Una larga batalla.- Conrad
Fecha Monday, 27 October 2014
Tema 110. Aspectos jurídicos


Como era de esperar, la intervención de Antonio Esquivias publicada el pasado día 22/10/2014 ha provocado reacciones contrapuestas en Opuslibros. Mi intervención de hoy va dirigida a realizar, con toda la humildad propia de no ser un "clásico" en Opuslibros, las siguientes precisiones:

1. Como ya he dicho en otras ocasiones, me parece absolutamente legítima la reivindicación de Antonio Esquivias en relación con su dedicación al Opus Dei, primero en las denominadas "labores internas" y después como sacerdote al servicio de las actividades de la institución.

2. No obstante, no entiendo que se hayan dejado pasar casi trece (13) años desde el momento de la salida del Opus Dei hasta el momento de una reclamación parece que formal de una indemnización o compensación. Es desde luego natural que en una situación tan traumática como la que debió pasar Antonio en el momento de su salida, no reparara en que debía formalizar dicha reclamación, pero ésta para su eficacia no puede retrasarse en relación a cuando ocurrieron los hechos denunciados.

3. Sea como sea, no me parece correcto exigirnos a los lectores de Opuslibros ni el abandono del anonimato con que participamos en la web ni la firma de su petición, que también exige la correspondiente identificación. En este punto discrepo de la siempre coherente Carmen Charo (aportación del pasado 24/10/2014 que debe ponerse en relación con las que ya ha hecho con anterioridad): escribir y leer Opuslibros sólo supone intervenir en una página web, nada más. Cada uno debe ser capaz de discernir como poner las cosas en su sitio en relación con el Opus Dei o cómo reparar el daño causado mientras estuvo en esa institución. No se le puede exigir al conjunto de los intervinientes en la web un compromiso como el que pides. Aunque yo personalmente, veo con simpatía tu petición.

4. Me parecen muy interesante las aportaciones de MMZ (24/10/2014) y Rocaberti (24/10/2014). Relatan iniciativas concretas que se siguieron ante los tribunales y que me parece (con respeto al escepticismo de Daniel M [24/10/2014]) una vía eficaz para la denuncia pública de los abusos del Opus Dei hacia sus fieles. El paradigma es el caso en Francia de Catherine Tissier que ha obtenido una condena penal contra una obra corporativa de la prelatura.

5. Por ello, yo no animo a alzamientos generalizados, pero sí a la reflexión personal para que, al menos en el ámbito sobre el que tengamos dominio, el Opus no haga de las suyas, pongamos las cosas en su sitio y reparemos el daño que hayamos podido hacer.

6. En tal sentido, quizás un primer paso en el caso de Antonio Esquivias como en el de otros, sea que las personas que tuvieron conocimiento por razón de su cargo de dichos abusos se animaran a ponerlas por escrito con detalle y concreción, resultando testigos de cargo en los que apoyarse para futuras reclamaciones o solicitud de compensaciones. No debe volver a ocurrir un caso como el de Antonio, pero tampoco el que se ejerciten acciones judiciales que, al final, carezcan de fundamento, incluso técnico.

7. La batalla es larga pero estoy convencido de que en España tiene que haber una o más Catherine Tissier y que en el desarrollo de su reclamación se logrará evitar defectos, precipitaciones y faltas de rigor que impidan su final estimación.

Un abrazo.
Conrad







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