran como estilitas, los socios del
Opus Dei en 1958 hacían vida social, por lo cual era imposible que ese estado
de perfección permaneciera exclusivamente en el fuero interno.
Posiblemente Escrivá no planteaba este absurdo sino
otra cosa: una suerte de «fuero interno colectivo», de cada uno consigo mismo y
cada uno con la institución. Muy extraño, desde luego.
***
Escrivá se presentó como el paladín de la secularidad,
y por otro lado, siguió impulsando subterráneamente el
nuevo estado de perfección, ahora presentado bajo la etiqueta de “perfección en
el propio estado” (Cfr. Lucas, “Introducción
a las cartas…”).
El razonamiento de Escrivá parecía ser: ¿por qué sería
necesario que las nuevas vocaciones supieran del nuevo estado de
perfección? Lo fundamental era que lo vivieran, por la vía de los
hechos, sin entrar a dar explicaciones que –por las experiencias de 1947 a
1958- terminarían arruinando el nuevo fenómeno vocacional.
Si el invento daba resultado, no habría nada que
explicar. Todos vivirían de
manera natural la nueva vocación sin cuestionarse nada. Impulsar la
naturalización de la vocación por la vía de los hechos, hacer natural la
vocación de religiosos disfrazados.
El asunto era si no resultaba: entonces habría muchas
cosas que explicar.
El resultado está a la vista: un completo fracaso. Miles
de vocaciones perdidas y miles de personas con diversos niveles de daños. La
decisión de Escrivá, de tomar la vía de los hechos y pasar a la clandestinidad,
tuvo consecuencias muy negativas.
***
Quienes adhieren al Opus Dei no son conscientes de este
aspecto particular de su vocación, es decir, de la dualidad entre fuero
interno y externo.
Saben que deben ocultar cosas por diversas razones,
generalmente de supuesta prudencia o discreción, pero no intuyen bien por qué.
No saben que es esencial a su vocación el carácter
clandestino del estado de perfección que practican o viven. Tan clandestino que
ni siquiera ellos mismos saben que vive según los parámetros del estado de
perfección.
El Opus Dei les ha contado que deben ser discretos por
muchas razones pero no la principal.
El numerario se ve a sí mismo como un laico íntegro,
sin divisiones, cuando en realidad una cosa es lo que vive en su
conciencia (“normas determinadas y de modo estable”) y otra cosa es lo que muestra
hacia afuera, como alguien que, en apariencia, no está atado a ningún
estado de perfección.
No sólo no saben que en su fuero interno viven
según los parámetros del estado de perfección, sino que ni siquiera saber reconocer
tantos elementos visibles y palpables, propios de la vida consagrada, con los
cuales viven y se rodean cotidianamente (cfr. Gato por liebre).
En ello influye un factor importante: la ignorancia en
relación a todo lo que sea la vida religiosa, pues de lo contrario se
reconocerían en ella como en un espejo.
No menos importante es la insistencia de Escrivá en
negar que su organización tuviera relación alguna con la vida religiosa y que
él mismo jamás aceptó los estados de perfección. Esto, sencillamente, es toda
una gran falsedad, tanto en lo que hace a la historia como a la vida actual
dentro de la prelatura.
***
La esencia de la vocación al Opus Dei es definida como
la santificación mediante el trabajo profesional, pero, si ello fuera todo, no
sería necesario exigir a nivel de fuero interno la incorporación del estado de
perfección creado por Escrivá y definido en su conferencia de 1948.
El aspecto fraudulento puede señalarse presente en toda
aquellas prácticas religioso conventuales inoculadas sin advertencia plena
de los laicos, es decir, sin aclarar su origen religioso; y también en el
hecho de no advertirles que, la práctica de la vida de perfección en el fuero
interno, implica vivir como religiosos en medio del mundo (cfr. Gervasio, “Llamada
a la santidad y llamada a comportarse cual fraile”).
Este aspecto contradictorio es el que poner de manifiesto
la incoherencia interna del Opus Dei, a menos que el mismo fundador hubiera
señalado explícitamente esa dualidad como característica esencial al carisma de
su obra y, además, la hubiera presentado como tal.
No advertir de ello a las nuevas vocaciones implica
una forma de engaño y provoca previsibles problemas de perseverancia en dicha
vocación a futuro.
***
Hacia 1962 Escrivá afirmó todo lo contrario de lo que
venía diciendo hasta pocos años antes:
«Lo que a nosotros el Señor nos pide, no es que cambiemos
nuestro estado de simples fieles, de clérigos o laicos seculares, por el
status perfeccionis, sino que —con la
ayuda de Dios repetiremos estas mismas ideas cuantas veces sea necesario— cada
uno de nosotros busque la perfección cristiana dentro precisamente de su
propio estado y condición de vida» (Carta, 25-V-1962)
Ciertamente no había cambio de estado
pero, de todas maneras, el estado de perfección sí se incorporaba
en el fuero interno.
Breve digresión. Recordemos
que el Opus Dei no suele mentir abiertamente, lo que suele hacer es no decir
la verdad, algo que muchas veces se parece a la mentira. A veces llega a
nivele irrisorios con tal de no admitir la obviedad. Veamos un texto de Del
Portillo, interpretando un pasaje de una Instrucción cuando Escrivá dice «hemos
de ser realmente como un instituto religioso —con todas sus consecuencias—, que
ha de durar hasta el fin»:
«En este pasaje no dice nuestro Fundador que hemos de
ser un instituto religioso: intercala el adverbio como, y añade con
todas sus consecuencias, precisamente para que quede bien claro que no
hemos de ser un instituto religioso —como no significa igual a—,
sino una institución que requiere una entrega, una dedicación total:
éste es el significado de las palabras: con todas sus consecuencias»
(Álvaro del Portillo, comentando a: Escrivá, J.M., “Instrucción”, 1934, nro.
14, nota 15, las cursivas son del original).
Realmente parece una broma esa explicación, o un
cuento para niños. Ese texto de Escrivá requeriría una explicación más profunda
y por eso mismo más comprometedora. El “como” hace referencia a dos
cosas: una diferencia (laicos en el fuero externo) y una equivalencia
(religiosos en el fuero interno).
Volviendo a nuestro tema, lo mismo sucede con el
cambio de estado y los estados de perfección: Escrivá los confunde de tal
manera que pareciera estar diciendo la verdad y toda la verdad.
En realidad, confunde cambio de estado con estado de
perfección (Cfr. Lucas, “Introducción
a las cartas…”, Gervasio “Eso de los estados”
y también “Estados
y santidad”) con el fin de negar que haya “estado de perfección” porque no
hay “cambio de estado” y, en realidad, una cosa no tiene necesariamente que ver
con la otra. Estas confusiones forman parte del engaño general en el cual la
mayoría cae (salvo los doctos en derecho canónico).
Podría interpretarse que no hay ningún cambio de
estado, jurídicamente hablando, pero ello no impide que, a nivel de fuero
interno, las vocaciones vivan según los principios del estado de perfección.
El juego entre “estado de perfección” y “perfección en
el propio estado” no resuelve la falta de claridad con la cual es presentada la
vocación al Opus Dei sino contribuye a la confusión, en beneficio del Opus Dei.
Como vimos en el apartado anterior, el Opus Dei nunca
rechazó definitivamente ni la figura jurídica del Instituto Secular ni los
estados de perfección: ambas cuestiones sobreviven intactas, aunque ocultas,
dentro de la Prelatura.
Esto es lo que da lugar a hablar de aspectos
fraudulentos de la vocación, porque mientras el Opus Dei fue Instituto
Secular, todo estaba a la vista, tanto su fisonomía jurídica como la vocación
en cuanto estado de perfección (aunque tampoco del todo, porque las
Constituciones de 1950 que regían el instituto no se traducían, estaban en
latín, y por lo tanto muy pocas personas tenían acceso a su contenido).
El rechazo, tanto de la figura jurídica como del
estado de perfección, aparentemente fue una simulación. Aquí está el problema.
A causa de esa simulación, muchos cayeron y siguen
cayendo en la trampa, y el Opus Dei se beneficia.
***
La impresión que me da todo esto es que Escrivá quiso
crear algo contradictorio, como es el estado de perfección vivido
exclusivamente en el fuero interno (habría que relacionarlo, a su vez, con el
gobierno de las conciencias, con el cual encaja perfectamente, siempre en un
marcado nivel de clandestinidad).
Como no consiguió de la Iglesia lo que él quería (el
Instituto Secular parecía adecuarse a los nuevos religiosos disfrazados, hasta
que se fue marcando el carácter religioso de sus miembros), tomó la decisión de
implementar él mismo la solución por la vía de los hechos, llevando a cabo, por
sus propios medios, la implantación de ese nuevo estado de perfección, sin
reconocimiento oficial de la Santa Sede. Si esto fue así, es gravísimo.
El gobierno de las conciencias terminó siendo el
instrumento necesario (a falta de un marco jurídico regulatorio) para tener
control sobre todas aquellas personas (conciencias) dispuesta a vivir
clandestinamente –aunque sin una conciencia clara de ello- el nuevo estado de
perfección y, a su vez, darles una “jurisdicción” por la vía de los hechos, es
decir, una autoridad de quién depender.
Quienes viven totalmente comprometidos ese modo de
vida clandestino (no les avergüenza ni les incomoda, transformándose en otros
Escrivá), tienen grandes posibilidades de ocupar cargos de responsabilidad y
trasladar ese modo de vida a otras esferas, en concreto, la de gobierno y así
terminan actuando de la misma manera: secretamente y por la vía de los hechos,
al margen de la legalidad (que no existe para el nuevo estado de perfección,
que se vive en el fuero interno y no tiene lugar dentro de la prelatura).
No es casual que ni las Constituciones ni los
Estatutos estén traducidos, lo cual crea un marco de ilegalidad por la vía de
los hechos, es decir, los miembros no conocen la ley que los protege ni pueden
ampararse a ella. Pero tampoco les preocupa demasiado, creen que más importante
es el vínculo moral entre sus conciencias y los superiores que, en sus
dimensiones más profundas, se desarrolla al margen del marco jurídico aprobado
(por ej., la
cuenta de conciencia).
Los “miembros” han de confiar absolutamente en sus
directores, hasta el punto de abrir sus conciencias de par en par, viviendo
fielmente la vocación clandestina y jamás hablando de ese aspecto (sin tomar
conciencia), pues a partir de ese momento, ese miembro se transformaría en
alguien a desconfiar y marginar, llevándolo sus directores hacia la salida.
El experimento, finalmente, terminó en un gran
fracaso, basta ver la gran cantidad de personas que abandonaron la vocación
propuesta por Escrivá. Muchos hoy lo saben, mientras que otros se irán
enterando con el paso del tiempo.
E.B.E.