Las donaciones al Opus Dei ¿Conceden indulgencias?.- Nicanor
Fecha Wednesday, 20 May 2015
Tema 120. Aspectos económicos


Quisiera por la presente atender una consulta de una persona a la que le han propuesto ser Cooperador del Opus Dei y no le han aclarado un tema de vital importancia: sus aportes al Opus Dei no le conceden indulgencia, sólo puede obtener indulgencia en lo que indica el documento que le han entregado: aniversario de ser incorporado como cooperador, aniversarios de la Prelatura, etc. Nada más. Entonces, aquella asociación mental que le han presentado entre indulgencia y dinero para la Obra no es verdad. Tampoco lo es donar cuadros, pianos, manteles, joyas, etc., ni ir a la casa de ese numerario a pintar las paredes de su sala, del oratorio o de la fachada. Nada de eso concede indulgencia.

Es de agradecer que le hayan dicho que sus aportes son para sostener “las labores apostólicas de la Obra” pero aclaremos que, por “labores apostólicas de la Obra” puede ser desde el tapizado de las sillas de comedor del numerario que está hablando, el salario del conserje de una casa de la Obra, la comida rica para el aperitivo de la fiesta “A” próxima, etc.

¿Algún Cooperador podrá pedir un rendimiento de cuentas a la Obra de los aportes que hace? Esa transparencia no existe y, menos, indulgencia.

Nicanor Wong Ortiz
nicanor.wong@outlook.com









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