Una sentencia previsible ¿De qué nos extrañamos?.- Agustina
Fecha Wednesday, 08 June 2011
Tema 070. Costumbres y Praxis


La sentencia del Tribunal Supremo en contra de una ex numeraria y a favor del opusdei, no podía ser de otra manera, al menos en España. La “clase de tropa” ocupa muchos cargos de responsabilidad en las instituciones del Estado, entre ellas las judiciales. ¿Alguien se imagina que, cuando el Juzgado de Primera Instancia número 18 de Madrid le dio la razón a la que fue numeraria, no se iba a poner en marcha la operación/encargo apostólico de “contrarrestar otro ataque a la Iglesia porque quien ataca a la Obra ataca a la Iglesia?" “La clase de tropa” no podía permitir no estar a la altura de tan santa y cristiana cruzada para salvar a la Iglesia de esa panda de impresentables que son los que se van de la Obra. 

¿Alguien se imagina las miles de demandas que le hubieran llovido al opusdei si el Tribunal Supremo de España hubiera confirmado que el opusdei estafa a sus numerari@s al exigirles la entrega del sueldo? Los estafa porque ni en los Estatutos (aprobados por la Iglesia y por lo tanto inviolables aunque se violen) ni en el Catecismo de la Obra (aprobados por nadie) se dice que hay que entregar el sueldo sino que cada fiel de la prelatura “debe sostenerse económicamente y ayudar en las labores apostólicas”. De ahí se deduce que si se tratara a los “fieles” de la prelatura como personas adultas y estos tuvieran la oportunidad de cumplir con los que dicen los Estatutos y el Catecismo, preguntarían al llegar a vivir a un centro: ¿Cuánto cuesta aquí mi comida y alojamiento? El director le diría, por ejemplo: 500 euros. El numerario le contestaría: “pues 500 euros que ingreso cada mes”. -Y para las labores apostólicas ¿con cuánto quieres ayudar? -Con 200 euros me parece bien; los añado a los 500 y todos los meses tendrás 700 en la cuenta del centro. Y punto. Si el numerario gana 1.500 euros, le quedarían 800 para hacer lo que quisiera con ellos, entre otras cosas, ingresarlos en una cuenta personal de ahorro. Y si el día de mañana se va de la obra, habría cumplido con lo establecido en los Estatutos y en el Catecismo: se había sostenido económicamente y habría ayudado en las labores apostólicas. Pero, además, no saldría con una mano delante y otra detrás: dispondría de sus ahorros para empezar una nueva vida y no tendría que pedir nada a la prelatura. Y si no se marcha, puede poner una claúsula en su testamento (en el supuesto de que la obra le dejara hacer un testamento por libre) acordando que "si muere dentro del opusdei, el dinero de la cuenta bancaria xxx lo dona a la institución). Pero ese diálogo y ese posible testamento son una entelequia, así no se actúa en la obra porque hay que entregar el sueldo completo, contraviniendo los Estatutos y el Catecismo 

Conclusión: la mentira, el ocultamiento, la coacción, la desvergüenza, la pillería y la estafa, forman parte del ADN del opusdei, está en sus propios genes. Nada de lo que salga del opusdei es verdad, sincero, libre, sano, leal ni justo. Si así fuera ya no sería el opusdei.  

Y la ferviente “clase de tropa” no se queda atrás a la hora de firmar sentencias porque el ADN y los genes se transmiten de “padres” a “hijos”. 

La parte positiva de la sentencia es que, con ella en la mano, en lugar de acudir a un tribunal civil, lo que hay que hacer es acudir al tribunal de la Conferencia Episcopal y la Congregación de Vida Consagrada, del Vaticano, puesto que si los “fieles” célibes del opusdei, son religiosos y religiosas, estos organismos de la Iglesia son los adecuados para pleitear, creo yo.  

Un abrazo,

Agustina Lopez de los Mozos

PD.- Mucho mejor que yo lo explica Lucas en su escrito: "El compromiso de pobreza: otro engaño del Opus Dei".









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