Tengo una duda y quisiera transmitirla a quienes se especializan en lo jurídico: ¿podría decirse que quienes estuvimos 2 años en Centros de Estudios Regionales fuimos también seminaristas de la misma manera que lo son quienes van a vivir a Centros de Estudios Interregionales? Sería una novedad saber que fui seminarista sin aviso... será por eso de que a Escrivá le gustaba lo de «ser mártir sin llamarte martir», pero yo prefiero las cosas más claras y no la ambigüedad tan del Opus Dei.
¿Y para el caso de las mujeres cómo es la cosa jurídica? Pues las que van Roma no pasan a ser seminaristas.
Antes de preguntar estuve buscando en la web, pero no encontré nada al respecto.
Muchas gracias y saludos,
E.B.E.