La dispensa.- Sergio
Fecha Friday, 29 August 2008
Tema 110. Aspectos jurídicos


No estoy de acuerdo con Bienvenido acerca de la necesidad de la dispensa para abandonar el Opus Dei.

1) Como bien dice, la dispensa siempre necesita una razón suficientemente importante, porque va contra la Ley general. Sin embargo, en la Obra "las puertas están abiertas para salir", en palabras de Fundador. Por lo tanto, si según san Josemaría cualquiera puede irse en cualquier momento y porque le apetece, los laicos del Opus Dei no necesitan dispensa para abandonarlo. (Recordemos que, sin ir más lejos, la Iglesia nunca ha empleado una frase similar para sus sacerdotes: "las puertas están abiertas para salir, el sacerdote que quiera irse es libre para hacerlo").

2) Un Prelado personal no es, respecto de los laicos, alguien asimilado a un Obispo diocesano: recuérdese que a una Prelatura personal solo pueden pertenecer "presbíteros y diáconos del clero secular" (C.I.C. 294), y un laico solo puede colaborar con las obras apostólicas de la Prelatura (c. 296). A la luz del Código, tan fuera de lugar está que un laico pertenezca propiamente a la Prelatura como que lo haga un religioso. Y si no pertenece, no necesita dispensa para irse, basta que avise de que lo deja.

3) ¿Apoya el C.I.C. la idea de que los laicos que se dedican a las obras apostólicas de una Prelatura personal tengan que pedir permiso al Prelado para casarse? Evidentemente, no.

3) Y en último lugar, como muchas de las obligaciones que el Opus Dei impone a sus supuestos miembros no figuran en los Estatutos (obligación de dirigirse espiritualmente con sus superiores internos, de entregar todo su sueldo al Opus Dei, de permitir la violación de su correspondencia, etc.) esas misma obligaciones no tienen fuerza legal, y para dejar de cumplirlas no se necesita dispensa.

Mi consejo para los que se van: que en caso de duda consulten el asunto en su diócesis. Por ejemplo: "Soy numerario del Opus Dei y me quiero casar: ¿tengo que pedir alguna dispensa?".

Sergio.









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