Obediencia y secularidad.- Aquilina
Fecha Friday, 13 February 2009
Tema 090. Espiritualidad y ascética


Otro argumento, a continuación del que comenté en mi anterior intervención, también con referencia al escrito de EBE "Los daños del Opus Dei: La mentira", que quiero comentar es el argumento de la obediencia.

Resulta que la obediencia, como señala repetidas veces EBE, es la virtud por excelencia del Opus: “La obediencia tiene primacía sobre todo lo demás, aún sobre la prudencia (que guía las demás virtudes).Esto es cierto y todos nuestros testimonios deponen en este sentido.

Leyendo estas palabras, volvió a ocurrirme una duda que ya otras veces me había surgido y que he observado surgir a menudo, aunque de forma aún implícita, en los últimos meses en muchas intervenciones de esta página.

La duda es la siguiente: ¿se puede conciliar la tanto alardeada secularidad del Opus Dei con cualquiera tipología de compromisos para vivir virtudes determinadas, en el caso concreto: pobreza, castidad, y sobre todo obediencia?...



Me voy a explicar mejor, precisando que todos mis argumentos son argumentos de un sentido común ilustrado por los conocimientos teológico y doctrinales de una cristiana de a pié, quizá algo más profundos por ser una ex numeraria, pero nada más. Si tienen algo de pertinencia real con el problema, me gustaría que alguien más preparado doctrinalmente recogiera el testimonio y profundizara más.

Yo sé que el sentido de los clásicos votos que constituyen el estado religioso -pobreza, castidad y obediencia- es un sentido escatológico. Los religiosos dan testimonio con su vida de que nuestro destino definitivo es el Reino de los Cielos, en el que ni habrá mujer o marido y todos seremos como ángeles de Dios (voto de castidad), en el que todos estaremos unidos a Dios que es nuestro bien absoluto sin más necesidad de preocuparnos por las exigencias de la vida mortal (voto de pobreza) y en el que ya habremos alcanzado definitivamente nuestra identificación con Jesucristo factus oboediens usque ad mortem para redimirnos (voto de obediencia). Este testimonio, por lo tanto, se manifiesta por medio de una “regula”, de una forma concreta de organización de vida que describe, más o menos detalladamente, la forma en la que los religiosos se obligan a la observancia de estos compromisos. Por esta razón los religiosos también se llaman “regulares”. Y los “superiores” son los que son responsables de la observancia de la Regula y los a los cuales hay que rendir la voluntad personal por la obediencia.

En cambio, los laicos vivimos en el siglo, o sea, en el tiempo, en la historia. Nuestra vocación es alcanzar el Cielo desarrollando en la historia -en las pequeñas historias de nuestras pequeñas vidas- nuestro progreso hacia la plenitud humana y sobrenatural. Es previsto y asumido que este recorrido no sea rectilíneo: es un recorrido de errores y aciertos, de rodeos, de idas y vueltas. Es más bien un proceso helicoidal: a lo largo de cierto tiempo volvemos a enfrentarnos con determinados puntos críticos y cada vez los enfrentamos de forma un poco distinta, y a veces hasta contrapuestas, a la luz de las experiencias vividas y del poso que estas experiencias han dejado en nuestra psique y en nuestra alma, construyendo de esa forma este especialísimo y singular coagulo de conciencia frente al mundo exterior que es la identidad de cada uno de nosotros. No tenemos una “regulas” que nos indican cómo llevarnos frente a determinados acaecimientos de nuestras vidas, lo único que nos indica el recorrido son las verdades relativas a la fe y a la moral, interpretadas por el magisterio de la Iglesia.

Por supuesto, los laicos también tienen que vivir las virtudes, y entre ellas las virtudes de castidad, pobreza y obediencia.

La castidad de los laicos no exige necesariamente la renuncia a usar del sexo, sino requiere usarlo dentro de la recta razón. Por esta razón en el estado secular se puede vivir una castidad matrimonial, una castidad en el noviazgo y una castidad dentro del celibato. Pero no dentro de una proyección escatológica, o sea no metiéndose de una vez para siempre en una situación de “casi eternidad” que no puede mudarse. Los esposos pueden quedarse viudos, o llegar a una separación; los novios se van a casar, o pueden dejarse y volverse célibes; los célibes podrán emparejarse antes o después... los laicos pueden pasar de una a otra de estas situaciones sin necesidad de pedir permisos, pareceres, dispensas de ningún tipo.

La pobreza de los laicos, creo yo, es más relacionada a la templanza y a la justicia social: no abusar de las riquezas si las hay -que no están prohibidas- y tener conciencia de que no somos padrones absolutos de nuestros bienes, sino sólo hasta cierto punto y que somos responsables de alguna forma de los que están más necesitados. Usar de los bienes -sin necesidad de ningún permiso, ni dispensa, ni pareceres, según lo que aconseja la conciencia personal rectamente formada.

En fin, la obediencia. También en este campo existe un contenido propio del laico cristiano: el de la familia, de la realidad social en el que se desenvuelve, del estado. Obediencia a los padres y -de alguna forma- al esposo, a los maestros y a los jefes, a las leyes. A la autoridad en general, siempre según la conciencia rectamente formada.

Pero -y aquí creo que se sitúa la especial criticidad de la obediencia respecto al estado laical- con la especial responsabilidad de quien está llamado a vivir, precisamente por su estado laical, dentro de la historia, y por esta razón con especial responsabilidad de encontrar y dar su especial contribución al desarrollo del plan divino dentro de esta dimensión. Y esto sólo se puede hacer desde una plena asunción de responsabilidad. El religioso se llama fuera de esta asunción de responsabilidad: puede no votar en las elecciones, está exonerado de participar activamente en las guerras, está obligado a no participar activamente en la vida política, pues de alguna manera “ya no es de este mundo” (a menudo en las ceremonias de ingreso en las ordenes religiosas se celebra un rito parecido a un funeral para significar esta muerte al mundo). Y en este contexto se explica que un religioso, pueda obedecer "en nombre de santa obediencia" aunque no comparta en parte o en todo lo que se pide (mientras que no le pidan inmoralidades). El laico, en cambio, no puede rendir su voluntad de esta forma pues es precisamente por medio de su libre voluntad y de su juicio que tiene que construir el mundo cristiano que es su misión como laico.

Además hay que señalar que, contrariamente a lo que nos enseñaron en el Opus Dei, en la obediencia sólo puede rendirse la voluntad y no el juicio: la voluntad es una facultad que puede doblegarse sin comprometer su contenido propio. El juicio no: el juicio sólo puede cambiar cuando, por circunstancias interiores o exteriores, ya logramos que la evidencia dentro de nosotros cambie. No es un proceso que podemos forzar sin perder nuestra libertad. La voluntad puede depender de nosotros, la verdad no. Esto es tan cierto que hasta la doctrina cristiana reconoce que el dictado último de moralidad es la conciencia personal, puesto que si el juicio no logra reconocer cierta la verdad enseñada por la Iglesia, tiene que desatenderla en favor de lo que juzga cierto. Por esta razón la exigencia propia de la ascética del Opus Dei, de obedecer no sólo con la voluntad, sino también con la cabeza, bajo apariencias atrayentes (¿quién, puesto a obedecer, no preferiría obedecer con total adhesión de la cabeza además que de corazón?) esconde mecanismos que fácilmente pueden llevar, con el tiempo, al estorbo mental. Y no es cierto que si no se llega a “ver” los que indican los directores es porque no se tiene docilidad, o espíritu sobrenatural, o lo que sea. Doblegar la voluntad puede ser virtuoso, doblegar el juicio no.

En fin, lo que quiero argumentar, es que el laico, en virtud de su laicidad, o sea, en virtud de su carencia de ataduras religiosas, regulares, puede y debe obedecer tan sólo a su conciencia rectamente formada, o en lo que se refiere a sus relaciones familiares y sociales: a sus padres, a sus jefes profesionales, a las leyes de su estado, etc., pero no a un director espiritual. O al menos no puede ser obligado a tener director ni por leyes, ni por reglamentos, ni por costumbres, bajo pena de volverse un "laico consagrado". El laico, a parte que el magisterio que define las verdades de fe y de moral, no tiene más reglas que observar: puede a lo máximo observar una reglas que él mismo se da, con tal que en cualquier momento pueda tomarla y dejarlas sin más autorizaciones que la que se da por sí mismo. O si no, no es laico: tiene una regla a la que someterse y es religioso reglar, aunque vista hábitos seculares.

Si, como nos han enseñado, “ser laical” está contrapuesto a “ser religioso” en razón de que el laico está “suelto”, responde de sí con responsabilidad personal y no abdica al ejercicio de su libertad y de su responsabilidad como lo hace el religioso en su forma peculiar de búsqueda de la santificación, entonces no es posible vivir la secularidad y al mismo tiempo la obediencia como se hace dentro del Opus Dei, y además comprometiendose a esto con una forma de “compromiso”.

En teoría, si el Opus Dei fuera lo que dice ser, tendría que proporcionar a sus fieles formación religiosa y doctrinal, pero no dar “dirección espiritual” -o como apunta atinadamente Gervasio en su escrito La espiritual dirección ¿hace falta? exigir cuenta de conciencia. Si lo que digo es cierto, o al menos defendible, habría aquí otro argumento, y quizá de mayor contundencia que el de las practicas ascéticas trasladadas de la vida común de los religiosos, para explicar que no subsiste el carácter laical de la Obra.

Otro saludo cariñoso para todos,

Elena







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