Informe sobre el Catecismo de la Obra (y III).- Doserra
Fecha Friday, 19 January 2007
Tema 110. Aspectos jurídicos


 

INFORME SOBRE EL CATECISMO DE LA OBRA

Comparación entre las redacciones y

 

Doserra, 19 de enero de 2007

 

y III

Modificaciones sustanciales y párrafos añadidos

 

 

Catecismo de la Obra, 6ª edición (año 1995)

Catecismo de la Obra, 7ª edición (año 2003) 

 

    

    C) Modificaciones sustanciales de la redacción.

 

        7. Son modificaciones del contenido de las respuestas que no pueden considerarse de tono menor ni secundarias, porque afectan al fondo de los temas considerados. He detectado éstas:...



        a) En los actuales números 109-110 (= 100-101) se ha sustituido Consiliario por Vicario. Pero no deja de ser curioso que el título de “Consiliario” se resucite más adelante en un  punto de nueva redacción, el número 326, referido ahí a toda la Prelatura y no sólo a la Sección de mujeres, como sucedía en la redacción anterior de donde procede (número 319 Ctm 6ª). Vicario o Consiliario se usan indistintamente en el mismo número 110, en su párrafo de letra menuda, y en los números 60 (= 51) y 81 (= 72).

 

        b) El enunciado del actual 164 (= 155) elimina la expresión bienes patrimoniales, y ahora se habla de bienes que no proceden de su trabajo profesional. También se hace este cambio en el actual número 166 (= 157). La nueva expresión es sin duda más acertada porque permite distinguir claramente, sin necesidad de tecnicismos jurídicos, qué queda afectado y qué no (del patrimonio de los fieles) por el hecho de su incorporación a la Obra, y en qué modo o de qué manera.

 

        c) El actual 218 (= 209) —que preguntan ambos diciendo ¿De qué temas se trata en la Confidencia?— presenta una redacción nueva frente a la antigua. He aquí los textos:

 

 Ctm 6ª número 209

 Ctm 7ª número 218

     En la Confidencia, se trata: 1) del cumplimiento de las Normas y Costumbres; 2) de la realización de las labores apostólicas, y en especial del encargo apostólico concreto; 3) del empeño por santificar el trabajo, santificar a los demás y santificarse con el trabajo; 4) y de la ejecución de las tareas encomendadas por el Consejo local.

     Para hacer bien la Confidencia, convendrá tratar de qué modo se viven:

     1) las Normas y Costumbres;

     2) la fe, la pureza y la vocación;

     3) el apostolado personal y el encargo apostólico concreto;

     4) la santificación del trabajo;

     5) los encargos recibidos del Consejo local.

      

   Y siguen a continuación los párrafos en letra más menuda:

 

     Si se desea hacer la Confidencia con la máxima sencillez, que es señal indudable de buen espíritu y ayuda a progresar en el camino espiritual, convendrá tratar también: 1) de cuanto se refiera a la fe, a la pureza y a la vocación; 2) del modo de cumplir las Normas y, de manera especial, de la Santa Misa, de la oración, de la mortificación y de los exámenes de conciencia; 3) del amor a la Santa Iglesia y a la Obra; de la petición por el Romano Pontífice y por los Obispos en comunión con la Santa Sede; 4) del espíritu de filiación a nuestro Fundador y al Padre, de fraternidad y de proselitismo; de las preocupaciones, tristezas o alegrías; 5) de la oración y mortificación por el Padre y por todos los miembros de la Obra.

    Y todo con brevedad y humildemente

 

     Además convendrá tratar también:

 

   1) del amor a la Santa Iglesia y a la Obra; de la petición por el Romano Pontífice y por los Obispos;

 

   2) del espíritu de filiación a nuestro Fundador y al Padre, de fraternidad y de proselitismo; de las preocupaciones, tristezas o alegrías;

 

   3) de la oración y mortificación por el Padre y por todos los fieles de la Obra.

 

     Y todo con brevedad y humildemente, con la máxima sencillez, pruebas indudables de buen espíritu y medios para progresar en el camino de la santidad.

        Pienso que este asunto tiene mucha importancia, pues no deja de sorprender que, después de más de 75 años desde la fundación del Opus Dei, uno de sus medios básicos de dirección espiritual personal necesite explicaciones “nuevas”, tan diferentes.

        Y sobre todo, comparando ambas redacciones, se advierte que el nuevo texto empeora la redacción antigua: confunde, más que aclara, sobre la naturaleza y el sentido de este medio de formación, si se contrasta con la noción tradicional de dirección espiritual en la Iglesia. Esta “modificación” no existía lógicamente cuando se compuso el volumen sobre Experiencias sobre el modo de llevar charlas fraternas, que a veces menciona expresamente la redacción antigua del Catecismo. En este sentido, no puede decirse que los redactores de la 6ª y de la 7ª edición del Catecismo discrepen sobre el modo de entender la dirección espiritual personal en la institución, a pesar de la variedad de redacciones. Y, como es sabido, este tema suscita muy serias reservas, morales y doctrinales. Afortunadamente, Oráculo se ha ocupado de realizar comentarios sobre el asunto, que no deberían ser ignorados por nadie.

        Por mi parte, pienso que carece de sentido que, a estas alturas de la historia, haya “vacilaciones de redacción” sobre este aspecto de la espiritualidad de la Obra, pues en parte es “vacilar” de nuevo sobre el tema: algo más preocupante todavía cuando “las novedades” no parecen estar orientadas in favorem libertatis.

        Y, sin embargo, la sensibilidad hacia la libertad personal sí que debería ser nuclear en la espiritualidad del Opus Dei, como recuerda el prólogo del libro De spiritu et de piis servandis consuetudinibus, con palabras del Fundador: “He querido sobre todo que en vuestra mente y en vuestro corazón quede grabado firmísimamente algo que de ningún modo puede considerarse meramente externo, sino que, por el contrario, constituye como el quicio y fundamento esencial de nuestra vocación: que debemos tener en todo alma verdaderamente sacerdotal y mentalidad plenamente laical, de manera que podamos comprender y cultivar en nuestra vida la libertad personal de que gozamos, tanto en el ámbito eclesial como en los asuntos temporales, sabiéndonos a la vez ciudadanos de las dos ciudades: la divina y la terrena”.

 

        d) Se ha modificado la respuesta del actual 272 (= 264) al cambiar la expresión según norma jurídicamente reconocida por la Santa Sede. Y luego cambia también la redacción de su párrafo segundo de letra menuda, ya que la antigua redacción decía: La Santa Sede dio además al Padre la facultad de determinar qué bienes de los que usa la Prelatura para sus actividades apostólicas se consideran eclesiásticos. Esta solución, que nuestro Padre adoptó desde el principio por luz recibida de Dios, ha sido confirmada por una prolongada y venturosa experiencia. Esa claridad de ideas llevó a nuestro Fundador a luchar, desde el principio de la Obra, para que quedara plasmada en los sucesivos documentos institucionales esta característica del espíritu y del trabajo laical y secular del Opus Dei.

 

        e) En el actual número 283 (= 275) se ha ampliado el primer párrafo en letra menuda con una matización importante: Estas obras no son oficialmente católicas; sino tareas, seculares y laicales, promovidas pro ciudadanos entre sus iguales, con arreglo a la ley civil, mediante un trabajo de carácter profesional, siempre impregnado de espíritu cristiano.

 

        D) La adición de nuevos párrafos o números.

 

        8. a)  Los actuales números 23-24-25 sustituyen a los antiguos números 15-16 de Ctm 6ª. En realidad, el número 15 se mantiene como el actual 23, pero eliminando del enunciado y respuesta de la pregunta la referencia a la beatificación. Y el número 16 se mantiene como 24, con algunos cambios de matices en la redacción y, suprimiendo íntegramente su párrafo último, que se usa en parte para la redacción del último párrafo del actual número 25 sobre la canonización, que es la novedad más sustancial en estos cambios.

 

        b) Tras el actual número 285 (= 277) se añade el nuevo número 286 que dice: “¿Y puede la Prelatura promover o prestar su asistencia a obras de carácter eclesiástico u oficialmente católicas?” La Prelatura en cuanto tal puede excepcionalmente promover o prestar su asistencia a obras de carácter eclesiástico u oficialmente católicas; por ejemplo, seminarios, facultades eclesiásticas, etc.” Este tema es tan importante como el comentado anteriormente en el apartado C) c), porque toca aspectos sensibles del espíritu de la Obra, y que el Fundador había subrayado públicamente en su conocida Homilía del campus de la Universidad de Navarra en octubre de 1967:

«También las obras, que ‑en cuanto asociación‑ promueve el Opus Dei, tienen esas características eminentemente seculares: no son obras eclesiásticas. No gozan de ninguna representación oficial de la Sagrada Jerarquía de la Iglesia. Son obras de promoción humana, cultural, social, realizadas por ciudadanos, que procuran iluminarlas con las luces del Evangelio y caldearlas con el amor de Cristo. Un dato os lo aclarará: el Opus Dei, por ejemplo, no tiene ni tendrá jamás como misión regir Seminarios diocesanos, donde los Obispos instituidos por el Espíritu Santo preparan a sus futuros sacerdotes» (Conversaciones, n. 119).

Pues bien, a mi entender, no puede suceder que lo que pueda aceptarse como excepción, por la flexibilidad que a veces reclama la vida misma, se transforme en algo estable, que absorbe además una buena parte de las energías de la Prelatura como tal institución.

 

        c) El actual 293 (= 284) se amplía con un párrafo final, en letra menuda, cuyo sólo contenido habla por sí mismo: Toda la labor de proselitismo se realiza siempre con el máximo respeto a la intimidad y a la libertad de las personas.

 

        d) Al actual número 325 (= 317) sigue otro que es de nueva redacción, el actual número 326, que dice: “¿Qué condición tiene, en cada Región, el Consiliario? El Consiliario tiene, para toda la Región, la condición de Vicario del Padre. Ejercita los deberes de su cargo nomine et vice Patris et ad eius mentem, haciendo las veces del Padre y según la mente del Padre”. Desde la perspectiva canónica de la Prelatura como “estructura jerárquica”, su contenido no deja de resultar extraño.

        ¿Cuál es la relación del Vicario Regional con los demás Vicarios en la línea de la potestad?, ¿es un “Vicario General Regional” sobre los demás Vicarios? No parece que todo esto tenga mucho sentido; probablemente sea éste uno de los temas resueltos en los recientes “decretos generales” del Prelado, cuyo contenido sería interesante conocer, si en efecto determinan las competencias propias de unos y otros Vicarios y, por tanto, los contenidos canónicos de cada vicariedad.

        La redacción del nuevo número 326 tiene, pues, pretensiones concretas. Su texto se ha tomado literalmente del antiguo número 319, ahora suprimido de su lugar (después del antiguo 318 = actual 327), donde se refería exclusivamente a la Sección de mujeres. Ahí se decía literalmente: “Para las mujeres, ¿qué condición tienen, en cada Región, el Consiliario y el Sacerdote Secretario? Para las mujeres, el Consiliario y el Sacerdote Secretario tienen, en cada Región, la condición de Vicarios del Padre, y siempre ejercitan los deberes de su cargo nomine et vice Patris et ad eius mentem, haciendo las veces del Padre y según la mente del Padre”.

 

        e) Al actual número 327 (= 318) se le han añadido los párrafos finales en letra menuda, cuya redacción se toma del antiguo número 320, ahora suprimido, y en parte motivado también por la supresión del antiguo 313.

        El antiguo número 313 decía: “¿Quién gobierna la Sección de mujeres? Gobierna la Sección de mujeres el Padre con el Vicario Auxiliar, si lo hay, el Vicario General, el Vicario para la Sección de mujeres o Vicario Secretario Central, y las Numerarias que tienen cargos en la Asesoría Central: Secretaria Central, Secretaria de la Asesoría, Vicesecretarias de San Miguel, de San Gabriel y de San Rafael, Delegadas Regionales, Prefecta de Estudios, Prefecta de Auxiliares y Procuradora Central”. Y concluía con otro párrafo más en letra menuda: “Ayudan al Padre y a la Asesoría Central, en la dirección de la Sección de mujeres, la Dirección Espiritual y otros organismos —formados por mujeres — que son paralelos a los que hay para la Sección de varones”.

        Sobre el antiguo número 320, véase supra el apartado B) g). Y, en efecto, concluye con los párrafos en letra menuda que ahora aparecen en el actual número 327.

 

        f) El actual número 348 (= 341) amplía el párrafo final con la expresión por ejemplo, mediante Decretos Generales, una noción que presupone la vigencia del Código latino de 1983.

 

        9. Para concluir, en suma, dejando a un lado las supresiones de algunos puntos del Ctm 6ª y la adición de los número 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12 13 en Ctm 7ª, existen modificaciones en un total de otros 34 números: los puntos 18, 23, 24, 25, 46, 77, 78, 80, 90, 109, 110, 164, 166, 187, 206, 218, 235, 240, 272, 283, 285, 286, 292, 293, 302, 321, 322, 324, 325, 326, 327, 327, 329, 348. Los cambios son de entidad muy diversa, afectan a una amplia variedad de asuntos y, sobre todo, algunas “novedades” reclaman una reflexión más honda, más seria, más rigurosa, sobre lo que suele considerarse espíritu del Opus Dei, si en verdad se cree que eso es algo distinto e independiente del arbitrario albur de quienes rigen la institución.

        Por otra parte, la “inconsciencia” sobre los cambios realizados en la que viven instalados la generalidad de los fieles de la Prelatura, por deseo expreso de su Prelado y Directores, no puede decirse en efecto que sea un sentido maduro de la responsabilidad sobre la propia institución. O ¿es que también esto es sólo tarea y responsabilidad de los Directores? Si los documentos del Concilio Vaticano II han venido a subrayar la responsabilidad general de los fieles todos sobre la Iglesia misma y su misión, ¿qué sentido tiene ahora marginar a los fieles del Opus Dei o, más exacto, a la mayor parte de todos ellos, de esos debates y trabajos que conducen a la expresión más adecuada de su propia espiritualidad?

 

Saludos cordiales,

 

Doserra

 

Catecismo de la Obra, 6ª edición (año 1995)

Catecismo de la Obra, 7ª edición (año 2003)

 

 

FIN DEL INFORME

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