La vocación sacerdotal en la Obra
Autor: E.B.E.
La
lógica detrás de la contradicción
Si bien ya se ha tocado este tema más de una vez, me
pareció interesante aportar un «texto canónico» sobre
el asunto.
Para quienes no conozcan mucho esta institución, vale la
aclaración: una cosa es la Obra como institución laica y otra es
la SSS+ o Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz, asociación vinculada
íntimamente a la Obra. El tema que trata este artículo es sobre
la vocación sacerdotal de los miembros laicos de la Obra, no sobre la de
los socios de la SSS+. Esto es importante porque los miembros laicos de la Obra
no tienen ninguna relación jurídica con la SSS+ y sus labores de
proselitismo apuntan a objetivos distintos: a los laicos por un lado y a los
sacerdotes diocesanos por el otro (en el caso de la SSS+). La Obra tiene sus
propias labores que denomina: de San Rafael (jóvenes con posible
vocación de numerari@ o agregad@), de San
Gabriel (labor orientada a todas aquellas personas que, para la Obra, nunca
tendrán vocación de numerari@ o
agregad@ -de vivir el celibato- sino únicamente de supernumerari@
-para vivir en el matrimonio, generalmente-; en esta labor se incluyen tanto
las potenciales vocaciones como quienes ya son supernumerari@s)
y por último la labor de San Miguel (orientada a quienes ya son numerari@s y agregad@s).
***
Es sabido que para ingresar a la Obra como numerario o agregado se
requiere claramente no tener vocación sacerdotal.
De hecho, quien presentara una inclinación al sacerdocio se
lo ‘clasificaría’ como candidato para el seminario diocesano
y próximamente dejaría de estar en la labor de San Rafael. Por
supuesto, no tendría ninguna posibilidad para la de San Miguel. Su
futuro no estaría en la Obra (aunque podría estarlo para la SSS+,
pero ese es un tema aparte).
En resumen, la Obra cuida mucho este “carácter
laico” como requisito «sine qua non» para ser miembro.
Pese a lo dicho, el hecho de ingresar a la Obra cambia las reglas
del juego. Porque sorpresivamente uno se entera, entonces, que «todos
los Numerarios y muchos Agregados están ordinariamente
dispuestos (...) a ser sacerdotes, si son invitados por el Padre»
(Catecismo de la Obra, 5* ed, n. 44.).
Para que quede claro, no se trata de una
«estadística» resultado de una «encuesta» en
base a la libre decisión u opinión de sus miembros. Al contrario,
se trata de un principio o norma del Catecismo de la Obra que rige la
vocación de «todos los numerarios y muchos agregados».
Aquí no se habla de «aquellos que posteriormente
descubran un llamado al sacerdocio...» etc. Aquí la Obra dice
oficialmente que -en el caso de los numerarios-, «todos»
están ordinariamente dispuestos a ser sacerdotes. El cambio es radical.
Lo interesante es que «todos» están dispuestos,
aunque «no lo sepan» y de hecho hayan dejado en claro –cuando
ingresaron- que «no lo estaban» para nada. ¿Cómo
puede ser que, a quien no tenía vocación al sacerdocio, se le
imponga semejante compromiso? Es posiblemente porque la Obra tiene una
irremediable predisposición por la coacción.
La Obra declara explícitamente que nadie cambia de
«estado» cuando ingresa; sin embargo «todos los numerarios y
muchos agregados» potencialmente han cambiado de estado, porque
«están ordinariamente dispuestos a ordenarse», algo que no
es «ordinario» en el resto de los cristianos laicos o
«cristianos corrientes».
Es esta una muestra más de cómo la Obra
engaña y manipula voluntades: compromete moralmente a las personas sin
que den su consentimiento y, más aún, a pesar de haber dado un
consentimiento en contrario.
Con el argumento de que la vocación de numerario y agregado
implica una «entrega total», la Obra dispone de las personas como
quiere y presenta la vocación sacerdotal como parte de esa entrega. Este
argumento de la «entrega total» hace posibles muchos imposibles y
muchas incoherencias, es el argumento con el cuál más
fácilmente la Obra extorsiona y que resulta muy difícil de
resistir.
***
Como en tantos otros casos, lo que era la norma se vuelve la
excepción. El acuerdo inicial se tornó en engaño.
No se trata de que algunos hayan descubierto su vocación
sacerdotal «tardíamente». De hecho, el catecismo de la Obra
dice claramente que no puede llamarse «vocación
tardía» el caso de quienes se ordenan ya mayores, porque desde un
principio están «todos los numerarios y muchos agregados»
dispuestos a ordenarse.
Esto quiere decir que, por un lado, «todos los numerarios y
muchos agregados» se incorporaron a la Obra teniendo clara conciencia de
que no tenían vocación al sacerdocio, pero una vez
"adentro" debían estar dispuestos a ordenarse si eran
«invitados por el Padre».
La Obra cambia las condiciones contractuales: lo que era un
requisito para entrar (no tener vocación al sacerdocio), una vez adentro
se vuelve un impedimento para permanecer (al menos con "buenas
disposiciones").
El texto eliminado entre paréntesis dice "—con plena libertad, para aceptar o no esa llamada—" dando
así a entender que tal llamada es un hecho y que puede o no ser
aceptada. En ningún momento el texto pone en duda la
"llamada". Es parte del lenguaje coactivo dar por hecho la
«llamada» y pasar por encima de la conciencia de las personas. Es
que «la llamada» no surge en la conciencia del candidato sino de
una decisión de quienes gobiernan: ellos «deciden»
quién tiene vocación y quién no (para todo).
Es la voluntad de poder: la Obra busca constantemente imponer su
voluntad, busca la hegemonía, la preeminencia, la supremacía.
Por eso, para el caso de los numerarios, habla de
«todos», porque así lo decidió la Obra. La
vocación al sacerdocio -«esa llamada»- está
implícita en cada numerario (aunque se entere por sorpresa), cosa
impensable y contradictoria con los requisitos para inicialmente «tener
vocación» de numerario o agregado.
Como en el caso de la
vocación a la Obra, la doctrina oficial aquí también habla
de "libertad" para aceptar o no el llamado. Sin embargo, tenemos
experiencia sobrada de la coacción para aceptar el llamado de la Obra,
por lo cual no es de extrañar la coacción para el llamado al
sacerdocio, más cuando una persona ha dado un dramático
testimonio de ello (cfr. el interesantísimo artículo de Antonio
Pérez Tenessa en el diario El Pais). Es muy impresionante leer ese artículo y
contrastarlo con lo que el mismo fundador decía: «rezad también con el fin de que nadie
en Casa sienta coacción de ningún género, para venir al
sacerdocio» (Meditaciones, V, pág. 482).
Los textos oficiales y del
fundador muchas veces dicen exactamente lo contrario de lo que se hace. Pero no
siempre, porque otras tantas veces, esos textos son sinceros y dicen lo que en
la práctica se hace. Es por ello que en los
textos abundan las contradicciones, la oposición entre una doctrina que
defiende la libertad y otra que la somete hasta esclavizarla. Lo importante es
comprobar quién vence en ese combate. Y por lo vivido y testimoniado por
tantas personas, en la Obra la libertad siempre pierde. Por lo cual esas contradicciones parece más bien una
manipulación planificada.
Hay que reconocer que la
ingeniería jurídica y mental de la Obra es bastante complicada,
por sus excepciones y contradicciones, porque no responde a una lógica
clara.
***
La
lógica detrás de la contradicción
La contradicción señalada en este artículo no
parece inocente o una simple «esquizofrenia».
De hecho no creo que exista ninguna
esquizofrenia en muchos de sus niveles donde la Obra manifiesta
contradicciones. La característica de la Obra y de su fundador es
la planificación anticipada de absolutamente todo, por lo cual hablar de
«errores» es muy difícil.
Se trata más bien de otra cosa, de un doble estándar
premeditado. Hay toda una elaboración y justificación alrededor
de semejante actitud incoherente.
Se trata de un mecanismo perverso que quita derechos e impone
deberes (mecanismo que la Obra aplica en todos sus ámbitos). Es un
mecanismo que actúa a nuestras espaldas, ocultamente, sin que nos demos
cuenta.
A los derechos se los "entrega" (renuncia) o se los deja
en la puerta, pero nadie que entre a la Obra ha de portar consigo sus derechos,
porque esto va contra el clima de sometimiento y entrega absoluta que la Obra
demanda.
Si la Obra necesita vocaciones al sacerdocio, ¿por
qué rechaza las que espontáneamente se presentan para ingresar a
la Obra? ¿Por qué, en cambio, se la asigna a quienes ni siquiera
se la plantearon o incluso no se identificaron con ella desde un principio?
Está claro que no tiene que ver con el aspecto laical (como
parecía y se argumentaba inicialmente) ya que «todos los
numerarios y muchos agregados» están llamados al sacerdocio
(aunque no lo sepan). ¿Entonces, cuál es la razón de este
proceder?
Al poner como requisito la ausencia de vocación al
sacerdocio, la Obra desarticula toda posibilidad de «exigencia» o
derecho por parte de cualquier miembro agregado o numerario a ser aceptada su
posible llamada al sacerdocio.
Por un lado, se le impone a quien no la tiene, y por otro se le
quita a quien la tiene. El tema es que ninguno sienta su llamada al sacerdocio
como propia sino como concedida por la Obra.
Porque quien manifiesta una vocación y muestra aptitudes
para llevarla a cabo se gana un derecho. Y en la Obra la vocación es
«concedida», nunca «reconocida» porque esto
otorgaría derechos, algo contrario al «espíritu» de
la institución. Por eso la Obra puede un día
«otorgar» la vocación y al otro «retirarla» (esa
es la metáfora de la dispensa: «devolver» la vocación
como si fuera propiedad de la Obra). En la Opus Dei se juega con las personas,
poniendo y sacando vocaciones, otorgando y retirando dones sobrenaturales, como
si se tratara de un experimento que no termina de salir bien.
En la Obra nadie tiene propiamente derechos
sino que todo es «concedido» por la misma institución (con
ánimo de «recuperarlo», parafraseando al fundador). Lo que
hace a la vocación a la Obra, está todo diseñado para que
la propiedad de tal vocación pertenezca y sea retenida por la
institución.
Así como para ingresar, uno debe «ser llamado por la
Obra», del mismo modo para ser sacerdote uno debe «ser llamado por
el Padre», y no me refiero a la frase del Evangelio, Juan 6, 44 (de todos
modos, en la Obra «el llamado del Padre-Prelado» está
íntimamente ligado a la voluntad de Dios, lo cual de alguna manera la
Obra se arroga la autoridad de llamar en nombre de Dios, como si se tratara de
la misma situación de Juan 6, 44).
Ningún numerario puede presentarse al seminario de la
Prelatura para ordenarse sacerdote: sin la «invitación» del
Padre, la entrada no está permitida.
Es un sacerdocio originado en la «llamada del Padre»
(esto es, del Prelado) y orientado a servir a los fines de la Obra. Por eso no
es extraño que la salida de la Obra, para un sacerdote numerario,
implique una crisis de su misma vocación sacerdotal (distinto es el caso
de los sacerdotes diocesanos que ingresaron a la SSS+ y egresaron: el origen de
su vocación es muy diferente).
Si bien «el sacerdocio
es lo más grande que Dios puede dar a un alma» (del fundador,
Meditaciones V, pág. 479), la vocación a la Obra está por
encima, a tal punto que –dice el fundador- «para nosotros, el sacerdocio es una circunstancia, un accidente»
porque «la vocación de
sacerdotes y laicos es la misma» (ibídem
anterior). Veo muy difícil encontrar un modo de «explicar»
esa afirmación o de «contextualizarla»
teológicamente: en realidad esa afirmación inevitablemente
manifiesta lo que su literalidad indica. Más aún cuando tal
literalidad se corresponde con la práctica de la vida misma: a nadie en
la Obra se le «reconoce» su vocación sacerdotal
sino que se le «concede» a modo de «accidente». En la
Obra el sacerdocio es realmente un «accidente» por cómo
está subordinado a otros valores.
Ni siquiera de la vocación profesional ha dicho el fundador
que sea «un accidente», al contrario, le ha asignado la
función de «quicio» (posiblemente porque la vocación
profesional hace –al menos en la teoría- a la vocación a la
Obra y, en cambio, la vocación sacerdotal no).
Ahora bien, esa afirmación ¿es simplemente un
desacierto teológico? Creo que tiene un sentido que va más
allá de la rigurosidad teológica: se trata de no darle al
sacerdocio una dignidad autónoma de la vocación a la Obra, a la
cual debe estar sujeto. Se trata de que la vocación sacerdotal
esté subordinada al gobierno de la Obra y que sea éste quien la
«administre».
El sacerdocio, en la Opus Dei, no es propiamente una
vocación sino «una función» que se asigna (por eso
“no existe” previamente al ingreso a la Obra).
Si el sacerdocio –que imprime carácter- es un
accidente, ¡cuál será la dignidad de «la
sustancia» que le da sustento! No resulta muy difícil deducir que
la vocación a la Obra está por encima de la dignidad de ese
sacramento. Es por esto que la vocación
sacerdotal cobra sentido -en la Opus Dei- a través de «la
sustancia» que es la vocación a la Obra y sin ella «ese
accidente» pierde su referente (no sólo como metáfora
filosófica, también como identidad psicológica).
Pienso en el refrán «a mar revuelto ganancia de
pescadores» y creo que la confusión que la Obra genera le es
funcional a ella misma. De hecho es imposible
coordinar las distintas afirmaciones que se encuentran en las enseñanzas
oficiales de manera tal que formen un cuerpo coherente. En este caso, en medio
de la exaltación de la vocación sacerdotal, la Obra introduce de
manera equívoca y ambigua la idea de la superioridad de la
vocación a la Obra por encima de un sacramento que imprime
carácter.
Lo dicho sobre «el origen de la llamada» explica,
asimismo, la falta de conocimiento que tiene la mayoría de las personas
cuando ingresan a la Obra (ya sea como numerari@s, agregad@s, supernumerari@s): es
que su ingreso no fue iniciativa propia. Más bien fue la Obra quien
«les descubrió» la vocación y «los
llamó», mediante el uso –generalmente- de un
activísimo proselitismo. Y la respuesta a esa llamada siempre ha sido
«de pura confianza» pero sin saber cabalmente de qué se
trataba aquello (¿quien leyó, acaso, los estatutos antes de
ingresar a la Obra? Nadie, porque ni aún hoy los miembros pueden
leerlos, salvo quien sepa latín). Y la Obra inspiraba confianza porque
todo lo hacía y lo decía en nombre de Dios, usando su nombre (de
ahí la gravedad que supone la defraudación que sufren los
miembros de esta institución).
***
Una vez consagrada, la vocación sacerdotal no puede ser
«retirar» por la Obra, pero esto no le impide arrogarse el derecho
de «otorgarla». Por eso se la «concede» a quien ella decide aunque no se la «reconoce» a nadie.
No hay nadie que haya
venido a la Obra con una vocación sacerdotal previa, porque no se
permite y, además, porque todos los sacerdotes le deben su
vocación al fundador: «recé
tanto, que puedo afirmar que todos los sacerdotes del Opus Dei son hijos de mi
oración» (del fundador, Meditaciones V, pág. 476). Es
una afirmación que pesa demasiado.
En la Obra nadie se ordena porque «quiere» sino porque
«debe».
Quien «quiera» ordenarse, no podrá ingresar a
la Obra -como numerario o agregado- y quien ingrese «deberá»
estar dispuesto a ordenarse. He aquí la alienación personal
más profunda, el despojo del propio yo y de la propia identidad, de la
propiedad de sí mismo: se aliena tanto el que niega una vocación
que tiene como el que recibe por imposición una que no tiene.
Porque
así como «los derechos se han convertido, con la llamada, en
deberes» (cfr. libro Meditaciones IV, pág. 583), el llamado al
sacerdocio pasa a ser una «imposición universal» y es
«la Obra» la que se arroga el derecho y el privilegio de
seleccionar explícitamente a quienes ella quiera sean sacerdotes
(«el llamado del Padre»), de la misma manera que selecciona a sus
directores.
Para no inventar groseramente la vocación sacerdotal de
manera caprichosa, la Obra declara entonces que «todos» los
numerarios están dispuestos -en razón de
su «entrega total» más que de una llamada íntima de
Dios- a ordenarse y la Obra es la que "selecciona" quién se
ordena y quién no.