Contratos nulos.- José Antonio
Fecha Wednesday, 16 March 2005
Tema 020. Irse de la Obra


Ante el inminente 19 de Marzo, y la sugerencia de Isabel Nath (14-3)sobre aclaraciones jurídicas, quiero aportar mi granito de arena para ayudar a  los que piensan en no renovar sus compromisos con la opus el próximo sábado, día de San José.

 

Existe un aforismo jurídico según el cual ´lo que es nulo no produce ningún efecto´.

 

Este aforismo es aplicable a los que fuimos engañados y coaccionados por el opus para que aceptásemos su contrato, que somos la inmensa mayoría.

 

Y es que ocurre que cualquier contrato requiere para su validez un elemento esencial que es el consentimiento libre de las partes. Sin ese consentimiento libre no hay contrato; podrá haber una apariencia de contrato o un simulacro de contrato, en definitiva un contrato nulo, pero no un contrato válido.

 

Nuestro consentimiento no fue libre ni, por tanto, válido, porque fuimos intencionadamente engañados para prestarlo, de tal manera que el contrato con la opus estaba viciado de nulidad desde su raíz. En consecuencia se trata de contratos radicalmente nulos.

 

Analizando la situación desde ésta perspectiva, da igual que uno simplemente haya escrito la carta pidiendo la admisión, o que luego haya hecho la admisión, la oblación o la fidelidad. Todo eso es nulo. Y los contratos radicalmente nulos se dice en derecho que son ´inexistentes´ para remarcar que, al no existir, no producen ningún efecto, ni pueden ser subsanados.

 

En éstos casos lo único que existe es una apariencia de contrato que desde luego no obliga a las partes, ni jurídicamente ni en conciencia. Esa es la realidad, aunque los directores digan otra cosa.

 

Quiere ello decir que el que cumple las obligaciones que parecen derivarse de esa apariencia de contrato lo hace porque quiere o  porque su ignorancia jurídica –inducida por la institución- le lleva a creer que sí está obligado; y el que decide dejar de cumplirlas no está dejando de cumplir ningún contrato, porque en realidad no hay contrato. Así que tranquilos, que Dios sabe que nos engañaron y ellos –los que mandan en el opus- también lo saben.

 

No obstante, conociendo la confusa situación jurídico-espiritual creada por el opus en la mente de sus fieles, puede ser razonable para una mayor tranquilidad de conciencia -especialmente en quienes han hecho la fidelidad- seguir el procedimiento establecido para destruir hasta la apariencia de  contrato. Desde luego, sin dejarse avasallar, más bien exigiendo una pronta solución.

 

Para quienes sólo han hecho la oblación, incluso en el improbable supuesto de que su contrato fuera válido –que es mucho suponer dado que el engaño y la coacción padecidos lo impiden- sólo estarían obligados jurídicamente hasta el 19 de Marzo, fecha en la que, con no renovar, se acabó.

 

Besos y abrazos para todos.

 

José Antonio.

 

 

 









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