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 Correos: No entiendo lo del contrato renovable de la vocación.- Peter

110. Aspectos jurídicos
Peter :

Querido FIKO, gracias por contestarme, te quiero comentar que te seguiré escribiendo y preguntando cosas. Te estoy enviando una palabras donde habla del contrato del cual  comenté:
 
Para pertenecer al Opus Dei se requiere solicitarlo libremente, con la convicción personal, como se ha dicho, de haber recibido esta vocación divina, y que las autoridades de la Prelatura admitan la petición. La solicitud se hace por escrito, y la admisión se concede después de seis meses como mínimo.
 
Tras un período de al menos un año, el interesado puede incorporarse temporalmente a la Prelatura mediante una declaración formal de carácter contractual, renovable anualmente. Al menos cinco años después, se puede incorporar definitivamente.
 
De acuerdo con el derecho canónico, nadie se incorpora jurídicamente al Opus Dei si no es mayor de edad (18 años o más). La incorporación al Opus Dei supone, por parte de la Prelatura, el compromiso de proporcionar al interesado una asidua formación en desempeño de los deberes familiares, profesionales y sociales de cada uno.
 
Gracias y hablamos,
Peter



Publicado el Friday, 22 September 2006



 
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Estatutos del Opus Dei - 1982


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