Inmiscuirse en sus comunicaciones. Para Rocío.- Chamogüiny
Fecha Tuesday, 21 September 2004
Tema 060. Libertad, coacción, control


Estimada Rocío:

La Constitución Española, en su artículo 18, párrafo 3º, dice textualmente: "Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial". Y en el artículo 13 se decreta que los extranjeros tienen los mismos derechos que los españoles, excepto los políticos.

Tu hija tiene derecho a comunicarse contigo y con quien quiera, sin que nadie pueda inmiscuirse en sus comunicaciones. Si ese derecho es violado por alguna persona, tal conducta puede ser motivo de denuncia ante la Policía. Además deberías considerar si tu hija se merece seguir viviendo en un lugar semejante.

Un cordial saludo.

Chamogüiny.







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