Obligaciones de los obispos de la Obra .- Javier
Fecha Wednesday, 09 June 2004
Tema 125. Iglesia y Opus Dei


¿Qué obligaciones tienen los obispos de la Obra respecto a la institución?

Muy interesante las referencias que hace Jose (6-6-04) a la "reglamentación en torno a cómo debe actuar un miembro elevado a algún cargo dentro de la diócesis", y a las palabras del fundador sobre 'la bisutería', citadas del libros de Pilar Urbano.

En un escrito anterior (Los obispos del Opus Dei - 4-1-2004), comenté como para las órdenes religiosas el código de derecho canónico liberaba explícitamente a sus miembros elevados al episcopado de "aquellos deberes que él mismo juzgue prudentemente como incompatibles con su condición". Puesto que este canon, que se refiere a los religiosos, no sería de aplicación estricta a los obispos del Opus Dei, tendría mucho interés conocer cual es la normativa o 'criteriología' interna que regula las obligaciones de obediencia de un obispo de la Obra con respecto a los directores y al prelado de la institución, y sus opciones de actuación en posibles situaciones de conflicto, sean en el fuero externo o en el interno.

¿Alguien dispone de información sobre este tema?

Javier







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