INTRODUCCION
Desde ya hace unos años los intereses académicos
se han visto convocados por temas que aparecen reunidos por la expresión
Bioética, disciplina que está viviendo todavía una etapa de cristalización y
consolidación como saber científico. Textos como los de Niceto Blázquez, que
intentan una mirada panorámica, no superficial, a las fuentes y a los
principales problemas analizados por la Bioética, ofrecen, a la vez, un
compendio de los argumentos y de las conclusiones más decantadas en este
abundante corpus doctrinal.
El libro de Niceto Blázquez incorpora el Magisterio de la Iglesia Católica, de manera fluida en el análisis de los problemas y en la configuración misma de la Bioética, como disciplina científica. Sin embargo, en algunas ocasiones parece preferir dejarlo de lado para plantear opiniones “innovadoras”, que según el autor enfrentan mejor ciertos casos concretos que las soluciones explicitadas por los textos magisteriales.
CONTENIDO
1. Cuestiones problemáticas
Esta especie de “aclaraciones” o “concreciones”
que el autor intenta efectuar a algunos puntos declarados en la doctrina
magisterial de la Iglesia, aparecen ya preanunciadas en el Capítulo IV de la
obra, donde se realiza un concienzudo examen, principalmente descriptivo, de
los documentos fundamentales en los que se contienen las enseñanzas sobre
Bioética en el Magisterio de la Iglesia. Con ellas neutraliza gran parte de la
doctrina, amenamente expuesta, con gran aparato bibliográfico, profundidad
filosófica y sustento científico, que mantiene el resto del tratado.
En efecto, cuando el autor se refiere a la
Encíclica Humanae Vitae, en la que el Papa Pablo VI declara moralmente
ilícitos los anticonceptivos mecánicos o químicos (artificiales) para
únicamente admitir, y bajo ciertas condiciones, el recurso a los ciclos
naturales, ya se advierte el camino que seguirá posteriormente su reflexión
sobre el tema: “Este es el ideal ético que debe servir de referencia para aumentar
o reducir la procreación humana dentro del contexto matrimonial sano en
circunstancias normales... Otra cosa es cómo ese ideal de perfección objetiva,
propuesto por la Humanae Vitae, ha de ser aplicado a la realidad de la
vida concreta. Una cosa es el camino por el que hay que andar y otra hasta
dónde puede llegar cada pareja en su función procreativa” (p. 229).
Más tarde, cuando describe in extenso los
documentos del Pontificado de Juan Pablo II (la declaración de la Sagrada
Congregación para la Doctrina de la Fe, Donum Vitae, y la Carta
Encíclica Evangelium Vitae), el autor incluye sendos párrafos finales
bajo el título de “Observaciones críticas”. En ellos sostiene, en síntesis, que
aunque los documentos tienen toda la razón “en el plano de los principios”, les
falta pedagogía para evitar que las personas se sientan condenadas por la
Iglesia frente a declaraciones tan categóricas; a lo que se agrega que no
tendrían suficientemente en cuenta la doctrina tomista, según la cual, en
opinión del autor, los principios deben ser ajustados cuando se desciende de
las declaraciones generales a los casos concretos.
Estas prevenciones -audazmente críticas- hechas
sobre documentos magisteriales de tanta relevancia, se confirman y explican
cuando se leen las opiniones de Blázquez en dos puntos principales de la
problemática general que analiza en su tratado: uno se refiere al uso de
preservativos en las relaciones sexuales entre esposos; y el otro concierne al
recurso a la inseminación artificial en el seno de una pareja matrimonial.
En estas dos situaciones, el autor intenta
exponer una doctrina que, en su criterio, tiende a completar -para el caso
concreto- la laguna que han dejado los documentos magisteriales, preocupados supuestamente
sólo del plano de los primeros principios, pero que en realidad intentan
construir una posición sustancialmente diversa a la propuesta y defendida con
energía por los Pontífices Romanos desde Pío XI hasta Juan Pablo II.
En relación con la regulación de la natalidad, el
autor sostiene que “el uso responsable de algunos anticonceptivos artificiales
es en determinados casos particulares compatible con la procreación responsable”
(p. 462). Blázquez expresa su conformidad con el Magisterio de la Iglesia en
cuanto a excluir como inmorales los métodos que impiden la ovulación (“píldoras
anticonceptivas”) o la espermatogénesis (espermaticidas). Pero, en cambio, le
parecen prácticas “razonablemente tolerables” aquellas que tienden a impedir la
unión de óvulo y espermatozoide (p. 463). ¿En qué casos se podrían “tolerar” tales
métodos? Según el autor, “el preservativo conyugal se ha de usar prudentemente
cuando hay conflicto real entre la conveniencia de mantener una relación sexual
y la inconveniencia obvia de un nuevo embarazo” (pp. 463-464). No se
proporcionan mayores precisiones para determinar en qué casos concretos
existiría esa “inconveniencia obvia de un nuevo embarazo”, pero se ponen
algunos ejemplos en los que, en parecer del autor, el mal de la anticoncepción
sería menor que el producido al traer un nuevo niño al mundo: así sucedería
tratándose de personas que ejercen el comercio sexual y de una pareja afectada
por el SIDA (p. 459). Se pretende ilustrar la tesis acudiendo a “casos
límites”, pero el juicio sobre la “inconveniencia” del embarazo queda reservado
a la subjetividad de la pareja conyugal.
En cuanto a las técnicas de fertilización
asistida, sea inseminación artificial o incluso fecundación in vitro,
entre cónyuges y con los gametos propios de la pareja, nuevamente el autor
pretende que, en ciertos supuestos, podrán calificarse como procedimientos
“moralmente tolerables”.
La inseminación homóloga, el autor entiende que
en el plano de la “vida práctica” es posible admitirla, cuando los cónyuges
buscan la unidad del acto conyugal, mediante una disposición interior para con
ellos mismos y en la aceptación responsable y recíproca del hijo. Sostiene que
puede a veces salvarse el defecto biológico del acto reproductor mediante las
debidas disposiciones de los padres (pp. 412-413). Esto trae como consecuencia
que también considere procedente, en la práctica, la “masturbación clínica”
(pp. 413-414).
Respecto de la fecundación in vitro, se
ofrece una cuidadosa enumeración de los requisitos bajo los cuales sería
“moralmente tolerable”. Los más significativos son los siguientes: que sea la
única manera posible de tener un hijo; que el deseo de procreación sea
razonable; que los esposos hayan tomado conciencia de su situación; que se
insemine sólo un óvulo de la esposa por cada intento y que el embrión
resultante sea “oportunamente” transferido a la esposa (pp. 434-437).
2. Enseñanza del Magisterio de la Iglesia
Católica[1]
En todos estos casos, el autor se enfrenta a
textos expresos del Magisterio de la Iglesia, que han declarado del modo más
categórico, que “queda además excluida toda acción que, o en previsión del acto
conyugal, o en su realización, o en el desarrollo de sus consecuencias
naturales se proponga como fin o como medio, hacer imposible la procreación”
(Humanae Vitae nº 14); que “la inseminación artificial homóloga dentro del
matrimonio no se puede admitir, salvo en el caso en que el medio técnico no
sustituya al acto conyugal...” (Donum Vitae cap. II, B, 6) y que “la Iglesia es contraria desde el
punto de vista moral a la fecundación homóloga ‘in vitro’; ésta es en sí misma
ilícita y contraria a la dignidad de la procreación y de la unión conyugal, aun
cuando se pusieren todos los medios para evitar la muerte del embrión humano” (Donum
Vitae cap. II, B, 5). Estas enseñanzas han sido reafirmadas por actos
posteriores del Magisterio (cfr. Evangelium Vitae nº 13; Catecismo de
la Iglesia Católica nº 2370 y 2377, especialmente).
Se intentará aclarar qué pretende el autor
cuando, sin renegar explícitamente del Magisterio de la Iglesia, y más bien
acogiéndolo en casi toda su extensión, parece exponer opiniones disidentes que
se desmarcan de la doctrina católica común en puntos tan delicados como la
anticoncepción y la procreación artificial.
3. Argumentos para
sostener la “tolerabilidad moral” de la anticoncepción y la fecundación
artificial homóloga
Niceto Blázquez no resulta claro en cuanto al
íter argumentativo que le lleva a sostener las conclusiones reseñadas. En todos
los casos se encuentran una multiplicidad de argumentos, que no resultan
siempre coherentes ni siquiera entre sí mismos. La variedad argumentativa muestra
ya una cierta debilidad en la consistencia de las conclusiones obtenidas. El
lector queda con la impresión de que el autor intenta de alguna manera
justificarse reiterando ideas de cuya firmeza o adecuada aplicación él mismo pareciera
desconfiar.
Estos argumentos son en síntesis, tres:
1º) La necesidad de adecuar los principios
generales a los casos concretos: se sostiene que las declaraciones
magisteriales relativas a la regulación de la natalidad y procreación
artificial son inobjetables desde el punto de vista de los principios, pero
para juzgar la moralidad de un acto, éste debe analizarse en concreto; y, en
este plano (el de lo concreto), algo que idealmente no es perfecto puede llegar
a ser moralmente tolerable. Se recurre insistentemente a la enseñanza de Santo
Tomás de Aquino expresada en un artículo de la Suma Teológica sobre la ley
natural: S. Th. I-II, q. 94, a. 4.
Algunas afirmaciones textuales del autor que se
reconducen a esta idea general se transcriben a continuación a título ilustrativo:
“el razonamiento general de Pío XII contra la inseminación artificial
intraconyugal se sitúa en el plano de lo objetivamente ideal y perfecto... A
nivel de pura objetividad nadie podrá decir que el Pontífice no tiene razón.
Pero en la vida práctica no siempre lo idealmente deseable es posible...” (p.
411); el rechazo a los métodos anticonceptivos “es una conclusión particular,
cuya verdad o rectitud ‑diría Santo Tomás‑ “ni es la misma en todos
ni en aquellos en que es la misma es igualmente conocida”... pueden darse
situaciones concretas en las que sea conveniente que los esposos mantengan
relaciones sexuales unitivas evitando... la procreación” (pp. 461-462); “Antes
de exponer mi opinión ética personal sobre la FIVET homóloga es oportuno
recordar la llamada de Tomás de Aquino al realismo y a la razonabilidad en la
aplicación de los grandes principios de la ética a la vida práctica” (p. 433).
2º) El principio del mal menor: se postula que en
situaciones en las que las personas deben elegir parece aceptable la opción por
aquella conducta que genere males menores: “Eso de que no se puede invocar el
principio del mal menor para el tratamiento moral de la regulación de la
natalidad es discutible - dice el autor-. El trampear la fecundidad de un acto
conyugal es un mal moral. Pero también es cierto que ese trampeo, comparado con
el embarazo en determinadas circunstancias, es un bien moral nada
despreciable...” (p. 459).
3º) El principio de que a lo imposible nadie está
obligado: se arguye que no se puede pedir a las personas ser héroes todo el
tiempo: “La encíclica [Humanae Vitae] expresa el ideal de perfección que
ha de servir de paradigma universal para la educación humana en materia de amor
y procreación dentro del matrimonio. Pero el ideal no se realiza nunca en cada
acto humano. El pretenderlo equivaldría a obligarnos a ser héroes en todo
momento, lo cual es imposible. De ahí que nadie puede ser obligado a ser héroe”
(pp. 459-460).
Ahora bien, estas tres líneas de argumentación
llevan a la conclusión de que las conductas referidas, y con los requisitos que
el autor describe, puedan ser calificadas de “tolerables” desde el punto de
vista moral. ¿Pero qué significa esta expresión? La cuestión es fundamental
para calibrar la procedencia de los argumentos que el autor ofrece para innovar
respecto de las enseñanzas de la Iglesia.
4. Significado de
“moralmente tolerable” en la doctrina del autor
La expresión “moralmente tolerable” podría
interpretarse de cuatro maneras distintas:
1) Podría querer decir sencillamente que, aunque
la conducta es objetivamente inmoral, ella no debe ser castigada por la ley
civil (tolerancia legal);
2) Podría significar que, aun subsistiendo la
inmoralidad material del acto, las circunstancias llevan a excluir la culpa
moral subjetiva en las personas que lo realizan;
3) Podría querer decir que la aplicación práctica
en que se dan estos procedimientos modifica, sin hacer lícita, la gravedad de
la inmoralidad, determinando una disminución de la malicia del acto por razón
de la materia (ya no grave, sino leve);
4) Podría significar que el acto, en las
específicas condiciones descritas, pasa a ser lícito, tanto formal como
materialmente: sería un acto realizado en lo que los penalistas llamarían una
causal de justificación.
VALORACIÓN CRÍTICA
Después de leer el libro, pueden rechazarse
fácilmente las dos primeras lecturas. Cuando el autor habla de “conductas
moralmente tolerables” no se refiere a la cuestión de la sanción por parte de
la ley civil ni tampoco a la exención por ignorancia de los individuos que
practican la técnica. Lo primero, por cuanto el autor en capítulo aparte y en
forma directa expone la doctrina de que en ocasiones el Estado puede renunciar
a castigar legalmente y en este sentido “tolerar” técnicas como la procreación
artificial homóloga (pp. 549-550). De este modo, parece que cuando se habla de
“tolerancia” en los pasajes anteriores se está refiriendo a algo más que a la
mera tolerancia legal.
En cuanto a la posibilidad de querer expresar la
exoneración subjetiva e individual de los que recurren a estas técnicas, no
parece conciliable con su expresión parcelada sólo para estos casos y no para
el resto de las conductas contrarias a la ética que se repasan en el libro
(desde el aborto a la eutanasia).
Descartadas estas posibles significaciones de
“moralmente tolerable”, sólo quedan las que se refieren a la inmoralidad
objetiva de la conducta en cuestión. Una de dos: o Blázquez piensa que en la
anticoncepción con preservativos y en la fecundación artificial homóloga, no
hay una propia transgresión de ningún precepto natural, o que esta transgresión
ha dejado de ser grave para pasar a ser leve.
Se analizará primero la segunda posibilidad. Los términos magisteriales recordados más arriba, indican claramente que en todas estas materias estamos frente a principios éticos y antropológicos fundamentales, por lo que difícilmente puede admitirse que violaciones directas en su contra, como sucede en los actos defendidos por Blázquez, puedan ser consideradas “moralmente tolerables” en el sentido de constituir faltas menores o leves.
En relación con la anticoncepción, cabe citar a
Lino Ciccone: “el acto conyugal implica valores de importancia moral muy grande
-algunos de ellos son realmente fundamentales- y que la anticoncepción los pone
seriamente en peligro, hasta llegar a destruirlos. De esta forma, resulta
evidente que, en la doctrina propuesta por el Magisterio, el uso de
anticonceptivos en la realización del acto conyugal constituye materia grave de
pecado, y además, es un comportamiento ‘intrínsecamente deshonesto’: por tanto,
nunca resulta lícito, independientemente del motivo y de la finalidad con que
se haga” (L’Osservatore Romano 24-I-1997, p. 9). También en entera continuidad
con la Encíclica de Pablo VI, el Catecismo de la Iglesia Católica repite
textualmente la reprobación moral de los anticonceptivos, calificando su uso de
acción “intrínsecamente mala” (Nº 2370).
Si esto es así para la anticoncepción, ha de
sostenerse lo propio para la desnaturalización del acto conyugal realizada a
través de la inseminación artificial o la fecundación in vitro. Más en
esta última donde se añade a la inmoralidad sexual, la lesión a la vida de los
embriones que se procrean, los cuales aunque sean transferidos al útero materno
y no se desechen, son colocados deliberadamente en una situación de extremo
peligro en la que estadísticamente tienen muchas más posibilidades de morir que
de vivir.
Finalmente, la cuarta posibilidad de lectura de la
expresión “moralmente tolerable”. Si lo que el autor del libro ha querido
defender es que en los casos y con los requisitos que él precisa, tales
conductas pasan a estar legitimadas y no hay ya inmoralidad concreta en ellas,
ello resulta todavía más infundado que la tesis impugnadas.
En efecto, el recurso al principio de que la
aplicación práctica de normas generales puede llevar a modificar la
calificación moral de las conductas no parece ser más que un sofisma. La
invocación del texto de Santo Tomás de Aquino (S. Th. I-II, q.94, a. 4)[2]
es para estos efectos impertinente; ahí el Aquinate se refiere a la
universalidad de la ley natural y no al problema de los absolutos morales. Y si
bien afirma que los preceptos particulares pueden tener excepciones no contempladas
en su formulación general, lo hace siempre pensando en los preceptos que mandan
conductas positivas, pero ninguna excepción puede tener lugar tratándose de
preceptos morales negativos, que mandan abstenerse de conductas prohibidas (no
matar, no mentir, etc.) ya que nunca habrá una propia imposibilidad de observar
la abstención debida.
En cualquier caso, Niceto Blázquez no parece
advertir que en materias de Bioética, el Magisterio de la Iglesia ha venido en
ayuda para discernir la aplicación de los principios morales generales a las
conductas concretas y prácticas, ya que tal labor no es sencilla de realizar
por el solo esfuerzo intelectual. He aquí la gran utilidad de la función
magisterial de la Iglesia Católica: iluminar la aplicación de los principios
morales generales a estas nuevas realidades surgidas por los avances
biomédicos. Por eso, parece francamente insólito que cuando, después de serios
y largos estudios y reflexiones, la Suprema Autoridad de la Iglesia ha
declarado, de un modo formal, solemne y sostenido en el tiempo, que una
determinada conducta concreta es gravemente deshonesta e ilegítima, alguien
pretenda desembarazarse de tales pronunciamientos atribuyéndoles la categoría
de “afirmación de principios generales” que no se referirían a las realidades
prácticas y concretas a los que ellos deben aplicarse. Despejado así el terreno,
entonces el Magisterio de la Iglesia puede ser sustituido por la opinión del
teólogo o moralista de turno.
En los textos del Magisterio de Bioética, estamos
frente al juicio moral sobre actos concretos (la anticoncepción, la fecundación
artificial o in vitro) que la Iglesia califica de acuerdo a cómo Ella
entiende que deben ser aplicados los principios generales. Si se quiere refutar
estas conclusiones, cabría hacerlo, pero no con el impropio recurso de negarles
autoridad distorsionando sus finalidades.
El segundo argumento que parece invocar nuestro
autor es el del mal menor. En estos casos, la moralidad de la conducta se
deduciría de que el agente tendría ante sí dos opciones, de las cuáles una es
menos mala que la otra, y por ello estaría legitimado para obrar optando por la
menos mala. El texto de la Encíclica Humanae Vitae es suficiente para
refutar la falacia de este argumento: “Tampoco se pueden invocar como razones
válidas, para justificar los actos conyugales intencionalmente infecundos, el
mal menor... En verdad, si es lícito alguna vez tolerar un mal moral menor a
fin de evitar un mal mayor o de promover un bien más grande, no es lícito, ni
aun por razones gravísimas, hacer el mal para conseguir el bien, es decir,
hacer objeto de un acto positivo de voluntad lo que es intrínsecamente
desordenado y, por lo mismo, indigno de la persona humana, aunque con ello se
quisiere salvaguardar o promover el bien individual, familiar o social” (nº
14).
En síntesis, nunca se puede hacer el mal (por
menor que parezca): “No está permitido hacer el mal para obtener un bien” (Catecismo
de la Iglesia Católica nº 1756). Específicamente, sobre la imposibilidad de
invocar el argumento del mal menor en el uso de preservativos, puede verse el
discurso de Pío XII, “Le septième Congrès”, 12-IX-1958, nº 13.
En cuanto al tercer argumento que se basa en que
a lo imposible nadie puede estar obligado, y que los comportamientos heroicos
deben catalogarse como imposibles o no exigibles a todos, la misma Encíclica Humanae
Vitae ahorra mayores comentarios: “La doctrina de la Iglesia en materia de
regulación de la natalidad, promulgadora de la ley divina, aparecerá fácilmente
a los ojos de muchos difícil e incluso imposible en la práctica. Y en verdad
que, como todas las grandes y beneficiosas realidades, exige un serio empeño y
muchos esfuerzos de orden familiar, individual y social. Más aún: no sería
posible actuarla sin la ayuda de Dios, que sostiene y fortalece la buena voluntad
de los hombres. Pero a todo aquel que reflexione seriamente, no puede menos de
aparecer que tales esfuerzos ennoblecen al hombre y benefician la comunidad
humana” (nº 20).
Las exigencias de la moral sexual están al
alcance de todos los que se empeñan en responder con fidelidad y rectitud de
intención a la llamada que Dios formula a cada ser humano a lograr su plenitud
como tal. No es de héroes, es de hombres normales, pero íntegros.
En todo caso, debería advertir el autor que lo
que él sostiene como razones justificadoras para “tolerar” los preservativos y
la procreación artificial homóloga (aplicación práctica, mal menor, no se está
obligado a lo heroico) son perfectamente proponibles respecto de todas las
conductas que él en su mismo libro no duda en denunciar como alta y gravemente
inmorales. Pero, ¿por qué no sería, al menos en ciertos casos y con ciertos
requisitos, “moralmente tolerable” el aborto? ¿No hay aquí también la
posibilidad de decir que los textos magisteriales hablan desde el limbo de los
principios generales, por lo que es necesario ir a casos particulares donde
podrían tolerarse ciertas conductas abortivas? ¿No cabe tampoco aquí la alusión
a que en ciertos supuestos el aborto sería un mal menor frente a los daños que
puede producir un hijo no deseado, con malformaciones o infectado con el virus
HIV? ¿No es posible tampoco imaginar supuestos en los que la continuación de un
embarazo sea demasiado para pedirle a una pobre mujer abrumada, y que no desea vestir
túnica de héroe ni de santa? Si ninguna de estas argumentaciones sirve para
declarar solemnemente como “tolerable” el aborto en ciertos casos, fijando in
abstracto sus requisitos y condiciones, no se ve cómo puede pretenderse que
ello sí sea válido para la anticoncepción o la procreación artificial.
En el fondo, en gran medida el libro resulta
coherente y fiel expositor de la doctrina católica, sin embargo, en los dos
aspectos que se han descrito, el autor parece dejarse arrastrar por las
poderosas influencias de las teorías éticas en boga, y principalmente por las
del consecuencialismo proporcionalista. Lo que parece latir, bajo los textos de
Blázquez, es un análisis de la moralidad de estos actos, no según el objeto
elegido racionalmente por la voluntad humana deliberada (Santo Tomás de Aquino S.
Th. I-II, q. 18, a. 6), sino única y exclusivamente por las intenciones
subjetivas de los agentes y la ponderación proporcional de los resultados que
se prevén de su actuación. Estas nuevas corrientes éticas han sido expresamente
rechazadas por el Magisterio, y el mismo Juan Pablo II ha dedicado la Encíclica
Veritatis Splendor a denunciar la distorsión en la que incurren: “la
consideración de estas consecuencias - así como de las intenciones- no es
suficiente para valorar la cualidad moral de una elección concreta. La
ponderación de los bienes y de los males, previsibles como consecuencia de una
acción, no es un método adecuado para determinar si la elección de aquel comportamiento
concreto es ‘según su especie’ o ‘en sí misma’, moralmente buena o mala, lícita
o ilícita. Las consecuencias previsibles pertenecen a aquellas circunstancias
del acto que, aunque puedan modificar la gravedad de una acción mala, no pueden
cambiar, sin embargo, la especie moral” (Veritatis Splendor nº 77).
Agrega el Catecismo de la Iglesia Católica que “el objeto de la elección puede
por sí solo viciar el conjunto de todo el acto. Hay comportamientos concretos ‑como
la fornicación‑ que siempre es un error elegirlos, porque su elección comporta
un desorden de la voluntad, es decir, un mal moral” (nº 1755).
Es obvio que Niceto Blázquez puede sostener una
concepción ética diversa de la que acoge la doctrina del Magisterio de la Iglesia,
y oponerse a las conclusiones que éste ha deducido al confrontar los principios
de la ley natural con las realidades técnicas que surgen en los tiempos que
vivimos. Lo que no resulta admisible es que defienda tales ideas disímiles como
“concreciones” de la moral católica, que colmarían supuestas lagunas de la
doctrina magisterial, ni que lo haga amparándose en el marco general de la
doctrina de la Iglesia.
H.C.T. - D.E. (2000)
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[1] Una recopilación de textos magisteriales se puede encontrar en: SARMIENTO, Augusto, El don de la vida. Textos del Magisterio de la Iglesia sobre Bioética, BAC, Madrid 1996.
[2] Una denuncia de la utilización abusiva del pasaje de I-II, q.94, a.4, puede encontrarse en el libro FINNIS, John. Absolutos morales, Eiunsa, Barcelona 1992, pp. 83-84.