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 Tus escritos: Petición a un doctor en Filología latina. Para Abelardo.- Daniel M.

110. Aspectos jurídicos
Daniel M. :

Leo los correos de Abelardo [Estatutos en latín ¿por que? y Estatutos en castellano], que dice ser doctor en filología latina. En ellos nos expresa su extrañeza por la falta de traducción al español de los Estatutos de la prelatura del opus dei.
 
Esto mismo lo mencioné en mi carta de dimisión como supernumerario el pasado mes diciembre de 2006. Indiqué en mi carta (dirigida a un vicario delegado) que la Santa Sede tenía traducida a diversos idiomas desde la Biblia, los documentos del Concilio, hasta su página web, y sin embargo la prelatura no traducía sus estatutos.  El numerario que me dirigía, me dijo en una ocasion que el "catecismo" era la norma a seguir, el "reglamento". Y era doctor en derecho...


Bien, esto no es así. El "catecismo" es un documento formativo sin valor jurídico alguno y no puede ser expresión de una normativa legal a seguir dentro de la porción de la Iglesia que dice ser el Opus Dei. Él lo sabía, como doctor que era, pero me temo que trataba de convencerme de que no estuviera en desacuerdo con la primera parte -la que trataba de la "circunscripción eclesiastica"- y me limitara a acatar el contenido o las instrucciones de dicho "catecismo".
 
Cosa díficil, pues había consultado con un monseñor del área jurídica de la conferencia episcopal española que tampoco estaba de acuerdo con dicho concepto (circunscripción eclesíastica, estructura jerárquica, etc). Así que si la Iglesia Católica no tenía establecido como cierto dichos conceptos tal como lo enseñaba la Prelatura del Opus Dei, menos autoridad podía tener el prelado para imponérmelo.
 
Por otra parte, sirva de ejemplo, que cuando un ciudadano adquiere la condición de funcionario de cualquier administración pública en España, tiene la obligación de conocer los siguientes documentos: Constitución (española), Estatuto de la Comunidad Autónoma (de residencia, si es administración regional), Ley de procedimiento administrativo, leyes específicas de la comunidad (si es el caso), reglamentos específicos.
 
En lineas generales, no se puede ingresar en un organismo jerárquico y estatal (una administración pública) si no se conoce la legislación que lo regula y además lo demuestras superando un proceso de oposición para ingreso.
 
Pero, en el Opus Dei, "el camino de la santificación del trabajo profesional", se entra sin conocer ni los estatutos, ni lo más básico del código de derecho canónico, ni el "catecismo de la prelatura" tan modificable en el tiempo y tan celosamente guardado.
¿Por qué no se traduce los Estatutos al castellano? Por cuestión de poder, de control. Quien ejerce la dirección y el control prefiere regular los datos que deben recibir los subordinados, para así ejercer mejor dicho control sobre ellos.
 
¿Por qué la Prelatura insiste en ser estructura jerárquica, cuando la Iglesia Católica se lo ha negado jurídicamente y prácticamente por todas las conferencias episcopales del mundo? Por otra cuestión de poder. En este caso de independencia de cualquiera que pudiera ejercer un control sobre la Prelatura.
 
En el fondo, es simplemente política. Eclesial, pero política. Cuestión de independencia respecto a otros órganos que pudieran interferir en su funcionamiento. Desde arriba, conferencias episcopales, obispos diocesanos. Desde abajo, ejercicio de poder directivo sobre los miembros supernumerarios, agregados o numerarios según el escalón jerárquico que ocupen.
 
Y todo esto ¿por qué?. Quizás porque el prelado y sus asesores quieren ejercer su labor "ad maioren dei gloriam". Y para la mayor gloria de Dios, conviene poder ejercer el mando, el cargo, con los menores obstáculos posibles. Pues tratan de servir a Dios con perfección. Y el concepto del cargo que tienen es puramente feudal, no democrático. No se tiene en cuenta por ello la opinión, ni las necesidades del de abajo. Si se ajusta a lo que se espera de él -segun la particular visión vocacional que tienen- sirve y sigue en la Obra. Si no, se le aconseja no renovar. Da igual si tiene o no "vocación". Pues la única para ellos es "su vocación". Simplemente, se le echa.
 
No hay más visión que del individuo como una tuerca en un engranaje. La tuerca ¿se ajusta? ¿sirve?. Si es que sí, que siga (aunque sufra el material). Si es que no, (tras un tiempo más o menos largo para comprobarlo) pues que salga (pues el material parece que ya no resiste o no valía para el engranaje)
 
Y todo lo demás, palabras o conceptos caritativos como "te da tensión el plan de vida", me parece que no son la motivación fundamental en el trato de la Institución (directrices, ordenes de los superiores) hacia el subordinado (quien está abajo en la escala).
 
Puede ser un motivo añadido, pero no el principal. El principal será siempre lo que es mejor para la Prelatura, pues está siempre por encima la institución que la persona. Al menos, a mi me dieron esta impresión en mi caso personal.
 
Pero, bueno, supongo que esto entra dentro de la problemática típica de muchos organismos, especialmente dentro de los más reglados (tipo militar, ordenes religiosas, etc).
 
Saludos,
Daniel M.
 
Nota para Abelardo: ¿Podrías tú traducir adecuadamente los Estatutos para conocimiento de todos? Si no es así, ¿podrías indicar que personas están capacitadas para traducirlo para solicitárselo? Aunque sea pagando (al menos yo estaría dispuesto a ayudar económicamente para esto) 
 
Otra cosa, consta en esta página web un documento en latin que aporté. Fue díficil acceder al mismo, pero lo conseguí tras ponerme en contacto con un canonista. Este documento contiene las conversaciones de los cardenales miembros de la comisión codificadora del Código de derecho canónica en lo relativo a las prelaturas personales. Aparece que el cardenal Ratzinger considera a las prelaturas personales como una forma de asociación, motivo por lo que no fueron incluídas dentro de la estructura jerárquica eclesial.
 
Es un documento importante, la base en que varios canonistas rechazan la versión errónea que tiene el Opus Dei de si mismo. ¿Podrías conseguir que alguien lo tradujera al español? Considero que no traducirlo sería como no facilitar su contenido al común de los fieles  católicos. También estaría dispuesto a aportar económicamente algo para esta traducción. Gracias.



Publicado el Monday, 14 May 2007



 
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