Más sobre dónde ubicar jurídicamente a los laicos del Opus Dei.- Nocompensa
Fecha Friday, 20 May 2022
Tema 110. Aspectos jurídicos


Agradezco a Antonio Moya Somolinos su detallada respuesta a mi pregunta y también a Haenobarbo (7 páginas nada menos). Comparto en general todas vuestras reflexiones, pero en un aspecto coincido más con Antonio Moya Somolinos que con Haenobarbo. Antonio dice que hay que encontrar algún tipo de solución jurídica para los laicos del Opus Dei mientras que Haenobarbo sostiene que no hace falta, que basta con el contrato.

Es verdad que, de hecho, la mayoría de los laicos del Opus Dei no se plantean esas disquisiciones jurídicas y se consideran como “pertenecientes al Opus Dei”. Sin embargo, jurídicamente parece que los laicos no “pertenecen” al Opus Dei sino que están “vinculados” con él mediante contrato de cooperación “orgánica”. Está claro dónde no están, pero no está claro donde “están” o dónde se ubican jurídicamente: no me cuadra que sean simples fieles de diócesis o parroquias con un contrato verbal con una Prelatura. Porque tanto que Haenobarbo habla de contrato, pero de hecho no hay contrato sino una carta de familia en la que se escribe a alguien a quien no conoces para que te deje pertenecer… y además no hay respuesta porque solo el hecho de que “te dejen” escribirla ya hace que “seas, o sea, que ya has pitado y ya eres”. El Derecho es importante y también en la Iglesia que vive en el mundo. Lo que supondría que hablando con propiedad no se podrían utilizar expresiones tales como “un miembro” del Opus Dei (pues no se pertenece jurídicamente a nada, no hay membresía); tampoco “es del Opus Dei” sino más bien” está vinculado con… o coopera orgánicamente con…”.

Es verdad que el Opus Dei defiende un “carisma” y un “espíritu” que muchos pueden vivir, seguir y comprometerse a difundir y ese carisma es casi lo más importante, sobre todo si se cree que viene de Dios, pero lo de “pertenencia” a una institución que acoge ese carisma está clara para presbíteros, pero no para los laicos. Y eso es algo que en mi opinión tarde o temprano tendrán que abordar de forma definitiva. De hecho, se rezaba por la ansiada "solución definitiva". ¿Os acordáis? Luego, sigue pendiente una solución a largo plazo para un problema de largo plazo.

Igual que existe una asociación de cooperadores, ¿por qué no hay una de laicos del Opus Dei? Los primeros pertenecerían a una asociación de “cooperadores inorgánicos” mientras que los otros a una de “cooperadores orgánicos”. Esa asociación de orgánicos podría estar intrínseca e inseparablemente unida a la Prelatura como sucede con la sociedad sacerdotal de la Santa Cruz. Lo que pasa es que una Asociación supondría estatutos, cuentas, actas, carnets de socios, altas, bajas en asociación, juntas generales, etc., y no creo que sea muy del gusto, Además ¿una para hombres y otra para mujeres? ¿todos juntos en la misma asociación mixta? No lo acabo de ver...

Y está el tema internacional: ¿una asociación para cada país? ¿Una federación internacional de asociaciones nacionales? En fin, lío jurídico. En el día a día supongo que la vida sigue igual para los que “son” del Opus Dei, pero desde el punto de visto jurídico creo que hay tarea para rato.

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