Derechos de Propiedad intelectual sobre los textos.- Nicanor
Fecha Monday, 04 July 2011
Tema 110. Aspectos jurídicos


Respecto a los Derechos de Propiedad intelectual de textos de San Josemaría Escrivá de Balaguer y el siervo de Dios Álvaro del Portillo

 

De mi consideración.-

 

Tengo a bien saludarle y expresarle la indignación que me causa la Carta que ha dirigido usted (en nombre de la Prelatura del Opus Dei y Scriptor S.A.) a la Sra. Agustina López de los Mozos Muñoz con respecto a la difusión de los escritos de ambos santos que pertenecen a la Iglesia Católica...



Ha de saber usted que yo he sido fiel numerario de la Prelatura durante poco más de veinte años y leí casi todas las obras que se encuentran ahora en la página web www.opuslibros.org. Nunca encontré en esas obras una referencia a Derechos Reservados o Copyright. Es más, tales documentos - durante la función en cargos de Gobierno que me fueron asignados durante mis años en la Prelatura - eran empleados y citados para los medios de formación doctrinal para cristianos que buscaban la santidad en medio de las labores ordinarias según el carisma del Opus Dei, siendo tal carisma un llamado particular dentro de la vocación universal a la santidad. Puede usted encontrar el sentido de estos términos en un interesante libro titulado: "Itinerario Jurídico del Opus Dei. Historia y Defensa de un Carisma", el cual está disponible en Internet. Entonces, la intención de los santos autores no puede ser de lectura privada. Basta que lea usted sus escritos, inclusive le recomiendo otro muy interesante "Entrevista al Fundador del Opus Dei", libro retirado de circulación de la Editorial RIALP, que aún se encuentra en algunas sedes de la Prelatura, y recoge repetidas preguntas respecto a la fama de "secretismo" de su Fundación.

 

Puedo considerar que gran parte de mi vida la he dedicado a la investigación, habiendo tenido la privilegiada oportunidad de entrevistar distinguidos intelectuales peruanos que nunca han puesto reparo en abrirme las puertas de sus bibliotecas personales o sus escritos, obviamente haciendo referencia a la fuente. Inclusive, con ocasión del Centenario del Nacimiento de San Josemaría Escrivá fui premiado con un segundo puesto al elaborar un ensayo sobre las virtud de la solidaridad en Escrivá por parte de la Universidad de Piura, empleando para la elaboración del mismo, textos de ambos santos católicos sin solicitar autorización alguna a la Prelatura de la Santa Cruz y Opus Dei. Inclusive, estos textos o videos de los mismos estaban a disposición de descarga gratuita en páginas web afines a tal institución o a la venta por parte de algunas distribuidoras locales las cuales nos facilitaban tales escritos para la difusión de los mismos desde los Centros Culturales.

 

Así pues, le manifiesto que encuentro sin fundamento legal lo que usted expresa. Los documentos en mención nunca han tenido expresa indicación ni de Escrivá ni de Del Portillo para mantenerlos en "difusión privada" o de "uso exclusivo". Es una total incongruencia que lo sean puesto que están dirigidos a cristianos corrientes con ansias de alcanzar la santidad en medio del mundo. Además, atentan contra los derechos de la Iglesia Católica en el proceso de canonización de Escrivá y de Álvaro Del Portillo o ¿Estos textos fueron reservados también para los Procuradores de la Causa de ambos?, ¿Es que acaso la Prelatura de la Santa Cruz y Opus Dei no pertenece a la Jerarquía de la Iglesia y solamente algunos cristianos pueden acceder a informarse sobre ella? Si es usted fiel de la Prelatura sabrá que tengo la razón.

 

He de advertir pues a las autoridades titulares que defienden una causa ilegítima, un auténtico atentado contra los derechos que asisten a los cristianos católicos y la universalidad de libertad de expresión.

 

Atentamente,

 

Julio Nicanor Wong Ortiz







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