Argumentación del juez sobre el caso de la ex auxiliar francesa.- Gabuzo
Fecha Wednesday, 17 April 2013
Tema 077. Numerarias auxiliares


El asunto de la ex numeraria auxiliar Catherine Tissier fue definido por el juez, en la sentencia, como una cuestión relevante del Derecho laboral. Los representantes del Opus Dei fueron condenados en segunda instancia por:

 

1. Trabajo disimulado (no declarar a los salariados y sus actividades)

2. Retribución inexistente o insuficiente (las numerarias, alumnas y directoras trabajan mucho más que lo declarado, sin retribución adecuada)

3. Explotación de una persona vulnerable y dependiente (la numeraria auxiliar)

 

En su defensa los representantes del Opus Dei pretendian que el trabajo era "voluntariado" y que las numerarias son "libres". Lo que perdió al Opus Dei es su mentira sobre las obras de apostolado: que son entidades laicales (no religiosas) gestionadas independientemente del Opus Dei.

La parte más importante del juicio es a la pagina 19-20 de la sentencia donde reconoce que "el trabajo hecho para obras religiosas no tiene que ser declarado o remunerado" (aquí vale la argumentación del voluntariado), pero la asociación ACUT –del Opus Dei-, no es obra religiosa sino "laica", por lo cual el trabajo prestado a esta asociación tiene que ser regido por el Derecho laboral, porque "la existencia de una relación de empleo no depende de la buena voluntad de las partes o de la denominación con la que convinieron nombrar su cooperación, sino de las circunstancias en las que un trabajo es ejercido".

 

El juez constata que hay una relación de trabajo para todos los cooperadores de la asociación ACUT (directoras, profesoras, alumnas) y que la remuneración debe ser proporcional a las hojas trabajadas. En el caso de trabajo para la ACUT no cabe el voluntariado.

Además, la situación de dependencia de las numerarias auxiliares fue reconocida por el juez de segunda instancia, porque no se les da el salario en efectivo, porque firman cheques in blanco, porque son dependiente de una doble jerarquía: la de la asociación y la de las directoras del Opus Dei. Esas directoras deciden las horas de trabajo de las numerarias auxiliares, por lo que existe una situación de explotación de una persona vulnerable y dependiente.

Espero que este juicio sea el primer de una larga serie de juicios emprendidos por ex-alumnas o ex-directoras en contra de asociaciones que "no tienen nada que ver con el Opus Dei" y por lo tanto deben ser regidas por el Derecho laboral.

Gabuzo









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