Viciados de origen y nulos de pleno derecho.- Addicte
Fecha Monday, 22 October 2012
Tema 110. Aspectos jurídicos


Aunque no soy jurista ni abogado, sé de muy muy buena fuente que los contratos firmados entre partes bajo amenaza o coacción son viciados de origen y nulos de pleno derecho. Y precisamente porque no tengo formación de letrado, dejo las argumentaciones legales para los que son expertos en este campo. Mis comentarios los esgrimiré solamente en el ámbito de la persona y de su relación con su Creador. Cuando un alma firma un “contrato” con Dios, lo hace siempre desde la libertad y para que ésta exista debe haber formación e información. Nadie que no conozca a lo que se enfrenta ni a los detalles que van a sucederse en su existencia puede darse en cuerpo y alma a Dios. Y díganme lectores, ¿cuántos de los que habéis sido aspirantes a entrar al Opus Dei sabíais lo que ibais a vivir dentro? ¿Cuántos sabíais antes de entrar que existía un catecismode la Obra? ¿Cuántos sabíais de la existencia de unos estatutos y cuántos los habíais leído?

A un buen católico se le informa del catecismo de la Iglesia católica. Se le forma en las virtudes humanas y cristianas y todo ello en el contexto del amor y dentro de los sacramentos que va recibiendo. Que yo sepa, a ningún católico, cuando ha sido bautizado se le dice ¡y ahora a aprender otro catecismo! No amigos lectores, el cristianismo es mucho más simple que todo eso. Solo hay un catecismo y unos mandamientos. Cuando un alma se entrega a Dios lo hace en plenitud de conocimiento de lo que significa esta entrega. No es así en el Opus Dei. En primer lugar, es frecuente que se le induzca a pedir la admisión, pues muy pocas veces es el aspirante quien lo pide por propia iniciativa. En segundo lugar, es frecuente manipular la vocación diciendo que “he visto en la oración que tienes una gran vocación a numerario/a…”

¿Cómo una persona puede ver en la oración una “llamémosle” vocación de un alma inocente de forma tan específica y prematura?

Suele ser frecuente decirle a un aspirante que si no se entrega está defraudando a Dios, que está dándole la espalda. Y muchas veces se le dice que: ¡si no pides la admisión y perseveras te vas a condenar! Me pregunto: ¿Eso no es coacción? ¿No es acaso una seria amenaza? Pues si esto es así, el contrato de entrega a Dios está viciado de origen y por lo tanto es nulo.

Hecha esta reflexión les digo a los directores: No sigáis coaccionando. Sólo debéis obediencia a Dios que es el único PADRE. No hagáis firmar contratos nulos y corráis al oratorio. Este fariseísmo no es cristiano. No se puede servir a dos señores: a Dios y al dinero o al prestigio, o al engaño, a la mentira, al orgullo, a creerse los mejores y casi los únicos que hacen las cosas de forma correcta cristianamente hablando.

Y digo a muchos que están dentro, debatiéndose en sus dudas: vuestro contrato es nulo. Fuisteis amenazados y coaccionados. Vuestra entrega era sincera hacia Dios, pero no puede decirse lo mismo de la entrega al Opus Dei puesto que desconocíais a lo que os entregabais y entrasteis bajo amenaza y coacción.

Quizá y sólo de momento, tengáis una especie de inmunidad eclesiástica, pero no la tenéis jurídicamente. Dios quiera que sepáis hacer acopio de humildad en vuestras vidas.

Addicte









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