No era esto, no era esto... - Lappso
Fecha Monday, 12 September 2005
Tema 110. Aspectos jurídicos


Y seguimos con las jurispreciosidades a cuestas. Que si los Estatutos son así o asá, y que por eso las glosas no valen; que si los laicos son propiamente de (o más bien sólo colaboran en) la Prelatura; que si el contrato tiene o no tiene validez; que si en realidad mandan los curas y eso no era lo que nuestroqueridísimofundador deseaba; incluso, que si los votos que hicimos y no hicimos tenían valor real; que si el cum-proprio-pópulo era esencial para ellos y por eso Ratzinger les desfloró el A y se tuvieron que conformar con el plan B….

 

No sé. Ando bastante enfadado con ellos por la cuestión esta, como luego supongo que os contaré, y me gustaría equivocarme. Pero para empezar, rotundamente le supongo a la obradedios tres inmensos atributos, tres, que son:   una inmensa capacidad intelectual, jurídica e intra-eclesiástica (que me inclina a pensar que lo que han hecho es –como mínimo- una de las mejores cosas que deseaban hacer);   la holgura ética suficiente como para tener mucho más en cuenta su particular concepto del propio carisma que la plena transparencia frente a la Iglesia;   y la exactísima fidelidad a los dictados de su queridísimofundador, que por nada del mundo trastabillarían en ningún caso y bajo ningún concepto (so pena de que sus amadísimoshuesos sobresaltaran la paz de la Paz, como maldijo su primer prelado)...



O sea: el trabajo jurídico lo han tenido que hacer bien, muy bien. Seguro. Y lo más probable es que no les haya costado ningún esfuerzo volver a ceder sin conceder, pero esta vez no con ánimo de recuperar, sino de ya nos organizaremos por dentro como siempre hemos hecho, que al fin y al cabo el retemblor de las campanas de Santa Engracia están muy por encima de los escrúpulos legales que quienes no nos entienden del todo se obstinan en satisfacer. Al fin y al cabo, queridísimos miembros del Consejo, lo importante es que nuestro espíritu quede intacto, que salte a la vista que no somos religiosos ni nada que se le parezca, que dejemos ya de una vez esos dolorosos votos que tantas lágrimas arrancaron a nuestroadmiradísimoysantopadre, que sus disposiciones queden a salvo sin que nadie las toque ni una coma, que accedamos a una autonomía de funcionamiento definitiva para que nunca más los de siempre (o los de ahora) se inmiscuyan en nuestra casa, que vuestros hermanos se den cuenta de que en realidad esto no cambia nada, porque nada podrá cambiar jamás en la obra: os lo dije en aquel momento histórico e irrepetible y os lo repito ahora; y si hay que quedarse sin el proprio-pópulo, pues qué más da, si nuestro pópulo es el más proprio que hay. Lo esencial permanece y queda potenciado: todo continuará exactamente igual que antes, excepto que nadie nos podrá confundir con lo que no somos y que podremos funcionar con mucha más independencia que antes. Por eso, poned mucho cuidado al explicarlo para que nadie tenga la mínima sensación de que cambia algo de nuestro espíritu o de nuestra praxis. Porque no es así, ni lo será nunca.

 

A un viejo ministro español, uno de sus ayudantes le preguntó la causa de su satisfacción al terminar una sesión en la que el Parlamento había rechazado la inclusión en determinada Ley de algunas importantes iniciativas suyas. Nuestro hombre sentenció: dejémosles a ellos las leyes, que ya haré yo los reglamentos. Como taimado e inteligente profesional, se conformaba con el resultado final y restaba importancia a las grandes palabras. Y es que hay muchas ocasiones en que no hace falta que una ley (o un contrato, o unos Estatutos prelaturísticos) prescriba lo que uno quiere que prescriba: basta con que lo mencione de un modo no del todo concreto, que no lo mencione, o incluso que no lo prohíba taxativamente.

 

La pequeña historia de cada uno de nosotros está repleta de episodios en los que escuchamos confiadamente y de buena fe trozos de verdad plenamente satisfactorios, que al cabo del tiempo, con la luz que derrama la libertad interior, se nos aparecieron como descaradas mentiras. Sutiles, con sus gramitos de realidad, bien elaboradas, con sus puntitos defendibles, incluso dulces ….  pero descaradas mentiras al fin y al cabo en sus efectos prácticos para nuestras vidas. Y me da me da me da que la gran historia jurídica de esta gente es una aleación de dos sólidos metales:  la mentalidad de aquel viejo político (sabio, pragmático) que “se conformaba” con hacer los reglamentos, y esa práctica universal de los directores hacia adentro (y los propagadores hacia fuera) que consiste en decir solamente lo estrictamente imprescindible para que el sobreentendido y el afán de agradar hagan el trabajo sucio de mover la voluntad de las personas hacia el comportamiento que se trata de inducirles.

 

Tras darla algunas vueltas más, incluida la buena aportación al tema que nos trajo Federico el día dos de septiembre, estoy muy triste y más convencido que antes de varias cosas:

 

  1. Que los viejos Estatutos siguen vigentes en muchas de sus disposiciones, sobre todo las más concretas, las que aluden a la praxis diaria, las más prolijas, que coinciden obviamente con las más difíciles de explicar ahí afuera, en ese mundo libre que les contempla. Que para todo aquello que los nuevos Estatutos no derogan con claridad o expresamente, permanecen en vigor los de antes. No sólo de hecho, sino oficialmente, con todas las de la ley, aunque no se diga nunca y si me apuráis aunque no todos los legisladores externos se hayan dado cuenta de ello.  Ese es el sentido de que digan los nuevos Estatutos que sus miembros (…) están obligados con las mismas obligaciones y guardan los mismos derechos que tenían en el régimen jurídico precedente, a no ser que los preceptos de este Códice establezcan otra cosa expresamente (…).  Y esa es la razón de que, por una parte, no haya en el nuevo Estatuto una clara derogación general del antiguo régimen, y por otra que hayan renunciado a incluir en él multitud de asuntos que sí se regulaban concretísimamente en el anterior.

 

  1. Sí les mola la solución jurídica de la prelaturosidad. Y les mola definitivamente. No tanto por el trabajito que les (que nos) costó o porque sea exactamente óptima, sino porque, por un lado, su propia naturaleza conlleva la permanente legitimidad de sus actuaciones (de alguna manera, cuando la obra actúa es la Iglesia quien actúa, ya que forma parte de su estructura jerárquica tanto como la diócesis de Poyensa-Calviá o el Dicasterio de Chóferes Cardenalicios); y por otro, porque les dota de una inagotable autonomía reguladora, sobre todo para sus laicos, que al no ser Miembros sino Fieles pueden (oficialmente, claro) limitarse a optar libremente por seguir el dictado de una larga ristra de obligaciones que no es necesario incluir en la Ley porque   (primero)ya basta para eso con el correspondiente reglamento ejecutivo, y    (segundo)al fin y al cabo no afectan específicamente a los verdaderos miembros (los sacerdotes), cuyo régimen sí está más tasado globalmente por el propio derecho canónico aunque para ellos se admitan grados de estrangulamiento vital más específicos en el seno de la Iglesia.    ¿Que resulta que da la casualidad de que de hecho ninguno de los fieles numerarios de la prelatura va jamás al cine o al fútbol? -Pues qué cosas, fíjese, Eminencia, qué grado de dedicación a nuestra santamadreiglesia tienen estos céilbes hijos míos, que no tienen tiempo ni para eso, a ver si cunde el ejemplo...   ¿Que resulta que de hecho todos los fieles numerarios y agregados entregan todo su sueldo a la caja prelaticia? -Pues qué cosas, fíjese, Eminencia, qué grado de generosidad nos inculcó nuestrosantofundador, que pudiendo estos hijos míos limitarse a darnos lo que les sobra nos lo dan todo, pero lo que se dice todo. Por cierto, Eminencia: ¿de dónde ha sacado usted esos dos datos?, ¿no estará siendo víctima de insidiosas publicaciones que todo lo tergiversan y que a todo encuentran explicaciones no-sobrenaturales?
  2. 3. Que, en efecto, en lo puramente corporativo se trata de una estructura radicalmente clerical de principio a fin. Lo cual, por cierto, ya era así en los antiguos Estatutos, con la diferencia de que se nos explicaba que habíamos tenido que tragar con ello por imposición de los de siempre. Y resulta que no es en realidad la Cosa una institución de laicos, sino para laicos. Como la propia Iglesia -para lo organizativo e institucional- es una corporación para la gente pero de la jerarquía. En los niveles no locales, las decisiones son de los Vicarios, a los que ayuda o aconseja su equipito de gobierno bien dotado de laicos, que por tanto no deciden sino que asesoran (no digamos las laicas). Esta simple afirmación pertenece a la mismísima esencia del asunto: si eres una prelatura personal, o sea, como una diócesis pero sin territorio y sin efectos canónicos sobre tus fieles (aunque sí sobre tus curas)…  entonces eres una institución absolutamente clerical en la que mandar-mandar solamente mandan el obispo, sus vicarios y sus párrocos. Que por debajo de eso algunos de tus fieles vivan de ordinario juntos (ya de paso con tus curas)  y designes a unos cuantos seglares para que haya una cierta autoridad mundana en el día-a-día, pues vale; que le des nombre a eso, que digas que hay secretarios y encargados de arreglos, pues vale. Pero tu estructura, el armazón que todo lo sostiene, la base y los pilares de tu organización …  son los curas, que actúan en nombre de tu prelado y de sus vicarios, que responden del ejercicio pastoral y no sólo del sacramental.

 

Y esto es lo que me desconcierta y me cabrea. Me desasosiega porque, elevado a categoría no sólo jurídica sino vital, destruye algo que antes-durante-y-después crei a pies juntillas: que la obra era un invento de laicos y para laicos, y que los curas solamente vinieron para cubrir las necesidades sacramentales de los socios y las socias; que el hecho de que a la cabeza de la Comisión y de la Delegación hubiera siempre un cura respondía únicamente a la necesidad de concentrar en ellos el gobierno de las dos secciones. Y resulta que no. Que en cuanto llega la prelaturez  –que han ansiado durante décadas-  y se destapa la filosofía real del asunto, son los curas los que realmente protagonizan el opusdei y se sirven de los seglares para que les echen una mano en la llevanza y crecimiento de esa especie de diócesis.

 

Pues si os digo la verdad, yo a eso no me hubiera apuntado. Yo creí siempre que éramos nosotros, los tíos y las tías, los dueños del asunto: que Dios le había inspirado a nuestropadre  -¡y ahí radicaba la novedad, coño!-  que no hacía falta ser cura y ponerse de negro y rezar el breviario y sonreir a todo quisque y no hablar de política para ser (no para estar: para ser) opusdei, una porción del pueblo de Dios plenamente responsable de su propia institución, con todas las de la ley, no como todos los demás, que siempre tienen que ir tras la estela de los curas, nosotros sí que somos guays, nosotros sí que somos revolucionarios en la Iglesia, que tenemos curas sólo por aquello del muro sacramental y porque alguien se tiene que ocupar de nuestrashermanas, pero esto es nuestro, la obradedios es nuestra, es de laicos, es la primera vez en la historia que al fin Dios demuestra con hechos institucionales la llamada universal a la santidad desde la mismísima almendrita de la laicidad, de la persona corriente y moliente que dirige almas, que gobierna una corporación de la iglesia sin importar si es o no cura mientras va por la calle con el mismo aire interior y externo que cualquier otro hijo de vecino. ¿Dónde queda lo específico, si al final y como en todas partes los laicos son comparsas de los dichosos curas?

 

Me he llevado una decepción, y os lo digo en serio. Cuando tienen la oportunidad de dejar claro para siempre que aquí los que furulan son los seglares,  la aprovechan para subrayar in aeternum todo lo contrario: que en realidad es una organización de curas que –eso sí- se dedican a que cada vez haya más laicos y sean mejores.

 

Eso no era. Eso no es lo que me contaron. Era exactamente al revés. Por eso los curas tardaron en llegar a la obra: hasta que hicieron falta como simples instrumentos sacramentales (ni siquiera pastorales).

 

No era eso. Y resulta que sí lo es. Y os digo solemnemente, en este momento histórico e irrepetible, que me toca los cojones haber estado sin saberlo en esas condiciones de subordinación corporativa a los sacerdotes. De haberlo sabido, jamás lo hubiera aceptado. Y desde luego no hubiera creido, como crei hasta hace unos días, que al menos se trataba de un aporte novedoso a la vida de la Iglesia.

 

Que no. Otra filfa, vaya.

 

Y van unas cuantas.

 

Lappso.

 







Este artículo proviene de Opuslibros
http://www.opuslibros.org/nuevaweb

La dirección de esta noticia es:
http://www.opuslibros.org/nuevaweb/modules.php?name=News&file=article&sid=5841