Eclesiología. Salvador Pié-Ninot. (Sobre las prelaturas personales).- Webmaster
Fecha Monday, 09 April 2007
Tema 110. Aspectos jurídicos


EclesiologiaECLESIOLOGÍA
La sacramentalidad de la comunidad cristiana
Salvador Pié-Ninot*
Ediciones Sígueme
Salamanca 2007-04-07, 669 páginas

 

*Salvador Pié Ninot es doctor en teología por la Pontificia Universidad Gregoriana y Profesor Ordinario de Teología Fundamental y Eclesiología tanto en la Facultad de Teología de Cataluña como en la Universidad Gregoriana de Roma.  Publicamos lo referente a las Prelaturas Personales. 

d) Territorialidad de la Iglesia local: el elemento determinativo 

Es obvio que en su larga historia la palabra diócesis connota necesariamente la referencia a una circunscripción territorial fruto de su origen administrativo profano, de tal manera que al menos desde el siglo IV tenemos testimonios que la designan como «el territorio confiado a un obispo» (cf. Agustín, Ep. 209, 8; concilio de Toledo: can. 20: episcopus per dioecesim destinare; Inocencio I, Ep. 40, en PL 20, 607; dioecesis vocabulum pro territorio episcopali, en Hilario, Gelasio, Vigilio, etc.; concilio de Nicea, canon 820). En cambio, Christus Dominus, 11, y el Código de derecho canónico de 1983, excepto el canon 372, § 1, silencian la naturaleza territorial de la diócesis, que aparece simplemente presente «sobre» un territorio a causa del interés por agruparla con sus «asimiladas», las cuales están delimitadas también según el concepto de territorialidad (prelaturas y abadías territoriales, vicariatos, administraciones apostólicas...)

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