Sobre el pago del IBI.- Haenobarbo
Fecha Wednesday, 06 June 2012
Tema 120. Aspectos económicos


Ange consulta si los centros del Opus Dei están exentos del IBI (Impuesto sobre la propiedad inmobiliaria)

Desde luego no están exentos por ser de aquellos bienes pertenecientes a la Iglesia Católica o a otras confesiones religiosas reconocidas en España. Si así fuera serían bienes eclesiásticos, y de ello el Opus siempre ha huido, no tanto por su "espíritu laical" sino mas bien porque los bienes eclesiásticos tienen un régimen especial en el derecho canónico, que hace que en última instancia sean de la Sede Apostólica y ya sabemos que el Opus no comparte sus bienes con nadie.

Si acaso están exentos del IBI lo están por alguna de estas dos causales de exoneración, expresamente previstas en la ley y estoy seguro que los genios del Opus habrán hecho todo lo posible para quedar encuadrado dentro de estos supuestos.

En base a la ley de mecenazgo estarán exentos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles los bienes de los que sean titulares, en los términos previstos en la normativa reguladora de las Haciendas Locales, las entidades sin fines lucrativos, excepto los afectos a explotaciones económicas no exentas del Impuesto sobre Sociedades.

Los destinados a la enseñanza por centros docentes acogidos, total o parcialmente, al régimen de concierto educativo

Haenobarbo









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