Vocación sacerdotal: ¿Quién elige?.- Haenobarbo
Fecha Monday, 26 March 2012
Tema 110. Aspectos jurídicos


Hace unos días, Perla del Adriático, publicó una nota en relación con las ordenaciones sacerdotales en el Opus Dei. 

Si no he entendido mal, la autora se cuestiona la validez de esas ordenaciones, basándose en el modo en que se produce la “llamada” en el Opus Dei. No es este un tema en el que me maneje con soltura, pero procuraré en honor a la verdad, decir algo: los entendidos ya corregirán lo que haga falta.

Como todos sabemos, en el Opus Dei, en principio, todos los numerarios están dispuestos a ordenarse si el Padre los llamara...



También sabemos, que es condición sine qua non que nadie que pida la admisión en el Opus Dei, lo haga con la intención de ordenarse: de hecho en las indagatorias previas a la admisión y a las incorporaciones, quién en nombre del Prelado las hace, pregunta específicamente sobre eso, de modo que quede claro que el candidato no pide ser admitido para ordenarse sacerdote.

Un numerario puede e incluso a veces se le anima a hacerlo, escribirle al Prelado manifestándole no su deseo, sino su “disponibilidad” para ordenarse. Esa manifestación suele recibir, como casi todo en el Opus Dei, una respuesta verbal: el Padre agradece la disponibilidad y eventualmente la tendrá en cuenta.

Un inciso: hablo del Prelado porque es la situación actual del Opus Dei desde que fue erigido en Prelatura personal. Pero no puede olvidarse que antes fue un Instituto Secular detalle importantísimo, y antes una Sociedad de Vida Apostólica.

Todos los numerarios que se incorporan al Seminario Internacional de la Prelatura no solo son animados, sino que casi podría decir que son impelidos - porque los directores preguntan si ya se ha hecho - a aprovechar un encuentro con el Padre, luego de alguna tertulia, encuentros que no son fortuitos porque están perfectamente programados, para manifestarle de palabra esa disponibilidad para ordenarse.

Una vez que esto se ha hecho, los Directores de cada grupo del Seminario o simplemente Colegio Romano, hacen que el sujeto, escriba una carta al Padre, reiterándole por escrito, lo que verbalmente le ha manifestado.

Personalmente conocí a dos numerarios, con los que coincidí en el Colegio Romano, que expresamente le dijeron al Padre que preferían no ordenarse, siguieron los cursos y al final volvieron pacíficamente a sus Regiones: entiendo que nadie les recriminó su proceder. De uno de ellos escuché sus motivos y eran razonablemente lógicos y admisibles.

Perla del Adriático, señala con toda razón, que quién llama a una vocación específica, en este caso la sacerdotal, es el Espíritu Santo: sobre eso no cabe la menor duda, por lo menos a mí.

Pero ¿cómo se instrumenta esta llamada? El Espíritu Santo no se le aparece a nadie, ni envía un escrito, ni nada de eso. La Iglesia enseña que la llamada se recibe a través o mediante los legítimos Pastores. Solo el Obispo o el Superior religioso en su caso, puede llamar: el sujeto de la vocación puede decir que sospecha que es llamado a la vocación sacerdotal o religiosa o al sacerdocio en una Orden religiosa; puede decir que siente esa llamada; puede decir que está dispuesto a recibir la llamada, pero quién llama legítimamente es el Pastor: es a través de él que el Espíritu Santo manifiesta su llamada.

Nadie puede exigir recibir el Orden sacerdotal.

En el Opus Dei, la llamada al sacerdocio la hace el Pastor y es así como se debe hacer.

A mi juicio, el problema no es el que plantea Perla del Adriático.

Mientras el Opus Dei fue un Instituto Secular, con unos miembros incorporados a una estructura eclesiástica perfectamente definida, el Presidente General, gozaba de la facultad de “llamar” al sacerdocio. Es decir, a través de él, como a través del Maestro General de los Dominicos, del Abad de un monasterio Benedictino, o del General de los Jesuitas, el Espíritu Santo manifestaba la vocación o la llamada al candidato, que siempre conserva la libertad de aceptarla o no.

Incluso cuando se trataba de una Sociedad de Vida Apostólica, con capacidad de incardinar sacerdotes, el Presidente o moderador general, podía trasmitir la llamada.

El problema, si puede llamarse problema, porque al final veremos que no es tal, es que como está estructurada la figura de las Prelaturas Personales, éstas no tienen pueblo propio.

Eso que llaman miembros de la Prelatura, no se sabe miembros de qué son: de la Prelatura no, porque ésta no tiene fieles ni puede tenerlos; sin embargo se incorporan mediante unas fórmulas que como he escrito en algunas oportunidades anteriores, son realmente votos. ¿A qué se incorporan? No lo sé, porque el Instituto Secular dejó de existir al transformarse en Prelatura Personal.

En las fórmulas de incorporación, quienes las hacen se comprometen a vivir el espíritu del Opus Dei, como si yo hiciera un voto de vivir el espíritu de los Carmelitas Calzados. En los compromisos previos, esos que constituyen la fórmula contractual, que al final ha resultado ser que no es contrato de nada, sino que desaparece al emitir las fórmulas de incorporación, el que los hace se compromete a permanecer bajo la jurisdicción del Prelado, a unos fines específicos.

Por lo tanto, el Prelado, al “llamar” a uno de sus seminaristas al sacerdocio, llama a un “quídam”. Algo así como si un obispo diocesano, o un superior religioso (no titular porque estos no pueden llamar, porque no tienen donde incardinar, aunque este es un asunto que menciono sin más profundizaciones por no complicar) le dijera al primero que pasa por la calle: “oye, ¿quieres ser sacerdote?”.

¿Esa llamada es válida? Si, es válida: el Espíritu Santo se manifiesta a través de los pastores, quienes son los únicos que legítimamente pueden llamar. Es así de simple y así de maravilloso el tema de la vocación.

Alguna vez se ha manifestado también por boca de un niño:

“Cuando en el año 374, tras la muerte de Auxentius, un arriano, el prefecto, muy respetado por todos, acudió personalmente a la basílica, donde se iba a celebrar la elección, para impedir cualquier conato de rebelión. Según la tradición, su discurso fue interrumpido por el grito de un niño: Ambrosius episcopus!

“Aunque era un candidato aceptado por todos, él mismo se opuso enérgicamente a su elección, pues no se consideraba preparado para ello: era todavía catecúmeno, es decir, se estaba preparando para el bautismo. Sólo por intervención del emperador se mostró finalmente dispuesto. En el plazo de una semana recibió los sacramentos del bautismo y del orden, siendo ordenado diácono y sacerdote, con lo que ya no había impedimentos canónicos para su consagración episcopal.”

El único que no puede exigir la ordenación, ni pedirla siquiera es el sujeto: San Ambrosio, ni siquiera estaba bautizado, es uno de los cuatro Padres de la Iglesia Latina y uno de los 33 Doctores que tiene la Iglesia.

En esta web colaboran algunos sacerdotes y algunos que lo fueron: no hay motivo alguno para dudar de la validez de su ordenación en base al tema de la “llamada”, porque esta es perfectamente legítima: a todos ellos un fuerte abrazo.

Haenobarbo

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