Escrivá y sus canonistas.- Pepito
Fecha Monday, 06 October 2014
Tema 125. Iglesia y Opus Dei


Durante mis años en la cosa me llamaba la atención el empeño de sus dirigentes (es decir, de su dirigente máximo) en encaminar por la árida senda del Derecho Canónico a tantos estudiantes del Colegio Romano que, en mi opinión, estaban bien capacitados para saberes de más alto gálibo intelectual, como la Teología, incluidas la Pastoral, Escriturística y la Historia de la Iglesia, o la Filosofía, por escolástica que esta fuera. (Aún recuerdo que en la mesa le gastábamos bromas a un americano graduado en Harvard, anima candida, llamado a mayores destinos, pero degradado a canonista, a cuento de la importante cuestión canónica de si las campanas se consagran o simplemente se bendicen). Es más, luego vimos cómo Escrivá canonizó (es decir, hizo canonistas) a algunos de sus hijos que tenían bien probada su competencia en materias seculares como el Derecho Civil (caso de Amadeo de Fuenmayor, un tío simpático, por cierto, que ganó su cátedra tan joven que iba a dar las clases vestido de soldado, al estar todavía cumpliendo la mili).

A la larga, creo que me he explicado la afición de Escrivá por los rancios cánones, tal vez la parte de los estudios eclesiásticos menos secular. Y es que me percaté de que, seguramente tras su traslado a Roma, se percató de que en el Vaticano, en los famosos dicasterios desde los que se dirigía la nave de Pedro, eran precisamente los canonistas quienes cortaban el bacalao. Y, claro, por entonces él ya alimentaba grandes aspiraciones que desembocaron en la famosa “intención especial”, de la que a estas alturas cabe sospechar que era la de lograr un desguace parcial de la estructura jerárquica que la Iglesia tiene desde sus primeros tiempos, la territorial, para hacerse con una praelatura cum proprio populo. Verdad es que en cierto modo ya lo eran, en diverso grado, según las correspondientes exenciones, las órdenes monásticas, las mendicantes y las muchas congregaciones surgidas en la Contrarreforma; pero en todos esos casos se presuponía la condición de religioso del populus en cuestión, algo que a Escrivá no le valía. Estaba por otro lado la figura de las Vicarías Castrenses, pero aquí el problema más bien era el contrario: los correspondientes prelados ejercían una jurisdicción episcopal, pero sobre verdaderos fieles cristianos corrientes, sin votos ni botas, como decía el chascarrillo de Escrivá.

En fin, de momento se han quedado donde están, pero seguramente en plan de “ceder sin conceder”, que diría el santo aragonés, que en esto más bien merecía ser gallego. Esperemos al futuro.

Pepito









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