Di(solución) jurídica definitiva.- News
Fecha Wednesday, 06 November 2013
Tema 010. Testimonios


 

(DI)SOLUCIÓN JURÍDICA DEFINITIVA

 

 

-Suspender sine die las facultades hasta ahora atribuidas a los cargos de la institución.

 

 

-Cerrar los centros de numerarios/as. Delegaciones y comisiones coordinarán el cierre, cerrando a su vez cuando aquél se haya efectuado.

 

 

-Los numerarios (sacerdotes incluidos) y numerarias tendrían tres opciones:

 

a) dejar la institución recibiendo previamente la indemnización que en cada caso proceda, de acuerdo con la legislación ordinaria y en función de las actividades laborales de carácter interno desempeñadas desde su incorporación.

 

b) hacer vida filomonástica en algunas de las casas de retiro situadas en el campo.

 

c) a los pocos numerarios que creyeron en la finalidad inicial de influjo intelectual y de serena y documentada apología de la fe católica, se les cederían para esa labor las actuales sedes de gobierno y formación de la institución, si así lo solicitasen.

 

 

-Los supernumerarios pasarían en bloque a la "asociación de cooperadores" ya constituida. Previamente, los actuales integrantes de dicha asociación causarían baja en ella y, salvo manifestación en contrario, alta automática en la "acción católica general" de las diócesis respectivas.

 

 

-Todas las relaciones existentes entre la institución y las numerosas entidades civiles de carácter formativo y asistencial, incluyendo inmobiliarias y similares, se tendrían, a partir de la fecha que se determine, con la mencionada "asociación de cooperadores". No se admitirá en ella a quienes hayan formado parte de la institución como numerarios/as o agregados/as.

 

 

-La autoridad eclesiástica competente adecuará la normativa canónica vigente a la nueva realidad asociativa. Para los numerarios que escojan las opciones b) o c) se establecerá un régimen transitorio que asegure sus derechos y que tendrá carácter de "a extinguir".

 

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