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 Tus escritos: Informe sobre el Catecismo de la Obra (II).- Doserra

110. Aspectos jurídicos
Doserra :

INFORME SOBRE EL CATECISMO DE LA OBRA

Comparación entre las redacciones y

 

Doserra, 17 de enero de 2007

 

II

Variaciones leves y párrafos alterados

 

Catecismo de la Obra, 6ª edición (año 1995)

Catecismo de la Obra, 7ª edición (año 2003) 

 

        5. Vayamos ahora a la descripción minuciosa de los detalles “irrelevantes”, que buscan perfeccionar las expresiones del derecho o del espíritu propio...



        A) Algunas leves variaciones de la terminología.

 

        Las variaciones que se consignan en este apartado se justifican en el hecho nuevo de la canonización de San Josemaría o también por la conveniencia de insistir en cómo se entiende el “hecho canónico” de la Prelatura. Son éstas:

 

        a) El cambio del actual número 18 (= 10 en 6ª) donde se menciona San Josemaría, en vez del Beato anterior; otra tanto sucede en los actuales números 292-293 (= 283-284).

 

        b) En unos pocos números se ha sustituido la palabra miembros por fieles de la Prelatura: sucede esto en los actuales números 46 (= 37), 77 (= 68), 78 (= 69), 187 (= 178), 206 (= 197) y 218 (= 209); este último cambia además su redacción. Pero no se ha hecho una revisión sistemática de la terminología en este aspecto, ya que muchos otros números conservan la expresión de “miembros” y también podían haber sido modificados; sucede esto en los actuales números 83 (= 74), 132 (= 123), 136 (= 127), 151 (= 142), 163 (= 154), 166 (= 157) a pesar de haber alterado otros aspectos de su enunciado, 169 (= 160), 175 (= 166), 198 (= 189), 207 (= 198), 216 (= 207), 249 (= 241), 252 (= 244), 309 (= 300), 339 (= 332), 340 (= 333).

 

        c) Se hace una leve corrección en la redacción del actual 302 (= 293), en su apartado de letra menuda, ya que se suprimen los “de”, para evitar su reiteración en cada apartado de la enumeración, y esa partícula pasa al encabezado del párrafo.

 

        d) Se introduce de modo distinto la respuesta del actual 321 (= 312) sobre la composición del Consejo General, cambiando la redacción Bajo la presidencia del Padre, forman parte del Consejo General... y se suprime la palabra Sacerdote al mencionar el cargo de Director Espiritual.

 

        e) Cambia también el modo de introducir la respuesta del actual 324 (= 316) sobre la composición de la Comisión Regional, modificando la redacción Bajo la presidencia del Vicario Regional —que se llama también Consiliario—, forman parte de la Comisión Regional... Y además se incorpora la nominación de Vicario Secretario Regional diciendo ahora: “el Vicario Secretario Regional para la Sección de mujeres —que se llama también sacerdote Secretario regional—”.

 

        f) Se simplifica la respuesta en el actual número 325 (= 317) modificando la antigua redacción: Suple al Vicario Regional, en caso de ausencia o de enfermedad, el Sacerdote Secretario Regional, que se llama también Vicario Secretario Regional. También el actual 327 (= 318) se simplifica con la nueva terminología.

 

        g) Se modifica el tenor de la pregunta en el actual número 329 (= 322) poniendo el sujeto en singular y eliminando el antiguo plural, que decía: ¿Quienes están al frente de las Delegaciones dependientes de la Comisión o de la Asesoría Regional?

 

        B) Supresión o reordenación de párrafos significativos.

 

        6. Son variaciones de diverso género que (es de suponer) responden a un intento de acomodar la letra del Catecismo al modo en que efectivamente se actúa en la Prelatura. Cambios de este género son éstos:

 

        a) En el actual número 80 (= 71) se ha suprimido el párrafo final: La Santa Sede ha establecido que, para que no se lesione ningún derecho, exclusivamente el Prelado del Opus Dei tiene potestad para conceder esta dispensa, que comporta la resolución del contrato que le unía a la Prelatura. Sin embargo, se ha matizado la redacción del párrafo que le precedía, pues decía necesitan dispensa que sólo puede conceder el Prelado.

 

        b) Del actual número 90 (= 81) ha desaparecido el párrafo final antiguo que decía: Cualquier sacerdote que reciba esas facultades puede confesar a todos los fieles de la Prelatura y a los socios de la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz, según el tenor de la misma concesión; y también a las personas que no pertenezcan a la Prelatura pero que vivan en la sede de un Centro del Opus Dei, en cualquier parte del mundo.

 

        c) Se reordenan y cambian los números del art.4 en el capítulo II de la Parte III, dedicado al aspecto doctrinal-religioso de la formación; son estos cambios:

     El antiguo 226 (actual 235) sigue al antiguo 229 (= actual 236), que presenta una redacción modificada: en sus párrafos de letra menuda se incluye el antiguo número 230 y el párrafo inicial del antiguo número 231 (actual 238).

 

 Ctm 6ª número 229

 Ctm 7ª 236

     ¿Dónde reciben los fieles de la Prelatura esta formación doctrinal-religiosa?

     Los fieles de la Prelatura reciben esta formación doctrinal-religiosa en el Studium Generale de cada Región, en los Centros de Estudios Interregionales y, en algunos casos, en Facultades eclesiásticas de los Centros de Estudios de la Región.

     ¿Dónde reciben los fieles de la Prelatura esta formación doctrinal-religiosa?

     Los fieles de la Prelatura reciben esta formación doctrinal-religiosa en el Studium Generale de cada Región; o, en algunos casos, en los Centros de Estudios Interregionales y en Facultades eclesiásticas.

     El Studium Generale realiza sus actividades fundamentalmente en los Centros de Estudios para Numerarios, y en los Cursos de Estudios para Agregados o Supernumerarios.

     La labor del Centro de Estudios no se realiza solamente dentro de su propia sede; pueden organizarse Cursos anuales y actividades académicas también en otros lugares.

 

        Así, desaparece el antiguo número 230 y es sustituido por el actual 237, que cambia su enunciado y su redacción:

 

 Ctm 6ª número 230

 Ctm 7ª número 237

     ¿Cómo desarrolla su actividad el Studium Generale? El Studium Generale desarrolla su actividad fundamentalmente por medio de los Centros de Estudios de la Región.

     ¿Qué es el Studium Generale? El Studium Generale es el centro de Estudios Superiores de Filosofía y Sagrada Teología, que se erige en cada circunscripción de la Prelatura.

 

     Sigue a continuación el antiguo número 231 (= actual 238) sin cambios en su literalidad. Pero, a continuación, sigue el antiguo 227 (actual 239) y se suprime el antiguo 228, que expresamente decía: “Estos estudios eclesiásticos, ¿tienen validez académica para los fieles de la Prelatura que son llamados al sacerdocio? Estos estudios eclesiásticos tienen validez académica, para los fieles de la Prelatura que son llamados al sacerdocio, porque así están reconocidos por la Iglesia”.

     Y luego, del antiguo 232 (= actual 240) se suprime el párrafo final de la redacción antigua más amplia que decía: Algunos Agregados y Supernumerarios pueden además recibir esa formación por medio de los Cursos de Estudios.

 

        d) En el actual número 285 (= 277) se ha suprimido el antiguo párrafo de letra menuda, que decía: Las tareas apostólicas, corporativas o no corporativas, que algunos fieles de la Obra realizan en colaboración con personas ajenas al Opus Dei, no son oficialmente católicas; sino tareas, seculares y laicales, promovidas por ciudadanos entre sus iguales, con arreglo a la ley civil, mediante un trabajo de carácter profesional, siempre impregnado de espíritu cristiano.

 

        e) Se suprime el antiguo número 314, que seguía al 313 (actual 322) y que decía: ¿Qué funciones ejercita el Vicario Secretario Central? El Vicario Secretario Central ayuda al Padre en el gobierno de la Sección de mujeres, con las facultades que el Padre habitualmente o ad casum le confiera”.

 

        f) El actual 324 (= 316) sobre composición de la Comisión regional, en el párrafo segundo, de letra menuda, se ha suprimido la mención de la Delegación de Estudios.

 

        g) Se suprimen los antiguos números 319-320. Sobre este 319, véase infra el apartado D) d). Y el antiguo 320 decía: “¿Qué funciones ejercita el Sacerdote Secretario Regional? El Sacerdote Secretario Regional ayuda al Vicario Regional en el gobierno de la Sección de mujeres. Tiene las facultades propias de su cargo y las que el Vicario Regional, dentro de sus atribuciones, le confiera en cada caso”; y continuaba en letra menuda: “ La tarea que desarrollan el Vicario Regional y el Vicario Secretario Regional en la Sección de mujeres: 1) asegura y fortalece la unidad de criterio, de modo especial en las cuestiones de fe, de moral, de derecho canónico y de espíritu de la Obra; 2) hace siempre patente la unidad jurídica del Opus Dei y facilita la coordinación de las labores apostólicas”.

 

        h) En la respuesta del actual 329 (= 322), tanto en el texto principal de letra grande como en la letra menuda, se suprime la expresión Vicario delegado, que el antiguo número hacía equivalente a Vicario de la Delegación.

 

Saludos cordiales,

 

Doserra

 

Catecismo de la Obra, 6ª edición (año 1995)

Catecismo de la Obra, 7ª edición (año 2003)

 

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Publicado el Wednesday, 17 January 2007



 
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