La admisión de hijos 'ilegítimos'.- Cavernet
Fecha Monday, 24 May 2004
Tema 070. Costumbres y Praxis


Interesantísimo el Vademecum de los Consejos Locales que habéis publicado en la Web. Por fin podremos enterarnos de qué iba la película.

Me he leído el texto por encima, en diagonal. Pero hay un párrafo que me ha llamado la atención, pues no lo sabía (igual que tantas otras cosas):

'Para dejar que un hijo ilegítimo solicite la Admisión como Numerario o Agregado, siempre que reúna las demás condiciones, se necesita permiso de la Comisión Regional. Esta indicación se aplica también a los hijos adoptivos, a no ser que se trate de hijos legítimos y naturales de un matrimonio, adoptados por otro.' (Vademecum de los Consejos Locales, Roma 1987, Capítulo I: Incorporación a la Obra, págs. 14-15)

Yo no sabía esto. Ahora comprendo por qué a mi prima -adoptada, hija natural de una adolescente de "casa bien"- nunca le dieron el coñazo las opusinas.

¿Es que los hijos "ilegítimos" -según ellos- poseen más pecados origanales que los "legítimos"?

¿Algún teólogo o canonista podría explicar esto, please?

¿Esto casa con la doctrina católica?

Si una chica embarazada aborta, está mal. Si por el contrario tiene al bebé, pues como el bebé es de madre soltera, es una cosa maldita de nacimiento.

Pienso en mi prima (a quien quiero mucho) y me indigno. Me indigno más todavía si miramos la fecha del Vademecum: no es de los años 40, no (cosa que se podría entender por la mentalidad de la época): sino que es 1987.

¿Pero en qué mundo viven? ¡Qué mentalidad más retorcida y obtusa!

No es necesario poner los "libros silenciados". Su literatura "oficial" habla por sí sola.

Cavernet







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