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 Correos: Algunas respuestas sobre la situación del Opus Dei ante la sociedad.- Rapelu

110. Aspectos jurídicos
rapelu :

Solo unas líneas por si sirven de respuesta a las preguntas de hace unos días de Sonsoles, que trascribo:

 

¿Cuál es la situación jurídica del Opus Dei en cada uno de los países en los que está instalado?

Depende. En general se intenta equiparar a la de cualquier diócesis. Así hay países anglosajones donde las diócesis adoptan la figura de un trust charity e igual hace la prelatura.  En otros una mera sociedad civil, cultural… en otro bloque de paises, si hay concordato, tal y como aparezcan las parroquias y las diócesis, después de un trabajo previo en cada pais para que no haya problemas… Es decir se trataba de incluir la figura jurídica donde no estaba por equiparación, aunque hubiera que esperar en algunos casos a que el Nuncio cambiara. Quien pueda entender, entienda. Un caso muy especial fue el de Italia donde el asunto saltó al parlamento y se debatió hasta en latín. También se hizo una traducción oficial de los estatutos al italiano. Otro caso especial ha sido el de España, hasta mediados de los 90 no se consiguió adoptar la forma jurídica deseada. Aquí los problemas venían más por un político, un tal A. Guerra, que por motivos jurídicos.

 

Si el Opus Dei abre un centro nuevo en mi comunidad de vecinos, ¿cómo lo debemos considerar, como una vivienda en la que viven 7 u 8 personas que traen muchos amigos y por eso está siempre ocupado el ascensor o bien tiene sus licencias correspondientes y es como si hubiese abierto consulta un dentista o una ONG?

Los centros no son de la prelatura. Esta, como tal, no tiene casi nada a su nombre. De hecho hay paises donde solo es propietaria de nichos en el cementerio, alguna iglesia… y donde no ha habido forma de eludirlo algún colegio. Es decir que el propietario del centro suele ser una sociedad inmobiliaria, una asociación, una fundacion… y allí viven un grupo de amigos, podemos decir que usan más los espacios comunes… pero al final es como los del primero que no usan tanto el ascensor… y pagan igual.

 

Cuando un amigo mío acuda a una de las casas de retiro del Opus Dei ¿en qué situación están esas casas?  ¿Es también una vivienda a la que acuden amigos o es un hotel o similar?

Igualmente, esas casas no son de la prelatura, habitualmente. En algunos casos coincide con una forma jurídica que permite el atender a muchas personas, cobrar… Podrían ser fundaciones y aun cobrando no pagar impuestos. De hecho, la clínica de navarra es una fundación y para las actividades propias tiene la consideración de actividades exentas, no paga impuestos y por las actividades meramente mercantiles, como un restaurante o bar, pagar solo el 10%... lo importante es tener buenos asesores, y los tienen.

 

¿Las personas que atienden esas casas tienen en regla los permisos para manipular alimentos?

Supongo. En colegios mayores y sitios similares existen todos los permisos, tienen inspecciones, etc.

 

Lo que pague mi amigo por su estancia ¿lo declara el Opus Dei y paga el IVA por ejemplo?

Por lo antedicho ya se ve que no lo declara la prelatura, pues no le corresponde.

 

¿El Opus Dei tiene CIF?

Si, pero como ya se ha explicado se utiliza, proporcionalmente dentro del total, poco o mejor dicho casi nada.

 

En el Opus Dei hay muchas personas que de cara a la sociedad no trabajan: administradoras (salvo las que trabajan en admón. grandes)  y trabajadores internos. Para el primer caso, ellos dicen que las administradoras son como amas de casa y que cuando las amas de casa coticen a la seguridad social, lo harán ellas. Entonces, por ejemplo para el estado español ¿el Opus Dei es una familia? ¿Es una pareja de hecho?

¿Es ese el motivo por el que las personas que no trabajan tampoco declaran a hacienda? Porque ¿De qué viven los que no trabajan en el Opus Dei? Si realmente es una familia ya lo entiendo, los que trabajan mantienen a los que no. Pero si ese no es el status que el estado español le ha dado al Opus Dei, se trata de una donación entre particulares y por ello deberían tributar.

Uff, es algo más complicado, ni en la prelatura se aclaran.. y sobre todo, depende mucho de cada país, de su legislación y de las ganas de hacerlo todo según la ley.

 

En cuanto a los que se dedican a labores internas, la explicación que suele dar el Opus Dei es que son similares a los voluntarios de entidades sin ánimo de lucro, ¿entonces el Opus Dei es una ONG?

En algunos paises donde está ya muy regulado, como USA, si aparecen como tales voluntarios y pueden demostrar que pueden vivir de las rentas. Y ¿quién no es una ong?

 

¿Tiene hechos los seguros correspondientes a esos voluntarios?

Si se declaran como tales voluntarios la ley obligaría al menos al seguro de actividades, pero no se hace, al menos en España.

 

¿Cuantas horas trabajan esos voluntarios?

Lo que quieren o le piden.

 

Si mi amigo anterior da un dinero al Opus Dei ¿se lo puede desgravar en su declaración de hacienda?

En realidad así debiera ser y si lo pide se le deben dar, pero pocos son los que se lo plantean. De hecho se necesita muchas veces poder justificar ingresos, y entonces dan certificados para hacienda hasta llegar al total.

 

¿Está poniendo el Opus Dei a la entrada de sus centros, como algunas parroquias, un cajero para que las aportaciones se puedan hacer con tarjeta de crédito?

Seguro que no. Espero haber resuelto algo.

 

Rapelu




Publicado el Wednesday, 04 May 2005



 
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