La situación del momento del Opus Dei.- Antonio Moya Somolinos
Fecha Wednesday, 16 June 2021
Tema 125. Iglesia y Opus Dei



La situación del momento del Opus Dei

Antonio Moya Somolinos, 16/06/2021



Cualquiera que no esté narcotizado por lo que le cuenten y le filtren los directores del Opus, se dará cuenta de que están pasando cosas. Empiezo por un enlace de grandísimo interés, el Decreto General del dicasterio para los Laicos, la Familia y la Vida de 11 de junio pasado. Creo que por aquí va a empezar la reforma del Opus que prepara el Papa, aunque se puede decir que ya empezó con la carta Iuvenescit Ecclesia.

 

En síntesis, la carta Iuvenescit Ecclesia es una advertencia seria al Opus, aunque sin que se note, salvo que se sepa entender. En dicha carta el Papa exponía en el 2016 que hay dones jerárquicos y dones carismáticos en la misión de la Iglesia, siendo las prelaturas personales realidades eclesiales de naturaleza carismática (y no partes de la estructura jerárquica de la Iglesia, como falsamente se nos hizo creer por Álvaro del Portillo y los directores desde 1982 cuando se transformó el Opus Dei en prelatura personal de la Santa Cruz), y quedando advertidas las realidades carismáticas "evitando que la realidad carismática se conciba paralelamente a la vida de la Iglesia y no en una referencia ordenada a los dones jerárquicos" (nº 23). La nota 116 de dicha carta enumera cuales son las realidades carismáticas, y menciona las siguientes: Las asociaciones de fieles, las asociaciones públicas de fieles, las asociaciones de fieles clericales, los institutos de vida consagrada, las sociedades de vida apostólica y las prelaturas personales…



Ahora, con este Decreto General, el Papa establece normas para "el ejercicio del gobierno en las asociaciones internacionales de fieles, privadas y públicas, y en otros entes con personalidad jurídica sujetos a la supervisión directa del mismo Dicasterio".

Hago un paréntesis: En el Código de Derecho Canónico nº 294 a 297 se establece que los estatutos de la prelatura personal regularán el modo como haya de llevarse la "cooperación orgánica" de los laicos que cooperen con la prelatura, la cual solo consta de sacerdotes y diáconos incardinados en ella. Ya he comentado en otras ocasiones que los miembros del Opus Dei creen que su ordinario es el prelado. Están equivocados, pues es su obispo diocesano. Ellos, los del Opus Dei, son simplemente cooperadores orgánicos de la prelatura de la Santa Cruz. ¿Pero qué quiere decir eso de "orgánica"?

En los cursos anuales siempre nos contaban milongas sobre esto, además de ver cómo se iban sucediendo ediciones del Catecismo de la Obra en las que se iba variando la explicación de este punto de edición en edición. Yo creo que ahora mismo casi nadie, numerarios incluidos, sabe qué significa eso de la "cooperación orgánica". Yo voy a dar una explicación basada en el sentido común.

A mi modo de ver, cooperación orgánica es algo contrapuesto a lo que sería una cooperación individual o individualizada de los laicos. Quiere decir que los laicos que cooperan con la prelatura lo hacen de forma "organizada", desde una "organización", no simplemente siguiendo una norma jurídica particular como serían unos estatutos, sino formando parte de un "organismo".

Pero el problema es ahora este: Ese organismo ¿Qué es? ¿Qué forma jurídica tiene? Pues si no tuviera una personalidad jurídica no sería un organismo y quienes formaran parte de él no tendrían nada que hiciera que su cooperación se llevara a cabo desde ese organismo.

En los Estatutos no se dice nada acerca de este punto, pero se dan dos pistas o mejor dicho, tres al menos. La primera es que se dice que el prelado, en la medida en que preside, se le puede llamar también "Presidente General". De la misma forma, al vicario regional se le puede llamar también "Consiliario". La tercera pista es que, mientras que el prelado tiene potestad completa y absoluta sobre el fuero externo e interno de los sacerdotes incardinados en la prelatura, sobre los laicos solo tiene autoridad sobre el fuero externo y solo en lo relativo a los fines de la prelatura (es decir, al fin pastoral, a la organización de los medios de formación).

No olvidemos que los Estatutos de la prelatura llevan por título "Código de Derecho Particular de la Prelatura Personal de la Santa Cruz y Opus Dei". Es decir, que estamos hablando de una realidad carismática, no jerárquica, que se rige por el derecho particular y no por el común de la estructura jerárquica de la Iglesia, que se contiene directamente en el Código de Derecho Canónico. Además, son unos estatutos de DOS ENTIDADES, una de ellas la prelatura personal de la Santa Cruz y otra de ellas, el Opus Dei, del que no se dice cuál es su forma jurídica, a pesar de que debe tenerla, pues la cooperación debe ser "orgánica". Claramente aquí hay una omisión buscada y pretendida, pero insinuada al menos por las tres pistas que he dado, ya que si al prelado se le puede llamar también presidente general, es PORQUE LO ES. Y lo mismo al vicario regional. Esto quiere decir que el prelado de la prelatura personal de la Santa Cruz es también el presidente general del Opus Dei, del que es consiliario el vicario regional de cada región. Pero las palabras "presidente general" y "consiliario" son términos que hacen referencia a un ente ASOCIATIVO. O lo que es lo mismo, que el Opus Dei es una asociación (con la forma jurídica que sea) de la que forman parte sacerdotes (los de la prelatura) y laicos, en la que, por supuesto, el presidente general no tiene ninguna potestad sobre el fuero interno de los asociados/as, sino solo sobre el fuero externo, y dentro de este, solo en los aspectos relativos al fin pastoral de la prelatura.

Seguimos con nuestra reflexión: Esos laicos que cooperan orgánicamente con la prelatura, ¿Dónde se ubican en el organigrama general de la Iglesia?

La bula Ut sit adscribió las prelaturas personales a la Sagrada Congregación para los Obispos. Es evidente que los laicos que cooperan con la prelatura no tienen por qué estar ubicados en esa Sagrada Congregación. Y tampoco en la del Clero, que es donde parece que van a terminar las prelaturas personales, habida cuenta de que no forman parte de la estructura jerárquica de la Iglesia ni su prelado tienen por qué ser obispo. ¿Dónde deben estar ubicados esos laicos pertenecientes a esa especie de asociación de laicos que cooperan orgánicamente con la prelatura personal de la Santa Cruz?

Parece que el decreto general que ahora se ha publicado y que entra en vigor el próximo 11 de setiembre arroja algo de luz sobre esto.

Para empezar, en la exposición de motivos, el decreto dice esto: " La coesencialidad de los dones carismáticos y de los dones jerárquicos en la Iglesia (cf. Iuvenescit Ecclesia, 10), exige, en efecto, que el gobierno, en el seno de las agregaciones de fieles, se ejerza de manera coherente con su misión eclesial, como servicio ordenado a la realización de sus propios fines y a la tutela de sus miembros".

Esta manera de expresarse parece hasta calcada de los estatutos de la prelatura personal de la Santa Cruz, además de mencionar expresamente la carta Iuvenescit Ecclesia, lo cual nos hace rememorar la lista de agregaciones de fieles de carácter carismático ya expuesta de la nota 116.

Sin embargo, si seguimos leyendo, vemos que el artículo 6 dice expresamente esto: "Las presentes disposiciones no se refieren a los cargos de gobierno que están vinculados a la aplicación de las normas propias de las asociaciones clericales, institutos de vida consagrada o sociedades de vida apostólica".

Es decir, que por exclusión, habría que entender que las presentes normas se refieren al resto de las entidades eclesiales carismáticas mencionadas en Iuvenescit Ecclesia, es decir, las asociaciones de fieles (públicas y privadas) y las prelaturas personales.

Con respecto a las asociaciones de fieles dependientes del Dicasterio para los Laicos, la Familia y la Vida el propio decreto es explícito al indicar que se les aplica directamente.

Respecto a las prelaturas personales, el decreto no dice nada EXPRESO, pero es muy interesante el artículo 7, que textualmente dice esto: "El presente Decreto se aplica, con la excepción de la norma del artículo 3, también a otras entidades no reconocidas ni erigidas como asociaciones internacionales de fieles, a las que se les ha concedido personalidad jurídica y que están sujetas a la supervisión directa del Dicasterio para los Laicos, la Familia y la Vida".

Me pregunto si este artículo se refiere veladamente al Opus Dei. Lo subrayado es mío. Que yo sepa, el Opus Dei no está reconocido explícitamente como asociación internacional de fieles, pero tiene personalidad jurídica en la medida en que los estatutos de la prelatura son a la vez estatutos de dos entidades, la prelatura personal de la Santa Cruz y el Opus Dei, y por lo dicho más arriba este último tiene carácter asociativo.

Lo único que no encaja aquí es que tal entidad asociativa esté sujeta a la supervisión directa del Dicasterio para los Laicos, la Familia y la Vida.

Pero esto es algo que puede tener los días contados, no solo porque está próxima la promulgación del Decreto Predicate Evangelium, por el que el Papa va a organizar de arriba abajo la Curia Romana, sino porque incluso con un simple decreto, el Papa podría adscribir el Opus Dei (no la prelatura) al Dicasterio para los Laicos, la Familia y la Vida, lo cual sería algo de puro sentido común, ya que supondría clarificar la situación, dentro del organigrama general de la Iglesia, de esos laicos que cooperan con una entidad eclesial carismática a la que no pueden pertenecer, las prelaturas personales, por ser estas de carácter puramente clerical.

Perdón por el rollo, pero este Decreto General es un verdadero bombazo y está en relación directa con la carta de Ocáriz en la que este nombra un comité para reflexionar sobre LA IDENTIDAD de su organización. 

Recuerdo que cuando salió lo de la prelatura personal, Álvaro del Portillo no hacía más que decir que "ahora ya no vamos a tener que explicar lo que no somos, sino lo que somos", en clara referencia a los institutos seculares. Es decir, que plantearse a estas alturas LA IDENTIDAD es algo que está en las antípodas de la milonga que nos vendió Álvaro del Portillo en 1982. Esto demuestra claramente que la famosa intención especial fue una farsa y un paso en falso de gran calado, pues lejos de dejar aclarada la situación jurídica del Opus Dei, la dejó maltrecha, pues se vino a aprobar un imposible y a encubrirlo con una mentira que, a la vuelta de los años, no ha hecho sino terminar dando la cara de la peor manera posible, pues el fruto cosechado en estos años es el de una esquizofrenia institucional en la que los directores han vendido una mentira a los miembros del Opus Dei haciéndoles creer que son lo que no son, ocultándoles todo lo que han podido los estatutos, el Código de Derecho Canónico, las normas de la Iglesia sobre la materia, etc.

Fruto de esa esquizofrenia es la arbitrariedad en el gobierno del Opus Dei, que ha derivado en abusos, no solo sexuales encubiertos, sino sobre todo, de conciencia y de poder, sobre los que ya ha advertido el Papa en su carta de 20 de agosto de 2018. Fruto de ese modo abusivo y errático de gobernar son los hechos que hoy contemplamos: No hay quien quiera hacerse del Opus Dei, se cierran centros, se contraen delegaciones y comisiones, no se renueva la plantilla de sacerdotes incardinados, los efectivos van envejeciendo, se practica la política del descarte, muy ajena al Ubi cáritas et amor, Deus ibi est.

Me imagino que Ocáriz debe estar pasándolo muy mal. Debe ser muy doloroso estar a la cabeza de una entidad, antaño pujante, que ahora se desmorona en medio de la corrupción, la mundanización y la desorientación sobre qué camino llevar. Cuando un político quiere escurrir el bulto, nombra un comité con el que diluir sus responsabilidades de gobierno. Resulta una auténtica estupidez pensar en el Opus Dei de dentro de cien años y no saber qué hacer con el Opus Dei de ahora. Resulta terrible lanzarse a editar libros sobre la historia gloriosa del Opus Dei de los años 40, 50 y 60 mientras el momento actual no puede ser peor.

Ocáriz, a ver si te enteras: Se te rebelan hasta las auxiliares, a las que considerabais "las hijas pequeñas" de san Josemaría, como si fueran las menos adultas o las menos inteligentes. No hace falta ser catedrático de sociología o de Derecho para darse cuenta del atropello del que han sido víctimas y lo son amparándoos en los estatutos.

Ocáriz: A ver si te enteras: Deja de mirar al futuro, cien años, o al pasado glorioso, años 40, para valorar el hoy-ahora, pues como decía san Josemaría, el futuro (2028) no solo no sabes si llegará para ti (si vives, tendrás 83 años), sino que tal y como va la cosa, no puedes afirmar si llegará para el Opus Dei, aunque el místico de san Josemaría (la rosa mística) tuviera "certeza" de que mientras existan hombres sobre la tierra, existirá el Opus Dei.

Muy duro debe ser esto para Ocáriz, pero al fin y al cabo, él lo ha querido al aceptar el cargo en enero de 2017, además de estar toda la vida chupando cargos en el Opus Dei.

En alguna colaboración de OpusLibros alguno ha echado de menos que en ese comité de Ocáriz se cuente con los exmiembros. Por mi parte, quede claro que ni echo de menos que me ninguneen ni voy a aceptar que desde el Opus Dei se me pida colaboración en calidad de exmiembro para nada. No tengo el más mínimo interés en perder el tiempo ayudando a esa organización. Que se arreglen ellos los problemas en los que ellos mismos se han metido. Si colaboro con OpusLibros es porque en este medio veo que se busca sinceramente la verdad de las cosas y no hay censura. Veo también que en OpusLibros mis opiniones pueden ser útiles a personas concretas. Sobre los directores del Opus Dei, empezando por el presidente general, hace mucho tiempo que me di cuenta de que no son trigo limpio, salvo alguna excepción. Son malas personas, no dicen la verdad, no aman. Han perdido el norte, si alguna vez lo tuvieron.

Creo que de aquí al 11 de setiembre puede haber alguna noticia de interés sociológico-eclesial.

Antonio Moya Somolinos







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