FALSA
SECULARIDAD
R. A., ex numerario sacerdote, 15 de noviembre
de 2003
El mensaje fundacional del Opus Dei se expresa de un modo
principal en recordar a los fieles cristianos que todos los
bautizados están llamados por Dios a la santidad. Eso
quiere decir que todos los fieles cristianos, sacerdotes,
religiosos y laicos, pueden y deben alcanzar la santidad en
medio de sus ocupaciones y del ambiente en el que cada uno
desarrolla su actividad. Los sacerdotes, cumpliendo las obligaciones
del estado clerical; los religiosos, a través de su
apartamiento del mundo por medio de la profesión de
los consejos evangélicos y de su dedicación
exclusiva al apostolado de acuerdo al espíritu y finalidad
de la institución a la que pertenecen; los laicos,
en medio del mundo, a través del cumplimiento de sus
obligaciones familiares, sociales, laborales, políticas,
etc. El Concilio Vaticano II recogió este enfoque,
olvidado a lo largo de los siglos, y lo declaró doctrina
común de la Iglesia. La doctrina de la secularidad
del Fundador del Opus Dei no es nueva, porque en el Evangelio
está expresada con absoluta claridad.
Sin embargo, ¿esta doctrina de la Iglesia es aplicable
realmente a los miembros del Opus Dei? ¿En dónde
se ubican los miembros del Opus Dei? La respuesta inmediata
sería afirmar que los miembros del Opus Dei son laicos
y que viven en medio del mundo, porque son fieles cristianos
"como los demás fieles laicos". Sin embargo,
en el Opus Dei no todos son laicos, porque existen sacerdotes
numerarios, agregados y supernumerarios de la Prelatura y
de la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz, adscrita a ella.
Por tanto, la respuesta no es la misma para todos: los sacerdotes
han de santificarse siendo sacerdotes; los demás miembros
son laicos y deben alcanzar la santidad en medio del mundo,
como seglares. Ahora bien, este mensaje se tergiversa en la
praxis del Opus Dei.
Al principio de mi "vocación" en el Opus
Dei pensaba que esta doctrina, reflejada en múltiples
documentos del fundador del Opus Dei, expresaba o expresaría
una realidad posible de alcanzar. Con el tiempo, me di cuenta
que realmente los miembros laicos de la Obra, especialmente
los numerarios y los agregados, no viven la secularidad como
la viven los fieles cristianos corrientes que nada tienen
que ver con instituciones de la Iglesia. El fundador del Opus
Dei insistió, y esto puede ser una contradicción,
que los sacerdotes numerarios y agregados de la Prelatura
debían mantener el espíritu laical. Ese espíritu
laical se manifestaría en el modo de afrontar las cuestiones
de trabajo, de gobierno, de trato con las personas y otras
de diversa índole. En la práctica, esto lleva
a posturas ambiguas por parte de los sacerdotes, que no se
comportan como los demás sacerdotes de la Iglesia.
Con el transcurso de los años, el espíritu
del Opus Dei se ha ido apartando cada vez más de esa
doctrina general de la secularidad. Cabe preguntarse también
si esa doctrina, aplicable a todos los fieles cristianos,
puede realizarse del modo como está establecido en
la Prelatura Opus Dei. ¿Por qué? Por varias
razones:
1) La doctrina del fundador, especialmente lo relativo a
la llamada universal a la santidad, es perfectamente aplicable
a todos los fieles de la Iglesia; sin embargo, los miembros
del Opus Dei, en la práctica, se apartan de la realidad
mundana que les rodea: los numerarios viven en centros de
la institución, como lo hacen los religiosos y los
miembros de los institutos seculares; aunque actualmente -pero
sí al comienzo, cuando el Opus Dei era un Instituto
Secular- los miembros de la Prelatura ya no hacen votos de
obediencia, castidad y pobreza como los religiosos, pero de
hecho, a eso se reducen los compromisos que los numerarios
y agregados adquieren al hacer las distintas incorporaciones
a la prelatura: no disponen con libertad de sus bienes, no
pueden casarse, no tienen trato con personas del sexo contrario
(me refiero a un trato amigable, espontáneo, normal);
están sometidos a la voluntad de los directores (lo
de la obediencia inteligente y libre es un mito). Los agregados
se diferencian exclusivamente en que viven con sus padres,
con sus hermanos de "sangre" o en sus propias casas.
En el caso de los numerarios, el hecho de vivir el celibato
apostólico y de vivir juntos (hombres y mujeres por
separado) en los centros de la Prelatura, muestra un modo
de ser distinto al normal de un laico; los cristianos de la
calle viven en sus casas, con su familia, del modo natural,
como ha sido tradicional al menos en occidente: con sus cónyuges,
con sus padres, con sus hijos... El fundador del Opus Dei
trató de resolver esta contradicción afirmando
que el Opus Dei es una familia; para los numerarios y agregados
especialmente, la institución es su familia. Evidentemente,
una institución eclesiástica, en este caso una
prelatura personal, no puede considerarse una familia normal,
secular: es un montaje conceptual. Este modo de vivir ya los
diferencia de los cristianos corrientes. Además, los
numerarios y agregados no pueden asistir a espectáculos
públicos: precisamente los espectáculos de la
gente corriente. No pueden disponer de su tiempo y de sus
bienes sin contar con la aprobación de sus directores:
en el mundo corriente nadie necesita la aprobación
de sus superiores para vivir y para actuar. Los miembros del
Opus Dei están incorporados a una prelatura por medio
de un contrato verbal que implica unos compromisos de orden
espiritual y, especialmente en el caso de los numerarios y
agregados, también materiales. Los fieles corrientes
no asumen esos compromisos en sus respectivas diócesis:
a nadie se le pasa por la cabeza semejante asunto. Algunas
de las normas y costumbres que viven los numerarios y agregados
nada tienen que ver con la secularidad "normal"
de los cristianos corrientes: uso del cilicio y las disciplinas
para mortificarse; dormir en el suelo o sobre una tabla; saludarse
con una expresión latina; vivir el silencio (lo que
se denomina el tiempo de trabajo de la tarde y el tiempo de
la noche): los fieles cristianos normales no necesitan acudir
a estos modos que tienen un origen claramente religioso. Alguno
dirá que esas normas o costumbres del plan de vida
de los miembros son circunstanciales y que pueden variar de
acuerdo a las circunstancias históricas; si, es verdad,
pueden cambiar; pero el problema no está allí,
sino en el hecho de establecerlas como norma de actuación:
eso es lo que no puede catalogarse como "normal"
para los fieles corrientes: los fieles corrientes no necesitan
que se les diga cómo deben vivir en medio del mundo.
2) El hecho de que el Opus Dei se haya convertido en una
Prelatura Personal no significa que ello refuerce su secularidad.
Las Prelaturas Personales son entidades jurisdiccionales que
forman parte de la estructura jerárquica de la Iglesia
y están constituidas por presbíteros y diáconos
del clero secular (cf. Código de Derecho Canónico,
c. 294). Si la institución incluyera sólo a
presbíteros y diáconos, no habría problema
alguno en aceptar esa realidad jurídica; la dificultad
surge cuando, al margen de lo establecido en el Código,
se unen a la Prelatura fieles laicos, con un compromiso espiritual
y jurídico que no tienen los demás fieles de
la Iglesia. La ubicación del Opus Dei dentro de las
Prelaturas personales es forzada, porque no concuerda con
la realidad: pareciera un disfraz que esconde otra realidad:
la obra mantiene el enfoque de los religiosos y de los institutos
seculares, al exigir los compromisos antes señalados,
la vida en familia de los numerarios, las exigencias relativas
a la pobreza, la castidad (celibato apostólico) y la
obediencia; la organización interna de la institución,
las normas de piedad. Los que forman parte de una diócesis
-que son también estructuras jurisdiccionales- no asumen
compromisos con su obispo, entre otras razones porque es frecuente
la emigración de los fieles, pues no siempre viven
en un mismo lugar. Simplemente dependen del obispo en aquellas
cuestiones relativas a la administración y recepción
de los sacramentos y a las orientaciones doctrinales que ellos
formulen. Los supernumerarios tampoco pueden ser considerados
laicos "corrientes"; el hecho de que se casen y
tengan familia no los hace iguales a los demás. Siguen
teniendo esos compromisos y esa dependencia de la prelatura
que no tienen los cristianos normales de la calle, ni con
sus obispos ni con institución alguna. En este sentido,
es necesario recalcar que la secularidad, que equivale a comportarse
y ser un hombre o una mujer del siglo, que supone vivir en
un momento histórico, concreto, se pierde cuando se
asumen obligaciones, por el hecho de pertenecer a una institución
eclesiástica, que obligan a comportarse de un modo
distinto a las personas normales.
La doctrina de la secularidad enseñada por el fundador
del Opus Dei es aplicable a los cristianos corrientes, pero
no a cristianos limitados por la reglamentación de
una institución que sigue usando modos de proceder
que pertenecen a otro tipo de fieles, los religiosos y asemejados,
que viven los consejos evangélicos. Los seglares del
Opus Dei no son fieles corrientes, no viven como tales, son
otra cosa.
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