Si las
aportaciones se hacen a centros que figuran como entidades culturales,
contempladas en la ley o reglamento por el que se rigen los criterios para
tener derecho a la desgravación, entonces sí.
Supongamos
que algunos grupos de supernumerarios estén vinculados al Club Demóstenes, de
la Alpujarra Santa, provincia de Barcelona, donde acuden a confesarse, tener
círculos, charlas y todo eso; sus aportaciones mensuales, mediante cuenta
corriente, tienen derecho a la desgravación. Previamente, desde el club se
comunican anualmente a la agencia tributaria los datos de quienes aportan y la
cantidad. Lo mismo ocurre con el patronato de Torreciudad y otros, pero hay que
pedirlo expresamente al encargado de dicho patronato, pues a veces se despistan
y se olvidan de comunicarlo, y sin ese requisito no hay desgravación.
Por supuesto
que esas aportaciones no figuran nunca hechas al Opus Dei, sino al Club
Demóstenes, la Tertulia Caliente, Torreciudad o cualquier otra entidad civil o
con apariencia de serlo; pero al Opus Dei, no, porque el Opus Dei es pobre,
como se es pobre en el Opus Dei, especialmente los de la cópula romana, perdón,
quise decir cúpula.
Bastián.