Más fácil salir para las monjas de clausura que para las numerarias.- Aloevera
Fecha Friday, 29 January 2016
Tema 060. Libertad, coacción, control


Muy interesante la opinión del profesor de derecho canónico de la Universidad de Navarra, sobre que las monjas de clausura pueden marcharse cuando quieran y luego pedir la dispensa si quieren... y los superiores pueden darles una ayuda económica. O sea, que es más fácil dejar de ser monja de clausura que numeraria, numeraria auxiliar o agregada.

Un abrazo,

Aloevera

 

 

Polémica entre las Mercedarias de Santiago

Una monja puede abandonar libremente su convento de clausura

La exclaustración cumple las leyes españoles, según un experto

Jesús Bastante, 27 de enero de 2016 a las 08:59

 

 

Una monja puede abandonar libremente su convento de clausura si así lo decide y, posteriormente, acudir a la dispensa de los compromisos adquiridos a través de un procedimiento que se pide a la Santa Sede, según ha explicado a Efe el profesor de Derecho Canónico de la Universidad de Navarra, José Antonio Fuentes.

Al igual que las normas del Estado español señalan que una persona puede tomar la decisión libre de estar donde quiera, la Iglesia respeta dicha libertad, ha destacado al ser preguntado por la investigación conocida hoy sobre la supuesta retención ilegal de monjas de clausura en el convento de las Mercedariasde Santiago de Compostela.

"Si una persona no quiere la dispensa de los compromisos adquiridos coge la puerta y se va, no hay nadie que la pueda detener", ha argumentado Fuentes.

Este profesor ha especificado que muchos de los casos de dispensa de las obligaciones contraídas o la regularización de la situación de esa persona con la Iglesia "suelen suceder después de la exclaustración voluntaria".

Fuentes ha explicado que una monja se compromete a la vida monástica tras un periodo de formación en el noviciado y luego con una serie de tiempos a través de los votos temporales.

Después de esos "periodos de probación" se admite a alguien a un voto definitivo.

Cuando se quiera renunciar a ese voto perpetuo, la Iglesia marca que hay que acudir al superior legítimo, que en el caso de los monasterios, es la Santa Sede.

Por tanto, las monjas de clausura deben pedir "la liberación o dispensa de los compromisos adquiridos" a través de un procedimiento -señalando en él las razones o el convencimiento personal- que llega hasta la Curia romana y lleva un poco de tiempo, desde unos días hasta unos meses, ha comentado.

"Y se concede siempre", ha recalcado.

El código del Derecho Canónico es el que tiene previsto los pasos que se deben dar para la dispensa de las obligaciones contraídas, que son siempre morales.

Fuentes ha añadido que lo normal es que una monja de clausura acuda a sus superiores para explicar su situación con el fin de que haya un "control" y también por las obligaciones de la congregación con esa persona, que puede llevar mucho tiempo sin salir del convento y los superiores puedan pedir para ella una ayuda económica para poder mantenerse y vivir.

Artículo publicado en Religión Digital









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