Bienvenido a Opuslibros
Inicio - Buscar - Envíos - Temas - Enlaces - Tu cuenta - Libros silenciados - Documentos Internos

     Opuslibros
¡Gracias a Dios, nos fuimos
Ir a la web 'clásica'

· FAQ
· Quienes somos
· La trampa de la vocación
· Contacta con nosotros si...
· Si quieres ayudar económicamente...
· Política de cookies

     Ayuda a Opuslibros

Si quieres colaborar económicamente para el mantenimiento de Opuslibros, puedes hacerlo

desde aquí


     Cookies
Utilizamos cookies propias y de terceros para obtener datos estadísticos de la navegación de nuestros usuarios y mejorar nuestros servicios. Si continúa navegando, consideramos que acepta su uso. Puede obtener más información aquí

     Principal
· Home
· Archivo por fecha
· Buscar
· Enlaces Web
· Envíos (para publicar)
· Login/Logout
· Ver por Temas

     Login
Nickname

Password

Registrate aquí. De forma anónima puedes leerlo todo. Para enviar escritos o correos para publicar, debes registrarte con un apodo, con tus iniciales o con tu nombre.

     Webs amigas

Opus-Info

NOPUS DEI (USA)

ODAN (USA)

Blog de Ana Azanza

Blog de Maripaz

OpusLibre-Français

OpusFrei-Deutsch


 Tus escritos: Direccion espiritual en el Opus Dei: un enigma.- Tartarín

070. Costumbres y Praxis
tartarin :

Hola:

Estoy de acuerdo con pensativo acerca de que es inexplicable que el status jurídico de la prelatura la exima de cumplir con el CIC (Codex Iuris Canonici -Codigo de derecho canonico-) en el tema de la libertad en la dirección espiritual, esto según Ricardo.

Me parece lo mas lógico que lo que dice el CIC sobre el tema de la dirección espiritual de las personas que están en un instituto religioso se aplique mutatis mutandis a los “fieles corrientes”. Lo que explica que el canon 630 se refiera a los institutos religiosos explícitamente es que para los que lo escribieron el riesgo de abuso de una persona no religiosa a través de la dirección espiritual es muy bajo en comparación con el peligro que corre un religioso.

Un religioso esta bajo la jurisdicción de unos superiores a los que esta ligado por un voto público de obediencia y el canon 630 del Código de Derecho Canónico protege su fuero interno indicando lo siguiente:



630 § 1. Los Superiores reconozcan a los miembros la debida libertad por lo que se refiere al sacramento de la penitencia y a la dirección espiritual, sin perjuicio de la disciplina del instituto.
§ 2. De acuerdo con la norma del derecho propio, los Superiores han de mostrarse solícitos para que los miembros dispongan de confesores idóneos, con los que puedan confesarse frecuentemente.
§ 3. En los monasterios de monjas, casas de formación y comunidades laicales más numerosas, ha de haber confesores ordinarios aprobados por el Ordinario del lugar, después de un intercambio de pareceres con la comunidad, pero sin imponer la obligación de acudir a ellos.
§ 4. Los Superiores no deben oír las confesiones de sus súbditos, a no ser que éstos lo pidan espontáneamente.
§ 5. Los miembros deben acudir con confianza a sus Superiores, a quienes pueden abrir su corazón libre y espontáneamente. Sin embargo, se prohíbe a los Superiores inducir de cualquier modo a los miembros para que les manifiesten su conciencia.

Pero la prela lo ha logrado señores: unos fieles laicos, seglares, corrientes… que están bajo la jurisdicción de unos superiores a los que deben obediencia de acuerdo a los “acuerdos” hechos con la prela. Para los numerarios y agregados esta sujeción no es cosa de broma puesto que están dispuestos a cambiar incluso su trayectoria profesional cuando la obra lo requiera, esto es lo que se llama internamente la disponibilidad. Yo no discuto la bondad de esta disponibilidad, que es cosa de cada uno si con la suficiente edad e información decide sujetarse a una institución de la Iglesia, sino los abusos en el tema de la dirección espiritual cuando se mezcla con el gobierno.

Recuerdo el orgullo con el que un director regional hace algunos años nos exponía que la exigencia a los numerarios en el tema de la pobreza era superior a la de los religiosos, vaya manía de ganarle a todo el mundo ¿no? ¡Qué humildad colectiva!

Por que lo irónico del asunto es que una persona al pedir la admisión como numerario o agregado de la prela quede bajo una dirección espiritual mas estricta (incluso abusiva) que la del instituto religioso mas estricto. Y que además, por añadidura, pierda su derecho a escoger confesor, director espiritual y su confidencialidad. Chesterton diría: enormes minucias las que entregamos.

Dos escritos que tienen ideas muy claras del tema son los siguientes: Confesión y Dirección espiritual de Antonio Ruiz Retegui  y Sobre las violaciones al sigilo sacramental.

Medio cambiando de tema, otra cosa que me parece inaceptable es el concepto de que como ya sabíamos que nuestras confidencias no eran tan confidenciales estando dentro de la obra, ahora no podemos protestar por este abuso (ver. En eso no me engañaron, la verdad., de Lappso). Es evidente que Lappso no quiere defender la praxis de la prela respecto al tema, pero alguien podría argumentar que su escrito es un buen apoyo para eludir el tema. Que uno no solo supiera el juego, sino que además lo jugara e hiciera unos cuantos goles, no le quita a uno el derecho de criticar la práctica de la prela respecto a la confidencialidad.

Es bueno recordar que cuando uno esta dentro, su capacidad critica respecto a la obra es minimizada por la presión que la prela ejerce sobre la conciencia de uno (ver escritos de EBE sobre La conciencia y la ObraLa santa extorsión). En la obra atreverse a insinuar que alguna practica no es conveniente equivale a traicionar el espíritu de la obra que “nuestro fundador” ha dejado esculpido y no es fácil liberarse de esta presión. La obra tolera algún pataleo a través del “conducto regular” que suele ser algún director de la comisión o de la delegación en plan policía bueno cuando uno ya lleva algunos años intuyendo que “algo” no marcha bien dentro de la institución.

Lo que es muy difícil es que uno pueda tener la suficiente libertad interior para plantarse y exigir que no se den mas abusos con las personas, suponiendo que uno se de cuenta que la praxis de la prelatura es abusiva en el tema de la dirección espiritual.

Un tercer temita es el de las dichosas instrucciones; creo que a esto no se le debe gastar mucha gasolina, pero me atrevo a decir algunas cosas al respecto.

1. Es muy difícil que las instrucciones se comenten antes del centro de estudios por la escasez de ejemplares de estos libracos.

2. Pero algunos fragmentos se encuentran en los guiones de los apartados II y III.

3. Además su contenido esta explicitado en los llamados cuadernos (van por el 12 o 13)

4. Por eso actualmente su contenido si puede conocerse sin llevar demasiado tiempo dentro de la prela

5. Por eso, a mi modo de ver, estos librejos agregan poco a la praxis de la obra. Es mas claro lo que uno puede conocer a través de los documentos internos: glosas, vademécums, experiencias, tomos de meditaciones, editoriales de crónica, etc. Y estos documentos hablan por si mismos.

6. El hecho de que uno tenga acceso mas o menos inmediato a algunos de estos documentos al entrar en la obra, no es un signo de apertura puesto que el contenido de estos esta muy controlado por la prelatura y mas bien son un buen instrumento de transmisión del “genuino espíritu de la obra”. Son textos muy orientados a racionalizar lo que es practica corriente en la prela.

7. Y por esto me reafirmo en lo dicho, el hecho de conocer casi inmediatamente al entrar algunas practicas de la prela, no las valida en absoluto. Mas bien confirma su invalidez, porque prueban que a la Obra nunca le intereso el desarrollo personal de sus miembros que con una buena formación podrían corregir estas practicas sino la deformación de estos para que las aceptaran como su única salida ya que están practicas se identifican con la Voluntad de Dios.

Como últimamente hago, tengo una lista de lecturas recomendadas:

A.  ¡Venga ya, hombre! Satur 16 de julio de 2004
B.  Seréis eficaces -E.B.E. 13-1-2004

C.  En el Opus Dei no hay dirección espiritual -Galileo 20-2-2004

D. Una decisión difícil -R.A., ex sacerdote numerario 19-9-2003

E. ¿Por qué se va la gente del Opus Dei? Julio S. 5-6-2003

Salud@s,

Tartarín




Publicado el Monday, 10 October 2005



 
     Enlaces Relacionados
· Más Acerca de 070. Costumbres y Praxis


Noticia más leída sobre 070. Costumbres y Praxis:
Catecismo del Opus Dei.- Agustina L. de los Mozos


     Opciones

 Versión imprimible  Versión imprimible

 Respuestas y referencias a este artículo






Web site powered by PHP-Nuke

All logos and trademarks in this site are property of their respective owner. The comments are property of their posters, all the rest by me

Web site engine code is Copyright © 2003 by PHP-Nuke. All Rights Reserved. PHP-Nuke is Free Software released under the GNU/GPL license.
Página Generada en: 0.138 Segundos