Continuación de diálogo con un sacerdote sobre prelatura personal.- Josef Knecht
Fecha Friday, 22 June 2012
Tema 010. Testimonios


 

Aunque no sea tarea de opuslibros solucionar el itinerario jurídico de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X, es correcto que se hable en este foro de la prelatura personal en la medida en que guarda relación con el Opus Dei. Vuelvo hoy a retomar el diálogo que inicié el 20.06.2012 con don Ángel David Martín Rubio.

 

Otra razón que puede justificar que la Fraternidad San Pío X se transforme, en un futuro no lejano, en prelatura personal es el hecho de que con esta figura jurídica los presbíteros de la Fraternidad estarán más y mejor sometidos al obispo de la diócesis en que ejerzan su labor pastoral; en cambio, siendo ordinariato, la autonomía respecto a los obispos del lugar sería mucho mayor. Con un ordinariato para la Fraternidad, se podría crear una situación nefasta de dos Iglesias paralelas: la tradicionalista-preconciliar y la postconciliar. Ese efecto no puede darse con una prelatura personal por dos razones (cánones 294-297): 1ª) para que los clérigos de una prelatura personal actúen en una diócesis, se requiere la autorización expresa del obispo diocesano; 2ª) los estatutos de cada prelatura personal deben precisar no sólo el funcionamiento interno de la misma, sino también las relaciones de los clérigos prelaticios con el obispo y presbiterio diocesanos, de modo que, en el ejercicio de su labor pastoral, los clérigos prelaticios no se aparten de lo establecido por los estatutos, que, tras minucioso estudio, son aprobados por la autoridad competente.

 

Mucho me temo que el actual Superior General de la Fraternidad, el obispo Bernard Falley, prefiera un ordinariato precisamente para gozar de plena autonomía e incluso independencia respecto a los obispos diocesanos. Pero el papa Benedicto XVI desea concederle la prelatura personal, en mi opinión, para que los sacerdotes de la Fraternidad San Pío X estén sometidos a los obispos diocesanos y se vayan integrando poco a poco mejor en la comunión eclesial.

 

Aprovecho estas reflexiones para dirigirme ahora a PepeG (20.06.2012). Un prejuicio muy extendido acerca de las prelaturas personales es que esta figura jurídica posibilita la creación de una “iglesia dentro de la Iglesia” (o, en palabras de PepeG, un “grupo paramilitar”). Y no es así: eso ya lo expliqué en el artículo ¿Qué es una prelatura personal? del 28.04.2008. Otra cuestión es por qué el Opus Dei, aun siendo una prelatura personal, tiende a ir a su bola y a pasar de la comunión eclesial: eso se explica no por la figura jurídica, sino por la patología espiritual de la que esa institución, desde sus inicios fundacionales, adolece.

 

Josef Knecht

 

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