En una historia de la
Inquisición portuguesa (José Pedro Paiva e Giuseppe Marcocci – História da Inquisição Portuguesa. Lisboa,
A Esfera dos Livros, 2013, pp. 39-40) he encontrado esto:
“El 3 de agosto de 1552
fue promulgado el primer reglamento general del Santo Oficio (...) El
reglamento reflejaba también la tentativa de invadir el foro del secreto de la
confesión sacramental, exhortando los delatores a no revelar lo que sabían, salvo a sus confesores, personas que saben
aconsejarles lo que deben hacer y los confesores les mandarán que lo vengan
inmediatamente denunciar a los inquisidores. El reclutamiento de los
confesores, que obedecía al sistema de los casos reservados, según el cual
algunos pecados, como él de la herejía, sólo podían ser perdonados por
autoridades superiores (Papa y sus delegados, obispos) formaba parte de los
edictos de fe periódicamente leídos en todos los lugares del reino. Eso tornaba
posible alargar la capilaridad del trabajo de los inquisidores y penetrar más
profundamente en las conciencias de los portugueses”.
El Opus Dei no inventó
realmente nada.
Curiosamente, este
reglamento fue obra del segundo inquisidor-mayor, el cardenal, después rey, D.
Henrique (1512-1580), hermano pequeño de D. João III (1502-1557). El primer
inquisidor-mayor, el obispo D. Diogo da Silva, consiguió paralizar la
Inquisición durante los dos años de su mandato porque, decía, se negaba a votar para la muerte de hombres. Hay gente realmente impecable, en todas las épocas y
circunstancias.
Me gustaría mucho agradecer la aclaración de Conrad y las líneas de Josef Knecht.
Carocha