¿Consultar al Vaticano sobre las prelaturas personales?.- Daniel_M
Fecha Monday, 19 July 2010
Tema 125. Iglesia y Opus Dei


Cauchi pregunta en su escrito del viernes 16 de julio:

Tengo entendido que en derecho civil una persona puede solicitar a un tribunal una aclaratoria sobre alguna ley. Algo así como "Sres Jueces. Según esta ley de botánica espacial, ¿puedo o no sembrar petunias en marte?" ¿No hay algo así en la Iglesia? ¿No se puede pedir una aclaratoria sobre si los laicos pertenecen de manera orgánica o no a las prelaturas personales?

El art. 267 de la ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, establece las posibles aclaraciones sobre autos y sentencias dictadas por los Juzgados y Tribunales españoles. Las otras dudas, relativas a la corrección o ajuste a la ley de las sentencias de los juzgados o tribunales inferiores son resueltas -tras presentar los diversos recursos- por los tribunales superiores. Si la duda se plantea respecto a la conformidad con la Constitución, se resuelve mediante sentencia por el Tribunal Constitucional.

Un sistema jurídico como este, tan preciso, creo que no existe en la Iglesia Católica. Al fin y al cabo, la Iglesia no dispone de los medios de un Estado, ni es un Estado (salvo la excepción de Ciudad del Vaticano)

Sin embargo, existe una pequeña posibilidad de consulta (aparte de dirigirte a la asesoría jurídica de la Conferencia episcopal, cuyo secretario te puede contestar con una respuesta ambigua, para no comprometerse ni él ni la Conferencia). La posibilidad es dirigirse al Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, órgano de la Santa Sede radicado en el Vaticano. Este organismo resuelve las dudas sobre los textos legales fundamentales de la Iglesia.

Pero la posibilidad es pequeña porque según la información que he obtenido de la citada Asesoría Jurídica, aunque en teoría cualquier católico podría remitir una consulta al Pontificio Consejo, en la práctica parece ser que sólo contestan a los obispos. La única explicación que se me ocurre es que hay millones de católicos en el mundo, mientras que obispos sólo existen unos pocos miles. Y, al fin y al cabo, en la Iglesia un Obispo es un fiel de categoría superior a un laico.

A menos que alguien conozca a un Obispo dispuesto a consultar este aspecto (u otro como si una prelatura personal es parte de la estructura jerárquica de la Iglesia y por tanto circunscripción eclesiástica); dudo que sea imposible obtener un dictamen jurídico por quien tiene competencia al respecto.

Este asunto quedará en el ámbito de la discusión doctrinal, que es donde el Opus Dei debe desear que quede este asunto (quizás hasta que fallezca Benedicto XVI),  pues durante lustros fue el Cardenal Julian Herranz, numerario del Opus Dei, secretario y luego presidente de este Consejo, y nunca se consultó nada en todo el mundo sobre las prelaturas personales… ni siquiera por el propio Opus Dei (supuestamente, el más interesado).

Un saludo,

Daniel_M.

Nota: Dónde encontrar información de este Pontificio Consejo   









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