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 Tus escritos: Despedido por tibio.- JaraySedal

060. Libertad, coacción, control
JaraySedal :

Casualmente localizo en el repertorio de jurisprudencia del Consejo General del Poder Judicial (Cendoj), la sentencia del TSJ de la Comunidad Autónoma de Valencia sobre un despido nulo de un profesor de un Colegio de Fomento, declarado nulo por la sentencia del Juzgado de lo Social y confirmada por el Tribunal Superior de Justicia ante el recurso de Fomento, nulidad por razones de discriminación ideológica, y que conlleva la readmisión y el abono de los salarios de tramitación.

El caso es sencillo. Don Jesús Manuel, profesor de Lengua y Literatura Española y de Valenciano, recibe la comunicación de la extinción de su contrato temporal por el fin de su plazo de vigencia y es sustituido en estas funciones por Don Félix. Don Jesús Manuel parece que es un buen profesor en estas materias e incluso es felicitado por ello por la dirección del colegio, obteniendo un segundo lugar en las pruebas de selectividad en Castellón. Don Jesús Manuel tiene mejor currículum que Don Félix, pero éste cuenta a su favor con una importante formación católica cristiana, así como profesional en centros con vinculación a dicho ideario, formación que cultiva y promueve a través de las redes sociales.

Las sentencias no dan por cierto el carácter temporal del contrato, entendiendo que no responde a una obra o servicio determinado (la causa de temporalidad alegada) porque el trabajo del profesor es una tarea habitual del centro sin sustantividad propia (fraude de ley), y toma en consideración la alegación de discriminación ideológica de Don Jesús Manuel.

Como siempre que se alega vulneración de derechos fundamentales y se presenta un indicio de prueba existe una alteración de la carga de la misma, correspondiendo a la demandada (en este caso Fomento) probar que no ha existido tal vulneración.

Lo cierto es que la sentencia da por cierto que Don Jesús Manuel fue despedido porque era tibio o indiferente en cuando al ideario del centro (se entiende su difusión) frente a Don Félix, que era un crack en esta materia (“afín y activo en la aplicación y difusión del ideario”). Todo lo cual lleva a la conclusión de que aunque no consta que el actor no se haya mostrado contrario al ideario del centro docente, es su falta de desarrollo o de tendencia hacia el ideario del centro o la ausencia de un ideario ideológico por parte del actor, lo que hace presumir que ha llevado a la empresa al cese del demandante para sustituirlo posteriormente por otro empleado afín y activo en la aplicación y difusión del ideario del centro. Y debe considerarse nulo y sin efecto la decisión unilateral que dé lugar a situaciones de discriminación directa o indirecta desfavorable por razón de religión, o convicciones”.

¿Qué ideario se supone es responsabilidad su enseñanza del profesor de Lengua y Literatura Española? Pues el ideario se recoge en la sentencia:  "todas las actividades que se realizan en los colegios de Fomento se desarrollarán de acuerdo con los principios de la doctrina católica, con el máximo respeto hacia la libertad de las conciencias", no tratándose de colegios confesionales, en el sentido de que no representan ni son de titularidad de ninguna confesión, lo cual no es obstáculo para que Fomento de Centros de Enseñanza haya optado porque todas las actividades docentes y orientadoras se realicen con fidelidad al Magisterio de la Iglesia Católica, de modo que se tenga en cuenta en la educación la dimensión trascendente de la persona y se realice con los criterios del humanismo cristiano. Se establecen como objetivos en este ámbito: proporcionar una sólida formación doctrinal-religiosa adecuada a la edad y capacidad de la persona, fomentar un ideal de vida cristiana fundamentado en el trato personal con Jesucristo, procurar el desarrollo de las virtudes humanas, sociales y cívicas, de hábitos de convivencia, cooperación y servicio, y el sentido de la responsabilidad social como exigencias de la caridad, virtud cristiana; destacar el sentido vocacional de la vida cristiana como llamada a llenar de sentido cristiano las relaciones con los demás, enseñar a querer y a ayudar a todos, a rezar y trabajar por las intenciones del Santo Padre y del Obispo de la diócesis, y a conocer y obedecer sus enseñanzas.

JaraySedal




Publicado el Friday, 17 June 2016



 
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