Página
web del Opus Dei: discurso de Juan Pablo II
Claire
Fischer, 20 de septiembre de
2006
Retomamos, después de
unos meses, unos comentarios que dejé
a medias acerca de la nueva página web del Opus Dei y su relación con
los intentos obsesivos, por parte de la prelatura, de convencer a la peña
de que los laicos sí pertenecen a la prelatura. Si los laicos pertenecieran
a la prelatura, entonces el Opus Dei se creería con todo el derecho, según
el catecismo
de la Obra - publicado en Opus Libros- de acusar de pecado mortal
a todo laico o laica que ose dejar de cumplir sus "compromisos"
sin una previa dispensa del Prelado, como así leemos en sus puntos.
Sé que para muchos
lectores, los escritos de tipo jurídico tienen menos interés -si es que
tienen alguno- que los relatos directamente relacionados con el sufrimiento y
engaño que tantos y tantas hemos padecido en la institución. Y,
paradójicamente, debo reconocer que me incluyo entre esos lectores. Lo bueno de
Opuslibros es que es como un buffet libre: uno entra y, según el hambre que
tenga y sus preferencias, toma de aquí o allá a su gusto y en la cantidad
apetecida.
Sin embargo, quiero indicar
que la discusión que recurrentemente tenemos para mostrar que, según la ley
en vigor de la Iglesia Católica, los laicos no pertenecen a la prelatura,
tiene una importancia crucial para desmontar una de las armas más utilizadas
por el Opus Dei en contra de sus propios miembros: el terror, la recurrencia
al pecado mortal y a la condenación eterna para aquel que se salga voluntariamente
de los parámetros opusdeínos.
Insistiremos una y
otra vez, como lo han hecho recientemente muchos otros en Opuslibros, y
lo volveremos a mostrar en el futuro en nuestros ensayos: los laicos no
pertenecen a la prelatura. No pertenecen, ni siquiera con una pertenencia menor o mitigada, de rango
inferior a la de los sacerdotes incardinados: los laicos no pertenecen en
absoluto a la prelatura. Esto es lo que dice la ley de la Iglesia,
con toda claridad, en
los breves puntos correspondientes del código de derecho canónico en vigor.
Estos códigos fueron aprobados por Juan Pablo II tal y como están escritos en
la versión final actualmente en vigor, por expresa voluntad del Papa. En la penúltima
versión del C.I.C. que le pasaron al sumo pontífice
para la aprobación definitiva, los códigos relativos a las prelaturas sí
incluían la pertenencia de los laicos. El Papa –es decir, el Legislador, en
terminología jurídica-, sin embargo, en su aprobación final no quiso
que esos códigos incluyeran a los laicos más que como cooperadores
"orgánicos", y expresamente se eliminó todo texto que incluía
a los laicos como miembros de la prelatura. El término “incorporación” que
aparecía en esa penúltima versión fue eliminado. Los laicos pasaban a ser puros
cooperadores orgánicos. Espero mostrar esta evolución de las versiones del CIC
con todo detalle en un futuro escrito, aunque ya podéis ahora ver excelentes
análisis al respecto en los últimos escritos de Haenobarbo,
Idiota y otros.
El discurso de
Benedicto 16 acerca de la Yihad Islámica
A fin de poner en su
contexto la “importancia” jurídica de un discurso de un sumo pontífice que
también es, no lo olvidemos, un jefe de estado con las correspondientes
responsabilidades diplomáticas y de protocolos, nos vienen de perlas las
noticias de estos días.
Este fin de semana, el
Papa B16 ha expresado
su malestar, ha ofrecido disculpas y explicaciones, reiteradamente y en público,
por sus comentarios sobre el Islam y la guerra santa durante un discurso
que pronunció la pasada semana en Baviera. Ha insistido el Papa, además, de
que lo que dijo en ese discurso acerca de la Yihad,
que "lamenta profundamente", además “(...) no responde en absoluto
a su propio pensamiento personal".
No es ahora el momento
de comentar el contenido de lo que dijo Benedicto 16, la oportunidad de
sus palabras o la reacción de ciertos ámbitos del mundo musulmán. No es el
tema de este escrito, aunque daría para mucho. Lo que me interesa aquí es
que el Papa, en cierto modo, reconoce que lo que dijo tal vez no debiera haber
sido dicho. Y a pesar de esa aclaración y, hasta cierto punto, rectificación,
ni la fe católica ni la legislación católica se van a resentir lo
más mínimo. Nadie va a sentir grietas en su fe por la rectificación del Papa.
Al contrario.
Y es que sencillamente
estamos hablando de un discurso, un simple discurso como cualquiera de
los muchísimos que el Papa debe pronunciar cada semana y cada día. Lo
mismo podríamos decir de los miles de cartas que escribe a diversos personajes
y grupos, habitualmente por compromisos derivados de su posición. En las cartas
normales –“no apostólicas”- y en los discursos, un Papa se puede permitir decir
cosas incorrectas o inapropiadas. Luego se debe rectificar o aclarar lo que se
dijo, a la luz de nuevos datos o reacciones. Y a correr.
La carta de Juan Pablo II a Marical
Maciel
Juan Pablo II, si
viviera, probablemente rectificaría hoy lo que escribió hace años en una carta
dirigida al padre Marcial Maciel, fundador de los
Legionarios de Cristo, recientemente suspendido a divinis por Benedicto 16 a la luz de
las acusaciones contra ese religioso por abusos sexuales a menores. En esa
carta, publicada en 5 periódicos nacionales mexicanos y que los legionarios
muestran en su página web, Juan Pablo II legó a afirmar que Maciel,
para sus jóvenes seguidores era, “un padre espiritual y un guía eficaz”
(!!!). Si algún defensor de Maciel cree que esa carta
iba a ser la solución a la crisis de las acusaciones como pederasta, está muy
equivocado. De hecho esa carta fue más desafortunada que afortunada para Maciel, pues a raíz de su publicación, por puro cabreo, se reactivó la petición de justicia ante el
Vaticano por parte de los que fueran víctimas de sus abusos sexuales. El final
de la película, hecho público en todo el mundo, incluyendo los periódicos
mexicanos que publicaron la carta años atrás, ya lo sabemos todos: suspensión a divinis con el beneplácito de Benedicto 16.
La pagina web del Opus Dei y el discurso de Juan
Pablo II
En la página web del
Opus Dei, en la sección documentos, nos encontramos con el famoso
discurso de Juan Pablo II a los asistentes a una “jornadas de reflexión”,
el 17 de Mayo de 2001. También en el documento de preparación
de la charla sobre los primeros puntos del catecismo de la Obra, se cita
extensivamente el discurso del Papa del 17 de mayo de 2001. En ambos, web y
guión, se muestra y comenta el discurso del papa y en ningún caso se
muestran íntegramente los breves cánones a que hacen referencia todas las
discusiones. Ese mismo patrón de “evitar” el CIC, lo vemos en todas la
publicaciones afectas a la prelatura acerca de su situación jurídica, como en
el libro “Historia de un Itinerario Jurídico del Opus Dei”. Aunque parezca
increíble, se resisten consistentemente a reproducir 4 los cánones del Código
de Derecho Canónico de la Iglesia Católica tal y como los aprobó Juan Pablo II.
No hay manera. Y mira
que son breves y claros:
294 Con el fin
de promover una conveniente distribución de los presbíteros o de llevar a cabo
peculiares obras pastorales o misionales en favor de varias regiones o diversos
grupos sociales, la Sede Apostólica, oídas las Conferencias Episcopales
interesadas, puede erigir prelaturas personales que consten de presbíteros y
diáconos del clero secular.
295 § 1. La prelatura personal se rige por los
estatutos dados por la Sede Apostólica y su gobierno se confía a un Prelado
como Ordinario propio, a quien corresponde la potestad de erigir un seminario
nacional o internacional así como incardinar a los alumnos y promoverlos a las
órdenes a título de servicio a la prelatura.
§ 2.
El Prelado debe cuidar de la formación espiritual de los ordenados con
el mencionado título así como de su conveniente sustento.
296 Mediante
acuerdos establecidos con la prelatura, los laicos pueden dedicarse a las obras
apostólicas de la prelatura personal; pero han de determinarse adecuadamente en
los estatutos el modo de esta cooperación orgánica y los principales deberes y
derechos anejos a ella.
297 Los
estatutos determinarán las relaciones de la prelatura personal con los
Ordinarios locales de aquellas Iglesias particulares en las cuales la prelatura
ejerce o desea ejercer sus obras pastorales o misionales, previo el
consentimiento del Obispo diocesano.
Pues no. Si uno se lee
la web del Opus Dei y busca algún texto que hable de la situación jurídica de
la prelatura y sus laicos, tal como la entiende la Iglesia, lo único que
encuentra es el famoso discurso de Juan Pablo II. En el caso del guión de
preparación a la charla del catecismo de la Obra, la manera en que ese discurso
se repite, trocea, comenta y analiza es enormemente más abrumadora que la que
el Opus Dei ha dedicado en toda su historia a cualquier discurso papal o a
cualquier encíclica, incluida la Novo Millenio Inneunte, cuyas
jornadas de reflexión justamente dieron como fruto “espontáneo” el mencionado
discurso. Da la impresión de que ese
discurso es de lejos lo más importante que escribió Juan Pablo II, no ya
durante el año 2001, sino a los largo de las dos décadas de su pontificado.
Los discursos
del Juan Pablo II
Pongamos las cosas en
su contexto. Para ver la importancia o no importancia de un discurso o una simple carta del papa (insisto, hay que
distinguir de simple carta y de “carta apostólica”), es bueno un breve
repaso de conceptos.
En la clasificación de
los documentos de un pontífice nos encontramos, por orden de importancia, los
siguientes:
Motu Proprio
Un documento
emitido como Motu Proprio
es de propia iniciativa del Papa, y no en respuesta a una demanda o por
iniciativa de otros. Sus determinaciones legales llevan la fuerza plena de la
autoridad papal, aunque no deroga las leyes existentes, a menos que
específicamente lo declare. Puede ser un documento de cualquier categoría.
Constitución Apostólica
En la doctrina,
incluye los actos del Magisterio solemne del Papa; en el gobierno, la erección
de diócesis, el cambio de su estatus, las normas para la elección papal y cosas
similares.
Encíclica
Una circular o
carta general que expresa el pensamiento del Papa, generalmente en materias de
fe y moral. Puede ser una carta a la Iglesia entera o una epístola a una
Iglesia o personas en particular (por ejemplo, la encíclica de Pío XI a los
alemanes “Mit brennenden sorge”, condenando el racismo).
Carta Apostólica
Carta de
autoridad menos solemne que una encíclica, puede escribirse sobre materias
doctrinales (por ejemplo la Carta del Papa Juan Pablo II “Tertio
Millenio Adveniente”).
También pueden anunciar un acto papal como la declaración como Venerable de una
persona (virtudes heroicas) o la declaración de un templo como Basílica.
Exhortación Apostólica
Una categoría
similar a la Carta Apostólica, que el Papa Juan Pablo II usa para comunicar a
la Iglesia las conclusiones a las que ha llegado tras considerar las
recomendaciones de un Sínodo de Obispos. También la ha usado en otras
circunstancias, como para exhortar a los religiosos a una vida evangélica más
profunda.
Declaración Común
Declaración
conjunta del Santo Padre y otros líderes religiosos acerca de la comprensión
común de alguna enseñanza.
A las anteriores
clasificaciones, dentro de su rango, podríamos añadir otros documentos de la
Iglesia que no provienen del Papa mismo, sino que son el resultado de concilios
o sínodos, así como documentos doctrinales o legales fruto de muchos años de
comisiones, grupos de trabajo, estudios, revisiones y aprobación final del Sumo
Pontífice. Dos ejemplos de esos documentos estudiados, elaborados y aprobados
en profundidad y detalle son el Catecismo de la Iglesia y el Código de Derecho
Canónico.
De otra naturaleza muy
distinta, tanto por su menor categoría como por su nulo valor jurídico, son los
siguientes documentos “del Papa”:
Homilía
Las homilías
del Papa tras la lectura de la Escritura en la Misa.
Audiencia
Audiencia
General - La oportunidad de oír y/o saludar al Santo Padre se llama audiencia.
Los miércoles, cuando está en Roma, tiene una Audiencia General en la sala de
audiencias Pablo VI o en la plaza de San Pedro. Las alocuciones en estas
Audiencias se utilizan típicamente para desarrollar un tema en un largo período
de tiempo. Se requiere un tique de entrada, que es gratuito.
Audiencia
Privada - El Papa también mantiene audiencias privadas con personas y grupos
con los que habla de asuntos concretos, como de los problemas médicos a los
grupos de doctores, asuntos internacionales a diplomáticos, y sobre la Doctrina
de la Iglesia y procedimientos a los oficiales de la Curia.
Carta
Son las cartas
personales del Papa, abiertas o privadas, que dirige en calidad de tal a
personas o instituciones. Un ejemplo de ellas es la carta
que Juan Pablo II envió al fundador de los Legionarios de Cristo, Marcial Maciel en que lo ponía como padre espiritual y guía eficaz
para sus jóvenes seguidores.
Discurso
En los actos
fuera de la Misa (en la que se llama homilía) o fuera de las usuales
audiencias, el Papa puede dirigir una alocución a grupos de personas, al llegar
o partir un lugar, antes o después de la Misa, en un rosario o en alguna otra
circunstancia que no sea una homilía o una audiencia. Más abajo veremos unos
ejemplos.
Mensaje
Mensajes
hablados o escritos, que llevan a menudo un saludo personal, a individuos o
grupos. Normalmente más breve que una carta o una alocución
Insistamos de nuevo:
los discursos Papales, al igual
que sus cartas –“cartas a secas” muy distintas
de las denominadas “cartas apostólicas”-, tienen una importancia extraordinariamente
menor en la clasificación de documentos vista antes. Son documentos más parecidos
a los “speeches” de cortesía de los jefes de estado.
Enseguida veremos que por su volumen y frecuencia es prácticamente imposible
que los redacten personalmente ni que los revisen todos y en todo detalle
antes de leerlos. Los papas y jefes de estado deben tener un equipo de gente
de mucha confianza que se encargue de la elaboración y/o revisión de ese material.
Si se cuela alguna tontería o inexactitud en una carta o discurso y se hay
que rectificar o matizar lo dicho más tarde, no pasa nada. Tal como ha hecho
Benedicto 16 al tener que salir a la palestra por una frase que se coló y
que tiene en vilo a todos los católicos de los países islámicos. Si B16 tuviera
que escribir hoy el discurso sobre la Yihad, seguramente
cambiaría la cita de la polémica. Por el contrario, un Código
de Derecho Canónico, un Catecismo de la Iglesia Católica o una Encíclica serán
revisados hasta la coma por el Pontífice, incluso si su elaboración ha sido
encomendada a otros. No tiene nada que ver una cosa y otra. Si un discurso
contradice lo que dice el CIC, no hace falta ni decir qué es lo que va a prevalecer,
pues ni siquiera se producirá ninguna discusión entre los expertos. Si se
planteara esa discusión, como hace el Opus Dei, lo único que se puede producir
es risa o pena, según se mire.
Durante su
pontificado, Juan Pablo II pronunció literalmente miles y miles de discursos y
escribió miles y miles de cartas. La mayoría de ellos –no todos-, se recogen en
la página
del vaticano y se pueden consultar. Durante los últimos años de pontificado,
JP2 llegó a pronunciar unos ¡30 discursos al mes!.
Concretamente durante
el año 2001, año del susodicho discurso a los participantes de las jornadas de
reflexión de la Novo Millennio Ineunte,
el papa leyó más de 300 discursos, casi uno al día en promedio. Hay que tener
en cuenta que, además de los 300 discursos,
el Papa habló en innumerables audiencias durante ese año 2001 , tanto privadas
como públicas, escribió y firmó una ingente cantidad de documentos pontificios
de pleno derecho, realizó varios viajes, escribió un montón de cartas
apostólicas, un montón de cartas personales y otros documentos, recitó homilías
y leyó mensajes.
Es más: en bastantes
días en concreto nos encontramos con que el papa tiene que dar más de un
discurso, y en muchas ocasiones, más de dos. En la página
del vaticano encontramos, por ejemplo, que el 9 de Febrero de 2001 JP II
leyó nada menos que ¡5 discursos!, que podéis examinar
en su detalle. Los temas de los discursos de ese día 9 de Febrero son dignos de
mención:
Si alguno o alguna
está tentado de pensar que el discurso a los Misioneros Escalabrinianos
es de menos longitud, profundidad, contenido o detalle que el que leyó a los
congresistas del Opus Dei un mes más tarde, está muy equivocado. Todo lo
contrario: al menos los capitulares Escalbrinianos,
cuando autoprepararon el discurso del Papa –lo cual
nos parece lógico- tuvieron
la deferencia de citar varias veces la encíclica Novo Millenio
Ineunte, cosa que los del Opus Dei, semanas más
tarde sólo hacen en una ocasión y pillada por los pelos –la cosa manda
“narices”, por no decir algo más fuerte-.
De hecho, si uno lee
con detenimiento algunos discursos del JP II, se nota enseguida que hay como dos
categorías:
1) Unos
serían los discursos de “nivelón”, por así decirlo,
que están estructurados en bastantes puntos –entre 5 y 10 puntos temáticos-, y que
suelen ser, entre otros, los que Juan Pablo II leía a sus obispos en las
visitas de éstos ad limina
Apostolorum. Son discursos relativamente largos y
un buen ejemplo de ellos lo encontramos el mismo día 17 de Marzo de 2001,
en el que el papa leyó dos discursos, el más importante y largo de los cuales
fue a los Obispos
latinos de las regiones Árabes.
2)
Una segunda categoría serían los
escritos más breves y de protocolo o “compromiso”. Un ejemplo claro de esta
categoría son el inmediatamente posterior al de los
dos leídos ese 17 de Marzo de 2001: me refiero al “Discurso
a una expedición al Polo Norte”, o el discurso, ese mismo mes, “A
los editores del tercer volumen de los Mensajes para las Jornadas de la Paz”,
o el recitado ese mismo año a la Maestras
Pías Filippini. o el de
la Visita
al Belén de los barrenderos de la Puerta Cavallegeri,
sin poder olvidar el leído “A
los presentes en la proyección de la nueva película polaca "Quo Vadis". Y, por supuesto, en esa categoría también
encontramos el
discurso a los participantes de las jornadas de la prelatura Opus Dei de ese
día 17 de marzo de 2001. Por si las Orejas creen que estoy de coña, he incluido
todos los links de la página oficial del Vaticano.
Mucha
gente del Opus Dei nunca ha leído ni llegará a leer nunca los 4 cánones que
hablan de las prelaturas personales. Mucha gente del Opus Dei no sabe ni de qué
trata la encíclica Novo Millennio Ineunte.
No
lo saben a pesar de que esa encíclica era supuestamente “tan importante” que,
por primera vez en su historia, el Opus Dei gastó lo que hiciera falta para
llevar en avión a Roma a numerarios, supernumerarios y curas de todo el mundo.
No lo saben a pesar de que toda esa gente estuvo mariposeando y “reflexionando”
por Roma durante varios días hasta el sábado 17 de marzo, cuando tuvo lugar el
discurso. No lo saben a pesar de que las jornadas de reflexión debieron
producir mucha y profunda documentación acerca de la encíclica.
Pero
todo el rollo de la Novo Millennio Ineunte, todo eso se
ha evaporado como por arte de magia. El discurso de papa del sábado 17, en
cambio, sigue apareciendo en la página web, en las conferencias del prelado, en
los cursos anuales, en las charlas, en los círculos breves. Ni una vez hemos
visto que se facilite a los miembros de la única prelatura personal de la
Iglesia que lean por ellos mismos qué dice el Código de Derecho Canónico acerca
de las prelaturas personales. A los directivos del Opus Dei no les parece
oportuno que los miembros a su cuidado tengan derecho a leer y pensar por sí
mismos. Prefieren encargarse ellos de pensar en su lugar.
Y
por si a algún cura despistado se le ocurre pensar por sí mismo a la hora de
dar una charla sobre el catecismo de la Obra, también se encargan esos
directivos de escribir un largo esquema de preparación para que quede claro qué
es lo que hay que decir y comentar a la parroquia. Lo cual se podría resumir
como sigue: que el Código de Derecho Canónico es una anécdota prescindible, y
que lo que cuenta de verdad es un discurso –totalmente precocinado e
irrelevante a efectos jurídicos- que leyó un papa en medio de la vorágine de actividades,
homilías, audiencias y recepciones.
No
me quedan muchas ganas, en este momento, de hacer demasiados comentarios
adicionales, que creo que sobran. Habremos de volver sobre este tema en el
futuro.
Sólo
quiero decir que coincido con algunos de los últimos participantes en este
foro, en cuanto al sentimiento de vergüenza ajena al ver cómo, para el pobre
público interno del Opus Dei, se atreven a utilizar un discurso del papa
precocinado para intentar rebatir 4 puntos del Código de Derecho Canónico que
dicen con claridad que los laicos no pertenecen a la prelatura.
Claire Fischer
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