Hechos probados y carta pastoral.- Neo
Fecha Wednesday, 18 November 2020
Tema 110. Aspectos jurídicos


Dos precisiones:

1º Caso Gaztelueta.. el caso ha adquirido firmeza, contra la sentencia del supremo ya no es posible recurso. Por lo tanto ahora ya no existe presunción de inocencia, ahora ya estamos hablando de un condenado, es cierto que se ha rebajado la pena de 11 a 2 años, pero existen unos hechos probados y condenados... por lo tanto existe un responsable penal, otra cosa es que el condenado no entre en prisión porque la pena no es superior a dos años entre otros factores.

2º leída varias veces la carta pastoral de 28-10-2020, no encuentro la razón de la misma, es la misma película en blanco y negro, es más, me inclino en pensar que es una vuelta de tuerca para recordar a los diferentes miembros sus compromisos, impidiendo cualquier atisbo de confusión entre los mismos e insuflar ánimos de que las cosas van bien cuando la realidad es otra bien distinta, es como querer apuntalar el espíritu fundacional para evitar cualquier corriente tendente al cambio.

Neo









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