¿Los donativos al Opus desgravan?.- Resopón
Fecha Monday, 13 May 2013
Tema 120. Aspectos económicos


Pregunta Almagro si "los donativos al Opus" desgravan en la renta. Te respondo como asesor fiscal.

Las ap (aportaciones) simples que los s (supernumerarios) realizan a su ctr (centro) no tiene, con carácter general, el carácter de deducibles puesto que no están destinada a una asociación sin ánimo de lucro, o una fundación. Lo normal, si mal no recuerdo, es que entren en la caja del centro y se utilicen para los gastos corrientes del mismo.

Cuestión distinta sería que dichas ap tuvieran el carácter de donativos realizados a una institución concreta, que cumpla con los requisitos legales para que los donativos sean deducibles, bien en el IRPF, bien en el Impuesto de Sociedades (por ejemplo, Fundación Moncloa 2000 o Patronato de Torreciudad, entre otras). En ese caso, lo suyo es que el donante reciba un "certificado de donativos" procedente de dichas instituciones. Dichos donativos, además, figurarán en los "datos fiscales" que Hacienda remite anualmente a los contribuyentes para facilitar la declaración de la renta, debiendo constar en el mismo apartado que, por ejemplo, los donativos que pudiéramos realizar a la parroquia, a Cáritas o a la Fundación por una Europa Laica, pongamos por caso.

En el caso de la madre de Almagro, lo mejor será comprobar directamente si dichos donativos figuran en sus datos fiscales o no. Caso de no figurar, poco se puede hacer. Lo único, solicitar a la directora o secretaria del centro de su madre que, en el futuro, dichos donativos sean dirigidos a alguna asociación o fundación legal.

Dicho sea salvo mejor opinión. Un abrazo. 

Resopón









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