Un conjunto de errores (II): “Dirección espiritual”.- Addicte
Fecha Wednesday, 26 May 2010
Tema 070. Costumbres y Praxis


Por eso, para los fieles de la Obra, el Buen Pastor son el Padre y los que reciben misión de él: Quiso el Señor como Pastor de estas ovejas a vuestro Padre, y a quienes del Padre reciban esa misión: los Directores y los sacerdotes de la Obra, porque no se le da ordinariamente a nadie que no sea del Opus Dei. Es el mismo Opus Dei quien imparte la dirección espiritual, y nadie puede atribuirse el derecho exclusivo de ejercerla.

En este caso, cuando un numerario recibe del Consejo local el encargo de llevar la dirección espiritual de varios miembros, se supone que “ya tiene” o “ha recibido” o “recibe” esa gracia especial, o dicho de otro modo, cuando él opera en su encargo, está operando el Opus Dei...



Pero, en este caso: ¿Qué ha cambiado en él? ¿Qué gracia ha recibido? ¿En virtud de qué derecho recibe y de quién recibe esta gracia? ¿Quién es entonces el Opus Dei?

La dirección espiritual que nos proporciona la Obra se determina en los medios de formación personal y colectiva. La dirección espiritual personal la reciben todos (...) en la Confidencia y en la confesión sacramental; la colectiva se da, en gran parte por los Directores laicos, en los Centros de Estudios, en los Cursos anuales, en los días de retiro espiritual, en los Círculos, en las meditaciones, en las Collationes de re morali et litúrgica, en las Convivencias especiales, etc. La Confidencia -esa charla sincera, llena de sentido sobrenatural- es el medio de santificación más soberano que, aparte de los sacramentos, tenemos en el Opus Dei.

Curiosamente, estas ideas sacadas directamente de CONSIDERACIONES GENERALES SOBRE LA CHARLA FRATERNA chocan frontalmente con el punto 61 de Camino donde reza: “Cuando un seglar se erige en maestro de moral a menudo se equivoca. Los seglares sólo pueden ser discípulos”.

Estas palabras de nuestro Padre muestran la importancia de este medio de formación personal, tesoro de inmenso valor que Dios ha concedido a la Obra. La Confidencia es para nosotros medio de santificación porque en ella actúa el Espíritu Santo Santificador, para llevar a quien la realiza a identificarse con Cristo por el camino de la vocación al Opus Dei. Es su carácter sobrenatural el que ilumina todos los aspectos de la charla fraterna. (Consideraciones generales...)

¿Por qué virtud la Charla tiene carácter sobrenatural? Entiendo que lo tenga el sacramento del perdón, en dónde es el mismo Cristo quien nos perdona y purifica. Sacramento que imparte el sacerdote, quien ha recibido un sacramento, el del orden. El seglar puede y tiene gran capacidad de escucha y de ayuda y ciertamente puede estar iluminado por la gracia del Espíritu Santo; pero no entendemos porqué debe ser en distinto grado de la gracia que recibe el confidente.

Nos preguntamos: si un laico numerario no es una persona consagrada, tampoco ha recibido ningún sacramento com lo reciben los religiosos o los matrimonios, ¿Cúal es su fuente de gracia? Si ciertamente el Espiritu Santo ilumina las palabras y consejos de un director, ¿como se explica tal contradicción entre el fundamento de la charla y el papel del director explicado en Camino? ¿Por qué al sacerdote se le “priva” de este papel tan importante de la dirección espiritual, que le compete de lleno?

En el punto 64 reza: “no escondas al director esas insinuaciones del enemigo...” Ciertamente hay que ser sincero, pero entonces ¿para qué duplicar la sinceridad en la charla y en la confesión? ¿Charla fraterna? ¿Confidencia? Al único que no se debe esconder nada es a Dios.

De hecho de que esa persona –no obstante sus limitaciones y defectos- es cauce de la guía del Espíritu Santo y de la ayuda de la Obra. Esta es la descripción que el citado documento hace del director espiritual numerario.

Pero avancemos algo más: ¿Y el sacerdote? ¿Por qué no se puede llevar la dirección espiritual con el sacerdote? El sacerdote, como ministro de Dios debe escuchar y aconsejar al penitente, y dentro del mantenimiento del secreto de confesión, ayudarle y aconsejarle en el propio acto de la confesión, antes, durante o depués de la absolución. Nada de lo que diga el penintente deberá ser usado para informar al director espiritual laico. Será el penitente quien, si quiere informará al numerario. Nunca habrá gravedad de materia en esta información y nunca habrá circulación de esta en ningún sentido hacia o desde el confesor.

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