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LIBERTAD DE COMUNICACIÓN EN EL OPUS DEI

ELÍAS, 28 de febrero de 2005

 

De entre todas las cuestiones reprochables a la institución que desde aquí se denuncian hay algunas que me parecen especialmente relevantes y peligrosas para las personas que sufren sus consecuencias. Estas cuestiones, al menos para mí, son: la ausencia de una dirección espiritual personal libre, la utilización de la información que se obtiene a través de dicha “dirección” para el gobierno y el control de los miembros y la limitación férrea que se impone para la comunicación de los que forman parte de la Obra entre sí. Hoy me voy a centrar en la tercera de ellas, no porque me parezca la más importante sino porque me parece que está en la base de las otras dos.


Resulta que los miembros de la Prelatura no pueden tratar entre sí cosas que atañen a su vida personal ni a su vinculación con la Obra, es decir, que la relación entre ellos se reduce a un trato muy superficial e impersonal, del que quedan excluidos todos aquellos temas que puedan conllevar algún intercambio de intimidad o que afecten a su opinión sobre aspectos concretos del funcionamiento de la institución. Se impone a los miembros un aislamiento total, similar al que se pretende en las dictaduras, de tal forma que únicamente pueden desahogarse con la persona designada por la institución para llevarles la charla, sabiendo de antemano que esa persona no tiene ningún compromiso de confidencialidad referente a los temas que se traten y que lo más seguro es que ponga en conocimiento de los asuntos más sensibles a sus directores inmediatos, muchas veces con consecuencias importantes para la vida de la persona en cuestión (traslados, desconfianza y aislamiento, cese en algún cargo, etc).

De esta forma de actuar, que se inculca a los miembros desde que llegan a la Obra, se derivan las siguientes consecuencias:

1. Un control absoluto de la vida de sus miembros, sobre los cuales se llega a tener un poder total, ya que únicamente cuentan con los criterios que se les dan en la “confidencia” para decidir sobre los asuntos que les afectan de forma más íntima.

2. La imposibilidad de establecer una verdadera relación interpersonal y humana entre los fieles de la Prelatura, de forma que ésta se reduce a un trato correcto y superficial, muy alejado de lo que significa la verdadera amistad, y mucho más la fraternidad que tanto se pregona, la cual conlleva siempre el intercambio de información personal y la posibilidad de opinar sobre cualquier asunto. Con la “demonización” que se predica sobre las “amistades particulares” lo que realmente se intenta impedir es que el desacuerdo y la disensión sobre determinados asuntos referentes a la institución se transmita entre los miembros y de esta forma se pueda generar cualquier germen de contestación a la línea de actuación impuesta desde arriba.

3. El sentimiento de aislamiento total que sufren muchos de los fieles de la Prelatura, aunque vivan rodeados de gente. Esta situación en demasiadas ocasiones lleva a estados de depresión nerviosa y a trastornos psiquiátricos, ocasionalmente con final trágico, y que siempre conllevan un deterioro y un sufrimiento importante para quien los padece.

4. La anulación del propio criterio, limitándose de forma importante la capacidad de decidir libremente sobre cualquier asunto que afecte en el terreno personal, e impidiendo la búsqueda del consejo de quién se estime oportuno, ya sea miembro de la Obra o no. De esta forma, las personas del Opus Dei únicamente contarán con el criterio de quien les dirige, es decir, con el criterio de la institución, y no podrán contrastar esta opinión con alguien desinteresado, especialmente en temas personales o relacionados con la institución.

En mi opinión este comportamiento es rechazable desde todos los puntos de vista, se asemeja al de las sectas y está formalmente condenado por la Iglesia. Además no se contempla, como no podía ser de otra forma, en los Estatutos que aprobó la Santa Sede cuando erigió al Opus Dei en Prelatura Personal, convirtiéndose por lo tanto en una forma de actuar totalmente ilegítima.

Ahora me dirijo a los miembros de la Obra que estén leyendo estas líneas. No tengáis miedo a comunicaros entre vosotros. La Iglesia nunca ha dicho que sea inmoral o pecaminosa la amistad entre sus hijos, ya sean de dentro o de fuera de la Obra, y además eso es lo que hace que los seres humanos nos sintamos auténticamente personas. Fue el mismo Jesucristo el que llamó amigos a sus discípulos. Si la Obra nació por inspiración divina, sería un contrasentido pensar que Dios quiere una cosa distinta para los de dentro que para los de fuera, o pensar que lo que es bueno para los demás cristianos es malo para los del Opus Dei. Muy al contrario, la Obra no correrá ningún peligro porque sus miembros manifiesten libremente lo que piensan entre sí o se traten verdaderamente como hermanos, más bien creo que se enriquecería y se parecería más a lo que pretende ser, una verdadera familia.

La reciente Carta Apostólica de Juan Pablo II sobre comunicación alaba la libre expresión de opinión del fiel en los asuntos propios de la Iglesia –“algo faltaría en vida de la Iglesia si no existiese opinión pública” (n. 12)-, afirmando, con la Lumen gentium 37, que es un modo por el que los fieles contribuyen al bien de la misma, ayudando a los Pastores. En esa Carta se cita el canon 212, § 3, que reproduzco a continuación, por el que se manifiesta el derecho a la libertad de expresión y de opinión pública en el seno mismo de la Iglesia: «Tienen el derecho, y a veces incluso el deber, en razón de su propio conocimiento, competencia y prestigio, de manifestar a los Pastores sagrados su opinión sobre aquello que pertenece al bien de la Iglesia y de manifestar a los demás fieles, salvando siempre la integridad de la fe y de las costumbres, la reverencia hacia los Pastores y habida cuenta de la utilidad común y de la dignidad de las personas».

Se reconoce el derecho a la libertad de expresión y de opinión pública dentro de la Iglesia, no sólo ante la Jerarquía, sino también con los demás fieles; a formarse un juicio en relación con el bien de la Iglesia y a exponerlo. Existe no sólo el derecho sino también el deber de declarar lo que se considere contrario al bien del Pueblo de Dios.

No podría ser de otra manera, ya que la expresión y comunicación de la propia intimidad con quien se quiera es un derecho fundamental de toda persona -que es relación y comunicación-, derecho que ningún mandato puede anular.

La libre expresión, entre la que se cuenta un sano sentido crítico, no daña a la unidad ni a la caridad. A quien perjudica la comunicación libre es a los sistemas totalitarios, que siempre intentan cercenar los derechos personales básicos. “La solidaridad aparece como una consecuencia de una información verdadera y justa, y de la libre circulación de las ideas, que favorecen el conocimiento y el respeto del prójimo” (Catecismo de la Iglesia, 2495).

Pero en la Obra se ha inculcado que tal comunicación de amistad en temas relacionados con la propia intimidad o con el gobierno de la institución es un pecado grave contra la unidad, lo cual es falso. Ni es pecado ni va contra la unidad cuando se guardan los generales requisitos de moralidad: que sea conforme a la verdad y no se falte a la debida caridad. Tal comunicación debe tender a un diálogo constructivo para promover en la comunidad cristiana una opinión pública rectamente informada y capaz de discernir (Carta Apos. citada, n. 12).

Libre circulación de ideas..., debida información y conocimiento de la verdad completa..., actuación conforme a derecho..., etc., son rasgos propios de una institución transparente y respetuosa con las personas. Pero en este caso hay un error de base: que la institución no está al servicio del bien particular de las personas, de lo que Dios suscita en ellas, sino las personas al servicio de la institución, contrariamente a la doctrina de la Iglesia y a las palabras de Jesús (el Hijo del hombre no ha venido a ser servido, sino a servir; Mc 10, 45). “El orden social, pues, y su progresivo desarrollo deben en todo momento subordinarse al bien de la persona, ya que el orden real debe someterse al orden personal, y no al contrario” (Vaticano II, Gs 26). Tal actitud institucional se ampara en la persuasión de que la voluntad de Dios es sólo aquello que los directores entienden y deciden, anulando la conciencia personal y proclamándose, de hecho, mediadores únicos entre Dios y el alma de cada uno de sus súbditos.

Por lo tanto, hay que perder el miedo a comunicar prudentemente con los demás lo que uno piensa. Muchos descubrirán que los otros también ven lo mismo, llegándose de este modo a conocer la realidad de la institución, que se observa tantas veces diferente a la que se presenta oficialmente.


 

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